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CNE - Resolución 10594 de 2025

Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 10594 de 2025
Autor
Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2025

RESOLUCIÓN No. 10594 de 2025 (04 de noviembre) Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la coalición 1,2,3, ¡BERNARDO OTRA VEZ!, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 9 de noviembre de 2025, en el municipio de VILLETA, CUNDINAMARCA. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo 5 de la Resolución No. 09458 de 2025 del Consejo Nacional electoral, y CONSIDERANDO Que, el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 estableció que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco, podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación, quienes vigilarán el proceso de las votaciones, podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades. Que, el parágrafo del citado artículo facultó al Consejo Nacional Electoral para reglamentar las formas y los procedimientos de acreditación e identificación de testigos electorales y auditores. Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 09458 de 2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y

2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales que hayan inscrito candidatos a cargos o corporaciones públicas o promuevan el voto en blanco, así como los comités independientes de promotores del mismo, tienen derecho a estar representados durante los procesos de votación, a razón de un testigo por cada mesa de votación, de igual forma, establece que las coaliciones tendrán derecho a un testigo por cada mesa. Que, adicional a lo mencionado, el parágrafo del artículo primero de Resolución en cita establece que el testigo electoral podrá acreditarse para vigilar más de una mesa, pero en todo caso, en ninguna mesa de votación podrá actuar más de un testigo electoral por organización política, coalición o promoción del voto en blanco. Que, el artículo segundo del mencionado acto administrativo definió que la postulación de los testigos se deberá realizar mediante la herramienta tecnológica dispuesta por el Consejo Nacional Electoral para tal fin, presentando la relación de los ciudadanos postulados como testigos electorales, hasta las veintitrés con cincuenta y nueve (23:59) del domingo anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación. Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 09458 de 2025, expedida por esta Corporación, estableció que se podrán postular de la siguiente manera: ZapSign

Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 09458 de 2025, expedida por esta Corporación, estableció que se podrán postular de la siguiente manera: ZapSign 17952a0d-720f-4463-a4cd-c2a26a65ef5eResolución No. 10594 de 2025 Página 2 de 7 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la coalición 1,2,3, ¡BERNARDO OTRA VEZ!, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 9 de noviembre de 2025 en el municipio de VILLETA, CUNDINAMARCA. “(…)1. En los puestos de votación de menos de diez (10) mesas, las organizaciones políticas con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos, comités promotores del voto en blanco, y coaliciones, podrán tener hasta un (1) testigo electoral remanente o adicional.

2. En los puestos de votación de más de diez (10) mesas, hasta un diez por ciento (10%) de testigos electorales remanentes o adicionales. En caso de que el porcentaje arroje un resultado decimal, se aproxima al entero siguiente. (…)” Que, la acreditación de los testigos que actuarán en las mesas de votación y escrutinio corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión.

Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de Identificación - ANI, y procederá a

realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de Identificación - ANI, y procederá a la correspondiente acreditación mediante la publicación de Acto Administrativo suscrito por la Presidencia del Consejo Nacional Electoral, el cual deberá contener el listado de los testigos electorales con la siguiente información: nombres completos, documento de identidad, organización política que representa, mesa(s) para la(s) que ha sido autorizado, o si es remanente. Que, el artículo 6 de la Resolución en cuestión, específica la manera en la que se identificarán los testigos electorales acreditados, que será con la presentación de la cédula o el documento que permita validar que esta se encuentra en trámite, adicionalmente deberá portar una credencial que, como mínimo, debe contener los nombres del ciudadano acreditado, el documento de identidad, agrupación política a la que representa, la(s) mesa(s) o la(s) comisión(es) en las que actuará, al igual que el código de verificación QR o similares que genere la herramienta tecnológica dispuesta para este fin. Las credenciales generadas podrán presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Testigos Electorales de la coalición 1,2,3, ¡BERNARDO OTRA VEZ!, ante las mesas de votación que se instalarán para las elecciones atípicas de alcalde de VILLETA, que se realizarán el 9 de noviembre de 2025, en el departamento

