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CNE - Resolución 1364 de 2018

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 1364 de 2018
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2018

CNr/ COLOMBIA RESOLUCIÓN No. 1364 de 2018 (22 de mayo) Por la cual se imparten instrucciones respecto de la entrega de los E-14 de Claveros por parte de las comisiones escrutadoras. EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, y CONSIDERANDO Que el día 27 de mayo de 2018 se llevarán a cabo las elecciones de Presidente de la República. Que ese mismo día iniciarán los escrutinios auxiliares, zonales, municipales y/o distritales de tales elecciones. Que la Registraduría Nacional del Estado Civil ha venido digitalizando y publicando en su página en internet la copia para delegados de las actas de escrutinio de mesa o formulario E14 que diligencian los jurados de votación, más no la copia para Claveros de la misma. Que si bien todas las copias de las actas de escrutinio de mesa o formulario E-14 deben ser iguales, es posible que, por errores en su diligenciamiento por parte de los jurados de votación, se presenten diferencias entre ellas, caso en el cual, en razón de la cadena de custodia a la que son sometidos las copias destinadas a los Claveros, se ha entendido que los datos contenidos en ellos prevalecen. Que, en el trámite de los escrutinios, las actas de escrutinio de mesa o formulario E-14 son digitalizadas para luego ser proyectadas en pantallas, momento en el cual se genera un archivo de las mismas, los que quedan guardados en los computadores que sirven de apoyo a las comisiones escrutadoras.

Que de conformidad con el artículo 2651 superior corresponde al Consejo Nacional Electoral ejercer la Suprema inspección, vigilancia y control de la Organización Electoral, así como velar por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías. Articulo 265. El Consejo Nacional Electoral [...] Tendrá las siguientes atribuciones especiales:

1. Ejercer la suprema inspección, vigilancia y control de la organización electoral.

Resolución No. 1364 de 2018(cid:9) Página 2 De 3 Por la cual se imparten instrucciones respecto de la entrega de los E-14 de Claveros por parte de las comisiones escrutadoras. 7.- Que de conformidad con el artículo 2092 constitucional la función administrativa se desarrolla con fundamento, entre otros, de los principios de imparcialidad y publicidad. En mérito de lo cual el Consejo Nacional Electoral.

RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: INSTRÚYESE a los miembros y secretarios de las comisiones escrutadoras auxiliares, zonales, municipales o distritales y departamentales y delegados del Registrador Nacional del Estado Civil en cada una de ellas para que al finalizar cada jornada durante el proceso de escrutinios, con fundamento en la copia digitalizada que queda en los computadores al servicio de la respectiva comisión escrutadora, entreguen el archivo digitalizado de las actas de escrutinio de mesa o formulario E-14 de Claveros, además de las actas parciales o definitivas de escrutinios (AGE, E-24 y E-26 parciales), a los miembros de los Tribunales de Vigilancia y Garantías Electorales del Consejo Nacional Electoral, a los agentes del Ministerio Público (Procuraduría General de la Nación) designados para la

correspondiente comisión escrutadora y a los testigos electorales y/o apoderados designados por cada partido o candidato: Cada uno de los destinatarios de estos archivos deberá apodar el medio magnético (CD o DVD) en el cual deba grabarse tal información.

ARTÍCULO SEGUNDO: Los secretarios de las distintas comisiones escrutadoras, funcionarios de la Registraduría Nacional del Estado Civil, velarán por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

ARTÍCULO TERCERO: Comuníquese por Subsecretaría la presente Resolución al Registrador Nacional del Estado Civil. al Registrador Delegado en lo Electoral, al Procurador General de la Nación, al Presidente del Consejo Superior de la Judicatura y a los candidatos a la Presidencia de la República.

6. Velar [...] por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías. 2 Artículo 209. La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley. / Resolución No. 1364 de 2018(cid:9) Página 3 De 3 Por la cual se imparten instrucciones respecto de la entrega de los E-14 de Claveros por parte de las comisiones escrutadoras. La presente Resolución rige a partir de su expedición

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los veintidós (22) días del mes de mayo de dos mil dieciocho (2018).

IDA RIS YOLIMA CARRILLO PÉREZ

Presidenta Reglamentaria ' IYCP/RRCO Aprobada en Sala Plena(cid:9) mayo de 2018

Aclaración de voto: Dra. Ángela Hernández Sandoval.

Salvamento de voto: Ausentes: Dr. Héctor Heli Rojas Jiménez.

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