CNE - Resolución 2209 de 2026
Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 2209 de 2026
- Autor
- Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN ACREDITACIÓN No. 2209 de 2026 (24 de mayo) Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política MOVIMIENTO POLÍTICO PACTO HISTÓRICO, que actuarán ante la comisión escrutadora general con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo 5 de la Resolución No. 09458 de 2025 del Consejo Nacional Electoral y, CONSIDERANDO Que, el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 estableció que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco, podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación, quienes vigilarán el proceso de las votaciones, podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades. Que, el parágrafo del citado artículo facultó al Consejo Nacional Electoral para reglamentar las formas y los procedimientos de acreditación e identificación de testigos electorales y auditores. Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 09458 de 2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral.
Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 09458 de 2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales que hayan inscrito candidatos a cargos o corporaciones públicas o promuevan el voto en blanco, así como los comités independientes de promotores del mismo, tienen derecho a estar representados durante los escrutinios, a razón de un testigo por cada comisión escrutadora general, de igual forma, establece que las coaliciones tendrán derecho a un testigo por comisión escrutadora. Que, adicional a lo mencionado, el parágrafo del artículo primero de Resolución en cita establece que el testigo electoral podrá acreditarse para vigilar más de una mesa o comisión escrutadora, pero en todo caso, en ninguna comisión escrutadora podrá actuar más de un testigo electoral por organización política, coalición o promoción del voto en blanco. Que, el artículo segundo del mencionado acto administrativo definió que la postulación de los testigos se deberá realizar mediante la herramienta tecnológica dispuesta por el Consejo Nacional Electoral para tal fin, presentando la relación de los ciudadanos postulados como testigos electorales, a más tardar a las veintitrés horas con cincuenta y nueve minutos (23:59) del domingo anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos,
electorales, a más tardar a las veintitrés horas con cincuenta y nueve minutos (23:59) del domingo anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, comisión(es) para la(s) que se hace la postulación. Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 09458 ZapSign 920bf351-66e7-4f44-9241-bd29f39fd272Página 2 Resolución No. 2209 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política MOVIMIENTO POLÍTICO PACTO HISTÓRICO, que actuarán ante la comision escrutadora general con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. de 2025, expedida por esta Corporación, estableció que se podrán postular de la siguiente manera: “(…) 3. En la comisión escrutadora, las organizaciones políticas con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos, comités promotores del voto en blanco, y coaliciones, podrán tener hasta un (1) testigo electoral remanente o adicional (…)” Que, la acreditación de los testigos que actuarán en la comisión escrutadora corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el acto administrativo en alusión. Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de Identificación - ANI, y procederá a
1098766078 NICOLAS FERNANDO
MARTINEZ SANDOVAL
SANTANDER REMANENTE Comisión General
92228547 CARLOS ALBERTO OLIVERA
GARCIA
SUCRE REMANENTE Comisión General
52238956 MARTHA LUCIA
HERNANDEZ RAMIREZ
TOLIMA REMANENTE Comisión General
1005691676 ANYI DANIELA ZAMORA
BRIÃEZ
TOLIMA PRINCIPAL Comisión General
16640012 ROBERTO ANDRES
VIVEROS QUIÑONES
VALLE REMANENTE Comisión General
7140702 MIGUEL FERNANDO BOVEA
MENDINUETA
VAUPES PRINCIPAL Comisión General
18388996 JHON JAIRO ECHEVERRI
QUICENO VAUPES REMANENTE Comisión General ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a la siguiente agrupación política acreditada en el ZapSign 920bf351-66e7-4f44-9241-bd29f39fd272Página 4 Resolución No. 2209 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política MOVIMIENTO POLÍTICO PACTO HISTÓRICO, que actuarán ante la comision escrutadora general con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. presente acto administrativo:
NO. ORGANIZACIÓN
POLÍTICA
DIRECCIÓN SEDE CIUDAD SEDE MAIL
1 MOVIMIENTO
POLÍTICO PACTO
HISTÓRICO
BOGOTÁ D.C. BOGOTÁ D.C. secretaria.pactohistorico @gmail.com ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de
realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de Identificación - ANI, y procederá a la correspondiente acreditación mediante Acto Administrativo suscrito por el Presidente del CNE, el cual deberá contener el listado de los testigos electorales con la siguiente información: nombres completos, documento de identidad, organización política que representa, comisión(es) para la(s) que ha sido autorizado, o si es remanente. Que, el artículo 6 de la Resolución en cuestión, específica la manera en la que se identificarán los testigos electorales acreditados, que será con la presentación de la cédula o el documento que permita validar que esta se encuentra en trámite, adicionalmente deberá portar una credencial que, como mínimo, debe contener los nombres del ciudadano acreditado, el documento de identidad, agrupación política a la que representa, la(s) mesa(s) o la(s) comisión(es) en las que actuará, al igual que el código de verificación QR o similares que genere la herramienta tecnológica dispuesta para este fin. Las credenciales generadas podrán presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Testigos Electorales de la agrupación política MOVIMIENTO POLÍTICO PACTO HISTÓRICO, ante la comision escrutadora general con
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Testigos Electorales de la agrupación política MOVIMIENTO POLÍTICO PACTO HISTÓRICO, ante la comision escrutadora general con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo
de 2026, a los siguientes ciudadanos:
CÉDULA DE
CIUDADANÍA
NOMBRES Y
APELLIDOS
DEPARTAME
NTO
TIPO DE
TESTIGO
COMISIÓN(ES)
ESCRUTADORA
(S)
80150556 ARGEMIRO JOSE RUIZ
ZAPATA
AMAZONAS REMANENTE Comisión General
1151959090 YINA MARCELA MONTIEL
RIVERA
AMAZONAS PRINCIPAL Comisión General
1042214513 MARIBEL AGUIRRE
GUTIERREZ
ANTIOQUIA REMANENTE Comisión General
17584941 ORLANDO IVAN CARRILLO ARAUCA REMANENTE Comisión General
32749368 JAZMIN CECILIA DE MOYA
MARQUEZ
ATLANTICO REMANENTE Comisión General
1001939830 KARINA MARCELA GOMEZ
MATOS ATLANTICO PRINCIPAL Comisión General ZapSign 920bf351-66e7-4f44-9241-bd29f39fd272Página 3 Resolución No. 2209 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política MOVIMIENTO POLÍTICO PACTO HISTÓRICO, que actuarán ante la comision escrutadora general con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026.
