🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CNE - Resolución 05303 de 2024

CNE - Consejo Nacional Electoral

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CNE - Resolución 05303 de 2024
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2024

CNfi Conseto Nacional Electoml COLOM BIA Bogotá D.G. 15 de noviembre de 2024

CNE-DGC-GACGD-KDQNI098779IFMGICNE-E-DG-2024-004228

Señores:

JAIR COSME LEDESMA

ROBERTO CARLOS POLO FIGUEROA

DAGOBERTO ARRIET A MERCADO

FABIO RAFAEL MARTINEZ MENDOZA

GLADYS ESTHER HERNANDEZ CASSIANI

NESTOR JOAQUIN LLERENA ATENCIO

AIDA LUCERO MORALES MORALES

ANA HERMINIA MATAMOROS CASTRO

CRISTIAN JULIAN MARTINEZ CASTIBLANCO

DIANA MARISOL MARTINEZ LANCHEROS

JOSE SANTOS GIL SIERRA

JUAN CAMILO GIL DUARTE

LUZ AD RIA NA RIOS LA ROTT A

PEDRO MANUEL SANCHEZ TORRES

RUBEN DARIO BUITRAGO SANCHEZ

SERGIO ALEXANDER LANCHEROS BUITRAGO

WILLIAM CAMILO SIERRA BUITRAGO

ERNESTO ROMERO PARRA

YANETH DEL CARMEN DIAZ BARROS

TRINIDAD MILAGROS CENTENO MEJIA

CARLOS ALBERTO VITERI AGUIRRE

JOSE RODRIGO BEL TRAN CHA CON

DAIRA BOLAÑOZ APRAEZ

MIGUEL ANGEL CABRERA BARRAGAN

OSCAR MAURICIO ORTEGA RIVERA

JAVIER EDUARDO TRILLOS ZAPPA

ALEJANDRINO CAÑON ORTIZ

RUBEN ANDRES PERILLA SOTO

SANDRA MILENA SANDOVAL POLOCHE

EDWARD ENRIQUE PATIÑO

JOHN JAIRO ELÍAS GARCIA ORTIZ

(Al contestar citar estos datos)

RUBEN ANDRES PERILLA SOTO

SANDRA MILENA SANDOVAL POLOCHE

EDWARD ENRIQUE PATIÑO

JOHN JAIRO ELÍAS GARCIA ORTIZ

(Al contestar citar estos datos) Asunto: Aviso notificación por cartelera Cordial saludo, De conformidad con el procedimiento señalado en el Artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, inciso segundo "Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad Carrera 7 No. 32 - 42 San Martín Centro Comercial, Piso 4 Zona Sur Oriental Avenida Calle 26 No 5150 Bogotá o.e, Colombia nnv ,.,,.,,...,.,n,...,,..., _,. ___ , ___ 1_:, • .J-.J----=--- --· · --CNfi Consejo Nacional Electoral COLOM BIA por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso." Una vez transcurrido el término que la ley señala para la realización de la notificación personal, sin que haya sido posible la práctica de la citada diligencia, se procede a la notificación por A VISO en los siguientes términos: Se anexa al presente AVISO, copia íntegra de la RESOLUCIÓN No. 05303 del 16 de octubre de 2024 dentro del radicado CNE-E-DG-2024-004228, con ponencia del Despacho de la Honorable Magistrada FABIOLA MÁRQUEZ GRISALES, señalando que contra el citado Acto Administrativo, NO PROCEDE RECURSO DE

REPOSICIÓN.

del Despacho de la Honorable Magistrada FABIOLA MÁRQUEZ GRISALES, señalando que contra el citado Acto Administrativo, NO PROCEDE RECURSO DE

REPOSICIÓN.