¡BERNARDO OTRA VEZ!, ante las mesas de votación que se instalarán para las elecciones atípicas de alcalde de VILLETA, que se realizarán el 9 de noviembre de 2025, en el departamento de CUNDINAMARCA a los siguientes ciudadanos:

CÉDULA DE

CIUDADANÍA

NOMBRES Y

APELLIDOS

MUNICIPIO ZONA NOMBRE DEL

PUESTO

MESA (S)

1077968641 LAURA SOFIA

BAUTISTA REYES

VILLETA 02 IED

PROMOCIO

N SOCIAL

1

1019156515 ROSELINE

ADRIANEY MACIAS

PIÑA

VILLETA 02 IED

PROMOCIO

N SOCIAL

2

1016946093 ANDERSON

ZAPATA

VILLETA 02 IED

PROMOCIO

3 ZapSign 17952a0d-720f-4463-a4cd-c2a26a65ef5eResolución No. 10594 de 2025 Página 3 de 7 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la coalición 1,2,3, ¡BERNARDO OTRA VEZ!, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 9 de noviembre de 2025 en el municipio de VILLETA,

CUNDINAMARCA.

HERNANDEZ N SOCIAL

21112781 DORALBA MENDEZ VILLETA 01 ESCUELA LA

VALENCIA

8

20767854 ALBA AYDE

RAMIREZ BELTRAN

VILLETA 01 ESCUELA LA

VALENCIA

9

37887001 ROSALBA

GUTIERREZ

BLANCO

VILLETA 01 ESCUELA LA

VALENCIA

10, 1

19269720 LUIS ALBERTO

UNEME MORENO

VILLETA 01 ESCUELA LA

VALENCIA

9

37887001 ROSALBA

GUTIERREZ

BLANCO

VILLETA 01 ESCUELA LA

VALENCIA

10, 1

19269720 LUIS ALBERTO

UNEME MORENO

VILLETA 01 ESCUELA LA

VALENCIA

11

32722524 MARY DEL

CARMEN BLANCO

ESCOBAR

VILLETA 01 ESCUELA LA

VALENCIA

12

21113511 OLGA PATRICIA

MANJARRES CANO

VILLETA 01 ESCUELA LA

VALENCIA

13, 2

1003968596 JUAN DIEGO

ORJUELA

RODRIGUEZ

VILLETA 01 ESCUELA LA

VALENCIA

14

80280726 EDGAR TINOCO

MAHECHA

VILLETA 02 CONC.

POLICARPA

SALAVARRI

ETA 5

21114473 BLANCA LUCIA

FEO FEO

VILLETA 02 CONC.

POLICARPA

SALAVARRI

ETA 6

1077973963 ANDRES FELIPE

COBALEDA

TINOCO

VILLETA 02 CONC.

POLICARPA

SALAVARRI

ETA 7

1070957168 INGRID JULIETH

MANJARRES

MARROQUIN

VILLETA 02 CONC.

POLICARPA

SALAVARRI

ETA 8

80276257 CARLOS ERNESTO

CALA GARCIA

VILLETA 02 CONC.

POLICARPA

SALAVARRI

ETA 9

80278384 CARLOS ALBERTO

RINCON MEDINA

VILLETA 02 CONC.

POLICARPA

SALAVARRI

ETA 10

21114469 SANDRA LETICIA

TINOCO VEGA

VILLETA 02 CONC.

POLICARPA

SALAVARRI

RINCON MEDINA

VILLETA 02 CONC.

POLICARPA

SALAVARRI

ETA 10

21114469 SANDRA LETICIA

TINOCO VEGA

VILLETA 02 CONC.

