🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CNE - Resolución 10443 de 2025

Consejo Nacional Electoral

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CNE - Resolución 10443 de 2025
Autor
Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2025

RESOLUCIÓN No. 10443 de 2025 (25 de octubre) Por la cual se acreditan a los testigos electorales del partido político UNION PATRIOTICA "UP", que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las Consultas que se realizará el 26 de octubre de 2025. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo 5 de la Resolución No. 09458 de 2025 del CNE, y CONSIDERANDO Que, el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 estableció que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco, podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación, quienes vigilarán el proceso de las votaciones, podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades. Que, el parágrafo del citado artículo facultó al Consejo Nacional Electoral para reglamentar las formas y los procedimientos de acreditación e identificación de testigos electorales y auditores. Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 09458 de 2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral.

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales que hayan inscrito candidatos a cargos o corporaciones públicas o promuevan el voto en blanco, así como los comités independientes de promotores del mismo, tienen derecho a estar representados durante los procesos de votación, a razón de un testigo por cada mesa de votación, de igual forma, establece que las coaliciones tendrán derecho a un testigo por cada mesa. Que, adicional a lo mencionado, el parágrafo del artículo primero de Resolución en cita establece que el testigo electoral podrá acreditarse para vigilar más de una mesa, pero en todo caso, en ninguna mesa de votación podrá actuar más de un testigo electoral por organización política, coalición o promoción del voto en blanco. Que, el artículo segundo del mencionado acto administrativo definió que la postulación de los testigos se deberá realizar mediante la herramienta tecnológica dispuesta por el Consejo Nacional Electoral para tal fin, presentando la relación de los ciudadanos postulados como testigos electorales, hasta las once y cincuenta y nueve de la noche (11:59 p.m.) del domingo anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación. Que, según la Resolución No. 10242 de 2025, el término de postulación de testigos electorales para las Consultas a realizarse el 26 de octubre de 2025 se amplió hasta el miércoles 22 de

octubre del 2025 a las 5:00 p.m. ZapSign d63a604d-986a-47dc-9a3b-84410c3ff2d0Página 2 de 6Resolución No. 10443 de 2025 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del partido político UNION PATRIOTICA "UP", que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las Consultas que se realizará el 26 de octubre de 2025.

RESUELVE: Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 09458 de 2025, expedida por esta Corporación, estableció que se podrán postular de la siguiente manera: “(…)1. En los puestos de votación de menos de diez (10) mesas, las organizaciones políticas con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos, comités promotores del voto en blanco, y coaliciones, podrán tener hasta un (1) testigo electoral remanente o adicional.

2. En los puestos de votación de más de diez (10) mesas, hasta un diez por ciento (10%) de testigos electorales remanentes o adicionales. En caso de que el porcentaje arroje un resultado decimal, se aproxima al entero siguiente. (…)” Que, la acreditación de los testigos que actuarán en las mesas de votación y escrutinio corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión.

Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral

realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de Identificación - ANI, y procederá a la correspondiente acreditación mediante la publicación de Acto Administrativo suscrito por la Presidencia del Consejo Nacional Electoral, el cual deberá contener el listado de los testigos electorales con la siguiente información: nombres completos, documento de identidad, organización política que representa, mesa(s) para la(s) que ha sido autorizado, o si es remanente. Que, el artículo 6 de la Resolución en cuestión, específica la manera en la que se identificarán los testigos electorales acreditados, que será con la presentación de la cédula o el documento que permita validar que esta se encuentra en trámite, adicionalmente deberá portar una credencial que, como mínimo, debe contener los nombres del ciudadano acreditado, el documento de identidad, agrupación política a la que representa, la(s) mesa(s) o la(s) comisión(es) en las que actuará, al igual que el código de verificación QR o similares que genere la herramienta tecnológica dispuesta para este fin. Las credenciales generadas podrán presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral, ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Testigos Electorales del partido político UNION PATRIOTICA "UP", ante las mesas de votación que se instalarán para Consultas que se realizarán el 26 de octubre de 2025, a los siguientes ciudadanos:

CÉDULA DE

CIUDADANÍA

NOMBRES Y

APELLIDOS

DEPARTAMENTO Y

MUNICIPIO

ZONA NOMBRE DEL

PUESTO

MESA (S)

93390063 EVELIO PATIÑO

MENDOZA

TOLIMA –

ALVARADO

99 ESCUELA

RURAL LA

TEBAIDA

1

39801357 ELSA PERDOMO

PALOMA

TOLIMA –

ARMERO

(GUAYABAL)

00 PUESTO

CABECERA

MUNICIPAL

2

7504327 VARONIO

CESPEDES

TOLIMA –

ARMERO

00 PUESTO

CABECERA

3 ZapSign d63a604d-986a-47dc-9a3b-84410c3ff2d0Página 3 de 6Resolución No. 10443 de 2025 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del partido político UNION PATRIOTICA "UP", que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las Consultas que se realizará el 26 de octubre de 2025.

