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CNE - Resolución 10954 de 2025

Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 10954 de 2025
Autor
Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2025

RESOLUCIÓN No. 10954 de 2025 (25 de noviembre) Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la campaña por el sí denominada CIUDADANO PAZ DE ARIPORO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión del referendo derogatorio del Acuerdo No. 500.02023 del 30 de diciembre de 2022 expedido por el Concejo Municipal de Paz de Ariporo (Casanare), que se realizará el 30 de noviembre de 2025, en el municipio de Paz de Ariporo, Casanare. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo 5 de la Resolución No. 09458 de 2025 del Consejo Nacional electoral, y CONSIDERANDO Que, mediante la Ley 134 de 1995 se dictaron normas sobre mecanismos de participación ciudadana, precisando en el artículo cuarto que el referendo derogatorio es una forma de partición ciudadana, entendido como “ el sometimiento de un acto legislativo, de una ley, de una ordenanza, de un acuerdo o de una resolución local en alguna de sus partes o en su integridad, a consideración del pueblo para que éste decida si lo deroga o no ”; y, a su turno, el artículo 106 ibidem precisó que “[a] las elecciones prevista s en ésta ley se aplicarán las disposiciones electorales que no sean incompatibles con ella”. Que, el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 estableció que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección

disposiciones electorales que no sean incompatibles con ella”. Que, el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 estableció que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco, podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación, quienes vigilarán el proceso de las votaciones, podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades. Que, el parágrafo del citado artículo facultó al Consejo Nacional Electoral para reglamentar las formas y los procedimientos de acreditación e identificación de testigos electorales y auditores. Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 09458 de 2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales que hayan inscrito candidatos a cargos o corporacion es públicas o promuevan el voto en blanco, así como los comités independientes de promotores del mismo, tienen derecho a estar representados durante los procesos de votación, a razón de un testigo por cada mesa de votación, de igual forma, establece que las coaliciones tendrán derecho a un testigo por cada mesa. Que, adicional a lo mencionado, el parágrafo del artículo primero de Resolución en cita establece que el testigo electoral podrá acreditarse para vigilar más de una mesa, pero en todo caso, en ninguna mesa de votación podrá actuar más de un testigo electoral por organización política,

que el testigo electoral podrá acreditarse para vigilar más de una mesa, pero en todo caso, en ninguna mesa de votación podrá actuar más de un testigo electoral por organización política, coalición o promoción del voto en blanco. Que, el artículo segundo del mencionado acto administrativo definió que la postulación de los testigos se deberá realizar mediante la herramienta tecnológica dispuesta por el Consejo Nacional Electoral para tal fin, presentando la relación de los ciudadano s postulados comoResolución No. 10954 de 2025 Página 2 de 5

Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la campaña por el sí denominada CIUDADANO PAZ DE ARIPORO , que actuarán ante las mesas de votación con ocasión del referendo derogatorio del Acuerdo No. 500.02023 del 30 de diciembre de 2022 expedido por el Concejo Municipal de Paz de Ariporo (Casanare), que se realizará el 30 de noviembre de 2025, en el municipio de Paz de Ariporo, Casanare.

testigos electorales, hasta las veintitrés con cincuenta y nueve (23:59) del domingo anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación. Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 09458 de 2025, expedida por esta Corporación, estableció que se podrán postular de la siguiente manera: “(…)1. En los puestos de votación de menos de diez (10) mesas, las organizaciones políticas con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos, comités promotores del voto en blanco, y coaliciones, podrán tener

manera: “(…)1. En los puestos de votación de menos de diez (10) mesas, las organizaciones políticas con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos, comités promotores del voto en blanco, y coaliciones, podrán tener hasta un (1) testigo electoral remanente o adicional.