POLICARPA

SALAVARRI

ETA 11

1077969306 LIZETH SOLANGEE

FLOREZ TINOCO

VILLETA 02 ESCUELA

CARLOS

LLERAS

9

1077972107 CARLOS ANDRES

CALA RAMIREZ

VILLETA 02 ESCUELA

CARLOS

LLERAS

10

21114326 MARISOL

HERNANDEZ

VILLETA 02 ESCUELA

CARLOS

11 ZapSign 17952a0d-720f-4463-a4cd-c2a26a65ef5eResolución No. 10594 de 2025 Página 4 de 7 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la coalición 1,2,3, ¡BERNARDO OTRA VEZ!, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 9 de noviembre de 2025 en el municipio de VILLETA,

CUNDINAMARCA.

RODRIGUEZ LLERAS

21111188 MYRIAM LUCERO

GAITAN ROJAS

VILLETA 02 ESCUELA

CARLOS

LLERAS

12

52656519 DEICY YUBIEL

CAMACHO OCAÑO

VILLETA 01 ESCUELA LA

VALENCIA

3

1026250837 DARIO

ALEJANDRO

BASTO BUITRAGO

VILLETA 01 ESCUELA LA

VALENCIA

4

1070942406 WILSON IVAN

MARTINEZ

JIMENEZ

VILLETA 01 ESCUELA LA

VALENCIA

5

1020817839 DUVAN CAMILO

OLAYA GOMEZ

VILLETA 01 ESCUELA LA

VALENCIA

4

1070942406 WILSON IVAN

MARTINEZ

JIMENEZ

VILLETA 01 ESCUELA LA

VALENCIA

5

1020817839 DUVAN CAMILO

OLAYA GOMEZ

VILLETA 01 ESCUELA LA

VALENCIA

6

285791 JOSE ELMER

MAHECHA

VILLETA 01 ESCUELA LA

VALENCIA

7

52655114 HIDDY

CONSTANZA

LEURO BARRERO VILLETA 01 SENA 6

52655759 LILIANA CATALINA

HERRERA

ORJUELA VILLETA 01 SENA 7

20775153 YENSI MILENA

ROMERO

HERNANDEZ VILLETA 01 SENA 8

1077972538 JAVIER ANDRES

JIMENEZ

PALACIOS VILLETA 01 SENA 9

1077976012 PAULA ANDREA

COBALEDA

TINOCO VILLETA 01 SENA 10

1011201420 LAURA

ALEJANDRA

ROMERO

GUTIERREZ VILLETA 01 SENA 11

21111967 NUBIA SANTOS

FRANCO ALVAREZ VILLETA 01 SENA 12

1019985534 KAREN ANDREA

RIVERO MONCADA

VILLETA 02 CONC.

POLICARPA

SALAVARRI

ETA 12

1077967686 MIGUEL ANTONIO

BAREÑO

SALAMANCA

VILLETA 01 ESCUELA LA

VALENCIA

15

94316448 HEBER ANDERSON

ZAPATA

VILLETA 01 ESCUELA LA

VALENCIA

16

52838467 LEIDY DAYANA

BRAUSSIN

CASTRO VILLETA 01 SENA 1

79811290 EDWIN BRAUSSIN

CASTRO VILLETA 01 SENA 2

ZAPATA

VILLETA 01 ESCUELA LA

VALENCIA

16

52838467 LEIDY DAYANA

BRAUSSIN

CASTRO VILLETA 01 SENA 1

79811290 EDWIN BRAUSSIN

CASTRO VILLETA 01 SENA 2

21113733 ANA VICENTA

MONTENEGRO

MURCIA VILLETA 01 SENA 3

ZapSign 17952a0d-720f-4463-a4cd-c2a26a65ef5eResolución No. 10594 de 2025 Página 5 de 7 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la coalición 1,2,3, ¡BERNARDO OTRA VEZ!, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 9 de noviembre de 2025 en el municipio de VILLETA,

CUNDINAMARCA.