En cumplimiento del inciso 2º del Artículo 68 del Código de Procedimiento Administrativo, y de lo Contencioso Administrativo, cuando se desconozca la información del destinatario, se procederá a FIJAR en la Página Web y en la Cartelera del Grupo Atención al Ciudadano y Gestión Documental del Consejo Nacional Electoral, por el término de cinco (5) días hábiles, siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) del dieciocho (18) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024) /J )J u,fiSOLANO Asesora Grupo Atención al Ciudadano y Gestión Documental Se DESFIJA a las cinco de la tarde (5:00p.m.) del veintidós (22) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024)

DAIMI LINDO SOLANO

Asesora Grupo Atención al Ciudadano y Gestión Documental IMPORTANTE: La remisión de otros documentos y/o solicitudes (descargos, pruebas; alegatos; recursos de reposición; peticiones; quejas; denuncias, etc.,) deberán ser direccionados al correo electrónico atencionalciudadano@cne.gov.co y/o radicados en la Ventanilla Única de Correspondencia del Consejo Nacional Electoral.

Proyectó: Karolayn Daniela Quintero Niño.

Anexo: Cincuenta y cuatro (54) páginas

Carrera 7 No. 32 - 42 San Martín Centro Comercial, Piso 4 Zona Sur Oriental Avenida Calle 26 No 5150

Proyectó: Karolayn Daniela Quintero Niño.

Anexo: Cincuenta y cuatro (54) páginas

Carrera 7 No. 32 - 42 San Martín Centro Comercial, Piso 4 Zona Sur Oriental Avenida Calle 26 No 5150 Bogotá o.e, Colombia nnv ...,...,,..,..,.,,..,... 1 _¿ ___ : ___ ,_:, .,.1_.., ___ ,::,, ___ --·· __RESOLUCIÓN No. 05303 DE 2024 (16 de octubre)

Por medio de la cual SE ABRE INVESTIGACI ÓN y SE FORMULAN CARGOS , a unos excandidatos, por la presunta tra sgresión al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 , en lo que concierne a la no presentaci ón de informes de ingresos y gastos y consecuencialmente, por no nombrar gerente de campaña y no dar apertura de cuenta única bancaria , avalados para distintas Corporaciones, por el PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE “PARTIDO DE LA U”, agrupación a quien se le investigará por la presunta vulneración de lo dispuesto en el artículo 8 y del numeral 1° del artículo 10 de la Ley 1475 de 2011, en el marco de las elecciones realizadas el 29 de octubre de 2 023, dentro del expediente radicado bajo el No. CNE-E-DG2024-004228.

EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 6° del artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009; el literal a), del artículo 39 de la Ley 130 de 1994, el artículo 13 de la Ley 1475 de

numeral 6° del artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009; el literal a), del artículo 39 de la Ley 130 de 1994, el artículo 13 de la Ley 1475 de 2011, artículo 47 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y teniendo en cuenta los siguientes:

1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS

1.1. Mediante los Oficios Nos. CNE-l-2024-001112-FNFPCE-900, CNE-l-2024-001116FNFPCE-900, del 06 de febrero de 2024 y CNE-l-2024-001280-FNFPCE-900, recibido el 20 de febrero de 2024 , el Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales del Consejo Nacional Electoral, remitió un consolidado de 13970 excandidatos a las campañas de Gobernación, Alcaldía, Asamblea, Concejo y Juntas Administradoras Locales, avalados por distintas Agrupaciones Políticas, que presuntamente vulneraron el inciso 5 del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, y los artículos 6 y 7 de la Resolución 4737 del 05 de julio de 2023 1,

1 “Por medio de la cual se adopta el procedimiento para la presentación de informes de ingresos y gastos de campaña electorales de candidatos, partidos, movimientos políticos, y grupos significativos de ciudadanos, y de las consultas populares, internas e i nterpartidistas, se establece el uso obligatorio del software aplicativo “cuentas claras”, y se dictan otras disposiciones”.Resolución No. 05303 de 2024 Página 2 de 54

internas e i nterpartidistas, se establece el uso obligatorio del software aplicativo “cuentas claras”, y se dictan otras disposiciones”.Resolución No. 05303 de 2024 Página 2 de 54

