CNE - Resolución 2063 de 2026
Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 2063 de 2026
- Autor
- Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN DE ACREDITACIÓN No. 2063 DE 2026 (15 de mayo) Por la cual se modifica el artículo primero de la Resolución de Acreditación No. 2060 de 15 de mayo de 2026, por la cual se acreditaron los Auditores de Sistema del Movimiento Político Pacto Histórico con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo décimo primero y siguientes de la Resolución No. 09458 de 2025 del Consejo Nacional Electoral y, CONSIDERANDO Que, el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 dispone que “los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos, que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco, así como las organizaciones de observación electoral reconocidas por el Consejo Nacional Electoral, tienen derecho a ejercer vigilancia de los correspondientes procesos de votación y escrutinios, para lo cual podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación y por cada uno de los órganos escrutadores. Cuando se trate de procesos a los que se han incorporado recursos tecnológicos, se podrán acreditar también auditores de sistemas”.
Que, mediante Resolución No. 09458 de 11 de septiembre de 2025, la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral “reglamentó la postulación, acreditación, funciones y garantías de los testigos electorales, auditores de sistemas y Organizaciones de Observación Electoral, en el marco del control ciudadano y transparencia de los procesos electorales, y se dictan otras disposiciones”. Que, mediante Resolución de Acreditación No. 2060 del 15 de mayo de 2026, el Presidente del Consejo Nacional Electoral acreditó los Auditores de Sistemas para el Movimiento Político, para las elecciones de Presidencia y Vicepresidencia de la República a celebrarse en 2026. Que, el 15 de mayo de 2026, el Movimiento Político Pacto Histórico, mediante oficio enviado por correo electrónico, solicitó: “(…) el reemplazo y actualización de la acreditación de auditores electorales previamente postulados para el proceso de elecciones de Presidencia de la República a celebrarse el próximo 31 de mayo de 2026. Lo anterior, en razón a un error involuntario presentado en la postulación inicial de algunos auditores. Nombres y Apellidos Documento de identidad Departamento Municipio Componente
LAURA SOFIA
JIMENEZ
FIGUEROA
1077224050 LA GUAJIRA RIOACHA Preconteo
FRANCISCO DE
JESÚS MOREU
LOPEZ 19088147 MAGDALENA SANTA MARTA Preconteo Que, verificada la informacion de los auditores de sistemas acreditados y la autorización de
los representantes legales del Movimiento Político Pacto Histórico, se accederá a la petición y, en consecuencia, se modificará el artículo primero de la Resolución de Acreditación No. 2060 del 15 de mayo de 2026. ZapSign db59fa30-c993-4a13-aa8d-91c1d51f37f4Resolución de Acreditación No. 2063 de 2026 Por la cual se modifica el artículo primero de la Resolución de Acreditación No. 2060 de 15 de mayo de 2026, por la cual se acreditaron los Auditores de Sistema del Movimiento Político Pacto Histórico con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. Página 2 de 2 En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR el artículo primero de la Resolución de Acreditación No. 2060 de 15 de mayo de 2026, por medio de la cual se acreditaron los Auditores de Sistemas del Movimiento Político Pacto Histórico con occasion de las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026, el cual quedará así: “ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Auditores de Sistemas del Movimiento Político Pacto Histórico con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente a realizarse el 31 de mayo de 2026, a los siguientes ciudadanos”. Nombres y Apellidos
Documento de identidad Departamento Municipio Componente
LAURA SOFIA
JIMENEZ
FIGUEROA
1077224050 HUILA NEIVA Preconteo
FRANCISCO DE
JESÚS MOREU
LOPEZ 19088147 LA GUAJIRA RIOACHA Preconteo ARTÍCULO SEGUNDO: Lo no modificado expresamente en este acto administrativo seguirá vigente.
ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo por intermedio de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Corporación al Registrador Nacional de Estado Civil, al Registrador Delegado en lo Electoral y al Movimiento Político
Pacto Histórico.
ARTÍCULO CUARTO: PUBLICAR el presente acto administrativo a través de la página web
del Consejo Nacional Electoral: www.cne.gov.co.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C. a los quince (15) días del mes de mayo de dos mil veintiséis (2026).
CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO
Presidente Vo.Bo.Presidencia Vo.Bo.José Antonio Parra Fandiño – Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información
Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario ZapSign db59fa30-c993-4a13-aa8d-91c1d51f37f4
Firmado digitalmente en ZapSign por