2. En los puestos de votación de más de diez (10) mesas, hasta un diez por ciento (10%) de testigos electorales remanentes o adicionales. En caso de que el porcentaje arroje un resultado decimal, se aproxima al entero siguiente. (…)”

Que, la acreditación de los testigos que actuarán en las mesas de votación y escrutinio corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión. Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de Identificación - ANI, y procederá a la correspondiente acreditación mediante la publicación de Acto Administrativo suscrito por la Presidencia del Consejo Nacional Electoral, el cual deberá contener el listado de los testigos electorales con la siguiente información: nombres completos, docum ento de identidad, organización política que representa, mesa(s) para la(s) que ha sido autorizado, o si es remanente. Que, el artículo 6 de la Resolución en cuestión específica la manera en la que se identificarán los testigos electorales acreditados, que será con la presentación de la cédula o el documento que permita validar que esta se encuentra en trámite, adicionalmente deberá portar una credencial

testigos electorales acreditados, que será con la presentación de la cédula o el documento que permita validar que esta se encuentra en trámite, adicionalmente deberá portar una credencial que, como mínimo, debe contener los nombres del ciudadano acreditado, el documento de identidad, agrupación política a la que representa, la(s) mesa(s) o la(s) comisión(es) en las que actuará, al igual que el código de verificación QR o similares que genere la herramienta tecnológica dispuesta para este fin. Las credenciales generadas podrán presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral,

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Testigos Electorales de la campaña por el sí denominada CIUDADANO PAZ DE ARIPORO, ante las mesas de votación que se instalarán para del referendo derogatorio del Acuerdo No. 500.02023 del 30 de diciembre de 2022 expedido por el Concejo Municipal de Paz de Ariporo (Casanare), que se realizará el 30 de noviembre de 2025, en el municipio de Paz de Ariporo, Casanare, a los siguientes ciudadanos:Resolución No. 10954 de 2025 Página 3 de 5

Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la campaña por el sí denominada CIUDADANO PAZ DE ARIPORO , que actuarán ante las mesas de votación con ocasión del referendo derogatorio del Acuerdo No. 500.02023 del 30 de diciembre

de 2022 expedido por el Concejo Municipal de Paz de Ariporo (Casanare), que se realizará el 30 de noviembre de 2025, en el municipio de Paz de Ariporo, Casanare.

CÉDULA DE

CIUDADANÍA

NOMBRES Y

APELLIDOS

MUNICIPIO ZONA NOMBRE DEL

PUESTO

TIPO DE

TESTIGO

MESA (S)

