🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CNE - Resolución 11745 de 2025

Consejo Nacional Electoral

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CNE - Resolución 11745 de 2025
Autor
Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2025

RESOLUCIÓN No. 11745 DE 2025 ( 19 diciembre 2025) Por la cual se ADICIONA un parágrafo al ARTÍCULO SEGUNDO de la Resolución 10297 del 20 de octubre de 2025 “Por la cual se regulan aspectos relativos a los ANTICIPOS de la Financiación Estatal para las elecciones de Congreso de la República y para las consultas populares, internas, o interpartidistas para la escogencia de candidatos a la Presidencia de la República a celebrarse el próximo 08 de marzo de 2026.” EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En uso de sus atribuciones constitucionales y legales especialmente las establecidas en el artículo 109 y numeral 7° del artículo 265 de la Constitución Política, el Título IV de la Ley 130 de 1994 y el Capítulo II del Título II de la Ley Estatutaria 1475 de 2011. CONSIDERANDO: Que la Constitución Política y la Ley 1475 de 2011 establece que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos podrán tener como fuente de financiación el anticipo. Que mediante Resolución No. 10297 de 2025, se reguló aspectos relativos al anticipo para las consultas populares, internas, o interpartidistas para la escogencia de candidatos a la Presidencia de la República a realizarse el 8 de marzo de 2026. Que la Resolución No. 14948 del 1 de diciembre de 2025 de la Registraduría Nacional del Estado Civil, estableció el calendario electoral para la realización de las consultas populares, internas o interpartidistas de los Partidos, Movimientos Políticos con personería jurídica y/o Grupos Significativos de Ciudadanos para la escogencia de candidatos a la Presidencia de la República. Que en aras de armonizar la Resolución No. 10297 de 2025 con el calendario electoral en relación con las fechas establecidas

Políticos con personería jurídica y/o Grupos Significativos de Ciudadanos para la escogencia de candidatos a la Presidencia de la República. Que en aras de armonizar la Resolución No. 10297 de 2025 con el calendario electoral en relación con las fechas establecidas para el trámite de las solicitudes de financiación estatal anticipada, esta Corporación amplía el plazo de presentación de dichas solicitudes para los Partidos y Movimientos políticos con personería jurídica, así como para los Grupos Significativos de Ciudadanos, que tengan la intención de participar con sus precandidatos en las consultas presidenciales. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ADICIONAR el PARAGRAFO QUINTO al Artículo Segundo de la Resolución 10297 del 20 de octubre de 2025 así: PARAGRAFO QUINTO: Los Partidos y Movimientos políticos con personería jurídica, así como para los Grupos Significativos de Ciudadanos, que tengan la intención de participar con sus precandidatos en las consultas presidenciales, deberán allegar a más tardar el 29Página 2 de 2 Resolución No. 11745 de 2025 Por la cual se ADICIONA un parágrafo al Artículo Segundo de la Resolución 10297 del 20 de octubre de 2025 “Por la cual se regulan aspectos relativos a los ANTICIPOS de la Financiación Estatal para las elecciones de Congreso de la República y para las consultas populares, internas, o interpartidistas para la escogencia de candidatos a la Presidencia de la República a celebrarse el próximo 08 de marzo de 2026.”

de diciembre de 2025 la solicitud de anticipo en la ventanilla única del Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales del Consejo Nacional Electoral ubicada en la Carrera 7 # 32-42, Centro Comercial San Martín, Piso 1 o a través del correo electrónico anticiposfnfpce@cne.gov.co. Para el giro de los recursos por concepto de anticipo, los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica y Grupos Significativos de Ciudadanos, deberán cumplir con las demás disposiciones establecidas en la Resolución No. 10297 de 2025, incluida la formalización de inscripción de los candidatos para las consultas Presidenciales. ARTÍCULO SEGUNDO. COMUNÍQUESE, el presente acto administrativo por intermedio de Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a la Oficina Jurídica de la Corporación. ARTÍCULO TERCERO. PUBLÍQUESE en el Diario Oficial, en la página web y redes sociales de la Corporación. ARTÍCULO CUARTO. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los diecinueve (19) días del mes de diciembre de dos mil veinticinco (2025). CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO Presidente ALFONSO CAMPO MARTÍNEZ Vicepresidente Aprobada en Sala Plena, a los 19 días del mes de diciembre de dos mil veinticinco (2025) Proyectó: Andrea del Pilar Lopera Prada – Jefe de Oficina FNFPCE Vo. Bo: Adriana Milena Charari Olmos – Secretaría Técnica de Sala Revisó: Cristian Edgardo Torrado Pacheco – Funcionario de la Secretaría Técnica de Sala

Consultar sobre este documento ...