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CNE - Resolución 10441 de 2025

Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 10441 de 2025
Autor
Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2025

RESOLUCIÓN No. 10441 de 2025 (25 de octubre) Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la CAMPAÑA DIANA CAROLINA CORCHO MEJIA, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las Consultas que se realizará el 26 de octubre de 2025. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo 5 de la Resolución No. 09458 de 2025 del CNE, y CONSIDERANDO Que, el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 estableció que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco, podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación, quienes vigilarán el proceso de las votaciones, podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades. Que, el parágrafo del citado artículo facultó al Consejo Nacional Electoral para reglamentar las formas y los procedimientos de acreditación e identificación de testigos electorales y auditores. Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 09458 de 2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y

y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales que hayan inscrito candidatos a cargos o corporaciones públicas o promuevan el voto en blanco, así como los comités independientes de promotores del mismo, tienen derecho a estar representados durante los procesos de votación, a razón de un testigo por cada mesa de votación, de igual forma, establece que las coaliciones tendrán derecho a un testigo por cada mesa. Que, adicional a lo mencionado, el parágrafo del artículo primero de Resolución en cita establece que el testigo electoral podrá acreditarse para vigilar más de una mesa, pero en todo caso, en ninguna mesa de votación podrá actuar más de un testigo electoral por organización política, coalición o promoción del voto en blanco. Que, el artículo segundo del mencionado acto administrativo definió que la postulación de los testigos se deberá realizar mediante la herramienta tecnológica dispuesta por el Consejo Nacional Electoral para tal fin, presentando la relación de los ciudadanos postulados como testigos electorales, hasta las once y cincuenta y nueve de la noche (11:59 p.m.) del domingo anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación. Que, según la Resolución No. 10242 de 2025, el término de postulación de testigos electorales para las Consultas a realizarse el 26 de octubre de 2025 se amplió hasta el miércoles 22 de octubre del 2025 a las 5:00 p.m. ZapSign

para las Consultas a realizarse el 26 de octubre de 2025 se amplió hasta el miércoles 22 de octubre del 2025 a las 5:00 p.m. ZapSign a40ac30d-1cc7-4c84-87c8-7e18aace6f18Resolución No. 10441 de 2025 Página 2 de 5 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la CAMPAÑA DIANA CAROLINA CORCHO MEJIA, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las Consultas que se realizará el 26 de octubre de 2025. Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 09458 de 2025, expedida por esta Corporación, estableció que se podrán postular de la siguiente manera: “(…)1. En los puestos de votación de menos de diez (10) mesas, las organizaciones políticas con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos, comités promotores del voto en blanco, y coaliciones, podrán tener hasta un (1) testigo electoral remanente o adicional.

2. En los puestos de votación de más de diez (10) mesas, hasta un diez por ciento (10%) de testigos electorales remanentes o adicionales. En caso de que el porcentaje arroje un resultado decimal, se aproxima al entero siguiente. (…)” Que, la acreditación de los testigos que actuarán en las mesas de votación y escrutinio corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión.

Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales,

acto administrativo en alusión. Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de Identificación - ANI, y procederá a la correspondiente acreditación mediante la publicación de Acto Administrativo suscrito por la Presidencia del Consejo Nacional Electoral, el cual deberá contener el listado de los testigos electorales con la siguiente información: nombres completos, documento de identidad, organización política que representa, mesa(s) para la(s) que ha sido autorizado, o si es remanente. Que, el artículo 6 de la Resolución en cuestión, específica la manera en la que se identificarán los testigos electorales acreditados, que será con la presentación de la cédula o el documento que permita validar que esta se encuentra en trámite, adicionalmente deberá portar una credencial que, como mínimo, debe contener los nombres del ciudadano acreditado, el documento de identidad, agrupación política a la que representa, la(s) mesa(s) o la(s) comisión(es) en las que actuará, al igual que el código de verificación QR o similares que genere la herramienta tecnológica dispuesta para este fin. Las credenciales generadas podrán presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral,

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Testigos Electorales de la CAMPAÑA DIANA CAROLINA CORCHO MEJIA, ante las mesas de votación que se instalarán para Consultas que se realizarán el 26 de octubre de 2025, a los siguientes ciudadanos:

CÉDULA DE

CAROLINA CORCHO MEJIA, ante las mesas de votación que se instalarán para Consultas que se realizarán el 26 de octubre de 2025, a los siguientes ciudadanos:

CÉDULA DE

CIUDADANÍA

NOMBRES Y

APELLIDOS

DEPARTAMENTO Y

MUNICIPIO

ZONA NOMBRE DEL

PUESTO

MESA (S)

1122783927 SANDRA CLAUDIA

CHINDOY JAMIOY

CUNDINAMARC

A – AGUA DE

DIOS 00 CEN.