Por medio de la cual SE ABRE INVESTIGACIÓN y SE FORMULAN CARGOS, a unos excandidatos, por la presunta trasgresión al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en lo que concierne a la no presentació n de informes de ingresos y gastos y consecuencialmente, por no nombrar gerente de campaña y no dar apertura de cuenta única bancaria, avalados para distintas Corporaciones, por el PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE “PARTIDO DE LA U”, agrupación a quien se l e investigará por la presunta vulneración de lo dispuesto en el artículo 8 y del numeral 1° del artículo 10 de la Ley 1475 de 2011, en el marco de las elecciones realizadas el 29 de octubre de 2023, dentro del expediente radicado bajo el No. CNE -E-DG2024-004228.

modificada por la Resolución No. 5383 del 26 de julio del 2023 2, al incumplir presuntamente, con la obligación de presentar el informe de ingresos y gastos a través del aplicativo “Cuentas Claras” y/o haberlo presentado de manera extemporánea, para las elecciones realizadas el 29 de octubre de 2023. A través del Oficio No. CNE-l-2024-001112-FNFPCE-900, del 06 de febrero de 2024, se indicó:

“Teniendo en cuenta que el Artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 establece que los candidatos deben presentar el informe individual de ingresos y gastos de campaña

febrero de 2024, se indicó:

“Teniendo en cuenta que el Artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 establece que los candidatos deben presentar el informe individual de ingresos y gastos de campaña dentro del mes siguiente a la fecha de la elección, esta dependencia de conformidad la información registrada en el Software aplicativo “Cuentas Claras”, advirtió que los candidatos que se relacionan en el archivo de formato Excel adjunto, no presentaron en oportunidad sus informes, es de cir el 29 de noviembre de 2023, y que las Organizaciones Políticas, les habilitaron el uso del aplicativo para presentar la información de manera extemporánea.

Así las cosas, se evidencia la vulneración al Artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, y al Artículo 33 de la Resolución No. 4737 de 2023, por parte de la Organización Política, en razón a que, dentro del plazo de presentación de informes estas solo están facultadas para el desbloqueo de usuarios, siempre y cuando, fuese necesario realizar correcciones a las observaciones realizadas.

(…)”.

Así mismo, mediante el Oficio No.CNE -l-2024-001116-FNFPCE-900, del 06 de febrero de 2024, se indicó:

“(…)

En atención a la obligación dispuesta en el Artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 y en el Artículo 7° de la Resolución No. 4737 de 2023, remitimos en un (1) archivo formato Excel la relación de los Candidatos por Organización Política, que incumplieron con la obligatoriedad de la presentación de los informes de ingresos y gastos, así:

  • Candidatos que NO presentaron informe de ingresos y gastos mediante el Software

Excel la relación de los Candidatos por Organización Política, que incumplieron con la obligatoriedad de la presentación de los informes de ingresos y gastos, así:

  • Candidatos que NO presentaron informe de ingresos y gastos mediante el Software aplicativo "Cuentas Claras” ante el Consejo Nacional Electoral.

Así mismo, nos permitimos compartir link, donde se encontrarán como material de consulta los siguientes archivos:

  • Un (1) archivo en formato Excel con el consolidado de los candidatos que renunciaron.

Sobre este aspecto es importante precisar que, conforme al calendario electoral, el plazo máximo para presentar renuncias o modificaciones era el 4 de agosto de 2023, por Io que, los candidatos que renunciaron con posterioridad a la fecha en mención, por ser extemporánea, tenían la obligación de presentar su informe desde la fecha de la inscripción hasta su retiro.