SUAREZ (GUAYABAL) MUNICIPAL

1110497628 DENYS

MARGARITA

OLAYA CUELLAR

TOLIMA –

ARMERO

(GUAYABAL)

00 PUESTO

CABECERA

MUNICIPAL

1

1005995040 ADRIANA MILENA

ANDRADE

ORDOÑEZ

TOLIMA –

CHAPARRAL

02 ESC. MARCO TULIO

ALVIRA

1, 2

1106779141 ELIBERTH RAMOS

CRUZ

TOLIMA –

CHAPARRAL

01 COL.

MANUEL

MURILLO

TORO 3

13392921 ALFREDO PEREZ

DIAZ

TOLIMA –

CHAPARRAL

99 AMOYA

( LAS

CRUCES)

1

28542311 SANDRA LILIANA

MORA GONZALEZ

TOLIMA –

CHAPARRAL 99 EL LIMON 1

14030040 YAMEL MENDEZ

GONZALEZ

TOLIMA –

CHAPARRAL

01 ESC.

GABRIELA

MISTRAL

1

28480593 ROSA ERLINDA

GONZALEZ REINA

TOLIMA –

CHAPARRAL

01 ESC.

GABRIELA

MISTRAL

2

1018411404 LUZ MILA

ANDRADE

ORDOÑEZ

TOLIMA –

CHAPARRAL

01 COL.

MANUEL

MURILLO

TORO 1

1073172289 LINA MARIA

OYOLA

COLORADO

TOLIMA –

CHAPARRAL

01 COL.

MANUEL

MURILLO

TORO 2

65755344 SANDRA LILIANA

LOPEZ OLAVE

TOLIMA –

IBAGUE

04 IE NIÑO

JESUS DE

PRAGA SEDE 1 1, 2, 3, 4

52824283 DORALBA OTTAVO

BRAVO

TOLIMA –

IBAGUE

09 IE SAN LUIS

GONZAGA

1

93391929 JESUS EDUHING

REY ARANGO

TOLIMA –

IBAGUE

02 UNIVERSIDA

D ANTONIO

NARIÑO

2, 1

26649816 BELLANIRA

JIMENEZ BRIÑEZ

TOLIMA –

IBAGUE

99 IE

FERNANDO

VILLALOBO

S SD

CARMEN

BULIRA

1

1110540437 EDNA YURANI

RODRIGUEZ

VARON

TOLIMA –

IBAGUE

11 IE ANTONIO

REYES

UMAÑA SD

PPAL 1, 2

1110502408 FABIO ANDRES

VARON VASQUEZ

TOLIMA –

IBAGUE

02 COLEGIO

TOLIMENSE

5, 4

65759318 ALBA ISABEL

DOMINGUEZ

CASABIANCA

TOLIMA –

IBAGUE

03 IE ESC

NORMAL

SUPERIOR

1, 2 ZapSign d63a604d-986a-47dc-9a3b-84410c3ff2d0Página 4 de 6Resolución No. 10443 de 2025 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del partido político UNION PATRIOTICA "UP", que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las Consultas que se realizará el 26 de octubre de 2025.

