🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CNE - Resolución 2012 de 2026

Consejo Nacional Electoral

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CNE - Resolución 2012 de 2026
Autor
Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2026

RESOLUCIÓN ACREDITACIÓN No. 2012 de 2026 (13 de abril) Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 19 de abril de 2026, en el municipio de CONCEPCION,

SANTANDER.

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo 5 de la Resolución No. 09458 de 2025 del Consejo Nacional electoral, y CONSIDERANDO Que, el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 estableció que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco, podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación, quienes vigilarán el proceso de las votaciones, podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades. Que, el parágrafo del citado artículo facultó al Consejo Nacional Electoral para reglamentar las formas y los procedimientos de acreditación e identificación de testigos electorales y auditores. Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 09458 de 2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral.

Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 09458 de 2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales que hayan inscrito candidatos a cargos o corporaciones públicas o promuevan el voto en blanco, así como los comités independientes de promotores del mismo, tienen derecho a estar representados durante los procesos de votación, a razón de un testigo por cada mesa de votación, de igual forma, establece que las coaliciones tendrán derecho a un testigo por cada mesa. Que, adicional a lo mencionado, el parágrafo del artículo primero de Resolución en cita establece que el testigo electoral podrá acreditarse para vigilar más de una mesa, pero en todo caso, en ninguna mesa de votación podrá actuar más de un testigo electoral por organización política, coalición o promoción del voto en blanco. Que, el artículo segundo del mencionado acto administrativo definió que la postulación de los testigos se deberá realizar mediante la herramienta tecnológica dispuesta por el Consejo Nacional Electoral para tal fin, presentando la relación de los ciudadanos postulados como testigos electorales, hasta las veintitrés con cincuenta y nueve (23:59) del domingo anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación.Página 2 de 5

fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación.Página 2 de 5 Resolución Acreditación No. 2012 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 19 de abril de 2026 en el municipio

de CONCEPCION, SANTANDER.

Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 09458 de 2025, expedida por esta Corporación, estableció que se podrán postular de la siguiente manera: “(…)1. En los puestos de votación de menos de diez (10) mesas, las organizaciones políticas con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos, comités promotores del voto en blanco, y coaliciones, podrán tener hasta un (1) testigo electoral remanente o adicional.

2. En los puestos de votación de más de diez (10) mesas, hasta un diez por ciento (10%) de testigos electorales remanentes o adicionales. En caso de que el porcentaje arroje un resultado decimal, se aproxima al entero siguiente. (…)” Que, la acreditación de los testigos que actuarán en las mesas de votación y escrutinio corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión.

Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales,

acto administrativo en alusión. Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de Identificación - ANI, y procederá a la correspondiente acreditación mediante la publicación de Acto Administrativo suscrito por la Presidencia del Consejo Nacional Electoral, el cual deberá contener el listado de los testigos electorales con la siguiente información: nombres completos, documento de identidad, organización política que representa, mesa(s) para la(s) que ha sido autorizado, o si es remanente. Que, el artículo 6 de la Resolución en cuestión, específica la manera en la que se identificarán los testigos electorales acreditados, que será con la presentación de la cédula o el documento que permita validar que esta se encuentra en trámite, adicionalmente deberá portar una credencial que, como mínimo, debe contener los nombres del ciudadano acreditado, el documento de identidad, agrupación política a la que representa, la(s) mesa(s) o la(s) comisión(es) en las que actuará, al igual que el código de verificación QR o similares que genere la herramienta tecnológica dispuesta para este fin. Las credenciales generadas podrán presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral,

RESUELVE:

autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Testigos Electorales de la agrupación política PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, ante las mesas de votación que se instalarán para las elecciones atípicas de alcalde, que se realizarán el 19 de abril de 2026, en el municipio de CONCEPCION, SANTANDER a los siguientes ciudadanos:

CÉDULA DE

CIUDADANÍA

NOMBRES Y

APELLIDOS MUNICIPIO ZONA NOMBRE

DEL PUESTO

TIPO DE

TESTIG

O MESA (S) 13905923

JULIO CESAR

GARCIA

BORRERO CONCEPCION 99 NITAGA REMAN ENTE 0Página 3 de 5

Resolución Acreditación No. 2012 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 19 de abril de 2026 en el municipio

de CONCEPCION, SANTANDER.

