CNE - Resolución 11606 de 2023
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 11606 de 2023
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN No. 11606 DE 2023 (28 de septiembre) Por la cual se ordena REHACER la actuación administrativa que conllevó a la expedición de la Resolución No. 4144 de 7 de junio de 2023, respecto al ciudadano JIMMY DUFREY GALARZA TAFUR identificado con cédula de ciudadanía No. 93.400.357, de conformidad con lo ordenado por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia en Sala Civil Familia Laboral, con ocasión del Fallo de Tutela dictado dentro del expediente 2023-00093 en contra del Consejo Nacional Electoral. EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial, las conferidas por el del artículo 316 de la Constitución Política; el artículo 183 de la Ley 136 de 1994; el artículo 4 de la Ley 163 de 1994; la Resolución 2857 de 2018 y teniendo en cuenta los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS 1.1. Que, el Consejo Nacional Electoral profirió Resolución No. 4144 de 7 de junio de 2023 “Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de CALARCÁ del departamento de QUINDÍO, para las elecciones de autoridades locales a realizarse el 29 de octubre del año 2023”. 1.2. Que, el ciudadano JIMMY DUFREY GALARZA TAFUR, identificado con cédula de ciudadanía No. 93.400.357, mediante acción de tutela pretendió la protección constitucional
de los derechos al debido proceso y a elegir y ser elegido, para lo cual, solicitó que el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil mantuvieran su inscripción en el municipio de Calarcá – Quindío para ejercer su derecho al voto en las elecciones de autoridades locales a realizarse el 29 de octubre del año 2023. Así mismo, que se dejara sin efecto la Resolución No. 4144 de 20231 proferida por el Consejo Nacional Electoral en cuanto a su caso particular. 1 Resolución No. 4144 de 2023. “Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de CALARCÁ del departamento de QUINDÍO, para las elecciones de autoridades locales a realizarse el 29 de octubre del año 2023.” Resolución No. 11606 de 2023 Página 2 de 5 Por la cual se ordena REHACER la actuación administrativa que conllevó a la expedición de la Resolución No. 4144 de 7 de junio de 2023, respecto al ciudadano JIMMY DUFREY GALARZA TAFUR identificado con cédula de ciudadanía No. 93.400.357, de conformidad con lo ordenado por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia en Sala Civil Familia Laboral, con ocasión del Fallo de Tutela dictado dentro del expediente 2023-00093 en contra del Consejo Nacional Electoral. 1.3. Que, Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia, mediante providencia del 06 de septiembre de 2023 con Expediente No. 63001-22-14-000-2023-00093-00 (419), dispuso:
“(…) Primero: Amparar el derecho fundamental al debido proceso administrativo de Jimy Dufrey Galarza Tafur, que fue vulnerado por el Consejo Nacional Electoral –CNE-, la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Registraduría Municipal de Calarcá, Quindío.
Segundo: En consecuencia, se ordena al Consejo Nacional Electoral –CNEque i) deje sin efectos la Resolución No. 4144 de 7 de junio de 2023, en relación con Jimy Dufrey Galarza Tafur, con el correspondiente restablecimiento de la inscripción de la cédula de ciudadanía para votar en el municipio de Calarcá, Quindío, ii) comunique la decisión adoptada en cumplimiento de esta sentencia a las autoridades descritas en el artículo 13 de la Resolución 2857 de 2028 y iii) rehaga la actuación administrativa que culminó con la expedición de la Resolución 4144 de 7 de junio de 2023, únicamente frente a Jimy Dufrey Galarza Tafur, trámite en el cual deberá observar las garantías que asisten al promotor del amparo, con el cumplimiento de cada una de las etapas previstas en la Resolución 2857 de 2018 y la realización las notificaciones conforme con las previsiones de dicha norma.
Tercero: Asimismo, se ordena a la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Registraduría Municipal de Calarcá, Quindío, que, una vez reiniciada la actuación por parte del Consejo Nacional Electoral, notifiquen todas las providencias que se profieran en el transcurso del trámite al promotor del amparo, conforme lo disponen los artículos 7º y 11º de la Resolución
2857 de 2028.
