CNE - Resolución 2037 de 2026
Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 2037 de 2026
- Autor
- Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN ACREDITACIÓN No. 2037 de 2026 (28 de abril) Por la cual se acreditan observadores electorales de la Misión de Observación Electoral MOE con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo décimo séptimo de la Resolución No. 09458 de 2025 del Consejo Nacional Electoral y, CONSIDERANDO Que, los numerales 1° y 6° del artículo 265 de la Constitución Política confieren al Consejo Nacional Electoral competencias para ejercer la suprema inspección, vigilancia y control de la organización electoral y velar por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías. Que el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 dispone que las organizaciones de observación electoral reconocidas por el Consejo Nacional Electoral podrán ejercer vigilancia de los procesos de votación y escrutinio. Que, mediante Resolución No. 2580 de 05 de marzo de 2025, el Registrador Nacional del Estado Civil expidió el calendario electoral para las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República, que se realizaran el 31 de mayo de 2026. Que, el artículo décimo séptimo de la Resolución No. 09458 de 2025, expedida por esta Corporación, respecto de la postulación y acreditación de observadores electorales, preceptúa: Las organizaciones de observación electoral debidamente reconocidas podrán estar
respecto de la postulación y acreditación de observadores electorales, preceptúa: Las organizaciones de observación electoral debidamente reconocidas podrán estar representadas en el proceso electoral por ciudadanos que estos postulen, quienes se denominarán observadores electorales. El listado de ciudadanos que postularán como observadores electorales, deberá ser remitido al Consejo Nacional Electoral, a más tardar quince (15) días calendario antes de la elección, indicando el ámbito geográfico en el que se pretende que actúen. El Presidente del Consejo Nacional Electoral acreditará a los observadores electorales dentro de los diez (10) días calendario siguientes al vencimiento del término de postulación, realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de Identificación (ANI), y procederá a la correspondiente acreditación mediante la publicación del Acto Administrativo respectivo. Las credenciales de identificación como observador electoral serán expedidas por la Corporación, en formato digital, y en esta se indicará: nombre completo y documento de identidad del observador, Organización de Observación Electoral a la que pertenece, acto administrativo de acreditación y código QR de validación. En ningún caso podrán otorgarse credenciales en blanco. Que la Misión de Observación Electoral MOE fue reconocida mediante la Resolución administrativa No. 0098 de 2026 del Consejo Nacional Electoral como una organización de observación electoral para la vigencia 2026. Que, la Misión de Observación Electoral MOE postulo a los siguientes ciudadanos como observadores electorales para que ejerzan funciones en el marco de las elecciones de Presidente y
para la vigencia 2026. Que, la Misión de Observación Electoral MOE postulo a los siguientes ciudadanos como observadores electorales para que ejerzan funciones en el marco de las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la Republica de 2026. ZapSign 697bd7f3-b18e-45e0-9782-7da22cbac46aPágina 2 de 8 Resolución No. 2037 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales de la Misión de Observación Electoral MOE, con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. No. Nombres y Apellidos Documento de identidad Departamento Municipio
1. Maria Ursula
Botero Escobar
1088237925 RISARALDA PEREIRA
2. Gustavo Ocampo
Salazar
10223549 CALDAS MANIZALES
3. Sara Struss
Muncker
1140837498 ATLANTICO BARRANQUILLA
4. Patricia Conde 60256453 SANTANDER BARRANCABERME
JA
5. Ana Holguin
Monsalve
63341061 SANTANDER FLORIDABLANCA
6. Elys Yurani Murillo
Madrid
1096187188 SANTANDER BARRANCABERME
JA
7. Stefanny Rivera
Cardenas
1065831934 CESAR VALLEDUPAR
8. Manuel Napoleon
Garcia Anaya
19443150 CHOCO QUIBDO
9. Jose Fredy
Aguilera Gravito
6818250 SUCRE SINCELEJO
10. Yesid Ruiz Rojas 80436742 META VILLAVICENCIO
11. Dianys Peraza
Rojas
45690160 CESAR VALLEDUPAR
12. Angie Marcela
Guancha Enriquez
1004214271 NARIÑO PASTO
13. Javier Eduardo
10. Yesid Ruiz Rojas 80436742 META VILLAVICENCIO
11. Dianys Peraza
Rojas
45690160 CESAR VALLEDUPAR
12. Angie Marcela
Guancha Enriquez
1004214271 NARIÑO PASTO
13. Javier Eduardo
Rosero Molina
1140854252 ATLANTICO BARRANQUILLA
14. Diego Hernan
Gomez Sanchez
79150437 CAQUETA FLORENCIA
15. Diana Vanessa
Cabrera
1085253216 BOGOTA D.C. BOGOTA. D.C.
16. Carlos Arturo
Casas Garcia 19193827 CASANARE YOPAL ZapSign 697bd7f3-b18e-45e0-9782-7da22cbac46aPágina 3 de 8 Resolución No. 2037 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales de la Misión de Observación Electoral MOE, con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026.