2 “Por medio de la cual se modifica el artículo 31 de la Resolución No. 4737 del 5 de julio de 2023 “Por medio de la cual se adopta el procedimiento para la presentación de informes de ingresos y gastos de campaña electorales de candidatos, partidos, movimientos políticos, y grupos significativos de ciudadanos, y de las consultas populares, internas e interpartidistas, se establece el uso obligatorio del software aplicativo “cuentas claras”, y se dictan otras disposiciones”.Resolución No. 05303 de 2024 Página 3 de 54

Por medio de la cual SE ABRE INVESTIGACIÓN y SE FORMULAN CARGOS, a unos excandidatos, por la presunta trasgresión al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en lo que concierne a la no presentació n de informes de ingresos y gastos

Por medio de la cual SE ABRE INVESTIGACIÓN y SE FORMULAN CARGOS, a unos excandidatos, por la presunta trasgresión al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en lo que concierne a la no presentació n de informes de ingresos y gastos y consecuencialmente, por no nombrar gerente de campaña y no dar apertura de cuenta única bancaria, avalados para distintas Corporaciones, por el PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE “PARTIDO DE LA U”, agrupación a quien se l e investigará por la presunta vulneración de lo dispuesto en el artículo 8 y del numeral 1° del artículo 10 de la Ley 1475 de 2011, en el marco de las elecciones realizadas el 29 de octubre de 2023, dentro del expediente radicado bajo el No. CNE -E-DG2024-004228.

  • Un (1) archivo en formato Excel con el consolidado de los candidatos que fu eron revocados
  • Un (1) archivo en formato comprimido con (22) carpetas consolidadas con los comunicados enviados por los Partidos Políticos, en cumplimiento del Artículo 11 ° de la Resolución No. 4737 de 2023.

https://drive.qooqle.com/drive/folders/1RY6ZdFDG5C2nNG8Uc_vjPnygnkARNipS?u sp=sharing

(…)”.

1.2. A través del reparto efectuado por Agrupaciones Políticas el 21 de febrero de 2024, en Sala Plena de esta Corporación, correspondió a la Magistrada Fabiola Márquez Grisales el conocimiento de los asuntos del PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE “PARTIDO DE LA U”, bajo el radicado No. CNE-E-DG-2024-004228.

conocimiento de los asuntos del PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE “PARTIDO DE LA U”, bajo el radicado No. CNE-E-DG-2024-004228.

1.3. En lo concerniente a los excandidatos avalados por el PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE “PARTIDO DE LA U”, que presuntamente no presentaron informes individuales de ingresos y gastos de campañas a través del aplicativo “Cuentas Claras”, el Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales reportó un total de 39 ciudadanos.

1.4. En lo que respecta a los excandidatos que presuntamente presentaron los informes individuales de ingresos y gastos de sus campañas de manera extemporánea, dentro del consolidado remitido por el Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales, se reportó un total 5 ciudadanos, avalados por el PARTIDO DE LA UNIÓN POR

LA GENTE “PARTIDO DE LA U”.

1.5. Mediante Oficio No. CNE-FMG-052-2024, del 26 de febrero, se le solicitó a la Oficina de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil , el Censo Electoral a nivel nacional, obtenido para las elecciones territoriales celebradas en el 2023, dando respuesta a través del oficio No. RNEC-S-2024-0023899 y remitiendo: “un archivo Excel denominado "Divipole Elecciones 2023 con Direcciones.xlsx", el cual contiene la División Política Electoral (DIVIPOLE) utilizada para las elecciones de Autoridades Territoriales 2023. La información se encuentra detallada por departamento, municipio, zona, puesto, potencial electoral, número de mesas a instalar y dirección de puesto de votación”.

(DIVIPOLE) utilizada para las elecciones de Autoridades Territoriales 2023. La información se encuentra detallada por departamento, municipio, zona, puesto, potencial electoral, número de mesas a instalar y dirección de puesto de votación”.

1.6. Mediante Auto del 19 de abril de 2024, se ordenó la apertura de indagación preliminar con ocasión a la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, correspondiente a la no presentación y presentación extemporánea de los informes individuales de ingresos yResolución No. 05303 de 2024 Página 4 de 54

Por medio de la cual SE ABRE INVESTIGACIÓN y SE FORMULAN CARGOS, a unos excandidatos, por la presunta trasgresión al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en lo que concierne a la no presentació n de informes de ingresos y gastos y consecuencialmente, por no nombrar gerente de campaña y no dar apertura de cuenta única bancaria, avalados para distintas Corporaciones, por el PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE “PARTIDO DE LA U”, agrupación a quien se l e investigará por la presunta vulneración de lo dispuesto en el artículo 8 y del numeral 1° del artículo 10 de la Ley 1475 de 2011, en el marco de las elecciones realizadas el 29 de octubre de 2023, dentro del expediente radicado bajo el No. CNE -E-DG2024-004228.

