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CNE - Resolución 06358 de 2024

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 06358 de 2024
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2024

RESOLUCIÓN No. 06358 de 2024 (22 de noviembre) Por la cual se acreditan a los testigos electorales del PARTIDO COMUNES , que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las elecciones atípicas de Alcalde de Aguachica, Cesar que se realizarán el 24 de noviembre de 2024 , en el municipio de AGUACHICA, CESAR. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo 5 de la Resolución No. 04049 de 2024 y, CONSIDERANDO Que el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 estableció que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación, quienes vigilarán el proceso de las votaciones, podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades. Que el parágrafo del citado artículo facultó al Consejo Nacional Electoral para reglamentar las formas y los procedimientos de acreditación e identificación de testigos electorales y auditores. Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 04049 de 2024, en la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y

reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales que hayan inscrito candidatos a cargos o corporaciones públicas o promuevan el voto en blanco, así como los comités independientes de promotores del mismo, tienen derecho a estar representados durante los procesos de votación, a razón de un testigo por cada mesa de votación, de igual forma, establece que las coaliciones tendrán derecho a un testigo por cada mesa. Que, adicional a lo mencionado, el parágrafo del artículo primero de Resolución en cita establece que el testigo electoral podrá acreditarse para vigilar más de una mesa, pero en todo caso, en ninguna mesa de votación podrá actuar más de un testigo electoral por organización política, coalición o promoción del voto en blanco. ZapSign 1633c774-1aa8-4022-8a95-1c50a3d6806cResolución No. 06358 de 2024 Página 2 de 7 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del PARTIDO COMUNES , que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las consultas populares de áreas metropolitanas que se realizarán el 24 de noviembre de 2024, en el municipio de

AGUACHICA, CESAR.

Que el artículo segundo del mencionado acto administrativo definió que la postulación de los testigos se deberá realizar mediante la herramienta tecnológica dispuesta por el Consejo Nacional Electoral para tal fin, presentando la relación de los ciudadanos postulados como testigos electorales, a más tardar a las cinco de la tarde (5:00 p.m.) del viernes anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación. Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 04049 de 2024, expedida por esta Corporación, estableció que se podrán postular de la siguiente manera:

1. En los puestos de votación de menos de diez (10) mesas, las organizaciones políticas con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos, comités promotores del voto en blanco, y coaliciones, podrán tener hasta un (1) testigo electoral remanente o adicional.

2. En los puestos de votación de más de diez (10) mesas, hasta un diez por ciento (10%) de testigos electorales remanentes o adicionales. En caso de que el porcentaje arroje un resultado decimal, se aproxima al entero siguiente.

Que la acreditación de los testigos que actuarán en las mesas de votación corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión. Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos

administrativo en alusión. Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de IdentificaciónANI, y procederá a la correspondiente acreditación mediante la publicación de Acto Administrativo suscrito por la Presidencia del Consejo Nacional Electoral, el cual deberá contener el listado de los testigos electorales con la siguiente información: nombres completos, documento de identidad, organización política que representa, mesa(s) para la(s) que ha sido autorizado, o si es remanente. Que el artículo 6 de la Resolución en cuestión especifica la manera en la que se identificarán los testigos electorales acreditados, que será con la presentación de la cédula o el documento que permita validar que esta se encuentra en trámite, adicionalmente deberá portar una credencial que, como mínimo, debe contener los nombres del ciudadano acreditado, el documento de identidad, agrupación política a la que representa, la(s) mesa(s) o la(s) comisión(es) en las que actuará, al igual que el código de verificación QR o similares que genere la herramienta tecnológica dispuesta para este fin. Las credenciales generadas ZapSign 1633c774-1aa8-4022-8a95-1c50a3d6806cResolución No. 06358 de 2024 Página 3 de 7

Por la cual se acreditan a los testigos electorales del PARTIDO COMUNES , que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las consultas populares de áreas metropolitanas que se realizarán el 24 de noviembre de 2024, en el municipio de AGUACHICA, CESAR. podrán presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral,

