CNE - Resolución 10594 de 2025
Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 10594 de 2025
- Autor
- Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN No. 10594 de 2025 (04 de noviembre) Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la coalición 1,2,3, ¡BERNARDO OTRA VEZ!, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 9 de noviembre de 2025, en el municipio de VILLETA, CUNDINAMARCA. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo 5 de la Resolución No. 09458 de 2025 del Consejo Nacional electoral, y CONSIDERANDO Que, el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 estableció que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco, podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación, quienes vigilarán el proceso de las votaciones, podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades. Que, el parágrafo del citado artículo facultó al Consejo Nacional Electoral para reglamentar las formas y los procedimientos de acreditación e identificación de testigos electorales y auditores. Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 09458 de 2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y
2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales que hayan inscrito candidatos a cargos o corporaciones públicas o promuevan el voto en blanco, así como los comités independientes de promotores del mismo, tienen derecho a estar representados durante los procesos de votación, a razón de un testigo por cada mesa de votación, de igual forma, establece que las coaliciones tendrán derecho a un testigo por cada mesa. Que, adicional a lo mencionado, el parágrafo del artículo primero de Resolución en cita establece que el testigo electoral podrá acreditarse para vigilar más de una mesa, pero en todo caso, en ninguna mesa de votación podrá actuar más de un testigo electoral por organización política, coalición o promoción del voto en blanco. Que, el artículo segundo del mencionado acto administrativo definió que la postulación de los testigos se deberá realizar mediante la herramienta tecnológica dispuesta por el Consejo Nacional Electoral para tal fin, presentando la relación de los ciudadanos postulados como testigos electorales, hasta las veintitrés con cincuenta y nueve (23:59) del domingo anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación. Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 09458 de 2025, expedida por esta Corporación, estableció que se podrán postular de la siguiente manera: ZapSign
Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 09458 de 2025, expedida por esta Corporación, estableció que se podrán postular de la siguiente manera: ZapSign 17952a0d-720f-4463-a4cd-c2a26a65ef5eResolución No. 10594 de 2025 Página 2 de 7 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la coalición 1,2,3, ¡BERNARDO OTRA VEZ!, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 9 de noviembre de 2025 en el municipio de VILLETA, CUNDINAMARCA. “(…)1. En los puestos de votación de menos de diez (10) mesas, las organizaciones políticas con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos, comités promotores del voto en blanco, y coaliciones, podrán tener hasta un (1) testigo electoral remanente o adicional.
2. En los puestos de votación de más de diez (10) mesas, hasta un diez por ciento (10%) de testigos electorales remanentes o adicionales. En caso de que el porcentaje arroje un resultado decimal, se aproxima al entero siguiente. (…)” Que, la acreditación de los testigos que actuarán en las mesas de votación y escrutinio corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión.
Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de Identificación - ANI, y procederá a
realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de Identificación - ANI, y procederá a la correspondiente acreditación mediante la publicación de Acto Administrativo suscrito por la Presidencia del Consejo Nacional Electoral, el cual deberá contener el listado de los testigos electorales con la siguiente información: nombres completos, documento de identidad, organización política que representa, mesa(s) para la(s) que ha sido autorizado, o si es remanente. Que, el artículo 6 de la Resolución en cuestión, específica la manera en la que se identificarán los testigos electorales acreditados, que será con la presentación de la cédula o el documento que permita validar que esta se encuentra en trámite, adicionalmente deberá portar una credencial que, como mínimo, debe contener los nombres del ciudadano acreditado, el documento de identidad, agrupación política a la que representa, la(s) mesa(s) o la(s) comisión(es) en las que actuará, al igual que el código de verificación QR o similares que genere la herramienta tecnológica dispuesta para este fin. Las credenciales generadas podrán presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Testigos Electorales de la coalición 1,2,3, ¡BERNARDO OTRA VEZ!, ante las mesas de votación que se instalarán para las elecciones atípicas de alcalde de VILLETA, que se realizarán el 9 de noviembre de 2025, en el departamento
¡BERNARDO OTRA VEZ!, ante las mesas de votación que se instalarán para las elecciones atípicas de alcalde de VILLETA, que se realizarán el 9 de noviembre de 2025, en el departamento de CUNDINAMARCA a los siguientes ciudadanos:
CÉDULA DE
CIUDADANÍA
NOMBRES Y
APELLIDOS
MUNICIPIO ZONA NOMBRE DEL
PUESTO
MESA (S)
1077968641 LAURA SOFIA
BAUTISTA REYES
VILLETA 02 IED
PROMOCIO
N SOCIAL
1
1019156515 ROSELINE
ADRIANEY MACIAS
PIÑA
VILLETA 02 IED
PROMOCIO
N SOCIAL
2
1016946093 ANDERSON
ZAPATA
VILLETA 02 IED
PROMOCIO
3 ZapSign 17952a0d-720f-4463-a4cd-c2a26a65ef5eResolución No. 10594 de 2025 Página 3 de 7 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la coalición 1,2,3, ¡BERNARDO OTRA VEZ!, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 9 de noviembre de 2025 en el municipio de VILLETA,
CUNDINAMARCA.
HERNANDEZ N SOCIAL
21112781 DORALBA MENDEZ VILLETA 01 ESCUELA LA
VALENCIA
8
20767854 ALBA AYDE
RAMIREZ BELTRAN
VILLETA 01 ESCUELA LA
VALENCIA
9
37887001 ROSALBA
GUTIERREZ
BLANCO
VILLETA 01 ESCUELA LA
VALENCIA
10, 1
19269720 LUIS ALBERTO
UNEME MORENO
VILLETA 01 ESCUELA LA
VALENCIA
9
37887001 ROSALBA
GUTIERREZ
BLANCO
VILLETA 01 ESCUELA LA
VALENCIA
10, 1
19269720 LUIS ALBERTO
UNEME MORENO
VILLETA 01 ESCUELA LA
VALENCIA
11
32722524 MARY DEL
CARMEN BLANCO
ESCOBAR
VILLETA 01 ESCUELA LA
VALENCIA
12
21113511 OLGA PATRICIA
MANJARRES CANO
VILLETA 01 ESCUELA LA
VALENCIA
13, 2
1003968596 JUAN DIEGO
ORJUELA
RODRIGUEZ
VILLETA 01 ESCUELA LA
VALENCIA
14
80280726 EDGAR TINOCO
MAHECHA
VILLETA 02 CONC.
POLICARPA
SALAVARRI
ETA 5
21114473 BLANCA LUCIA
FEO FEO
VILLETA 02 CONC.
POLICARPA
SALAVARRI
ETA 6
1077973963 ANDRES FELIPE
COBALEDA
TINOCO
VILLETA 02 CONC.
POLICARPA
SALAVARRI
ETA 7
1070957168 INGRID JULIETH
MANJARRES
MARROQUIN
VILLETA 02 CONC.
POLICARPA
SALAVARRI
ETA 8
80276257 CARLOS ERNESTO
CALA GARCIA
VILLETA 02 CONC.
POLICARPA
SALAVARRI
ETA 9
80278384 CARLOS ALBERTO
RINCON MEDINA
VILLETA 02 CONC.
POLICARPA
SALAVARRI
ETA 10
21114469 SANDRA LETICIA
TINOCO VEGA
VILLETA 02 CONC.
POLICARPA
SALAVARRI
RINCON MEDINA
VILLETA 02 CONC.
POLICARPA
SALAVARRI
ETA 10
21114469 SANDRA LETICIA
TINOCO VEGA
VILLETA 02 CONC.