CULTURAL

ARMANDO

RODRIGUEZ

JIMENEZ

1

11451443 DIEGO FERNANDO

ALVARADO

MORATO

CUNDINAMARC

A – APULO

00 POLIDEPOR

TIVO

MUNICIPAL

APULO 1 ZapSign a40ac30d-1cc7-4c84-87c8-7e18aace6f18Resolución No. 10441 de 2025 Página 3 de 5 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la CAMPAÑA DIANA CAROLINA CORCHO MEJIA, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las Consultas que se realizará el 26 de octubre de 2025.

11450766 JOSE DIMAS

VARGAS DIAZ

CUNDINAMARC

A – APULO

00 POLIDEPOR

TIVO

MUNICIPAL

APULO 2

1018441791 ANGIE TATIANA

GARCIA

CARDENAS

CUNDINAMARC

A – CAJICA

02 SALON

COMUNAL

BARRIO

GRANJITAS

1

52153472 LUZ MYRIAN

ACOSTA BRAVO

CUNDINAMARC

A – CAQUEZA

00 COLISEO

GERMAN

ROJAS

URREGO

1

02 SALON

COMUNAL

BARRIO

GRANJITAS

1

52153472 LUZ MYRIAN

ACOSTA BRAVO

CUNDINAMARC

A – CAQUEZA

00 COLISEO

GERMAN

ROJAS

URREGO

1

1072656757 CARLOS ANDRES

SOCHA USMA

CUNDINAMARC

A – CHIA

02 CONCHA

ACUSTICA

1

52073650 ANA PATRICIA

PENAGOS REALES

CUNDINAMARC

A – CHIA

01 IE JOSE

ESCRIVA DE

BALAGUER

SEDE

SAMARIA

1

79310029 MANUEL ANDRES

ANGEL MARTINEZ

CUNDINAMARC

A – CHOACHI

00 COLISEO

POLIDEPOR

TIVO EL

BOSQUE

1

1069643318 MARIA SOFIA

VERGEL

VALDERRAMA

CUNDINAMARC

A – FACATATIVA

02 COLEGIO

MANUELA

AYALA DE

GAITAN

1

11590251 JUAN CARLOS

ACOSTA

MARTINEZ

CUNDINAMARC

A – FACATATIVA

02 COLEGIO

NACIONAL

EMILIO

CIFUENTES

1

80654151 CARLOS ANDRES

CAICEDO

CUNDINAMARC

A – FUNZA

02 COL

BICENTENA

RIO 1

1006206800 DAMIAN FABRICIO

ZAPATA NAVARRO

CUNDINAMARC

A –

FUSAGASUGA

02 ESC

REFUGIO

INFANTIL

1

11378884 CESAR AUGUSTO

JIMENEZ RUBIANO

CUNDINAMARC

A –

FUSAGASUGA

01 COLEGIO

SANTANDE

R 1

82393830 JOSE BENJAMIN

PULIDO PULIDO

CUNDINAMARC

A –

JIMENEZ RUBIANO

CUNDINAMARC

A –

FUSAGASUGA

01 COLEGIO

SANTANDE

R 1

82393830 JOSE BENJAMIN

PULIDO PULIDO

CUNDINAMARC

A –

FUSAGASUGA

01 COLEGIO

SANTANDE

R 2

39584360 ESTEFANIA

CORTES GUZMAN

CUNDINAMARC

A – GIRARDOT

01 COLEGIO

NUESTRA

SEÑORA

DEL PILAR

1

39566698 YANIRA GOMEZ

LURDUY

CUNDINAMARC

A – GIRARDOT

90 COLISEO

DEFERIAS Y

EXPOSICIO

N 1

79466076 BELISARIO

GUEVARA

GUEVARA

CUNDINAMARC

A – GIRARDOT

02 IET

FRANCISCO

MANZANER

A 1 ZapSign a40ac30d-1cc7-4c84-87c8-7e18aace6f18Resolución No. 10441 de 2025 Página 4 de 5 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la CAMPAÑA DIANA CAROLINA CORCHO MEJIA, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las Consultas que se realizará el 26 de octubre de 2025.

