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CNE - Resolución 2013 de 2026

Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 2013 de 2026
Autor
Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2026

RESOLUCIÓN ACREDITACIÓN No. 2013 de 2026 (13 de abril) Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 19 de abril de 2026, en el municipio de

CONCEPCION, SANTANDER.

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo 5 de la Resolución No. 09458 de 2025 del Consejo Nacional electoral, y CONSIDERANDO Que, el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 estableció que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco, podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación, quienes vigilarán el proceso de las votaciones, podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades. Que, el parágrafo del citado artículo facultó al Consejo Nacional Electoral para reglamentar las formas y los procedimientos de acreditación e identificación de testigos electorales y auditores. Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 09458 de 2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas

Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 09458 de 2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales que hayan inscrito candidatos a cargos o corporaciones públicas o promuevan el voto en blanco, así como los comités independientes de promotores del mismo, tienen derecho a estar representados durante los procesos de votación, a razón de un testigo por cada mesa de votación, de igual forma, establece que las coaliciones tendrán derecho a un testigo por cada mesa. Que, adicional a lo mencionado, el parágrafo del artículo primero de Resolución en cita establece que el testigo electoral podrá acreditarse para vigilar más de una mesa, pero en todo caso, en ninguna mesa de votación podrá actuar más de un testigo electoral por organización política, coalición o promoción del voto en blanco. Que, el artículo segundo del mencionado acto administrativo definió que la postulación de los testigos se deberá realizar mediante la herramienta tecnológica dispuesta por el Consejo Nacional Electoral para tal fin, presentando la relación de los ciudadanos postulados como testigos electorales, hasta las veintitrés con cincuenta y nueve (23:59) del domingo anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación.Página 2 de 5

fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación.Página 2 de 5 Resolución Acreditación No. 2013 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 19 de abril de 2026 en el municipio de CONCEPCION, SANTANDER. Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 09458 de 2025, expedida por esta Corporación, estableció que se podrán postular de la siguiente manera: “(…)1. En los puestos de votación de menos de diez (10) mesas, las organizaciones políticas con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos, comités promotores del voto en blanco, y coaliciones, podrán tener hasta un (1) testigo electoral remanente o adicional.

2. En los puestos de votación de más de diez (10) mesas, hasta un diez por ciento (10%) de testigos electorales remanentes o adicionales. En caso de que el porcentaje arroje un resultado decimal, se aproxima al entero siguiente. (…)” Que, la acreditación de los testigos que actuarán en las mesas de votación y escrutinio corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión.

Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales,

acto administrativo en alusión. Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de Identificación - ANI, y procederá a la correspondiente acreditación mediante la publicación de Acto Administrativo suscrito por la Presidencia del Consejo Nacional Electoral, el cual deberá contener el listado de los testigos electorales con la siguiente información: nombres completos, documento de identidad, organización política que representa, mesa(s) para la(s) que ha sido autorizado, o si es remanente. Que, el artículo 6 de la Resolución en cuestión, específica la manera en la que se identificarán los testigos electorales acreditados, que será con la presentación de la cédula o el documento que permita validar que esta se encuentra en trámite, adicionalmente deberá portar una credencial que, como mínimo, debe contener los nombres del ciudadano acreditado, el documento de identidad, agrupación política a la que representa, la(s) mesa(s) o la(s) comisión(es) en las que actuará, al igual que el código de verificación QR o similares que genere la herramienta tecnológica dispuesta para este fin. Las credenciales generadas podrán presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral,

RESUELVE:

autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Testigos Electorales de la agrupación política PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, ante las mesas de votación que se instalarán para las elecciones atípicas de alcalde, que se realizarán el 19 de abril de 2026, en el municipio de CONCEPCION, SANTANDER a los siguientes ciudadanos:

CÉDULA DE

CIUDADANÍA

NOMBRES Y

APELLIDOS MUNICIPIO ZONA NOMBRE

DEL PUESTO

TIPO DE

TESTIG

O MESA (S) 13906406

LUIS CARLOS

CALDERON

MENDEZ CONCEPCION 99 BARBULA PRINCI PAL 1Página 3 de 5

Resolución Acreditación No. 2013 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 19 de abril de 2026 en el municipio de CONCEPCION, SANTANDER. 13907011