28075695 BERTHA CECILIA

VARGAS DIAZ CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 9

28075883 HILDA SONIA

DIAZ GUZMAN CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 1 28076885

ANA LIZETH

JIMENEZ

PRINCI

PAL 9

28075883 HILDA SONIA

DIAZ GUZMAN CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 1 28076885

ANA LIZETH

JIMENEZ

ARENALES

CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 12 63394836

DAREN ROCIO

MENESES

VILLAMIZAR

CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 2

1005230498 MARY YULIANA

VEGA BASTO CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 5

1005231204 CAMILA ANDREA

MEJIA CUADROS CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 3 1005231448

YOLMAN

FRANDEY

STIVEN

HERNANDEZ

SALAZAR

CONCEPCION 99 AYACUCH

O

PRINCI

PAL 1

1056054168 KAROL NATALY

LOPEZ OROZCO CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 4 1096947082 LAURA

FERNANDA

MELENDEZ

ARIAS

CONCEPCION 99 BARBULA REMAN

ENTE 0

1096949517

ANDRES

MAURICIO

CUADROS

CARVAJAL

CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L REMAN

ENTE 0

1096950644

LICETH YULIANA

ROJAS

ANDRES

MAURICIO

CUADROS

CARVAJAL

CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L REMAN

ENTE 0

1096950644

LICETH YULIANA

ROJAS

MERCHAN

CONCEPCION 99 JUNIN EL

ROBLE

PRINCI PAL 1 1096958826 ANA JULIETH CONCEPCION 00 PUESTO REMAN 0, 7Página 4 de 5

Resolución Acreditación No. 2012 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 19 de abril de 2026 en el municipio

de CONCEPCION, SANTANDER.

PEÑA PEÑA

CABECER

A

MUNICIPA

L ENTE 1097694114

ADRIANA

ISABELLA

MELENDEZ

ARIAS

CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 10 1098150323

ELKIN ARLEY

SANABRIA

MENDEZ

CONCEPCION 99 BARBULA PRINCI

PAL 1 1098150410

JOSE DAVID

CACERES

VELANDIA

CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 8 1098150724

GLORIA ROCIO

ANTOLINEZ

DELGADO

CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 6

1098150883 FABIAN VERA

CARVAJAL CONCEPCION 99 NITAGA PRINCI

ANTOLINEZ

DELGADO

CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 6

1098150883 FABIAN VERA

CARVAJAL CONCEPCION 99 NITAGA PRINCI

PAL 1 1098151088

BLANCA

YANETH BASTO

JIMENEZ

CONCEPCION 99

VEREDA

CARABOB

O

PRINCI

PAL 1 1098151088

BLANCA

YANETH BASTO

JIMENEZ

CONCEPCION 99 JUNIN EL

ROBLE REMAN

ENTE 0

1098151206

ALIX AMANDA

DELGADILLO

SIERRA

CONCEPCION 99 TENERIFE PRINCI

PAL 1

ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a la siguiente agrupación política, acreditada

en el presente acto administrativo:

NO. ORGANIZACIÓN

POLÍTICA DIRECCIÓN SEDE CIUDAD SEDE MAIL

1 PARTIDO CENTRO

DEMOCRÁTICO Bogotá D.C. Bogotá D.C. edgaror74@hotmail.com ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Delegado en lo Electoral, al correo electrónico edgaror74@hotmail.com, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.

ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado Civil, a laPágina 5 de 5

Resolución Acreditación No. 2012 de 2026

ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado Civil, a laPágina 5 de 5

Resolución Acreditación No. 2012 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 19 de abril de 2026 en el municipio

de CONCEPCION, SANTANDER.

Policía Nacional, a las Organizaciones de Observación Electoral debidamente acreditadas, y al Ministerio Público, para su conocimiento y lo de su competencia.

ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el presente acto administrativo, en la página web del Consejo

Nacional Electoral, www.cne.gov.co.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los trece (13) días del mes de abril de dos mil veintiseis (2026).

CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO

Presidente Vo.Bo. Presidencia Vo.Bo. José Antonio Parra Fandiño – Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información

Proyectó: Daniel Leonardo Quintero Castillo – Profesional Universitario

Consultar sobre este documento ...