gastos de campaña por parte de un os excandidatos avalados para distintas Corporaciones a lo largo del territorio nacional, por el PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE “PARTIDO DE LA U”, en el marco de las elecciones realizadas el 29 de octubre de 2023, dentro del

lo largo del territorio nacional, por el PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE “PARTIDO DE LA U”, en el marco de las elecciones realizadas el 29 de octubre de 2023, dentro del expediente radicado bajo el No. CNE -E-DG-2024-004228. En dicho Auto se dispuso lo siguiente:

“ARTÍCULO PRIMERO: ABRIR INDAGACIÓN PRELIMINAR con ocasión a la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, correspondiente a la no presentación y presentación extemporánea de los informes de ingresos y gastos, por parte de unos excandidatos avalados para distintas corporaciones por el “ PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE “PARTIDO DE LA U”, en el marco de las elecciones realizadas el 29 de octubre de 2023, dentro del expediente radicado bajo el No. CNEE-DG-2024-004196, de conformidad con lo establecido en la parte considerativa del presente proveído.

ARTÍCULO SEGUNDO: SOLICITAR a la Oficina de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, o quien haga sus veces, lo siguiente:

1. Remitir con destino a este expediente, el consolidado completo de quienes figuraron como candidatos a la Gobernación, Alcaldía, Asamblea, Concejo y Juntas Administradoras Locales, avalados por el “PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE “PARTIDO DE LA U”, directamente o en coalición, para las elecciones celebradas el 29 de octubre de 2023.

2. Informar los ciudadanos que renunciaron a sus candidaturas, que estuvieron avalados por el “PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE “PARTIDO DE LA U” ,

29 de octubre de 2023.

2. Informar los ciudadanos que renunciaron a sus candidaturas, que estuvieron avalados por el “PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE “PARTIDO DE LA U” , para las elecciones celebradas el 29 de octubre de 2023 , anunciando la fecha de renuncia y remitiendo el soporte de esta, para que repose en como prueba en la presente actuación.

ARTÍCULO TERCERO: SOLICITAR a la Asesoría de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de esta Corporación, lo siguiente:

1. Remitir con destino a esta actuación el consolidado de los excandidatos avalados por el “PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE “PARTIDO DE LA U” , directamente o por coalición, que fueron objeto de revocatoria de inscripción para las elecciones celebradas el 29 de octubre de 2023, informando el número de la Resolución mediante la cual se revocó y se decidió el recurso de reposición, si fuere el caso, y la ejecutoria de la misma.

2. Remitir la información concerniente al “PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE

“PARTIDO DE LA U” , que reposa en el link: https://drive.qooqle.com/drive/folders/1RY6ZdFDG5C2nNG8Uc_vjPnyqnkARNipS?u sp=sharing, el cual fue aportado a través del oficio No. CNE-l-2024-001116-FNFPCE900, del 06 de febrero de 2024 y que corresponden a los “comunicados enviados por los Partidos Políticos, en cumplimiento del Artículo 11 ° de la Resolución No. 4737 de 2023”, pero que a la fecha no ha podido revisarse ya que no hay acceso a la página.

los Partidos Políticos, en cumplimiento del Artículo 11 ° de la Resolución No. 4737 de 2023”, pero que a la fecha no ha podido revisarse ya que no hay acceso a la página.