EDUARD

ALVARADO

SANTOS

CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 2 13927439

JAVIER

LEONARDO

MEJIA

MONTANEZ

CONCEPCION 99 BARBULA REMAN

ENTE 0

63396993 BLANCA EMILCE

MERCHAN CONCEPCION 00

L

PRINCI

PAL 2 13927439

JAVIER

LEONARDO

MEJIA

MONTANEZ

CONCEPCION 99 BARBULA REMAN

ENTE 0

63396993 BLANCA EMILCE

MERCHAN CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 3 63397026

YASMIN

SANABRIA

SANDOVAL

CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 7

63397592 NIDIA ORTIZ

CARVAJAL CONCEPCION 99 NITAGA REMAN

ENTE 0

63398534

ROSA FLORINDA

PEREZ

CARDENAS

CONCEPCION 99 AYACUCH

O REMAN

ENTE 0

63531034

ADRIANA IVETTE

HERNANDEZ

CARDENAS

CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 8 79935391

CLEOMEDIS

CARVAJAL

REYES

CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 6

1005230293 DEXI LILIANA

SIERRA MORA CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 4 1005302610

HELMER

ANDREY REYES

ROJAS

CONCEPCION 99 TENERIFE REMAN

ENTE 0

1007536400 KAREN LIZETH

ABRIL CACERES CONCEPCION 99 JUNIN EL

ROBLE

PRINCI

PAL 1 1094809260

MARIA VICTORIA

MENDOZA

CACERES

CONCEPCION 00

ENTE 0

1007536400 KAREN LIZETH

ABRIL CACERES CONCEPCION 99 JUNIN EL

ROBLE

PRINCI

PAL 1 1094809260

MARIA VICTORIA

MENDOZA

CACERES

CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L REMAN

ENTE 0

1096950493

INGRITH

CAROLINA

FLOREZ GARCIA

CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA PRINCI PAL 11Página 4 de 5

Resolución Acreditación No. 2013 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 19 de abril de 2026 en el municipio de CONCEPCION, SANTANDER. L

1096953486 LUDY ORTIZ

ABRIL CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 12

1098150199 LISED DAYANA

REYES PEREZ CONCEPCION 99 AYACUCH

O

PRINCI

PAL 1

1098150267 NYDIA ROJAS

OLEJUA CONCEPCION 99 TENERIFE PRINCI

PAL 1 1098150462

JORGE LUIS

CARVAJAL

CARVAJAL

CONCEPCION 99 NITAGA PRINCI

PAL 1

1098151248 HEBER ABRIL

HERNANDEZ CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 1 1098151728

GISSEL

MARYURIF

PAL 1

1098151248 HEBER ABRIL

HERNANDEZ CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 1 1098151728

GISSEL

MARYURIF

VARGAS PEÑA

CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L REMAN

ENTE 0

1098151949

JENNIFER

TATIANA

CACERES

VALBUENA

CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 10

1100973754 DUVAN ARLEY

SANCHEZ PEÑA CONCEPCION 00

PUESTO

CABECER

A

MUNICIPA

L

PRINCI

PAL 9 1115739342

FRANCY YINETH

GONZALEZ

RUEDA

CONCEPCION 99

VEREDA

CARABOB

O

PRINCI

PAL 1 1148944077

MALORY

QUIÑONES

FERNANDEZ

CONCEPCION 99 JUNIN EL

ROBLE REMAN

ENTE 0

ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a la siguiente agrupación política, acreditada

en el presente acto administrativo:

NO. ORGANIZACIÓN

POLÍTICA DIRECCIÓN SEDE CIUDAD SEDE MAIL

1

PARTIDO

CONSERVADOR

COLOMBIANO

Bogotá D.C. Bogotá D.C. eduarabrilborrero@gmail.co mPágina 5 de 5 Resolución Acreditación No. 2013 de 2026

1

PARTIDO

CONSERVADOR

COLOMBIANO

Bogotá D.C. Bogotá D.C. eduarabrilborrero@gmail.co mPágina 5 de 5 Resolución Acreditación No. 2013 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 19 de abril de 2026 en el municipio de CONCEPCION, SANTANDER.

ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Delegado en lo Electoral, al correo electrónico eduarabrilborrero@gmail.com, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de

Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.

ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado Civil, a la Policía Nacional, a las Organizaciones de Observación Electoral debidamente acreditadas, y al Ministerio Público, para su conocimiento y lo de su competencia.

ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el presente acto administrativo, en la página web del Consejo

Nacional Electoral, www.cne.gov.co.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los trece (13) días del mes de abril de dos mil veintiseis (2026).

CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO

Presidente Vo.Bo. Presidencia Vo.Bo. José Antonio Parra Fandiño – Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información

Proyectó: Daniel Leonardo Quintero Castillo – Profesional Universitario

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