CNE - Resolución 2156 de 2026
Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 2156 de 2026
- Autor
- Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN ACREDITACIÓN No. 2156 de 2026 (22 de mayo) Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo quinto de la Resolución No. 09458 de 2025 del Consejo Nacional electoral, y CONSIDERANDO Que, el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 estableció que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco, podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación, quienes vigilarán el proceso de las votaciones, podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades. Que, el parágrafo del citado artículo facultó al Consejo Nacional Electoral para reglamentar las formas y los procedimientos de acreditación e identificación de testigos electorales y auditores. Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 09458 de 2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y
2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales que hayan inscrito candidatos a cargos o corporaciones públicas o promuevan el voto en blanco, así como los comités independientes de promotores del mismo, tienen derecho a estar representados durante los procesos de votación, a razón de un testigo por cada mesa de votación, de igual forma, establece que las coaliciones tendrán derecho a un testigo por cada mesa. Que, adicional a lo mencionado, el parágrafo del artículo primero de Resolución en cita establece que el testigo electoral podrá acreditarse para vigilar más de una mesa, pero en todo caso, en ninguna mesa de votación podrá actuar más de un testigo electoral por organización política, coalición o promoción del voto en blanco. Que, el artículo segundo del mencionado acto administrativo definió que la postulación de los testigos se deberá realizar mediante la herramienta tecnológica dispuesta por el Consejo Nacional Electoral para tal fin, presentando la relación de los ciudadanos postulados como testigos electorales, hasta las veintitrés con cincuenta y nueve (23:59) del domingo anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de
identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación. ZapSign 2381c9b2-40c5-422b-8d26-92c6cec5651dPágina 2 de 6 Resolución Acreditación No. 2156 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 09458 de 2025, expedida por esta Corporación, estableció que se podrán postular de la siguiente manera: “(…)1. En los puestos de votación de menos de diez (10) mesas, las organizaciones políticas con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos, comités promotores del voto en blanco, y coaliciones, podrán tener hasta un (1) testigo electoral remanente o adicional.
2. En los puestos de votación de más de diez (10) mesas, hasta un diez por ciento (10%) de testigos electorales remanentes o adicionales. En caso de que el porcentaje arroje un resultado decimal, se aproxima al entero siguiente. (…)” Que, la acreditación de los testigos que actuarán en las mesas de votación y escrutinio corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión.
Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales,
acto administrativo en alusión. Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de Identificación - ANI, y procederá a la correspondiente acreditación mediante la publicación de Acto Administrativo suscrito por el Presidente del Consejo Nacional Electoral, el cual deberá contener el listado de los testigos electorales con la siguiente información: nombres completos, documento de identidad, organización política que representa, mesa(s) para la(s) que ha sido autorizado, o si es remanente. Que, el artículo sexto de la Resolución en cuestión, específica la manera en la que se identificarán los testigos electorales acreditados, que será con la presentación de la cédula o el documento que permita validar que esta se encuentra en trámite, adicionalmente deberá portar una credencial que, como mínimo, debe contener los nombres del ciudadano acreditado, el documento de identidad, agrupación política a la que representa, la(s) mesa(s) o la(s) comisión(es) en las que actuará, al igual que el código de verificación QR o similares que genere la herramienta tecnológica dispuesta para este fin. Las credenciales generadas podrán presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral,
RESUELVE:
presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Testigos Electorales de la agrupación política PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, ante las mesas de votación que se instalarán en el departamento GUAVIARE para las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026 a los siguientes ciudadanos: No.