1077967708 AIXA JULIANA

HERNANDEZ

TRIANA

VILLETA 01 ESCUELA LA

VALENCIA

0

1011321352 PAULA MARCELA

ORJUELA

GONZALEZ VILLETA 01 SENA 0

21111053 ACENETH TOVAR

HERRERA

VILLETA 02 IED

PROMOCIO

N SOCIAL

0

21022636 DIANA MARIA

PEÑA BELTRAN

VILLETA 02 CONC.

POLICARPA

SALAVARRI

ETA 0

21114109 ANA LUCERO

GONZALEZ

VUELVAS

VILLETA 02 ESCUELA

CARLOS

LLERAS

0

80279905 MILTON JOWANI

ROJAS ROJAS VILLETA 01 SENA 0

1015396734 YERMIS YULIETH

BEGAMBRE DE LA

CRUZ

VILLETA 02 ESCUELA

CARLOS

LLERAS

LLERAS

0

80279905 MILTON JOWANI

ROJAS ROJAS VILLETA 01 SENA 0

1015396734 YERMIS YULIETH

BEGAMBRE DE LA

CRUZ

VILLETA 02 ESCUELA

CARLOS

LLERAS

0

80276797 FRANCISCO

COBALEDA

CORREA

VILLETA 02 CONC.

POLICARPA

SALAVARRI

ETA 0

1077966457 LINA ALEJANDRA

DUQUE

HERNANDEZ

VILLETA 01 ESCUELA LA

VALENCIA

0

80276106 LUIS ENRIQUE

RUBIO

VILLETA 02 CONC.

POLICARPA

SALAVARRI

ETA 2

80275924 FERNANDO

ANTONIO CRUZ

MUÑETONES

VILLETA 02 ESCUELA

CARLOS

LLERAS

6

3246550 RAFAEL ANTONIO

LAVERDE

ORJUELA

VILLETA 02 CONC.

POLICARPA

SALAVARRI

ETA 13

3246211 JOSE GABRIEL

TORRES RICO

VILLETA 02 CONC.

POLICARPA

SALAVARRI

ETA 14

1077971490 JENNY LORENA

TORRES

CASTAÑEDA

VILLETA 02 CONC.

POLICARPA

SALAVARRI

ETA 15

39646976 GLADYS MARTHA

CASTAÑEDA

MORERA

VILLETA 02 CONC.

POLICARPA

SALAVARRI

ETA 16

19235440 VICTOR VIVEROS VILLETA 02 CONC.

POLICARPA

SALAVARRI

17 ZapSign 17952a0d-720f-4463-a4cd-c2a26a65ef5eResolución No. 10594 de 2025 Página 6 de 7

POLICARPA

SALAVARRI

17 ZapSign 17952a0d-720f-4463-a4cd-c2a26a65ef5eResolución No. 10594 de 2025 Página 6 de 7 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la coalición 1,2,3, ¡BERNARDO OTRA VEZ!, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 9 de noviembre de 2025 en el municipio de VILLETA,

CUNDINAMARCA.

