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CNE - Resolución 0736 de 2022

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 0736 de 2022
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2022

RESOLUCIÓN No. 0736 DE 2022 (21 de enero) Por medio de la cual se aclara la Resolución No. 7670 del 21 de octubre de 2021, “Por la cual se crean dieciséis (16) Comisiones Escrutadoras Transitorias Especiales para la Paz y se dictan otras disposiciones.” EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los artículos 265 de la Constitución Política y 45 de la Ley 1437 de 2011 y, con fundamento en las siguientes:

CONSIDERACIONES

1. Que el Honorable Congreso de la República, en virtud del Procedimiento Legislativo Especial para la Paz profirió el Acto Legislativo 02 del 25 de agosto de 2021, por medio del cual se crean 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para la Cámara de Representantes en los periodos 2022-2026 y 2026-2030.

2. El Consejo Nacional Electoral, mediante la Resolución No. 7670 del 21 de octubre de 2021, creó dieciséis (16) Comisiones Escrutadoras Transitorias Especiales para la Paz con el fin de efectuar los escrutinios de los votos de los representantes adicionales elegidos por las 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz, periodo 2022-2026.

3. Que, en el artículo quinto de la Resolución No. 7670 del 21 de octubre de 2021, se digitó de manera equivocada los nombres de los departamentos correspondientes a las

circunscripciones 9 y 13, así:

CIRCUNSCRIPCIÓN DEPARTAMENTO MUNICIPIO

Circunscripción 9 CAUCA CALI Circunscripción 13 BOLÍVAR BARRANCABERMEJA Siendo los departamentos correctos los siguientes:

CIRCUNSCRIPCIÓN DEPARTAMENTO MUNICIPIO

Circunscripción 9 VALLE DEL CAUCA CALI Circunscripción 13 SANTANDER BARRANCABERMEJA

4. De conformidad con el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, “en cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.” Resolución 0736 de 2022 Página 2 de 2

Por medio de la cual se aclara la Resolución No. 7670 del 21 de octubre de 2021, “Por la cual se crean dieciséis (16) Comisiones Escrutadoras Transitorias Especiales para la Paz y se dictan otras disposiciones.”

5. Así las cosas, se procede a aclarar el artículo quinto de la Resolución No. 7670 del 21 de octubre de 2021, en el sentido de corregir los nombres de los departamentos correspondientes a las circunscripciones 9 y 13.

En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: ACLARAR el artículo quinto de la Resolución No. 7670 del 21 de octubre de 2021, en el sentido de corregir los nombres de los departamentos

correspondientes a las circunscripciones 9 y 13, así:

CIRCUNSCRIPCIÓN DEPARTAMENTO MUNICIPIO

Circunscripción 9 VALLE DEL CAUCA CALI Circunscripción 13 SANTANDER BARRANCABERMEJA ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNÍQUESE a través de la Subsecretaría de la Corporación a las organizaciones de víctimas, organizaciones campesinas u organizaciones sociales, incluyendo las de mujeres, grupos significativos de ciudadanos, así como los consejos comunitarios, los resguardos, las autoridades indígenas, las Kumpañy, a la Presidencia de la República, al Ministerio del Interior, al Registrador Nacional del Estado Civil, a los Delegados del Registrador Nacional del Estado Civil, a los Registradores Especiales, Distritales, Municipales y Auxiliares y a los medios de comunicación..

ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de su fecha de expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los veintiún (21) días del mes de enero de dos mil veintidós 2022

DORIS RUTH MÉNDEZ CUBILLOS

Presidente

VIRGILIO ALMANZA OCAMPO

Vicepresidente Proyectó Asesoría de Inspección y Vigilancia

Revisó: JAPF

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