ARTÍCULO CUARTO: SOLICITAR Al Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales, que remita con destino a esta actuación el informe de ingresos y gastos individuales y los respectivos soportes contables aportados, de los excandidatos que presuntamente allegaron los info rmes de manera extemporánea, así como también remitir copia del informe consolidado presentado por el “PARTIDOResolución No. 05303 de 2024 Página 5 de 54

Por medio de la cual SE ABRE INVESTIGACIÓN y SE FORMULAN CARGOS, a unos excandidatos, por la presunta trasgresión al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en lo que concierne a la no presentació n de informes de ingresos y gastos y consecuencialmente, por no nombrar gerente de campaña y no dar apertura de cuenta única bancaria, avalados para distintas Corporaciones, por el PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE “PARTIDO DE LA U”, agrupación a quien se l e investigará por la presunta vulneración de lo dispuesto en el artículo 8 y del numeral 1° del artículo 10 de la Ley 1475 de 2011, en el marco de las elecciones realizadas el 29 de octubre de 2023, dentro del expediente radicado bajo el No. CNE -E-DG2024-004228.

DE LA UNIÓN POR LA GENTE “PARTIDO DE LA U”, concerniente a las campañas electorales realizadas para las elecciones celebradas el 29 de octubre de 2023.

2024-004228.

DE LA UNIÓN POR LA GENTE “PARTIDO DE LA U”, concerniente a las campañas electorales realizadas para las elecciones celebradas el 29 de octubre de 2023.

ARTÍCULO QUINTO: DESCARGAR del Visor 2023 e INCORPORAR al presente expediente las copias de los formularios E6, E7, E8 y sus anexos, concernientes a la inscripción de cada uno de los excandidatos avalados por el “PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE “P ARTIDO DE LA U” directamente o por coalición, que fueron reportados por presuntamente no haber presentado informes de ingresos y gastos de sus campañas, o que presentaron el respectivo informe de manea extemporánea, para las elecciones celebradas el 29 de octubre de 2023.

ARTÍCULO SEXTO: INCORPORAR al presente expediente copia del oficio No. CNEFMG-052-2024, del 26 de febrero de 2024, mediante el cual se le solicitó a la oficina de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, el Censo Electoral a nivel nacional obtenido para las elecciones territoriales celebradas en el 2023, junto con la respuesta dada a través del oficio RNEC -S-2024-0023899, del 27 de febrero de 2024, mediante el cual se remitió “un archivo Excel denominado "Divipole Elecciones 2023 con Direcciones.xlsx", el cual contiene la División Política Electoral

(DIVIPOLE) utilizada para las elecciones de Autoridades Territoriales 2023. La información se encuentra detallada por departamento, municipio, zona, puesto, potencial electoral, número de mesas a instalar y dirección de puesto de votación.

(…)”.

(DIVIPOLE) utilizada para las elecciones de Autoridades Territoriales 2023. La información se encuentra detallada por departamento, municipio, zona, puesto, potencial electoral, número de mesas a instalar y dirección de puesto de votación.

(…)”. 1.7. Mediante Oficio No. RNEC -S-2024-0043227 del 24 de abril de 2024, el doctor Raf ael Antonio Vargas, en calidad de Director de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional de l Estado Civil, respondió a lo solicitado mediante el Auto del 1 9 de abril de 2024, en los siguientes términos: “(…)

En atención al radicado referido en el asunto, de conformidad con la investigación administrativa No. CNE -E-DG-2024-004228, adelantada por el despacho de la Honorable Magistrada Fabiola Márquez Grisales, en aras de propender por la efectividad de los procesos y funciones que son asignadas a la organización electoral y, en virtud del principio de colaboración armónica que debe existir entre los diferentes órganos del Estado que se encomienda desde la Constitución Política, es necesario precisar que, el Grupo Interno de Trabajo de Inscripción de Candidatos de la Registraduría Nacional del Estado Civil formalizó, mediante el Acta No. 05 del 12 de marzo de 2024, la instalación del visor documental que incorpora formularios y soportes de las inscripciones a nivel nacional para las elecciones de autoridades territoriales del 29 de octubre de 2023 en la Oficina de Tecnología dela Inform ación del Consejo Nacional Electoral; así mismo, para entonces, se suscribió el compromiso de confidencialidad y no divulgación de la información contenida en el visor de inscripción de candidatos por parte de la funcionaria Juliana Cristina Quiroga Rendón,

del Consejo Nacional Electoral; así mismo, para entonces, se suscribió el compromiso de confidencialidad y no divulgación de la información contenida en el visor de inscripción de candidatos por parte de la funcionaria Juliana Cristina Quiroga Rendón, adscrita al despacho de la H.M. Fabiola Márquez Grisales, por lo que, la información solicitada ya se encuentra a su disposición para la respectiva descarga por cargo, corporación y circunscripción territorial.