ETA

3256629 HECTOR TELLEZ

BERNAL

VILLETA 02 ESCUELA

CARLOS

LLERAS

1

52777046 ELIZABETH

RODRIGUEZ

JIMENEZ

VILLETA 99 IED

COLEGIO

CUNE 1

1077973688 MIGUEL ANGEL

ORJUELA FEO VILLETA 99 BAGAZAL 1

1077968375 ARLAM FERNEY

HERNANDEZ

ESCOBAR VILLETA 99 BAGAZAL 2

1077972846 JUAN DAVID

ROBAYO BELTRAN VILLETA 99 BAGAZAL 3

1077970906 LAURA DAYANA

BERMUDEZ PEÑA VILLETA 99 CHAPAIMA 1

1070782259 JOSE ALIRIO

MUÑETONES

CRUZ

VILLETA 99 ILO GRANDE 1

1106332943 DANIELA

RODRIGUEZ

VARGAS VILLETA 99 BAGAZAL 0

52654293 MARTHA ISABEL

RAMIREZ GARZON VILLETA 01 SENA 4

1077970086 JOHAN ALBERTO

HERRERA

BARRETO VILLETA 01 SENA 5

21114087 LUZ HERLINDA

TINOCO VEGA VILLETA 01 SENA 13

RAMIREZ GARZON VILLETA 01 SENA 4

1077970086 JOHAN ALBERTO

HERRERA

BARRETO VILLETA 01 SENA 5

21114087 LUZ HERLINDA

TINOCO VEGA VILLETA 01 SENA 13

1077976804 NICOL ANDREA

ORDOÑEZ MARIN VILLETA 01 SENA 14

52657049 ENID JOHANNA

HERNANDEZ

RAMIREZ VILLETA 01 SENA 15

80282009 JAVIER AUGUSTO

PULIDO LINARES

VILLETA 02 CONC.

POLICARPA

SALAVARRI

ETA 1

1030570498 LUIS ENRIQUE

BELTRAN MEJIA

VILLETA 02 CONC.

POLICARPA

SALAVARRI

ETA 3

8027619 JOHN ALEXANDER

GAVIRIA LOPEZ

VILLETA 02 CONC.

POLICARPA

SALAVARRI

ETA 4

1077968241 NASLY DEL PILAR

BRAUSSIN

CASTRO

VILLETA 02 ESCUELA

CARLOS

LLERAS

2

1077966905 JENNY PAOLA

HERNANDEZ

OLAYA

VILLETA 02 ESCUELA

CARLOS

LLERAS

3

1077968601 MARISOL

HERNANDEZ

VILLETA 02 ESCUELA

CARLOS

4 ZapSign 17952a0d-720f-4463-a4cd-c2a26a65ef5eResolución No. 10594 de 2025 Página 7 de 7 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la coalición 1,2,3, ¡BERNARDO OTRA VEZ!, que actuarán ante las mesas

Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la coalición 1,2,3, ¡BERNARDO OTRA VEZ!, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 9 de noviembre de 2025 en el municipio de VILLETA,

CUNDINAMARCA.

OLAYA LLERAS

1077974111 ERICK SANTIAGO

TINOCO

RODRIGUEZ

VILLETA 02 ESCUELA

CARLOS

LLERAS

5

1018451137 LAURA NATALI

FEO PELAEZ

VILLETA 02 ESCUELA

CARLOS

LLERAS

7

1015416145 ASTRID YESENIA

GUTIERREZ

MARTINEZ

VILLETA 02 ESCUELA

CARLOS

LLERAS

8

ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a los siguientes Partidos y Movimientos Políticos con Personería Jurídica, acreditada en el presente acto administrativo:

NO. ORGANIZACIÓN

POLÍTICA

DIRECCIÓN SEDE CIUDAD SEDE MAIL 1 coalición 1,2,3,

¡BERNARDO OTRA

VEZ! Barrio Centro, Villeta VILLETA 2025bernardolaya@gmail.co m ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Delegado en lo Electoral, al correo electrónico regdelenloelectoral@registraduria.gov.co, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.

ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de

electrónico regdelenloelectoral@registraduria.gov.co, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.

ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado Civil, a la Policía Nacional, a las Organizaciones de Observación Electoral debidamente acreditadas, y al Ministerio Público, para su conocimiento y lo de su competencia.

ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el presente acto administrativo, en la página web del Consejo

Nacional Electoral, www.cne.gov.co.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los cuatro (4) días del mes de noviembre de dos mil veinticinco (2025).

CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO

PRESIDENTE Vo.Bo. Presidencia Vo.Bo. José Antonio Parra Fandiño – Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información

Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario ZapSign 17952a0d-720f-4463-a4cd-c2a26a65ef5e Firmado digitalmente en ZapSign por

CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO Fecha: 04/11/2025 16:25:55.305 (UTC-0500)

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