POLICARPA
SALAVARRI
ETA 11
1077969306 LIZETH SOLANGEE
FLOREZ TINOCO
VILLETA 02 ESCUELA
CARLOS
LLERAS
9
1077972107 CARLOS ANDRES
CALA RAMIREZ
VILLETA 02 ESCUELA
CARLOS
LLERAS
10
21114326 MARISOL
HERNANDEZ
VILLETA 02 ESCUELA
CARLOS
11 ZapSign 17952a0d-720f-4463-a4cd-c2a26a65ef5eResolución No. 10594 de 2025 Página 4 de 7 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la coalición 1,2,3, ¡BERNARDO OTRA VEZ!, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 9 de noviembre de 2025 en el municipio de VILLETA,
CUNDINAMARCA.
RODRIGUEZ LLERAS
21111188 MYRIAM LUCERO
GAITAN ROJAS
VILLETA 02 ESCUELA
CARLOS
LLERAS
12
52656519 DEICY YUBIEL
CAMACHO OCAÑO
VILLETA 01 ESCUELA LA
VALENCIA
3
1026250837 DARIO
ALEJANDRO
BASTO BUITRAGO
VILLETA 01 ESCUELA LA
VALENCIA
4
1070942406 WILSON IVAN
MARTINEZ
JIMENEZ
VILLETA 01 ESCUELA LA
VALENCIA
5
1020817839 DUVAN CAMILO
OLAYA GOMEZ
VILLETA 01 ESCUELA LA
VALENCIA
4
1070942406 WILSON IVAN
MARTINEZ
JIMENEZ
VILLETA 01 ESCUELA LA
VALENCIA
5
1020817839 DUVAN CAMILO
OLAYA GOMEZ
VILLETA 01 ESCUELA LA
VALENCIA
6
285791 JOSE ELMER
MAHECHA
VILLETA 01 ESCUELA LA
VALENCIA
7
52655114 HIDDY
CONSTANZA
LEURO BARRERO VILLETA 01 SENA 6
52655759 LILIANA CATALINA
HERRERA
ORJUELA VILLETA 01 SENA 7
20775153 YENSI MILENA
ROMERO
HERNANDEZ VILLETA 01 SENA 8
1077972538 JAVIER ANDRES
JIMENEZ
PALACIOS VILLETA 01 SENA 9
1077976012 PAULA ANDREA
COBALEDA
TINOCO VILLETA 01 SENA 10
1011201420 LAURA
ALEJANDRA
ROMERO
GUTIERREZ VILLETA 01 SENA 11
21111967 NUBIA SANTOS
FRANCO ALVAREZ VILLETA 01 SENA 12
1019985534 KAREN ANDREA
RIVERO MONCADA
VILLETA 02 CONC.
POLICARPA
SALAVARRI
ETA 12
1077967686 MIGUEL ANTONIO
BAREÑO
SALAMANCA
VILLETA 01 ESCUELA LA
VALENCIA
15
94316448 HEBER ANDERSON
ZAPATA
VILLETA 01 ESCUELA LA
VALENCIA
16
52838467 LEIDY DAYANA
BRAUSSIN
CASTRO VILLETA 01 SENA 1
79811290 EDWIN BRAUSSIN
CASTRO VILLETA 01 SENA 2
ZAPATA
VILLETA 01 ESCUELA LA
VALENCIA
16
52838467 LEIDY DAYANA
BRAUSSIN
CASTRO VILLETA 01 SENA 1
79811290 EDWIN BRAUSSIN
CASTRO VILLETA 01 SENA 2
21113733 ANA VICENTA
MONTENEGRO
MURCIA VILLETA 01 SENA 3
ZapSign 17952a0d-720f-4463-a4cd-c2a26a65ef5eResolución No. 10594 de 2025 Página 5 de 7 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la coalición 1,2,3, ¡BERNARDO OTRA VEZ!, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 9 de noviembre de 2025 en el municipio de VILLETA,
CUNDINAMARCA.
