CNE - Resolución 2140 de 2026
Consejo Nacional Electoral
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CNE - Resolución 2140 de 2026
- Autor
- Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN ACREDITACIÓN No. 2140 de 2026 (22 de mayo) Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo quinto de la Resolución No. 09458 de 2025 del Consejo Nacional electoral, y CONSIDERANDO Que, el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 estableció que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco, podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación, quienes vigilarán el proceso de las votaciones, podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades. Que, el parágrafo del citado artículo facultó al Consejo Nacional Electoral para reglamentar las formas y los procedimientos de acreditación e identificación de testigos electorales y auditores. Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 09458 de 2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y
2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales que hayan inscrito candidatos a cargos o corporaciones públicas o promuevan el voto en blanco, así como los comités independientes de promotores del mismo, tienen derecho a estar representados durante los procesos de votación, a razón de un testigo por cada mesa de votación, de igual forma, establece que las coaliciones tendrán derecho a un testigo por cada mesa. Que, adicional a lo mencionado, el parágrafo del artículo primero de Resolución en cita establece que el testigo electoral podrá acreditarse para vigilar más de una mesa, pero en todo caso, en ninguna mesa de votación podrá actuar más de un testigo electoral por organización política, coalición o promoción del voto en blanco. Que, el artículo segundo del mencionado acto administrativo definió que la postulación de los testigos se deberá realizar mediante la herramienta tecnológica dispuesta por el Consejo Nacional Electoral para tal fin, presentando la relación de los ciudadanos postulados como testigos electorales, hasta las veintitrés con cincuenta y nueve (23:59) del domingo anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación. ZapSign 037ab05f-7cbe-472d-b318-a694263d00d6Página 2 de 5
fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación. ZapSign 037ab05f-7cbe-472d-b318-a694263d00d6Página 2 de 5 Resolución Acreditación No. 2140 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 09458 de 2025, expedida por esta Corporación, estableció que se podrán postular de la siguiente manera: “(…)1. En los puestos de votación de menos de diez (10) mesas, las organizaciones políticas con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos, comités promotores del voto en blanco, y coaliciones, podrán tener hasta un (1) testigo electoral remanente o adicional.
2. En los puestos de votación de más de diez (10) mesas, hasta un diez por ciento (10%) de testigos electorales remanentes o adicionales. En caso de que el porcentaje arroje un resultado decimal, se aproxima al entero siguiente. (…)” Que, la acreditación de los testigos que actuarán en las mesas de votación y escrutinio corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión.
Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral
corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión. Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de Identificación - ANI, y procederá a la correspondiente acreditación mediante la publicación de Acto Administrativo suscrito por el Presidente del Consejo Nacional Electoral, el cual deberá contener el listado de los testigos electorales con la siguiente información: nombres completos, documento de identidad, organización política que representa, mesa(s) para la(s) que ha sido autorizado, o si es remanente. Que, el artículo sexto de la Resolución en cuestión, específica la manera en la que se identificarán los testigos electorales acreditados, que será con la presentación de la cédula o el documento que permita validar que esta se encuentra en trámite, adicionalmente deberá portar una credencial que, como mínimo, debe contener los nombres del ciudadano acreditado, el documento de identidad, agrupación política a la que representa, la(s) mesa(s) o la(s) comisión(es) en las que actuará, al igual que el código de verificación QR o similares que genere la herramienta tecnológica dispuesta para este fin. Las credenciales generadas podrán presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral,
presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Testigos Electorales de la agrupación política PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, ante las mesas de votación que se instalarán en el departamento AMAZONAS para las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026 a los siguientes ciudadanos: No.
CÉDULA DE
CIUDADANÍ
A
NOMBRES Y
APELLIDOS
DEPARTAM
ENTO MUNICIPIO ZONA
NOMBRE
DEL
PUESTO
TIPO DE
TESTIG
O
MESA (S)
1. 15886799
ALVARO
MUÑOZ PINTO
AMAZONA
S LETICIA 01
IE INEM
JOSE
EUSTAC
PRINCI
PAL 28 ZapSign 037ab05f-7cbe-472d-b318-a694263d00d6Página 3 de 5 Resolución Acreditación No. 2140 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. IO
RIVERA
2. 17325046
JAIRO
FAJARDO
BARRERO
AMAZONA
S LETICIA 02
IE SAGRA DO CORAZ ON DE JESUS REMA
NENTE 0
3. 20748986
MARIA DE
JESUS LEON
SALAMANC
A PEREZ
AMAZONA
S LETICIA 02
IE MARCE LIANO E.