Cuarto: Notificar lo decidido a todos los interesados por el medio más ágil y, si esta decisión no fuera impugnada, remitir oportunamente el expediente a la Corte Constitucional para la eventual revisión (…)”. 1.4. Que el Consejo Nacional Electoral, en acatamiento del fallo del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia, profirió la Resolución No. 9344 de 2023 de 12 de septiembre2 “Por medio de la cual se DA CUMPLIMIENTO a los numerales primero y segundo de la Sentencia del 6 de septiembre de 2023 proferida por el Tribunal Superior de Armenia Sala Civil Familia Laboral radicado 63-001-22-14-000-2023-00093-00 que ordena dejar sin efectos la Resolución N.º 4144 de 7 de junio de 2023 en relación con el señor JIMMY DUFREY GALARZA TAFUR, al correspondiente restablecimiento de la inscripción de la cédula de ciudadanía para votar en el municipio de Calarcá, Quindío.”. 1.5. Que, el acto administrativo fue comunicado al Magistrado BENJAMÍN ORTIZ TORRES a través del correo de la corporación atencionalciudadano@cne.gov.co, el día 18 de septiembre de 2023, para efectos del trámite procesal determinado en el numeral segundo del pluricitado fallo. 1.6. Que, conforme a lo anterior, se debe rehacer la actuación administrativa que conllevó a la Resolución No. 4144 de 7 de junio de 2023, respecto al ciudadano JIMMY DUFREY 2 Resolución No. 9344 de 2023. “Por medio de la cual se DA CUMPLIMIENTO a los numerales primero y segundo
de la Sentencia del 6 de septiembre de 2023 proferida por el Tribunal Superior de Armenia Sala Civil Familia Laboral radicado 63-001-2214-000-2023-00093-00 que ordena dejar sin efectos la Resolución N.º 4144 de 7 de junio de 2023 en relación con el señor JIMMY DUFREY GALARZA TAFUR, al correspondiente restablecimiento de la inscripción de la cédula de ciudadanía para votar en el municipio de Calarcá, Quindío”. Resolución No. 11606 de 2023 Página 3 de 5 Por la cual se ordena REHACER la actuación administrativa que conllevó a la expedición de la Resolución No. 4144 de 7 de junio de 2023, respecto al ciudadano JIMMY DUFREY GALARZA TAFUR identificado con cédula de ciudadanía No. 93.400.357, de conformidad con lo ordenado por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia en Sala Civil Familia Laboral, con ocasión del Fallo de Tutela dictado dentro del expediente 2023-00093 en contra del Consejo Nacional Electoral. GALARZA TAFUR, de acuerdo con lo ordenado por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia en Sala Civil Familia Laboral. En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: REHÁGASE la actuación administrativa que conllevó a la expedición la actuación administrativa que conllevó a la expedición de la Resolución No. 4144 de 7 de junio de 2023 únicamente respecto del ciudadano JIMMY DUFREY GALARZA TAFUR identificado con cédula de ciudadanía No. 93.400.357, de conformidad con lo ordenado por el
Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia en Sala Civil Familia Laboral, con ocasión del Fallo de Tutela dictado dentro del expediente 2023-00093 en contra del Consejo Nacional Electoral.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFÍQUESE al ciudadano JIMMY DUFREY GALARZA TAFUR identificado con cédula de ciudadanía No. 93.400.357 del Auto del 27 de enero de 2023, “Por medio del cual se asume de oficio y se inicia el procedimiento de investigación por la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de CALARCÁ departamento de QUINDÍO, con ocasión al proceso de inscripción de cédulas de ciudadanía en el marco de las elecciones de autoridades locales que se llevarán a cabo el 29 de octubre de 2023 y de las realizadas para Congreso y Presidencia de la República en el año 2022”: ARTÍCULO TERCERO: ORDENAR al Registrador del Estado Civil en el Municipio de CALARCÁ, departamento de QUINDÍO, la fijación de un AVISO en un lugar de acceso al público de la Registraduría Municipal, mediante el cual se informará al ciudadano JIMMY DUFREY GALARZA TAFUR identificado con cédula de ciudadanía No. 93.400.357 del inicio de la investigación por posible inscripción irregular de cédulas en los periodos comprendidos entre el 13 de marzo de 2021 al 13 de enero de 2022, para Congreso de la República; del 14 de enero de 2022 al 29 de marzo de 2022, para Presidente y Vicepresidente de la República y desde el 29 de octubre de 2022 hasta el 29 de agosto de 2023.
PARÁGRAFO: El AVISO se deberá fijar en un lugar de acceso al público de la Registraduría Municipal por el término de cinco (5) días calendario. Surtido lo anterior, el Registrador Municipal deberá enviar a este Despacho de manera inmediata informe y prueba en donde conste la fecha y hora de fijación y desfijación del aviso, al correo: atenciónalciudadano@cne.gov.co.
Resolución No. 11606 de 2023 Página 4 de 5 Por la cual se ordena REHACER la actuación administrativa que conllevó a la expedición de la Resolución No. 4144 de 7 de junio de 2023, respecto al ciudadano JIMMY DUFREY GALARZA TAFUR identificado con cédula de ciudadanía No. 93.400.357, de conformidad con lo ordenado por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia en Sala Civil Familia Laboral, con ocasión del Fallo de Tutela dictado dentro del expediente 2023-00093 en contra del Consejo Nacional Electoral.
