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CNE - Resolución 1708 de 2015

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 1708 de 2015
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2015

0000028 República de Colombia oa.1 Consejo Nacional Electoral ''i3 5 3

RESOLUCION No.(cid:9) DE 1997

S 7 DIC. 199

Por la cual se otorga personería jurídica al movimiento político

VALDIVIESO PRESIDENTE 98.

00 EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL o o En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 108 y 265 de la Constitución Política y 30. de la ley 130 de 1994, y ante los siguientes

HECHOS:

1. Por escrito fechado noviembre 28 de 1997, el señor RAFAEL PARDO RUEDA, en su condición de Secretario General, solicita a esta Corporación el reconocimiento de personería jurídica al movimiento político VALDIVIESO PRESIDENTE 98, adjuntando a esta petición

los siguientes documentos: Acta de Constitución. Estatutos. Plataforma Política Código de Ética Integración de los órganos de Dirección, Administración y Control Símbolos e identificación visual Firmas que respaldan la solicitud

2. Que mediante oficios de fecha 18 de noviembre y 4 de diciembre, se dió traslado para el respectivo estudio grafológico a la Dirección Nacional Electoral, de los folios contentivos de firmas para la verificación respectiva.

3. Con fecha diciembre 14 de 1997, mediante oficio número DNE 4465 la Señora Registradora Nacional del Estado Civil (E) remite a esta

Inp • 00 0 0 2 7 República de Colombia Consejo Nacional Electoral Corporación la evaluación del estudio grafológico de las firmas

entregadas en apoyo al reconocimiento de la personería jurídica del movimiento político VALDIVIESO PRESIDENTE 98, manifestando lo siguiente: " FIRMAS PRESENTADAS (en 5 paquetes)(cid:9) 75.267

FIRMAS REVISADAS(cid:9) 75.267

EXCLUIDAS POR REQUISITOS INCOMPLETOS(cid:9) 1.257 (cid:9) c.)

EXCLUIDAS POR GRAFOLOGIA(cid:9) 5.703(cid:9) C•• o

TOTAL FIRMAS VALIDAS(cid:9) 68.307

De acuerdo con lo anterior, el Movimiento Valdivieso Presidente 98, cumplió con el requisito de firmas señalado en el numeral 3°. De la ley 130 de 1994, para obtener la correspondiente personería."

CONSIDERANDO:

1. El artículo 40 de la Carta Fundamental, en su numeral 3o. Establece que para que todo ciudadano haga efectivo el derecho que tiene de participar en la conformación, ejercicio y control del poder político, puede "constituir partidos, movimientos y agrupaciones políticas, sin limitación alguna; formar parte de ellos libremente y difundir sus ideas y programas".

De conformidad con el artículo 107 ibídem, "se garantiza a todos los nacionales el derecho a fundar, organizar y desarrollar partidos y movimientos políticos y la libertad de afiliarse a ellos o de retirarse." "También se garantiza a las organizaciones sociales el derecho a manifestarse y participar en eventos políticos" En igual forma, el artículo 108 de la Constitución Política faculta al Consejo Nacional Electoral para reconocer personería jurídica a los

partidos o movimientos políticos que se organicen para participar en la vida democrática del país cuando: a. Comprueben su existencia con no menos de cincuenta mil firmas; Hoja No. 2 de la Resolución No.(cid:9) de 1.997 #ut "1 3E75 er • 0000026 República de Colombia Consejo Nacional Electoral cuando en elección anterior hayan obtenido por lo menos cincuenta mil votos o; cuando hayan alcanzado representación en el Congreso de la República.

2. El artículo 3°. de la Ley 130 de 1994, establece además que para el reconocimiento de Personería Jurídica, es necesario cumplir con los siguientes requisitos: tsf'D Solicitud presentada por sus directivas; o copia de los Estatutos; probar su existencia con no menos de cincuenta mil firmas o con la obtención en la elección anterior, de por lo menos la misma cantidad de votos o de representación en el Congreso de la República; y presentar un documento que contenga la Plataforma Política del partido o movimiento, expresando su filosofía y principios, así como los programas y aspiraciones que lo identifiquen.

3. Para el caso que se examina, se observa que el movimiento político Valdivieso Presidente 98, cumplió con los requisitos constitucionales y legales para que le sea reconocida su personería jurídica.

En razón de lo anterior, el Consejo Nacional Electoral RESUELVE: ARTICULO PRIMERO.- Reconocer personería jurídica al movimiento político VALDIVIESO PRESIDENTE 98. ARTICULO SEGUNDO.- Inscribir los estatutos, orientaciones

ideológicas y emblemas con los cuales se identificará el partido. ARTICULO TERCERO.- Inscribir como órganos de dirección, administración y control del movimiento político "VALDIVIESO

PRESIDENTE 98" así:

I loja No. 3 de la ResoluciónNo.(cid:9) de 1997 '1305 ..(cid:9) , t 0000025 República de Colombia U043 Consejo Nacional Electoral

COMITÉ CENTRAL: Rafael Pardo Rueda, Augusto Galan Sarmiento,

Eduardo Robayo, Carlos Gustavo Arrieta, Alberto Calderón, Juan Carlos López, Cesar Pardo Villalba, Jorge Mario Eastman, Juan Mario Laserna.

REPRESENTANTE LEGAL: Rafael Pardo Rueda, quien a su vez se ejerce el Cargo de Secretario General, según copia de los estatutos aportados.

DIRECTOR ADMINISTRATIVO - TESORERO: Oswaldo Rodríguez

VEEDOR: Carlos Gustavo Arrieta.

CONSEJO DE CONTROL ÉTICO: Nestor Humberto Martínez Neira,

Ernesto Rojas Morales, Jaime Camacho Florez. ARTICULO QUINTO.-(cid:9) Asignar al movimiento político Valdivieso Presidente 98, el espacio institucional correspondiente. ARTICULO SEXTO.-(cid:9) La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y contra ella procede el recurso de reposición interpuesto dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dada en Santafé de Bogotá D.C.,(cid:9) 7 u c. 19,37 El Presidente del Consejo Nacional Electoral hellyjave CAR.;.0S ARIEICSANCHE(cid:9) tt .ES

El secretario del Consejo Na9ional Electoral (E),

MARIELA HERNANDEZ DE DO INGUEZ

Registradora Nacional del Estado Civil (E) WjahloAdelaResolmiónNa(cid:9) de1,97 '/305 s ;1. NOTIFIZACION PERSON.ta NACIONAL ELECTORAL ASESORIA I • • "1- --:- - CONSEJO En la fecha de 64,c, _ (cid:9) rctlfiqué rgusonalmenlu atenido e la a tentar rovioencia al señor (er , .el(cid:9) Glied-ir a z‹.???. ...... ......... _... ;cado U:1 con U. - _ _Procede el recurso da yOligbandlit tialr. re :‘• ° stérce-(cid:9) eit c.' , ‘,31.13'rti)?¿Si • 'ii, II •(cid:9) ••• Cal(cid:9) "i;n.(cid:9) • .)!;•11;(cid:9) „ „ VvQi atu 4,.4, re la

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