CANYES
PRINCI
PAL 9
10. 66987464
LILIA
MAGDALEN
A
GONZALEZ
SCARPETT
A
AMAZONA
S LETICIA 02
IE SAGRA DO CORAZ ON DE JESUS
REMA NENTE 0 11. 79040202 LESMAR
MONROY
AMAZONA
S LETICIA 01 IE INEM
JOSE
PRINCI
PAL 19 ZapSign 037ab05f-7cbe-472d-b318-a694263d00d6Página 4 de 5 Resolución Acreditación No. 2140 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026.
IBAGUE
EUSTAC
IO
RIVERA
12. 83042633
JEINER
CAMPAÑA
PINEDA
AMAZONA
S LETICIA 02
IE SAGRA DO CORAZ ON DE JESUS
PRINCI
PAL 24
13. 87104609
YOHANY
SALAZAR
LOPEZ
AMAZONA
S LETICIA 02
IE SAGRA DO CORAZ ON DE JESUS REMA
NENTE 0
14. 100786311
3
KIMBERLI
MURAYARI
ALMEIDA
AMAZONA
S LETICIA 02
IE MARCE LIANO E.
CANYES
PRINCI
PAL 7
15. 112120926
4 ZAYDA
FAJARDO
BARRERO
AMAZONA
S LETICIA 02
IE SAGRA DO CORAZ ON DE JESUS REMA
NENTE 0
3. 20748986
MARIA DE
JESUS LEON
URREGO
AMAZONA
S LETICIA 01
IE INEM
JOSE
EUSTAC
IO
RIVERA
REMA
NENTE 0
4. 21873729
ALEXI SOTO
ACOSTA
AMAZONA
S LETICIA 01
IE INEM
JOSE
EUSTAC
IO
RIVERA
PRINCI PAL 7 5. 26636618 PRAXEDES
PEÑA
AMAZONA
S LETICIA 01
IE INEM
JOSE
EUSTAC
IO
RIVERA
PRINCI
PAL 15
6. 40177371
VILMA
FIGUEREO
REYES
AMAZONA
S LETICIA 01
IE INEM
JOSE
EUSTAC
IO
RIVERA
REMA
NENTE 0
7. 40670962
LADY
LORENA
SALAZAR
DA COSTA
AMAZONA
S LETICIA 02
IE SAGRA DO CORAZ ON DE JESUS
PRINCI PAL 1 8. 41058921 LUCELY
CORTES
AMAZONA
S LETICIA 02
IE SAGRA DO CORAZ ON DE JESUS
PRINCI
PAL 18
9. 66981542
BLANCA
MERY
SALAMANC
A PEREZ
AMAZONA
S LETICIA 02
IE MARCE LIANO E.
CANYES
PRINCI
PAL 9
10. 66987464
LILIA
MAGDALEN
A
GONZALEZ
14. 100786311
3
KIMBERLI
MURAYARI
ALMEIDA
AMAZONA
S LETICIA 02
IE MARCE LIANO E.
CANYES
PRINCI
PAL 7
15. 112120926
4 ZAYDA
PATRICIA
MILLAN
BERNAL
AMAZONA
S LETICIA 02
IE MARCE LIANO E.
CANYES
PRINCI
PAL 11
16. 112121572
7 ELKIN
RODRIGUE
Z VIERA
AMAZONA
S LETICIA 02
IE SAGRA DO CORAZ ON DE JESUS
PRINCI
PAL 17
ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a la siguiente agrupación política, acreditada
en el presente acto administrativo:
NO. ORGANIZACIÓN
POLÍTICA DIRECCIÓN SEDE CIUDAD SEDE MAIL
1 PARTIDO CENTRO
DEMOCRÁTICO Bogotá D.C. Bogotá D.C. elecciones@palomapresident e.com ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Delegado en lo Electoral y a la Delegación Departamental de AMAZONAS , al correo electrónico regdelenloelectoral@registraduria.gov.co, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.
ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado Civil, a la
ZapSign
Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.
ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado Civil, a la ZapSign 037ab05f-7cbe-472d-b318-a694263d00d6Página 5 de 5
Resolución Acreditación No. 2140 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. Policía Nacional, a las Organizaciones de Observación Electoral debidamente acreditadas, y al Ministerio Público, para su conocimiento y lo de su competencia.
ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el presente acto administrativo, en la página web del Consejo
Nacional Electoral, www.cne.gov.co. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en AMAZONAS, a los veintidós (22) días del mes de mayo de dos mil veintiseis (2026).
CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO
Presidente Vo.Bo. Presidencia Vo.Bo. José Antonio Parra Fandiño – Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información
Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario ZapSign 037ab05f-7cbe-472d-b318-a694263d00d6
Firmado digitalmente en ZapSign por