HENRIQUEZ

14326830 HERNANDO

SANCHEZ

MARULANDA

CUNDINAMARC

A – GUADUAS

00 IED MIGUEL

SAMPER

SEDE

BENJAMIN

HERRERA

1

14325900 JOSE MANUEL

SANCHEZ

MARULANDA

CUNDINAMARC

A – GUADUAS

00 IED MIGUEL

SAMPER

SEDE

BENJAMIN

HERRERA

2

50917715 BERTHA NERIS

1

14325900 JOSE MANUEL

SANCHEZ

MARULANDA

CUNDINAMARC

A – GUADUAS

00 IED MIGUEL

SAMPER

SEDE

BENJAMIN

HERRERA

2

50917715 BERTHA NERIS

SANCHEZ

VASQUEZ

CUNDINAMARC

A – LA CALERA

02 ESCUELA

JUAN XXIII

1

1069052837 ERIKA MARCELA

MESA RODRIGUEZ

CUNDINAMARC

A – LA PALMA

99 ESCUELA

RURAL

HINCHE

BAJO 1

79857531 JAIME ALEXANDER

RODRIGUEZ VEGA

CUNDINAMARC

A – LA PALMA

99 LA HOYA DE

TUDELA

1

1032365761 JUAN CAMILO

CORDOBA BERNAL

CUNDINAMARC

A – MOSQUERA

01 NUEVO

COLISEO

MUNICIPAL

1

21117481 ELIZABETH

GALINDO GUZMAN

CUNDINAMARC

A – MOSQUERA

01 NUEVO

COLISEO

MUNICIPAL

2

1073502010 JOHN EDUARD

PEÑA BARON

CUNDINAMARC

A – MOSQUERA

02 IE LA

ARMONIA

1

19245029 JUAN DE DIOS

LOPEZ ALFONSO

CUNDINAMARC

A – MOSQUERA

01 SECTOR

NOVATERR

A 1

52783313 DIANA XIMENA

LEDESMA TEJADA

CUNDINAMARC

A – MOSQUERA

01 COL MAYOR

DE

MOSQUERA

1

79219958 MIGUEL GIOVANNI

DIAZ BERNAL

CUNDINAMARC

A – SOACHA

02 I E

GENERAL

SANTANDE

R SEDE LA

VEREDITA

1

01 COL MAYOR

DE

MOSQUERA

1

79219958 MIGUEL GIOVANNI

DIAZ BERNAL

CUNDINAMARC

A – SOACHA

02 I E

GENERAL

SANTANDE

R SEDE LA

VEREDITA

1

1000723433 JOHAN STID

MONTOYA

RODRIGUEZ

CUNDINAMARC

A – SOACHA

06 SALON

COMUNAL

ALTOS DE

LA FLORIDA

1

1048270658 JAN CARLOS

TERAN MEDINA

CUNDINAMARC

A – SOACHA

01 I. E. SANTA

ANAANTONIO

NARIÑO

1

79059169 RICHARD

COLORADO

CUESTAS

CUNDINAMARC

A – SOACHA

02 I.E.

INTEGRADO

DE SOACHA

1

1033714182 WILSON

ALEXANDER

MARTINEZ GOMEZ

CUNDINAMARC

A – SOACHA

06 I.E. LAS

VILLASSEDE

LIBERTADO

RES 1 ZapSign a40ac30d-1cc7-4c84-87c8-7e18aace6f18Resolución No. 10441 de 2025 Página 5 de 5 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la CAMPAÑA DIANA CAROLINA CORCHO MEJIA, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las Consultas que se realizará el 26 de octubre de 2025.

1014667616 JOAN DAVID

MARTINEZ AMAYA

CUNDINAMARC

A – SOACHA

90 COLEGIO

BOLIVAR

PRIMARIA

1

35516229 MYRIAM CECILIA

CASTAÑEDA

TIBAQUIRA

CUNDINAMARC

A – TOCANCIPA

02 I. E. DPTAL

A – SOACHA

90 COLEGIO

BOLIVAR

PRIMARIA

1

35516229 MYRIAM CECILIA

CASTAÑEDA

TIBAQUIRA

CUNDINAMARC

A – TOCANCIPA

02 I. E. DPTAL

TECNICO

INDUSTRIAL

1

79495783 ORLANDO DAZA

LEON

CUNDINAMARC

A – UBAQUE

99 PUESTO

VEREDA

SABANILLA

1

41662427 MARIA DEL

CARMEN

CARREÑO

SANCHEZ

CUNDINAMARC

A – ZIPAQUIRA

02 IEM SAN

JUAN

BAUTISTA

DE SALLE

PRINCIPAL

1

11340519 ORLANDO

SALCEDO MOYA

CUNDINAMARC

A – ZIPAQUIRA

01 ESCUELA

QUEVEDO Z

1

ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a los siguientes Partidos y Movimientos Políticos con Personería Jurídica, acreditada en el presente acto administrativo:

NO. ORGANIZACIÓN

POLÍTICA

DIRECCIÓN SEDE CIUDAD SEDE MAIL

1 CAMPAÑA DIANA

CAROLINA

CORCHO MEJIA

No registra BOGOTÁ D.C. carocorcho@gmail.com ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Delegado en lo Electoral, al correo electrónico regdelenloelectoral@registraduria.gov.co, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.

ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de

electrónico regdelenloelectoral@registraduria.gov.co, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.

ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado Civil, a la Policía Nacional, a las Organizaciones de Observación Electoral debidamente acreditadas, y al Ministerio Público, para su conocimiento y lo de su competencia.

ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el presente acto administrativo, en la página web del Consejo

Nacional Electoral, www.cne.gov.co.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los veinticinco (25) días del mes de octubre de dos mil veinticinco (2025).

CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO

PRESIDENTE Vo.Bo. Presidencia Vo.Bo. José Antonio Parra Fandiño – Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información

Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario ZapSign a40ac30d-1cc7-4c84-87c8-7e18aace6f18

Firmado digitalmente en ZapSign por

CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO Fecha: 25/10/2025 13:53:20.428 (UTC-0500)

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