Por último, y toda vez que, actualmente se dispone de la herramienta que permite de manera célere consultar y descargar los soportes requeridos es menester acudira la misma para los propósitos establecidos. Desde la Coordinación de Inscripción de candidatos estamos prestos a brindar el acompañami ento de ser necesario, encaso de mayor profundización respecto del uso del visor.

(…)”.Resolución No. 05303 de 2024 Página 6 de 54

Por medio de la cual SE ABRE INVESTIGACIÓN y SE FORMULAN CARGOS, a unos excandidatos, por la presunta trasgresión al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en lo que concierne a la no presentació n de informes de ingresos y gastos y consecuencialmente, por no nombrar gerente de campaña y no dar apertura de cuenta única bancaria, avalados para distintas Corporaciones, por el PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE “PARTIDO DE LA U”, agrupación a quien se l e investigará por la presunta vulneración de lo dispuesto en el artículo 8 y del numeral 1° del artículo 10 de la Ley 1475 de 2011,

en el marco de las elecciones realizadas el 29 de octubre de 2023, dentro del expediente radicado bajo el No. CNE -E-DG2024-004228.

1.8. Mediante Oficio CNE-I-2024-002562-DGC-800 del 25 de abril de 2024, la doctora Daimi Lindo Solano, en calidad de Asesora de l Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de esta Corporación, dio respuesta a lo solicitado en el Auto del 1 9 de abril de 2024, en los siguientes términos: “(…)

En Atención a lo anterior nos permitimos adjuntar archivo Excel denominado LISTADO – REVOCADOS 2023 (…).

(…)

Respecto del punto No. 2 citado anteriormente, adjuntamos el archivo Excel deominado “Candidatos-Que RenunicaronET2023” el cual puede consultar en el link al que hace referencia y al cual segúb verificación previsa ya pueden acceder:

https://drive.qooqle.com/drive/folders/1RY6ZdFDG5C2nNG8Uc_vjPnygnkARNipS

(…)”.

1.9. Mediante Oficio No. RNECS-2024-004810 del 29 de abril de 2024, la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, en aras de dar respuesta a l requerimiento CNE-SS-AVE-/055917/AHPA/CNE-AHPA-, mencionó que, mediante el radicado RDE-DGE-1508 del 23 de abril de 2024, se remitió a los Honorables Magistrados , Asesores de Despachos, Asesora de Atención al Ciudadano y Gestión Documental y al Jefe de Oficina

RDE-DGE-1508 del 23 de abril de 2024, se remitió a los Honorables Magistrados , Asesores de Despachos, Asesora de Atención al Ciudadano y Gestión Documental y al Jefe de Oficina Jurídica de esta Co rporación, un archivo de Excel con todos los datos de contacto de los candidatos que se inscribieron para las elecciones ordinarias que se desarrollaron entre los años 2019 y 2023 , hecho por el cual la Asesora de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, lo compartió a través del Gestor Documental para ser tenido en cuenta en las actuaciones administrativas en que se requieran dicho datos.

1.10. Los excandidatos avalados por el PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE “PARTIDO DE LA U”, en el marco de las elecciones realizadas el 29 de octubre de 2023 , que presuntamente no presentaron informes individuales de ingresos y gastos , fueron los siguientes: No. Nombre Apellido CC Corporación Partido/Coalición D/to M/pio Tipos Circunscripcion

  • ID

Circunscripcion → Nombre Renuncia Revocado 1 JAIR COSME LEDESMA 94425578 Concejo PARTIDO DE LA U Antioquia EL BAGRE Municipal NO NO