7364350 SILVERIO

TARACHE

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

99 CAÑO

CHIQUITO

PRINCIPAL 1

7365686 ARGILIO

EDUARDO

CORDERO

AVELLANEDA

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

01 IE

SAGRADO

CORAZON

PRINCIPAL 6

7366457 SANTOS ARIEL

SANABRIA

PEÑALOZA

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

01 IE

SAGRADO

CORAZON

PRINCIPAL 8

11449641 SERGIO

EDUARDO

CAMARGO

FORERO

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

01 IE

SAGRADO

CORAZON

PRINCIPAL 1

17560239 PEDRO

ALEJANDRO

SANTANA

CHAVEZ

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

01 IE JUAN

JOSE

RONDON

PRINCIPAL 3

26693799 RUBY MARINA

MOSQUERA

MOSQUERA

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

01 IE JUAN

JOSE

RONDON

PRINCIPAL 8

30306198 CLEMENCIA

SALAZAR

CARDENAS

MOSQUERA

MOSQUERA

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

01 IE JUAN

JOSE

RONDON

PRINCIPAL 8

30306198 CLEMENCIA

SALAZAR

CARDENAS

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

02 INST TEC

IND EL

PALMAR

ITEIPA

PRINCIPAL 6

47395308 LIDA TUMAY

DURAN

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

99 MONTAÑA S

DEL

TOTUMO

PRINCIPAL 2

1002740897 JAVIER

SANTIAGO

VARGAS MATTA

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

01 IE JUAN

JOSE

RONDON

PRINCIPAL 6

1006414165 DEISY MARLEY

CABALLERO

MAHECHA

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

02 IE

FRANCISC

O JOSE DE

CALDAS

PRINCIPAL 3

1006555628 DAGNY

ESPERANZA

BARON LEAL

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

02 INST TEC

IND EL

PALMAR ITEIPA PRINCIPAL 1, 2

1006556036 ANGELY

DANIELA PEREZ

VERGARA

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

02 INST TEC

IND EL

PALMAR

ITEIPA

REMANENTE 0

1006557450 PAULA ANDREA

BENAVIDEZ

DEDIOS

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

02 INST TEC

IND EL

PALMAR ITEIPA PRINCIPAL 8, 9

REMANENTE 0

1006557450 PAULA ANDREA

BENAVIDEZ

DEDIOS

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

02 INST TEC

IND EL

PALMAR ITEIPA PRINCIPAL 8, 9

1006562644 KAREN ARVELY

FERREIRA

PEREZ

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

01 IE JUAN

JOSE

RONDON

PRINCIPAL 5

1006562652 VALERY

DANIELA SILVA

SALAMANCA

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

02 INST TEC

IND EL

PALMAR

ITEIPA

PRINCIPAL 7

1007491576 MONICA

SANDOVAL

BRIÑEZ

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

02 IE

FRANCISC

O JOSE DE

CALDAS

PRINCIPAL 8

1007491866 NURIS EDITH

MUÑOZ

BARRERA

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

02 INST TEC

IND EL

PALMAR

ITEIPA

PRINCIPAL 5

1014979610 OSCAR

EDUARDO

CORDERO

BERROTERAN

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

01 IE SAGRADO CORAZON PRINCIPAL 3Resolución No. 10954 de 2025 Página 4 de 5

Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la campaña por el sí denominada CIUDADANO PAZ DE ARIPORO , que

actuarán ante las mesas de votación con ocasión del referendo derogatorio del Acuerdo No. 500.02023 del 30 de diciembre de 2022 expedido por el Concejo Municipal de Paz de Ariporo (Casanare), que se realizará el 30 de noviembre de 2025, en el municipio de Paz de Ariporo, Casanare.