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Testigos Electorales del PARTIDO COMUNES , ante las mesas de votación que se instalarán para las elecciones atípicas de Alcalde de Aguachica, Cesar que se realizarán el 24 de noviembre de 2024, en el municipio de AGUACHICA, CESAR, a los siguientes ciudadanos: CÉDULA DE CIUDADANÍA NOMBRES Y APELLIDOS ZONA NOMBRE DEL PUESTO MESA (S)

5031141 ADOLFO RAMIREZ 01 COL. GUILLERMO

LEON V.

2, 8

9691345 MARTIN VILLARREAL DURAN 01 COL. GUILLERMO LEON V. 3, 9, 13

12721893 RAMON DAVID CONTRERAS LEMUS 01 COL. GUILLERMO LEON V. 6, 12, 16

18967773 JORGE ELIECER QUINTERO 01 COL. GUILLERMO LEON V. 4, 10, 14

85487380 JESUS ALFONSO HOYOS SANTANA 01 COL. GUILLERMO LEON V. 1, 7, 17

1065872743 ANA BELEN JACOME GUEVARA 01 COL. GUILLERMO LEON V. 5, 11, 15

LEON V. 1, 7, 17

1065872743 ANA BELEN JACOME GUEVARA 01 COL. GUILLERMO LEON V. 5, 11, 15

18913474 PEDRO ANTONIO CARRILLO 01 I.E. JORGE ELIECER GAITAN 3, 6, 9,

12, 15, 18, 21

18928064 JOSE DEL CARMEN PEÑA BENAVIDEZ 01 I.E. JORGE ELIECER

GAITAN

REMANE

NTE

42447378 LUZ CELINA COLMENARES 01 I.E. JORGE ELIECER GAITAN 1, 4, 7,

10, 13, 16, 19

1065872974 MAIRO GUERRERO PACHECO 01 I.E. JORGE ELIECER GAITAN 2, 5, 8,

11, 14, 17, 20 ZapSign 1633c774-1aa8-4022-8a95-1c50a3d6806cResolución No. 06358 de 2024 Página 4 de 7 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del PARTIDO COMUNES , que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las consultas populares de áreas metropolitanas que se realizarán el 24 de noviembre de 2024, en el municipio de

AGUACHICA, CESAR.