79278422 JIMY DARIO MILLAN
OCAMPO
actuarán ante la comision escrutadora general con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026.
79278422 JIMY DARIO MILLAN
OCAMPO
BOGOTA D.C. PRINCIPAL Comisión General
1002250364 SEBASTIAN YEPES RUIZ BOLIVAR REMANENTE Comisión General
19192461 RAMON DE JESUS GALVIS
RODRIGUEZ
BOYACA PRINCIPAL Comisión General
1117529958 SEBASTIAN TELLO
QUIMBAYA
CAQUETA REMANENTE Comisión General
9658320 GUSTAVO ALFREDO GOMEZ
GUERRA
CASANARE REMANENTE Comisión General
1063562536 EDWIN MARTINEZ NORIEGA CESAR REMANENTE Comisión General
1077424067 JORGE LUIS BORJA ZUÑIGA CHOCO REMANENTE Comisión General 41715937 CLARA INES CORDOBA DIAZ CONSULADOS PRINCIPAL CONSULADOS SUB 1 - INTERNACIONAL
49768852 ANA IMELDA GERARDINO
CARRANZA
CONSULADOS PRINCIPAL CONSULADOS SUB 3 - INTERNACIONAL
1000160448 YURY MARIANA CORTES
ANZOLA
CONSULADOS PRINCIPAL CONSULADOS SUB 8 - INTERNACIONAL
1000776678 SEBASTIAN MAURICIO
DELGADO GOMEZ
CONSULADOS PRINCIPAL CONSULADOS SUB 5 - INTERNACIONAL
1014210658 JESSICA PAOLA VARGAS
GUZMAN
CONSULADOS PRINCIPAL CONSULADOS SUB 2 - INTERNACIONAL
1073695540 ERIK DANIEL GARZON
CANTOR
CONSULADOS PRINCIPAL CONSULADOS SUB 4 - INTERNACIONAL
1085319459 MARIA JOSE ALARCON
ALBORNOZ
CONSULADOS PRINCIPAL CONSULADOS SUB 7 - INTERNACIONAL
1073695540 ERIK DANIEL GARZON
CANTOR
CONSULADOS PRINCIPAL CONSULADOS SUB 4 - INTERNACIONAL
1085319459 MARIA JOSE ALARCON
ALBORNOZ
CONSULADOS PRINCIPAL CONSULADOS SUB 7 - INTERNACIONAL 1152692447 PAOLA PULGARIN CANO CONSULADOS PRINCIPAL CONSULADOS SUB 6 - INTERNACIONAL
79505261 OMAR ROJAS CLAVIJO CUNDINAMARCA REMANENTE Comisión General
97611075 JESUS ALBERTO
HERNANDEZ BELTRAN
GUAVIARE REMANENTE Comisión General
55177518 DORA LEXY PASCUAS
LEGUIZAMO
HUILA PRINCIPAL Comisión General
1075313635 ALFREDO SILVA LOPEZ HUILA REMANENTE Comisión General
1085107290 NAETH YULIETH MERCADO
CAICEDO
MAGDALENA REMANENTE Comisión General
1123515134 MARCO EMILIO HERNANDEZ
RUEDA META REMANENTE Comisión General
27549925 LUZ AYDA VALLEJOS CAEZ NARIÑO REMANENTE Comisión General
13441172 LUIS ALBERTO ORTEGA
ROZO NORTE DE SAN REMANENTE Comisión General
1122783824 JEIMMY LORENA BURBANO
CONDA PUTUMAYO REMANENTE Comisión General
1094920705 BRYAN LEANDRO
HERNANDEZ ARROYAVE
QUINDIO REMANENTE Comisión General
4514988 CRISTIAN OCAMPO BUENO RISARALDA REMANENTE Comisión General
52057481 TONNEY GENE SALAZAR SAN ANDRES PRINCIPAL Comisión General
1098766078 NICOLAS FERNANDO
MARTINEZ SANDOVAL
SANTANDER REMANENTE Comisión General
92228547 CARLOS ALBERTO OLIVERA
GARCIA
SUCRE REMANENTE Comisión General
1 MOVIMIENTO
POLÍTICO PACTO
HISTÓRICO
BOGOTÁ D.C. BOGOTÁ D.C. secretaria.pactohistorico @gmail.com ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Delegado en lo Electoral, al correo electrónico regdelenloelectoral@registraduria.gov.co, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.
ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado Civil y a la Policía Nacional, para su conocimiento y lo de su competencia.
ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el presente acto administrativo, en la página web del Consejo
Nacional Electoral, www.cne.gov.co.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los veinticuatro (24) días del mes de mayo de dos mil veintiseis (2026).
CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO
Presidente Vo.Bo. Presidencia Vo.Bo. José Antonio Parra Fandiño – Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información
Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario ZapSign 920bf351-66e7-4f44-9241-bd29f39fd272
Firmado digitalmente en ZapSign por Cristian Ricardo Quiroz Romero Fecha: 24/05/2026 22:26:20.248 (UTC-0500)