2 ADRIANA

ESTELA

JARAMILLO

GAVIRIA 43810221 JAL JUNTOS Antioquia MEDELLIN

COMUNA 11

LAURELESANT-MED

NO NO

3 FERNEY DE

JESUS RODAS

RESTREPO 75037536 JAL JUNTOS Antioquia MEDELLIN

COMUNA 11

LAURELESANT-MED NO NOResolución No. 05303 de 2024 Página 7 de 54

JESUS RODAS

RESTREPO 75037536 JAL JUNTOS Antioquia MEDELLIN

COMUNA 11

LAURELESANT-MED NO NOResolución No. 05303 de 2024 Página 7 de 54

Por medio de la cual SE ABRE INVESTIGACIÓN y SE FORMULAN CARGOS, a unos excandidatos, por la presunta trasgresión al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en lo que concierne a la no presentació n de informes de ingresos y gastos y consecuencialmente, por no nombrar gerente de campaña y no dar apertura de cuenta única bancaria, avalados para distintas Corporaciones, por el PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE “PARTIDO DE LA U”, agrupación a quien se l e investigará por la presunta vulneración de lo dispuesto en el artículo 8 y del numeral 1° del artículo 10 de la Ley 1475 de 2011, en el marco de las elecciones realizadas el 29 de octubre de 2023, dentro del expediente radicado bajo el No. CNE -E-DG2024-004228.

4 ROBERTO

CARLOS POLO FIGUEROA 8643965 Concejo PARTIDO DE LA U Atlántico Baranoa Municipal NO NO

5 DAGOBERTO ARRIETA

MERCADO 1048936519 Concejo

COALICION UN

PACTO POR

MAHATES

Bolívar Mahates Municipal SI NO

6 FABIO

RAFAEL

MARTINEZ

MENDOZA 73506530 Concejo

COALICION UN

PACTO POR

MAHATES

Bolívar Mahates Municipal NO NO

7 GLADYS

ESTHER

HERNANDEZ

CASSIANI 52902116 Concejo

COALICION UN

PACTO POR

COALICION UN

PACTO POR

MAHATES

Bolívar Mahates Municipal NO NO

7 GLADYS

ESTHER

HERNANDEZ

CASSIANI 52902116 Concejo

COALICION UN

PACTO POR

MAHATES

Bolívar Mahates Municipal NO NO

8 NESTOR

JOAQUIN

LLERENA

ATENCIO 79929577 Concejo

COALICION UN

PACTO POR

MAHATES

Bolívar Mahates Municipal NO NO 9 MANUELA ACEVEDO BARRERA 1002740884 Concejo PARTIDO DE LA U Boyacá Sogamoso Municipal NO NO

10 AIDA LUCERO MORALES

MORALES 1056800223 Concejo

COALICION PARTIDO

DE LA U -PARTIDO

POLITICO MIRA

Boyacá SAMACA Municipal NO NO 11 ANA

HERMINIA

MATAMOROS

CASTRO 24018687 Concejo

COALICION PARTIDO

DE LA U -PARTIDO

POLITICO MIRA

Boyacá SAMACA Municipal NO NO

12 CRISTIAN

JULIAN

MARTINEZ

CASTIBLANCO 80875043 Concejo

COALICION PARTIDO

DE LA U -PARTIDO

POLITICO MIRA

Boyacá SAMACA Municipal NO NO

13 DIANA

MARISOL

MARTINEZ

LANCHEROS 1002735842 Concejo

COALICION PARTIDO

DE LA U -PARTIDO

POLITICO MIRA

Boyacá SAMACA Municipal NO NO

14 JOSE SANTOS GIL SIERRA 74356735 Concejo

COALICION PARTIDO

DE LA U -PARTIDO

POLITICO MIRA

Boyacá SAMACA Municipal NO NO

15 JUAN CAMILO GIL DUARTE 1056805532 Concejo

COALICION PARTIDO

COALICION PARTIDO

DE LA U -PARTIDO

POLITICO MIRA

Boyacá SAMACA Municipal NO NO

15 JUAN CAMILO GIL DUARTE 1056805532 Concejo

COA

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...