SEDE 1

1005826992 MARIA JOSE

RAMIREZ

CASTILLO

TOLIMA –

IBAGUE

07 IE FE Y

ALEGRIA

SEDE 1

1, 2

1106780740 ALBEIRO PALOMA

GOMEZ

TOLIMA –

IBAGUE

11 IE

LEONIDAS

RUBIO

VILLEGAS

SD

MARTIRES

2

93390063 EVELIO PATIÑO

MENDOZA

TOLIMA –

IBAGUE

07 IE TECNICA

ALBERTO

CASTILLA

SD

TOPACIO

1, 2

5823232 CARLOS ENRIQUE

LEAL OTAVO

TOLIMA –

IBAGUE

09 IE LICEO

NACIONAL

SEDE 1

1, 2

65713547 DIANA BELTRAN

DIAZ

TOLIMA –

IBAGUE

07 IE TECNICA

ALBERTO

CASTILLA

SD

TOPACIO

3

65771981 CAROLINA LOBOA

URIBE

TOLIMA –

IBAGUE

11 IE

LEONIDAS

RUBIO SEDE RODRIGU 1, 2, 3

1110537897 DIANA MARCELA

PEÑA CASTRO

TOLIMA –

IBAGUE

10 IE

GUILLERMO

ANGULO

GOMEZ SEDE 1, 2

1030280350 ADRIAN AUGUSTO

PALOMA VARON

TOLIMA –

IBAGUE

11 IE

LEONIDAS

RUBIO

VILLEGAS

SD

MARTIRES

1

5819606 EFREN SOSSA

POLO

TOLIMA –

IBAGUE

90 IE

SANTIAGO

VILA ESCOBAR 1, 2, 3, 4,

5

4469791 HECTOR RIOS

RAMIREZ

VALLE –

CARTAGO

05 I. TEC.

INDUSTRIAL

INDALECIO

PENILLA

1

1088825704 JUAN DAVID

GARCIA VALENCIA

VALLE –

CARTAGO

01 ESC SAN

JUAN BOSCO 1, 2

1113859133 DIANA ALEXANDRA

GUAPACHA

BOLIVAR

VALLE –

CARTAGO

04 ESC.

RIGOBERTO

OROZCO

1

1109188577 JOSE DANIEL

SALAZAR MORENO

VALLE –

CARTAGO

04 SED ED

MARIA

INMACULAD

1 ZapSign d63a604d-986a-47dc-9a3b-84410c3ff2d0Página 5 de 6Resolución No. 10443 de 2025 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del partido político UNION PATRIOTICA "UP", que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las Consultas que se realizará el 26 de octubre de 2025.

ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a los siguientes Partidos y Movimientos Políticos con Personería Jurídica, acreditada en el presente acto administrativo:

A

1112786886 ANDERSON

PELAEZ PENILLA

VALLE –

CARTAGO

05 COL

ANTONIO

NARIÑO

1

1006321850 ISABELLA DURAN

LEDESMA

VALLE –

CARTAGO

02 COL

MANUEL

QUINTERO

PENILLA

1, 2

1112789791 EIDER BRANDON

OCHOA LOPEZ

VALLE –

CARTAGO

01 COL. RAMON

MARTINEZ

BENITEZ

PRIMARIA

1

16227520 ALEXANDER

CASTILLO

CASTAÑO

VALLE –

CARTAGO

02 UNIVERSIDA

D DEL VALLE 1, 2

66916114 ORFA MARIA

BOLIVAR ERAZO

VALLE –

CARTAGO

04 COL MARIA

AUXILIADOR A 3, 1, 2

1112789495 RANGEL

DOMINGUEZ

PIEDRAHITA

VALLE – CARTAGO 99 ZARAGOZA 1, 2

NO. ORGANIZACIÓN

POLÍTICA

DIRECCIÓN SEDE CIUDAD SEDE MAIL

1 UNION

PATRIOTICA "UP"

CARRERA 16 No. 31a - 49

BOGOTÁ D.C. unionpatrioticanacional@gm ail.com ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Delegado en lo Electoral, al correo electrónico regdelenloelectoral@registraduria.gov.co, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.

ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado Civil, a la Policía Nacional, a las Organizaciones de Observación Electoral debidamente acreditadas, y al Ministerio Público, para su conocimiento y lo de su competencia.

ESPACIO EN BLANCO ZapSign d63a604d-986a-47dc-9a3b-84410c3ff2d0Página 6 de 6Resolución No. 10443 de 2025 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del partido político UNION PATRIOTICA "UP", que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las Consultas que se realizará el 26 de octubre de 2025.

ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el presente acto administrativo, en la página web del Consejo

Nacional Electoral, www.cne.gov.co.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los veinticinco (25) días del mes de octubre de dos mil veinticinco (2025).

CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO

PRESIDENTE Vo.Bo. Presidencia Vo.Bo. José Antonio Parra Fandiño – Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información

Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario ZapSign d63a604d-986a-47dc-9a3b-84410c3ff2d0

Firmado digitalmente en ZapSign por

CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO Fecha: 25/10/2025 15:16:11.722 (UTC-0500)

Consultar sobre este documento ...