1077967708 AIXA JULIANA
HERNANDEZ
TRIANA
VILLETA 01 ESCUELA LA
VALENCIA
0
1011321352 PAULA MARCELA
ORJUELA
GONZALEZ VILLETA 01 SENA 0
21111053 ACENETH TOVAR
HERRERA
VILLETA 02 IED
PROMOCIO
N SOCIAL
0
21022636 DIANA MARIA
PEÑA BELTRAN
VILLETA 02 CONC.
POLICARPA
SALAVARRI
ETA 0
21114109 ANA LUCERO
GONZALEZ
VUELVAS
VILLETA 02 ESCUELA
CARLOS
LLERAS
0
80279905 MILTON JOWANI
ROJAS ROJAS VILLETA 01 SENA 0
1015396734 YERMIS YULIETH
BEGAMBRE DE LA
CRUZ
VILLETA 02 ESCUELA
CARLOS
LLERAS
LLERAS
0
80279905 MILTON JOWANI
ROJAS ROJAS VILLETA 01 SENA 0
1015396734 YERMIS YULIETH
BEGAMBRE DE LA
CRUZ
VILLETA 02 ESCUELA
CARLOS
LLERAS
0
80276797 FRANCISCO
COBALEDA
CORREA
VILLETA 02 CONC.
POLICARPA
SALAVARRI
ETA 0
1077966457 LINA ALEJANDRA
DUQUE
HERNANDEZ
VILLETA 01 ESCUELA LA
VALENCIA
0
80276106 LUIS ENRIQUE
RUBIO
VILLETA 02 CONC.
POLICARPA
SALAVARRI
ETA 2
80275924 FERNANDO
ANTONIO CRUZ
MUÑETONES
VILLETA 02 ESCUELA
CARLOS
LLERAS
6
3246550 RAFAEL ANTONIO
LAVERDE
ORJUELA
VILLETA 02 CONC.
POLICARPA
SALAVARRI
ETA 13
3246211 JOSE GABRIEL
TORRES RICO
VILLETA 02 CONC.
POLICARPA
SALAVARRI
ETA 14
1077971490 JENNY LORENA
TORRES
CASTAÑEDA
VILLETA 02 CONC.
POLICARPA
SALAVARRI
ETA 15
39646976 GLADYS MARTHA
CASTAÑEDA
MORERA
VILLETA 02 CONC.
POLICARPA
SALAVARRI
ETA 16
19235440 VICTOR VIVEROS VILLETA 02 CONC.
POLICARPA
SALAVARRI
17 ZapSign 17952a0d-720f-4463-a4cd-c2a26a65ef5eResolución No. 10594 de 2025 Página 6 de 7
POLICARPA
SALAVARRI
17 ZapSign 17952a0d-720f-4463-a4cd-c2a26a65ef5eResolución No. 10594 de 2025 Página 6 de 7 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la coalición 1,2,3, ¡BERNARDO OTRA VEZ!, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 9 de noviembre de 2025 en el municipio de VILLETA,
CUNDINAMARCA.