CÉDULA DE
CIUDADANÍ
A
NOMBRES Y
APELLIDOS
DEPARTAM
ENTO MUNICIPIO ZONA
NOMBRE
DEL
PUESTO
TIPO DE
TESTIG
O
MESA (S)
1. 35472458
DORIS REYES
CAMACHO
GUAVIAR
E CALAMAR 00
IE
CARLOS
MAURO REMA
NENTE 0
ZapSign 2381c9b2-40c5-422b-8d26-92c6cec5651dPágina 3 de 6 Resolución Acreditación No. 2156 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. HOYOS SEDE
PRIMAR
IA
2. 112267714
4
LUZ MARY
AGUIRRE
VALDES
GUAVIAR
E CALAMAR 00
IE
CARLOS
MAURO HOYOS SEDE
PRIMAR
IA REMA
NENTE 0
IA
2. 112267714
4
LUZ MARY
AGUIRRE
VALDES
GUAVIAR
E CALAMAR 00
IE
CARLOS
MAURO HOYOS SEDE
PRIMAR
IA REMA
NENTE 0
3. 18221532
JOSE
RAMIRO
QUICENO
GALLEGO
GUAVIAR
E EL
RETORNO 99 CERRIT
OS PRINCI PAL 1, 2
4. 18235261
ANGEL MARIA
RAMIREZ
GIL
GUAVIAR
E EL
RETORNO 00
PUESTO
CABECE
RA
MUNICI
PAL REMA
NENTE 0
5. 41213601
NELIDA
POSADA
FERNANDE
Z
GUAVIAR
E EL
RETORNO 00
PUESTO
CABECE
RA
MUNICI
PAL REMA
NENTE 0
6. 7232355
HECTOR
JOSE
VARGAS
FLORES
GUAVIAR
E
SAN JOSE
DEL
GUAVIAR
E 01 IE
ALFONS
O LOPEZ PUMAR EJO
PRINCIP
AL REMA
NENTE 0
7. 7249980
ALBEIRO
GOMEZ MEJIA
GUAVIAR
E
SAN JOSE
DEL
GUAVIAR
E 01 IE
ALFONS
O LOPEZ PUMAR EJO
PRINCIP
AL PRINCI PAL 1, 2
8. 7689352
LUIS
FELIPE
TELLO
CARRERA
GUAVIAR
E
SAN JOSE
DEL
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E 02
IE C.D.R.
PRINCIP
AL
PRINCI
PAL 13
8. 7689352
LUIS
FELIPE
TELLO
CARRERA
GUAVIAR
E
SAN JOSE
DEL
GUAVIAR
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IE C.D.R.
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AL
PRINCI
PAL 13
9. 18608932
GILBERTO
DE JESUS
PARRA
GUTIERRE
Z
GUAVIAR
E
SAN JOSE
DEL
GUAVIAR
E 02
IE JOSE
CELEST
INO MUTIS
PRINCIP
AL PRINCI PAL 1, 7 10. 20804320 MARY LUZ
GOMEZ
GUAVIAR
E
SAN JOSE
DEL 02 IE CDR
SD MI REMA
NENTE 0
ZapSign 2381c9b2-40c5-422b-8d26-92c6cec5651dPágina 4 de 6 Resolución Acreditación No. 2156 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026.
RAMIREZ GUAVIAR
E
PRIMER
A
ESCUEL
ITA
11. 21177847
ALCIRA
HERRERA
RODRIGUE
Z
GUAVIAR
E
SAN JOSE
DEL
GUAVIAR
E 01 IE
SANTAN
DER SD
DIVINO
NIÑO REMA
NENTE 0
12. 28589287
MARICELA
LUGO
GUTIERRE
Z
GUAVIAR
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SAN JOSE
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GUAVIAR
E 01 IE
SANTAN
DER
PRINCIP
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REMA
NENTE 0
12. 28589287
MARICELA
LUGO
GUTIERRE
Z
GUAVIAR
E
SAN JOSE
DEL
GUAVIAR
E 01 IE
SANTAN
DER
PRINCIP
AL REMA
NENTE 0
13. 30048589
CLEOFELIN
A VELASCO
ARIZA
GUAVIAR
E
SAN JOSE
DEL
GUAVIAR
E 02
IE JOSE
CELEST
INO MUTIS
PRINCIP
AL REMA
NENTE 0
14. 38070023
MARIA
YOLANDA
MESA
PALACIO
GUAVIAR
E
SAN JOSE
DEL
GUAVIAR
E 01 IE
SANTAN
DER
PRINCIP
AL REMA
NENTE 0
15. 39618536
EDITH
NOHEMI
VALLEJO
VELASQUE
Z
GUAVIAR
E
SAN JOSE
DEL
GUAVIAR
E 02 IE MANUE LA
BELTRA
N
PRINCIP
AL REMA
NENTE 0
16. 39681013
ANA MARIA
VELASCO
ARIZA
GUAVIAR
E
SAN JOSE
DEL
GUAVIAR
E 01 IE
SANTAN
DER
PRINCIP
AL
PRINCI
PAL 19
17. 39762614
LIGIA
ELIZABETH
VALDIVIES
O
SABOGAL
GUAVIAR
E
SAN JOSE
DEL
GUAVIAR
E 01 IE
ALFONS
O LOPEZ PUMAR EJO
PRINCIP
AL REMA
NENTE 0
18. 40778769
LUZ EDITH
ROJAS
CARDOZO
GUAVIAR
5
XIMENA
BELTRAN
DIAZ
GUAVIAR
E
SAN JOSE
DEL
GUAVIAR
E 02
IE CDR
SD MI
PRIMER
A
ESCUEL
ITA
PRINCI
PAL 2
28. 112056418
7
JHOHAN
STIVEN
ORTEGA
BELTRAN
GUAVIAR
E
SAN JOSE
DEL
GUAVIAR
E 01
IE JOSE
CELEST
INO MUTIS
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JORGE REMA
NENTE 0
ZapSign 2381c9b2-40c5-422b-8d26-92c6cec5651dPágina 6 de 6 Resolución Acreditación No. 2156 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026.
ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a la siguiente agrupación política, acreditada
en el presente acto administrativo:
NO. ORGANIZACIÓN
POLÍTICA DIRECCIÓN SEDE CIUDAD SEDE MAIL
1 PARTIDO CENTRO
DEMOCRÁTICO Bogotá D.C. Bogotá D.C. elecciones@palomapresident e.com ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Delegado en lo Electoral y a la Delegación Departamental de GUAVIARE , al correo electrónico
GUAVIAR
E 01 IE
ALFONS
O LOPEZ PUMAR EJO
PRINCIP
AL REMA
NENTE 0
18. 40778769
LUZ EDITH
ROJAS
CARDOZO
GUAVIAR
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SAN JOSE
DEL
GUAVIAR
E 01 IE
ALFONS
O LOPEZ PUMAR EJO
PRINCIP
AL PRINCI PAL 10, 11
ZapSign 2381c9b2-40c5-422b-8d26-92c6cec5651dPágina 5 de 6 Resolución Acreditación No. 2156 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026.
19. 41212964
OLIMPIA
MARTINEZ
MARTINEZ
GUAVIAR
E
SAN JOSE
DEL
GUAVIAR
E 01 IE
SANTAN
DER SD
DIVINO
NIÑO REMA
NENTE 0
20. 41243135
SANDY
YOHANA
VANEGAS
CORREA
GUAVIAR
E
SAN JOSE
DEL
GUAVIAR
E 02
IE C.D.R.
PRINCIP
AL REMA
NENTE 0
21. 41941019
ALEXANDR
A CORREA
VELOSA
GUAVIAR
E
SAN JOSE
DEL
GUAVIAR
E 01 IE
SANTAN
DER SD
DIVINO
NIÑO
PRINCI PAL 3 22. 51562853 GLADYS
HERREÑO
GUAVIAR
VELOSA
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DIVINO
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SANTAN
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20 DE JULIO REMA
NENTE 0
23. 52710714
JOHANA
MILENA
CASTRO
CASTRO
GUAVIAR
E
SAN JOSE
DEL
GUAVIAR
E 02
IE C.D.R.
PRINCIP
AL REMA
NENTE 0
24. 94281978
SIGIFREDO
MONTES
ALVAREZ
GUAVIAR
E
SAN JOSE
DEL
GUAVIAR
E 02 IE MANUE LA
BELTRA
N
PRINCIP
AL REMA
NENTE 0
25. 97610780
DIDIO
GUZMAN
GARCIA
GUAVIAR
E
SAN JOSE
DEL
GUAVIAR
E 01 IE
SANTAN
DER
PRINCIP
AL
PRINCI
PAL 12
26. 97612416
LUIS
EDUARDO
RODRIGUE
Z
MORALES
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E
SAN JOSE
DEL
GUAVIAR
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CELEST
INO MUTIS
PRINCIP
AL REMA
NENTE 0
27. 112056380
5
XIMENA
BELTRAN
DIAZ
GUAVIAR
E
SAN JOSE
DEL
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E 02
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SD MI
PRIMER
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ESCUEL
ITA
PRINCI
PAL 2
28. 112056418
ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Delegado en lo Electoral y a la Delegación Departamental de GUAVIARE , al correo electrónico
regdelenloelectoral@registraduria.gov.co, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.
ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado Civil, a la Policía Nacional, a las Organizaciones de Observación Electoral debidamente acreditadas, y al Ministerio Público, para su conocimiento y lo de su competencia.
ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el presente acto administrativo, en la página web del Consejo
Nacional Electoral, www.cne.gov.co. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en GUAVIARE, a los veintidós (22) días del mes de mayo de dos mil veintiseis (2026).
CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO
Presidente Vo.Bo. Presidencia Vo.Bo. José Antonio Parra Fandiño – Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información
Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario ZapSign 2381c9b2-40c5-422b-8d26-92c6cec5651d Firmado digitalmente en ZapSign por