3821452 INDEMAR HOYOS ARTEAGA 01 COLEGIO NACIONAL

JOSE Ma. CAMPO SERRANO 3, 11, 19

5428214 ENDER JOSE BOTELLO 01 COLEGIO NACIONAL

JOSE Ma. CAMPO SERRANO 4, 12, 20

9690215 WILLIAM MORENO GUTIERREZ 01 COLEGIO NACIONAL

JOSE Ma. CAMPO

SERRANO

JOSE Ma. CAMPO SERRANO 4, 12, 20

9690215 WILLIAM MORENO GUTIERREZ 01 COLEGIO NACIONAL

JOSE Ma. CAMPO SERRANO 1, 9, 17

19591311 ALEXANDER CARRILLO SERRANO 01 COLEGIO NACIONAL

JOSE Ma. CAMPO SERRANO 8, 16, 22

39017749 DELXY URIETA CASTAÑEDA 01 COLEGIO NACIONAL

JOSE Ma. CAMPO SERRANO 2, 10, 18

1005018069 OSNEIDER AMAYA GALVIS 01 COLEGIO NACIONAL

JOSE Ma. CAMPO

SERRANO

7, 15

1062905419 LAURA LILIANA SANDOVAL MAYORGA 01 COLEGIO NACIONAL

JOSE Ma. CAMPO SERRANO 5, 13, 21

1065864549 ROBINSON GUERRERO QUINTERO 01 COLEGIO NACIONAL

JOSE Ma. CAMPO

SERRANO

REMANE

NTE

1065874429 KAREN IBETH GUTIERREZ CARRILLO 01 COLEGIO NACIONAL

JOSE Ma. CAMPO

SERRANO

6, 14

3983429 ANIZ GONZALEZ RODRIGUEZ 01 I.E. SAGRADO CORAZON DE JESUS 1, 8, 15

13871109 JHON JAIRO LAITON LOPEZ 01 I.E. SAGRADO CORAZON DE JESUS 7, 14, 21

19591728 CELIAR CARRILLO SERRANO 01 I.E. SAGRADO CORAZON DE JESUS 2, 9, 16

52127020 MARIA ODILIA SEPULVEDA SEPULVEDA 01 I.E. SAGRADO CORAZON DE JESUS 4, 11, 18

CORAZON DE JESUS 2, 9, 16

52127020 MARIA ODILIA SEPULVEDA SEPULVEDA 01 I.E. SAGRADO CORAZON DE JESUS 4, 11, 18

1048994085 DINAEL PIMIENTA CAMPO 01 I.E. SAGRADO

CORAZON DE JESUS

5, 12, 19, 22

1062879607 JORGE LUIS CAÑAS GONZALEZ 01 I.E. SAGRADO CORAZON DE JESUS 3, 10, 17

1063616978 GARNEIRO LINARES PELAEZ 01 I.E. SAGRADO CORAZON DE JESUS 6, 13, 20

ZapSign 1633c774-1aa8-4022-8a95-1c50a3d6806cResolución No. 06358 de 2024 Página 5 de 7 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del PARTIDO COMUNES , que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las consultas populares de áreas metropolitanas que se realizarán el 24 de noviembre de 2024, en el municipio de

AGUACHICA, CESAR.