ARTÍCULO CUARTO: COMUNÍQUESELE al ciudadano JIMMY DUFREY GALARZA TAFUR identificado con cédula de ciudadanía No. 93.400.357, que en virtud de lo probado en la Resolución No. 4144 de 2023. “Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de CALARCÁ del departamento de QUINDÍO, para las elecciones de autoridades locales a realizarse el 29 de octubre del año 2023”; se había dispuesto DEJAR SIN EFECTO la inscripción de su cédula de ciudadanía realizada en el municipio de
CALARCÁ – QUINDÍO para las elecciones de autoridades locales a realizarse el veintinueve (29) de octubre del año 2023, como consecuencia de haberse acreditado sumariamente la no residencia electoral del ciudadano, conforme a las razones consignadas en la parte motiva de la resolución enunciada, así:
No. CÉDULA NOMBRE MOTIVO DE LA DECISIÓN
SISBEN - SIN REGISTRO ADRESPEREIRA DSP - SIN REGISTRO
1 93400357 JIMMY DUFREY GALARZA TAFUR
IGAC - SIN REGISTRO CENSO
2019 - BOGOTA. D.C.
PARÁGRAFO: Sin perjuicio del cumplimiento de los términos dispuestos para el trámite de la actuación que se ordena adelantar en el presente proveído, el ciudadano podrá acreditar prueba conducente, pertinente y útil que demuestre la residencia electoral en el municipio de CALARCÁ – QUINDÍO, a efectos de garantizar el debido proceso y, además, para el cumplimiento de los principios de celeridad, economía procesal, eficacia y eficiencia de la actuación administrativa que se adelanta.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFÍQUESE el contenido de la presente resolución, por intermedio de la Subsecretaria de la Corporación de conformidad con lo establecido en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, al ciudadano JIMMY DUFREY GALARZA TAFUR identificado con cédula de ciudadanía No. 93.400.357, a
la dirección física Carrera 25 No. 28-53 – Barrio Caldas, Calarcá, y a la dirección electrónica dufreygalarza@gmail.com.
ARTÍCULO SEXTO: REMITIR copia de la presente Resolución al Registrador Delegado en lo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, a la Dirección de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, a la Gerencia de Informática de la Registraduría Nacional del Estado Civil, a la Delegación Departamental de QUINDÍO y a la Asesoría Jurídica y de Defensa Judicial del Consejo Nacional Electoral, para los efectos a que haya lugar en su cumplimiento.
Resolución No. 11606 de 2023 Página 5 de 5 Por la cual se ordena REHACER la actuación administrativa que conllevó a la expedición de la Resolución No. 4144 de 7 de junio de 2023, respecto al ciudadano JIMMY DUFREY GALARZA TAFUR identificado con cédula de ciudadanía No. 93.400.357, de conformidad con lo ordenado por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia en Sala Civil Familia Laboral, con ocasión del Fallo de Tutela dictado dentro del expediente 2023-00093 en contra del Consejo Nacional Electoral.
ARTÍCULO SÉPTIMO: COMUNICAR el presente acto administrativo a la Presidencia de la República, a la Procuraduría General de la Nación y a la Fiscalía General de la Nación, para lo de sus respectivos cargos y competencias, de conformidad con el artículo décimo primero de la Resolución No. 2857 de 2018 proferida por el Consejo Nacional Electoral.
ARTÍCULO OCTAVO: PUBLICAR la presente decisión en la página Web del Consejo Nacional Electoral www.cne.gov.co y/o de la Registraduría Nacional de Estado Civil
www.registraduria.gov.co, como garantía de transparencia y acceso a la información, de
conformidad con el inciso tercero del artículo décimo primero de la Resolución No. 2857 de 2018 proferida por el Consejo Nacional Electoral.
ARTÍCULO NOVENO: LIBRAR por conducto de la Subsecretaria de la Corporación los oficios dispuestos para el cumplimiento de lo resuelto en la presente resolución.
ARTÍCULO DÉCIMO: RECURSO Contra la presente Resolución NO procede por corresponder a un asunto de trámie.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los veintiocho (28) días de septiembre de dos mil veintitrés (2023).
ALFONSO CAMPO MARTÍNEZ
Presidente
MARITZA MARTÍNEZ ARISTIZÁBAL
Vicepresidenta BENJAMÍN ORTIZ TORRES Magistrado Ponente Aprobado en Sala Plena del veintiocho (28) de septiembre de 2023.
Vo. Bo.: Adriana Milena Charari Olmos, Secretaria General.
Revisó: Reynel David de la Rosa.
Aprobó: Uriel López Vaca.
Revisó: Laureano Gómez L. LGL
Proyectó: Sofía Pinzón G. SPG
Radicado: CNE-E-DG-2023-00093