17. Alba Jackeline
Ruano Jimenez
27088288 NARIÑO PASTO
18. Luis Enrique
Amado Prieto
79609635 META VILLAVICENCIO
19. Belcy Liliana
Cardenas Ramirez
63549264 BOYACA TUNJA
20. Angela Marcela
Uribe Londoño
43568252 ANTIOQUIA MEDELLIN
21. Mauricio Hernando
Lozano Vesga
91071858 SANTANDER SAN GIL
22. Alejandro Sanchez
Lopez de Mesa
79785533 VALLE CALI
23. Osiris Carmona
Pez
1050968804 BOLIVAR CARTAGENA
24. Julio Cesar
Paredes Rivera
92531344 SUCRE SAN ONOFRE
25. Luis Carlos Ojeda
Oliveros
1005945012 VALLE CANDELARIA
26. Walter Arturo Mejia
Rivera
1143324637 BOLIVAR CARTAGENA
24. Julio Cesar
Paredes Rivera
92531344 SUCRE SAN ONOFRE
25. Luis Carlos Ojeda
Oliveros
1005945012 VALLE CANDELARIA
26. Walter Arturo Mejia
Rivera
1143324637 BOLIVAR CARTAGENA
27. FREDDY Jose
Tello Tabarquino
1032452732 ARAUCA ARAUCA
28. Johana Torres
Rodriguez
1140882197 ATLANTICO BARRANQUILLA
29. Eduardo Andres
Chilito
76335426 CAUCA POPAYAN
30. Cesar Ricardo
Montilla Muñoz
10292231 CAUCA POPAYAN
31. David Esteban
Giraldo Gutierrez
1005713145 TOLIMA IBAGUE
32. Cristhian Camilo
Martinez Hernandez
1110521583 TOLIMA IBAGUE
33. Gloria Ines Alvarez
Lopez 30284118 CALDAS MANIZALES ZapSign 697bd7f3-b18e-45e0-9782-7da22cbac46aPágina 4 de 8 Resolución No. 2037 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales de la Misión de Observación Electoral MOE, con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026.
34. Beatriz Angulo
Quiroz
33215412 BOLIVAR MOMPOS
35. Betty Martinez
Salazar
41898095 QUINDIO ARMENIA
36. Jairo Eduardo
Oviedo Melgarejo
13476726 NORTE DE SAN CUCUTA
37. Carlos Arturo
Quintero
7553052 QUINDIO ARMENIA
38. Albeiro De Jesus
Arroyo Enriquez
9020462 BOLIVAR MOMPOS
39. Wilson Diomedes
Cardenas Suarez
97480361 PUTUMAYO SAN FRANCISCO
40. Dalia Katiana Arias
Macedo
7553052 QUINDIO ARMENIA
38. Albeiro De Jesus
Arroyo Enriquez
9020462 BOLIVAR MOMPOS
39. Wilson Diomedes
Cardenas Suarez
97480361 PUTUMAYO SAN FRANCISCO
40. Dalia Katiana Arias
Macedo
1010139033 AMAZONAS LETICIA
41. Kevin Andres
Murillo Hernandez
1121219981 AMAZONAS LETICIA
42. Angela Maldonado 52148633 AMAZONAS LETICIA
43. Oscar David Meza
Bertel
1103101439 MAGDALENA SANTA MARTA
44. Beatriz Salas Diaz 45478262 BOLIVAR CARTAGENA
45. Fabian Ricardo
Hernandez
1075276533 HUILA NEIVA
46. Ismael Robinson
Rivera Hernandez
72179280 CORDOBA MONTERIA
47. Diana Pascagaza 35428664 CUNDINAMARCA TOCANCIPA
48. CLARA INES
TAPIAS PADILLA 63497495 SANTANDER BUCARAMANGA Que, de acuerdo con la verificación realizada con el Archivo Nacional de Identificación -ANI-, de los números de identificación registrados en la solicitud allegada por la Misión de Observación Electoral MOE no se encontraron inconsistencias con la información suministrada, por lo cual, el Consejo Nacional Electoral procederá a acreditar como observadores Electorales a los ciudadanos postulados. ZapSign 697bd7f3-b18e-45e0-9782-7da22cbac46aPágina 5 de 8 Resolución No. 2037 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales de la Misión de Observación Electoral MOE, con ocasión a la elección
