CNE - Resolución 2044 de 2026
Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 2044 de 2026
- Autor
- Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN DE ACREDITACIÓN No. 2044 DE 2026 (30 de abril) Por la cual se modifica el artículo primero de la Resolución de Acreditación No. 2025 de 25 de abril de 2026, por la cual se acreditaron los Auditores de Sistema del Movimiento Político Pacto Histórico con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo décimo primero y siguientes de la Resolución No. 09458 de 2025 del Consejo Nacional Electoral y, CONSIDERANDO Que, el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 dispone que “los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos, que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco, así como las organizaciones de observación electoral reconocidas por el Consejo Nacional Electoral, tienen derecho a ejercer vigilancia de los correspondientes procesos de votación y escrutinios, para lo cual podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación y por cada uno de los órganos escrutadores. Cuando se trate de procesos a los que se han incorporado recursos tecnológicos, se podrán acreditar también auditores de sistemas”.
Que, mediante Resolución No. 09458 de 11 de septiembre de 2025, la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral “reglamentó la postulación, acreditación, funciones y garantías de los testigos electorales, auditores de sistemas y Organizaciones de Observación Electoral, en el marco del control ciudadano y transparencia de los procesos electorales, y se dictan otras disposiciones”. Que, mediante Resolución de Acreditación No. 2025 del 25 de abril de 2026, el Presidente del Consejo Nacional Electoral acreditó los Auditores de Sistemas para el Movimiento Político, para las elecciones de Presidencia y Vicepresidencia de la República a celebrarse en 2026. Que, el 29 de abril de 2026, el Movimiento Político Pacto Histórico mediante oficio enviado por correo electrónico, solicitó: “el reemplazo AUDITOR DEL COMPONENTE DE CÓDIGO FUENTE, en el marco del componente tecnológico del proceso de elecciones presidenciales a celebrarse el 31 de mayo de 2026 a la siguiente persona:
AUDITORA ACREDITADA A
REEMPLAZAR AUDITOR A DESIGNAR
KAREN LIZETH MEDINA
VALDERRAMA
KAMEDINAVA@UNAL.EDU.CO
3112943980
CÓDIGO FUENTE
JORGE LUIS BOTELLO ANGARITA
C.C: 1093766690 DE LOS PATIOS
JBOTELLOANGARITA@HOTMAIL.COM
3214553997 CÓDIGO FUENTE Que, validada la solicitud y verificada la acreditación del auditor de sistemas a quien se solicita retirar la acreditación, y constatada la autorización de los representantes legales del
Movimiento Político Pacto Histórico para proceder con el reemplazo, procede el Consejo Nacional Electoral a modificar el artículo primero de la Resolución de Acreditación No. 2025 del 25 de abril de 2026 y retirar la acreditación del auditor de sistemas solicitada. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral, ZapSign 3da63161-311c-4fbe-a593-ab8da0c672a3Resolución de Acreditación No. 2044 de 2026 Por la cual se modifica el artículo primero de la Resolución de Acreditación No. 2025 de 25 de abril de 2026, por la cual se acreditaron los Auditores de Sistema del Movimiento Político Pacto Histórico con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. Página 2 de 2
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR el artículo primero de la Resolución de Acreditación No. 2025 de 25 de abril de 2026, por medio de la cual se acreditaron los Auditores de Sistemas del Movimiento Político Pacto Histórico, el cual quedará así: “ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Auditores de Sistemas del Movimiento Político Pacto Histórico con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente a realizarse el 31 de mayo de 2026, a los siguientes ciudadanos”.
Nombres y Apellidos Documento de identidad Departamento Municipio Componente
JULIAN
ANDRES
TOVAR PINEDA
1049635706 NACIONAL NACIONAL CÓDIGO
FUENTE
JORGE LUIS
BOTELLO
ANGARITA
1093766690 NACIONAL NACIONAL CÓDIGO FUENTE ARTÍCULO SEGUNDO: Lo no modificado expresamente en este acto administrativo seguirá vigente.
ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo por intermedio de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Corporación al Registrador Nacional de Estado Civil y al Registrador Delegado en lo Electoral y El Consejo Nacional
Electoral.
ARTÍCULO CUARTO: PUBLICAR el presente acto administrativo a través de la página web
del Consejo Nacional Electoral: www.cne.gov.co.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C. a los treinta (30) días del mes de abril de dos mil veintiséis (2026).
CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO
Presidente Vo.Bo.Presidencia Vo.Bo.José Antonio Parra Fandiño – Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información
Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario ZapSign 3da63161-311c-4fbe-a593-ab8da0c672a3
Firmado digitalmente en ZapSign por