ETA
3256629 HECTOR TELLEZ
BERNAL
VILLETA 02 ESCUELA
CARLOS
LLERAS
1
52777046 ELIZABETH
RODRIGUEZ
JIMENEZ
VILLETA 99 IED
COLEGIO
CUNE 1
1077973688 MIGUEL ANGEL
ORJUELA FEO VILLETA 99 BAGAZAL 1
1077968375 ARLAM FERNEY
HERNANDEZ
ESCOBAR VILLETA 99 BAGAZAL 2
1077972846 JUAN DAVID
ROBAYO BELTRAN VILLETA 99 BAGAZAL 3
1077970906 LAURA DAYANA
BERMUDEZ PEÑA VILLETA 99 CHAPAIMA 1
1070782259 JOSE ALIRIO
MUÑETONES
CRUZ
VILLETA 99 ILO GRANDE 1
1106332943 DANIELA
RODRIGUEZ
VARGAS VILLETA 99 BAGAZAL 0
52654293 MARTHA ISABEL
RAMIREZ GARZON VILLETA 01 SENA 4
1077970086 JOHAN ALBERTO
HERRERA
BARRETO VILLETA 01 SENA 5
21114087 LUZ HERLINDA
TINOCO VEGA VILLETA 01 SENA 13
RAMIREZ GARZON VILLETA 01 SENA 4
1077970086 JOHAN ALBERTO
HERRERA
BARRETO VILLETA 01 SENA 5
21114087 LUZ HERLINDA
TINOCO VEGA VILLETA 01 SENA 13
1077976804 NICOL ANDREA
ORDOÑEZ MARIN VILLETA 01 SENA 14
52657049 ENID JOHANNA
HERNANDEZ
RAMIREZ VILLETA 01 SENA 15
80282009 JAVIER AUGUSTO
PULIDO LINARES
VILLETA 02 CONC.
POLICARPA
SALAVARRI
ETA 1
1030570498 LUIS ENRIQUE
BELTRAN MEJIA
VILLETA 02 CONC.
POLICARPA
SALAVARRI
ETA 3
8027619 JOHN ALEXANDER
GAVIRIA LOPEZ
VILLETA 02 CONC.
POLICARPA
SALAVARRI
ETA 4
1077968241 NASLY DEL PILAR
BRAUSSIN
CASTRO
VILLETA 02 ESCUELA
CARLOS
LLERAS
2
1077966905 JENNY PAOLA
HERNANDEZ
OLAYA
VILLETA 02 ESCUELA
CARLOS
LLERAS
3
1077968601 MARISOL
HERNANDEZ
VILLETA 02 ESCUELA
CARLOS
4 ZapSign 17952a0d-720f-4463-a4cd-c2a26a65ef5eResolución No. 10594 de 2025 Página 7 de 7 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la coalición 1,2,3, ¡BERNARDO OTRA VEZ!, que actuarán ante las mesas
Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la coalición 1,2,3, ¡BERNARDO OTRA VEZ!, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 9 de noviembre de 2025 en el municipio de VILLETA,
CUNDINAMARCA.
OLAYA LLERAS
1077974111 ERICK SANTIAGO
TINOCO
RODRIGUEZ
VILLETA 02 ESCUELA
CARLOS
LLERAS
5
1018451137 LAURA NATALI
FEO PELAEZ
VILLETA 02 ESCUELA
CARLOS
LLERAS
7
1015416145 ASTRID YESENIA
GUTIERREZ
MARTINEZ
VILLETA 02 ESCUELA
CARLOS
LLERAS
8
ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a los siguientes Partidos y Movimientos Políticos con Personería Jurídica, acreditada en el presente acto administrativo:
NO. ORGANIZACIÓN
POLÍTICA
DIRECCIÓN SEDE CIUDAD SEDE MAIL 1 coalición 1,2,3,
¡BERNARDO OTRA
VEZ! Barrio Centro, Villeta VILLETA 2025bernardolaya@gmail.co m ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Delegado en lo Electoral, al correo electrónico regdelenloelectoral@registraduria.gov.co, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.
ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de
electrónico regdelenloelectoral@registraduria.gov.co, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.
ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado Civil, a la Policía Nacional, a las Organizaciones de Observación Electoral debidamente acreditadas, y al Ministerio Público, para su conocimiento y lo de su competencia.
ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el presente acto administrativo, en la página web del Consejo
Nacional Electoral, www.cne.gov.co.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los cuatro (4) días del mes de noviembre de dos mil veinticinco (2025).
CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO
PRESIDENTE Vo.Bo. Presidencia Vo.Bo. José Antonio Parra Fandiño – Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información
Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario ZapSign 17952a0d-720f-4463-a4cd-c2a26a65ef5e Firmado digitalmente en ZapSign por