de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. ACREDITAR como Observadores Electorales a los ciudadanos que a continuación se relacionan, de acuerdo con la solicitud realizada por la Misión de Observación Electoral MOE con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. No. Nombres y Apellidos Documento de identidad Departamento Municipio
1. Maria Ursula Botero
Escobar
1088237925 RISARALDA PEREIRA
2. Gustavo Ocampo
Salazar
10223549 CALDAS MANIZALES
3. Sara Struss
Muncker
1140837498 ATLANTICO BARRANQUILLA
4. Patricia Conde 60256453 SANTANDER BARRANCABERME
JA
5. Ana Holguin
Monsalve
63341061 SANTANDER FLORIDABLANCA
6. Elys Yurani Murillo
Madrid
1096187188 SANTANDER BARRANCABERME
JA
7. Stefanny Rivera
Cardenas
1065831934 CESAR VALLEDUPAR
8. Manuel Napoleon
Garcia Anaya
19443150 CHOCO QUIBDO
9. Jose Fredy Aguilera
Gravito
6818250 SUCRE SINCELEJO
10. Yesid Ruiz Rojas 80436742 META VILLAVICENCIO
11. Dianys Peraza
Rojas
45690160 CESAR VALLEDUPAR
12. Angie Marcela
Guancha Enriquez
1004214271 NARIÑO PASTO
13. Javier Eduardo
Rosero Molina
1140854252 ATLANTICO BARRANQUILLA
14. Diego Hernan
Gomez Sanchez
79150437 CAQUETA FLORENCIA
15. Diana Vanessa
Cabrera
Guancha Enriquez
1004214271 NARIÑO PASTO
13. Javier Eduardo
Rosero Molina
1140854252 ATLANTICO BARRANQUILLA
14. Diego Hernan
Gomez Sanchez
79150437 CAQUETA FLORENCIA
15. Diana Vanessa
Cabrera
1085253216 BOGOTA D.C. BOGOTA. D.C.
16. Carlos Arturo
Casas Garcia
19193827 CASANARE YOPAL
17. Alba Jackeline 27088288 NARIÑO PASTO ZapSign 697bd7f3-b18e-45e0-9782-7da22cbac46aPágina 6 de 8
Resolución No. 2037 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales de la Misión de Observación Electoral MOE, con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. Ruano Jimenez
18. Luis Enrique
Amado Prieto
79609635 META VILLAVICENCIO
19. Belcy Liliana
Cardenas Ramirez
63549264 BOYACA TUNJA
20. Angela Marcela
Uribe Londoño
43568252 ANTIOQUIA MEDELLIN
21. Mauricio Hernando
Lozano Vesga
91071858 SANTANDER SAN GIL
22. Alejandro Sanchez
Lopez de Mesa
79785533 VALLE CALI
23. Osiris Carmona
Pez
1050968804 BOLIVAR CARTAGENA
24. Julio Cesar
Paredes Rivera
92531344 SUCRE SAN ONOFRE
25. Luis Carlos Ojeda
Oliveros
1005945012 VALLE CANDELARIA
26. Walter Arturo Mejia
Rivera
1143324637 BOLIVAR CARTAGENA
27. FREDDY Jose
Tello Tabarquino
1032452732 ARAUCA ARAUCA
28. Johana Torres
Rodriguez
1005945012 VALLE CANDELARIA
26. Walter Arturo Mejia
Rivera
1143324637 BOLIVAR CARTAGENA
27. FREDDY Jose
Tello Tabarquino
1032452732 ARAUCA ARAUCA
28. Johana Torres
Rodriguez
1140882197 ATLANTICO BARRANQUILLA
29. Eduardo Andres
Chilito
76335426 CAUCA POPAYAN
30. Cesar Ricardo
Montilla Muñoz
10292231 CAUCA POPAYAN
31. David Esteban
Giraldo Gutierrez
1005713145 TOLIMA IBAGUE
32. Cristhian Camilo
Martinez Hernandez
1110521583 TOLIMA IBAGUE
33. Gloria Ines Alvarez
Lopez
30284118 CALDAS MANIZALES
34. Beatriz Angulo
Quiroz
33215412 BOLIVAR MOMPOS
35. Betty Martinez
Salazar
41898095 QUINDIO ARMENIA
36. Jairo Eduardo
Oviedo Melgarejo
13476726 NORTE DE SAN CUCUTA
37. Carlos Arturo
Quintero
7553052 QUINDIO ARMENIA
38. Albeiro De Jesus
Arroyo Enriquez 9020462 BOLIVAR MOMPOS ZapSign 697bd7f3-b18e-45e0-9782-7da22cbac46aPágina 7 de 8 Resolución No. 2037 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales de la Misión de Observación Electoral MOE, con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026.