77195606 JOHN JAIRO SANCHEZ 01 INSTITUCIÓN

EDUCATIVA GABRIELA MISTRAL 1 a 5

1065868475 JUAN CARLOS VANEGAS GUERRERO 01 INS TEC INDUSTRIAL

LAUREANO GOMEZ

CASTRO

REMANE

NTE

1065878247 NORBEY JULIO GARCIA 01 INS TEC INDUSTRIAL

LAUREANO GOMEZ CASTRO 1 a 2 18918722 YESID MANDON 02 COLEGIO LA UNION 2, 5, 8,

11, 14, 17, 20

LAUREANO GOMEZ CASTRO 1 a 2 18918722 YESID MANDON 02 COLEGIO LA UNION 2, 5, 8,

11, 14, 17, 20 37760329 MERCEDES MORENO JIMENEZ 02 COLEGIO LA UNION 1, 4, 7,

10, 13, 16, 19 42203242 ROSA ROCHA GUTIERREZ 02 COLEGIO LA UNION 3, 6, 9,

12, 15, 18

19591311 ALEXANDER CARRILLO SERRANO 02 COLEGIO LA VICTORIA REMANE

NTE

73022930 YASMANI PINEDA CONSUEGRA 02 COLEGIO NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN 3, 8, 13,

18

1005655225 GENIS DANIELA LAGARES TOVAR 02 COLEGIO NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN 2, 7, 12,

17

1065863403 CRISTIAN VANEGAS GUERRERO 02 COLEGIO NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN 1, 6, 11,

16

1131484059 LUIS ALFREDO BALLESTEROS RUBIO 02 COLEGIO NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN 4, 9, 14,

19

1733299 ADALBERTO REYES PEINADO 02 INSTITUCIÓN

EDUCATIVA SAN MIGUEL 5, 14, 20

18975050 ALVARO SOTO NOGOA 02 INSTITUCIÓN

EDUCATIVA SAN

MIGUEL

3, 12, 18, 24

1003246630 OMAR YESID CACERES QUINTERO 02 INSTITUCIÓN

EDUCATIVA SAN

MIGUEL

9

1062910956 SERGIO DAVID SANDOVAL MAYORGA 02 INSTITUCIÓN

EDUCATIVA SAN

18, 24

1003246630 OMAR YESID CACERES QUINTERO 02 INSTITUCIÓN

EDUCATIVA SAN

MIGUEL

9

1062910956 SERGIO DAVID SANDOVAL MAYORGA 02 INSTITUCIÓN

EDUCATIVA SAN

MIGUEL

8

1064122652 JOSE ALFONSO REALES ORTEGA 02 INSTITUCIÓN

EDUCATIVA SAN

MIGUEL

10 ZapSign 1633c774-1aa8-4022-8a95-1c50a3d6806cResolución No. 06358 de 2024 Página 6 de 7 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del PARTIDO COMUNES , que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las consultas populares de áreas metropolitanas que se realizarán el 24 de noviembre de 2024, en el municipio de

AGUACHICA, CESAR.

1065243313 STIVEN BENITEZ VELASQUEZ 02 IE VILLA DE PARAGUAY 1, 3, 5

1066084397 BREYNER JOSE ZAMBRANO RIVERA 02 IE VILLA DE PARAGUAY 2, 4, 6

49670209 YANETH CARRILLO CAVIEDES 90 ESCUELA URBANA

MIXTA No 1 1 a 6 19673867 EDWIN ARGOTA 98 CARCEL 1

18916146 JAMER JAIRO TELLEZ CRUZ 99 BARRANCA DE

LEBRIJA

1, 3

1063616698 KEVIN ANDRES CAMPOS SANTOS 99 BARRANCA DE

LEBRIJA

2, 4

18917574 JESUS MARIA GALAN CONTRERAS 99 EL JUNCAL 1

1065905009 CORAIMA GALAN SANCHEZ 99 EL JUNCAL 2

LEBRIJA

2, 4

18917574 JESUS MARIA GALAN CONTRERAS 99 EL JUNCAL 1

1065905009 CORAIMA GALAN SANCHEZ 99 EL JUNCAL 2

1090406977 JOHINER OSPINO ROPERO 99 PUERTO AMALIA REMANE NTE ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a los siguientes Partidos y Movimientos Políticos con Personería Jurídica, acreditados en el presente acto administrativo:

NO. ORGANIZACIÓN POLÍTICA DIRECCIÓN SEDE CIUDAD SEDE MAIL

1 PARTIDO COMUNES Calle 39 No. 19 - 27/29 La

Soledad - Teusaquillo Bogotá D.C notificaciones@partidocomune s.com.co ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Municipal de AGUACHICA, CESAR, al correo electrónico, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil. ZapSign 1633c774-1aa8-4022-8a95-1c50a3d6806cResolución No. 06358 de 2024 Página 7 de 7 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del PARTIDO COMUNES , que actuarán ante las mesas de votación con

ocasión a las consultas populares de áreas metropolitanas que se realizarán el 24 de noviembre de 2024, en el municipio de

AGUACHICA, CESAR.

ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado Civil, a la Policía Nacional, a las Organizaciones de Observación Electoral debidamente acreditadas, y al Ministerio Público, para su conocimiento y lo de su competencia.

ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el presente acto administrativo, en la página web del

Consejo Nacional Electoral, www.cne.gov.co.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los (22) días del mes de noviembre de dos mil veinticuatro (2024).

CESAR AUGUSTO LORDUY MALDONADO

Presidente Vo.Bo. Adriana Milena Charari Olmos – Secretaria Técnica de Sala Revisó: Michell Galán García – Técnico Operativo Revisó y aprobó: José Antonio Parra Fandiño – Director de Vigilancia e Inspección Electoral Gustavo Alberto Lozano Ferro – Jefe Oficina de Tecnologías de la Información

Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Especializado

Daniel Leonardo Quintero Castillo – Profesional Universitario ZapSign 1633c774-1aa8-4022-8a95-1c50a3d6806c Firmado digitalmente en ZapSign por

CESAR AUGUSTO LORDUY MALDONADO Fecha: 23/11/2024 00:44:51.579 (UTC-0300)

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