1029647447 ANDRES

ESTEBAN

CORDERO

BERROTERAN

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

01 IE

SAGRADO CORAZON PRINCIPAL 4, 5

1078754892 LILIANA TOLEDO

RAMIREZ

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

01 IE JUAN

JOSE RONDON PRINCIPAL 1, 2

1115850154 YULIETH

MARCELA LEON

MOJICA

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

02 IE

FRANCISC

O JOSE DE

CALDAS

PRINCIPAL 4

1115850409 BLANCA CECILIA

TUMAY

ECHENIQUE

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

99 MONTAÑA S

DEL

TOTUMO

PRINCIPAL 1

1115850630 ANDRY JULIETH

DURAN BURGOS

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

99 RESGUAR

DO CAÑO

MOCHUEL O

COM. SAN

JOSE

PRINCIPAL 1

1115855903 DUBEL ALEXIS

PORTILLA

PEREZ

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

01 IE

SAGRADO

CORAZON

REMANENTE 0

1115858528 MARGELYS

1115855903 DUBEL ALEXIS

PORTILLA

PEREZ

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

01 IE

SAGRADO

CORAZON

REMANENTE 0

1115858528 MARGELYS

CATALINA

FRANCO PEREZ

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

99 LAS

GUAMAS

PRINCIPAL 1

1115863101 JESSICA

TATIANA ROSAS

NAVAS

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

02 IE

FRANCISC

O JOSE DE

CALDAS

PRINCIPAL 7

1115866254 JESSICA

JOHANA

SALAZAR

RODRIGUEZ

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

99 BOCAS DE

LA

HERMOSA

PRINCIPAL 1

1115867106 JULIO CESAR

BARRERA

RINCON

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

01 IE JUAN

JOSE

RONDON

PRINCIPAL 7

1116040605 LAURA JIMENA

TUMAY MECHE

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

01 IE JUAN

JOSE

RONDON

PRINCIPAL 4

1116542703 MAGDIEL

JULISSA

ROMERO

MARTINEZ

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

02 INST TEC

IND EL

PALMAR

ITEIPA

PRINCIPAL 3

1116857796 CARLOS

EDUARDO

SANCHEZ

OROPESA

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

99 LA

BARRANC A

PRINCIPAL 1

ITEIPA

PRINCIPAL 3

1116857796 CARLOS

EDUARDO

SANCHEZ

OROPESA

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

99 LA

BARRANC A

PRINCIPAL 1

1116857796 CARLOS

EDUARDO

SANCHEZ

OROPESA

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

02 IE

FRANCISC

O JOSE DE

CALDAS

PRINCIPAL 6

1118528197 CARLOS IVAN

TONCON

SANABRIA

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

01 IE

SAGRADO

CORAZON

PRINCIPAL 7

1118533241 MAYRA

ALEJANDRA

HERNANDEZ

MENDEZ

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

01 IE

SAGRADO

CORAZON

PRINCIPAL 2

1118534135 DAYMER

IGNACIO ORTIZ

VEGA

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

02 IE

FRANCISC

O JOSE DE

CALDAS

PRINCIPAL 5

1118534710 CARMEN

MARELVY

FLOREZ

CORDERO

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

02 IE

FRANCISC

O JOSE DE

CALDAS

REMANENTE 0

1118554431 LAURA

PATRICIA

OLIVOS

PAREDES

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

02 NST TEC

IND EL

PALMAR ITEIPA PRINCIPAL 4Resolución No. 10954 de 2025 Página 5 de 5

OLIVOS

PAREDES

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

02 NST TEC

IND EL

PALMAR ITEIPA PRINCIPAL 4Resolución No. 10954 de 2025 Página 5 de 5

Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la campaña por el sí denominada CIUDADANO PAZ DE ARIPORO , que actuarán ante las mesas de votación con ocasión del referendo derogatorio del Acuerdo No. 500.02023 del 30 de diciembre de 2022 expedido por el Concejo Municipal de Paz de Ariporo (Casanare), que se realizará el 30 de noviembre de 2025, en el municipio de Paz de Ariporo, Casanare.

1121915846 AYDA VIVIANA

MONTOYA

GARCIA

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

02 IE

FRANCISC

O JOSE DE

CALDAS

PRINCIPAL 1,2

1125550086 KAREN JULIETH

BUSUY

BERROTERAN

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO) 98 CARCEL PRINCIPAL 1

1192736300 DIANA MARCELA

BELLO CUEVAS

PAZ DE

ARIPORO

(MORENO)

01 IE JUAN

JOSE

RONDON

REMANENTE 0

ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a la siguiente campaña por el si denominada CIUDADANO PAZ DE ARIPORO, acreditada en el presente acto administrativo:

NO. ORGANIZACIÓN

POLÍTICA

DIRECCIÓN

SEDE

CIUDAD SEDE MAIL

1 COMITÉ CIUDADANO

CIUDADANO PAZ DE ARIPORO, acreditada en el presente acto administrativo:

NO. ORGANIZACIÓN

POLÍTICA

DIRECCIÓN

SEDE

CIUDAD SEDE MAIL

1 COMITÉ CIUDADANO

PAZ DE ARIPORO

N\A PAZ DE ARIPORO

(CASANARE)

dianamarcelabellocuevas@gmail.com

ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Delegado en lo Electoral, al correo electrónico regdelenloelectoral@registraduria.gov.co, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.

ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado Civil, a la Policía Nacional, a las Organizaciones de Observación Electoral debidamente acreditadas, y al Ministerio Público, para su conocimiento y lo de su competencia.

ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el presente acto administrativo, en la página web del

Consejo Nacional Electoral, www.cne.gov.co.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los veinticinco (25) días del mes de noviembre de dos mil veinticinco (2025).

CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO

PRESIDENTE

Vo.Bo. Presidencia Vo.Bo. José Antonio Parra Fandiño Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información

PRESIDENTE

Vo.Bo. Presidencia Vo.Bo. José Antonio Parra Fandiño Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información

Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario

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