39. Wilson Diomedes
Cardenas Suarez
97480361 PUTUMAYO SAN FRANCISCO
40. Dalia Katiana Arias
Macedo
1010139033 AMAZONAS LETICIA
41. Kevin Andres
Murillo Hernandez
1121219981 AMAZONAS LETICIA
39. Wilson Diomedes
Cardenas Suarez
97480361 PUTUMAYO SAN FRANCISCO
40. Dalia Katiana Arias
Macedo
1010139033 AMAZONAS LETICIA
41. Kevin Andres
Murillo Hernandez
1121219981 AMAZONAS LETICIA
42. Angela Maldonado 52148633 AMAZONAS LETICIA
43. Oscar David Meza
Bertel
1103101439 MAGDALENA SANTA MARTA
44. Beatriz Salas Diaz 45478262 BOLIVAR CARTAGENA
45. Fabian Ricardo
Hernandez
1075276533 HUILA NEIVA
46. Ismael Robinson
Rivera Hernandez
72179280 CORDOBA MONTERIA
47. Diana Pascagaza 35428664 CUNDINAMARCA TOCANCIPA
48. CLARA INES
TAPIAS PADILLA 63497495 SANTANDER BUCARAMANGA ARTÍCULO SEGUNDO. AUTORIZAR a los Observadores Electorales aquí acreditados, para realizar su labor de Observación Electoral en las etapas Pre-electoral, Electoral y Postelectoral en los municipios para los cuales fueron acreditados, con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la Republica a realizarse el 31 de mayo de 2026. ARTÍCULO TERCERO. FUNCIONES. Los Observadores Electorales podrán estar presentes y observar el desarrollo de las diferentes etapas del proceso electoral, así mismo podrán solicitar a las autoridades electorales y gubernamentales la información de este. ARTÍCULO CUARTO. PROHIBICIONES. A los Observadores Electorales aquí acreditados les está
expresamente prohibido:
1. Reemplazar u obstaculizar a las autoridades en el ejercicio de sus funciones.
2. Interferir con el normal desarrollo del proceso electoral.
3. Hacer campaña electoral a favor de partidos o movimientos políticos, sociales o grupos significativos de ciudadanos, promotores del voto en blanco o candidatos; o portar indumentarias o distintivos que los identifiquen con éstos.
4. Expresar cualquier ofensa, difamación o calumnia en contra de las instituciones, autoridades electorales, partidos políticos o candidatos.
5. Actuar de guía electoral o realizar orientaciones a los ciudadanos.
6. Formular reclamaciones electorales en el desarrollo de los escrutinios.
ZapSign 697bd7f3-b18e-45e0-9782-7da22cbac46aPágina 8 de 8 Resolución No. 2037 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales de la Misión de Observación Electoral MOE, con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. ARTÍCULO QUINTO. NOTIFICAR a través del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, el contenido de la presente Resolución al Representante Legal de de la Misión de Observación Electoral MOE a los siguientes correos electrónicos: calidadelecciones@moe.org.co, lo anterior, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 66 a 69 del Código de Procedimiento Administrativo y lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO SEXTO. COMUNICAR a través del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental a la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Administrativo y lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO SEXTO. COMUNICAR a través del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental a la Registraduría Nacional del Estado Civil. ARTÍCULO SÉPTIMO. PUBLÍQUESE el presente acto administrativo en la página web del Consejo Nacional Electoral. ARTÍCULO OCTAVO. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de su notificación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C, a los veintiocho (28) días del mes de abril de dos mil veintiséis (2026).
CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO
Presidente Vo.Bo.Presidencia Vo.Bo.José Antonio Parra Fandiño – Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información
Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario ZapSign 697bd7f3-b18e-45e0-9782-7da22cbac46a Firmado digitalmente en ZapSign por
Cristian Ricardo Quiroz Romero Fecha: 28/04/2026 09:37:23.498 (UTC-0500)