CNE - Resolución 2241 de 2023
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 2241 de 2023
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN No. 2241 de 2023 (23 de marzo) Por la cual se asigna el número y duración de los espacios institucionales de divulgación política de los partidos y movimientos políticos, con personería jurídica vigente, en los servicios de Televisión del Estado para el periodo comprendido entre el 1° de abril de 2023 y el 31 de mayo de 2023, se ordena sortear su emisión y se reglamenta su utilización. EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los artículos 111 y 265 de la Constitución Política, y artículos 22, 23 y 25 de la Ley 130 de 1994.
CONSIDERANDO
1. Que el artículo 111 de la Constitución Política, establece que los partidos y movimientos políticos con personería jurídica tienen derecho a utilizar los medios de comunicación social que hagan uso del espectro electromagnético conforme a la ley, asimismo el numeral 10° del artículo 265 de la Constitución Política le confirió al Consejo Nacional Electoral la competencia para reglamentar la participación de los partidos y movimientos políticos en los medios de comunicación social de Estado.
2. Que el artículo 22 de la Ley 130 de 1994, dispone que los partidos, movimientos y candidatos a cargos de elección popular podrán hacer divulgación política y propaganda electoral por los medios de comunicación, en los términos allí consagrados; mientras que el artículo 23 ibídem, establece: “Entiéndase por divulgación política la que con carácter institucional realicen los partidos, movimientos, con el fin de difundir y promover los principios, programas y realizaciones
de los partidos y movimientos, así como sus políticas frente a los diversos asuntos de interés nacional. Mediante este tipo de publicidad no se podrá buscar apoyo electoral para los partidos o movimientos. La divulgación así definida podrá realizarse en cualquier tiempo.”
3. Que de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 130 de 1994, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica tendrán derecho a acceder gratuitamente a los medios de comunicación social del Estado, en forma permanente, con el fin de realizar programas institucionales de divulgación política.
4. Que conforme al inciso tercero del artículo 25 de la Ley 130 de 1994, el Consejo Nacional Electoral: “(…) previo concepto del Consejo Nacional de Televisión o el organismo que haga sus veces, establecerá el número y duración de los espacios indicados atrás y reglamentara la utilización de los mismos, en forma que se garantice el respeto a las instituciones y a la honra de las personas. (…)”.
5. Que de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 25 de la Ley 130 de 1994, para la distribución del 60%, más residuo de los espacios a que se refiere el numeral 1° ibídem, se debe tener en cuenta la representación que tienen los partidos o movimientos, con personería jurídica, en la Cámara de Representantes.
Resolución No. 2241 de 2023 Página 2 de 15 Por la cual se asigna el número y duración de los espacios institucionales de divulgación política de los partidos y movimientos políticos, con personería jurídica vigente, en los servicios de Televisión del Estado para el periodo
comprendido entre el 1° de abril de 2023 y el 31 de mayo de 2023, se ordena sortear su emisión y se reglamenta su utilización.
6. Que el Consejo Nacional Electoral, dando alcance a lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 130 de 1994, considera que el 40% restante de los espacios institucionales de divulgación política, debe ser distribuido de manera igualitaria entre los partidos y movimientos políticos que tengan personería jurídica vigente. Por consiguiente, este Órgano Electoral, solicitó concepto previo a la Comisión de Regulación de Comunicaciones, y a su vez al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, entidades que asumieron las funciones de la Autoridad Nacional de Televisión -ANTV-, por medio del artículo 18 de la Ley 1341 y modificada por el artículo 14 de la Ley 1978. En efecto, la CRC consideró: “(…) nos permitimos informar que de acuerdo con la Ley 1978 de 2019, modificatoria de la Ley 1341 de 2009, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), es la entidad responsable de clasificar y regular las condiciones de operación y explotación del servicio público de televisión en materia de contenidos de la programación, por lo cual es la autoridad competente para dar trámite a las solicitudes, tanto de Mensajes Cívicos, como de Espacios Institucionales, que buscan informar a la ciudadanía de asuntos de interés público, y la programación y emisión de los mismos (…) le informamos que en la Sección 10 del Capítulo 4 del Título XVI de la Resolución CRC 5050 de 2016, se reglamenta la emisión de los espacios institucionales en todos los
niveles de cubrimiento del servicio público de Televisión abierta; así las cosas, en concordancia con el numeral 1° del artículo 25 de la Ley 130 de 1994 el regulador ha previsto que forman parte de los espacios institucionales, entre otros, aquellos destinados a la transmisión de los mensajes de los partidos y movimientos políticos de conformidad con los reglamentos que expida la CRC y el Consejo Nacional Electoral. (…) la citada resolución se establece entre los espacios institucionales especiales, aquellos destinados por la Ley para los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, señalando que estos deberán radiodifundirse de lunes a viernes, en todos los canales de televisión abierta en el horario comprendido entre las 19:00 y las 19:02 horas. (…) se indica que los programas de divulgación política a los que se refiere el numeral primero del artículo 25 de la Ley 130 de 1994, se deben ser presentados en el horario comprendido entre las 19:00 y las 19:02 horas, de lunes a viernes en todos los niveles de cubrimiento de servicio de televisión abierta; sin perjuicio de la reglamentación especial que se adopte frente a los numerales 2, 3 y 4 de la citada norma. (…)”
7. Que el Consejo Nacional Electoral para efectos del sorteo objeto de esta Resolución; con base en la información de Mintic, conformó los siguientes grupos de canales:
GRUPO N° 1: CANAL PRIVADO RCN.
GRUPO N° 2: CANAL PRIVADO CARACOL.
GRUPO N° 3: CANAL PÚBLICO UNO.
GRUPO N° 4: CANAL PÚBLICO INSTITUCIONAL.
GRUPO N° 5: CANAL PÚBLICO SEÑAL COLOMBIA.
GRUPO N° 6: CANALES REGIONALES Y LOCALES:
(TELECAFÉ, TELECARIBE, TELEPACIFICO, TELEANTIOQUIA, CANAL REGIONAL
DE ORIENTE, CANAL REGIONAL TELEISLAS, CANAL CAPITAL, CANAL 13).
GRUPO N° 7: CANAL LOCAL CON ÁNIMO DE LUCRO CITY TV.
GRUPO N° 8: CANALES COMUNITARIOS, SIN ÁNIMO DE LUCRO, Y CANALES
LOCALES DE TELEVISIÓN SIN ÁNIMO DE LUCRO.
8. Que el Consejo Nacional Electoral atendiendo a las normas ya aludidas, y al concepto previo trascrito, considera necesario sortear los espacios a que se refiere la presente resolución en los grupos de canales previstos, con fundamento en lo siguiente: Resolución No. 2241 de 2023 Página 3 de 15
Por la cual se asigna el número y duración de los espacios institucionales de divulgación política de los partidos y movimientos políticos, con personería jurídica vigente, en los servicios de Televisión del Estado para el periodo comprendido entre el 1° de abril de 2023 y el 31 de mayo de 2023, se ordena sortear su emisión y se reglamenta su utilización.
I. RELACIÓN DE PARTIDOS Y MOVIMIENTOS POLÍTICOS CON PERSONERÍA
JURÍDICA.
De conformidad con la certificación expedida por la Asesoría de Inspección y Vigilancia del Consejo Nacional Electoral, y lo dispuesto por los Honorables Magistrados en Sala Plena los partidos y movimientos políticos con personería jurídica vigente, a la fecha de aprobación de
esta resolución, son los siguientes:
No. MOVIMIENTO O PARTIDO POLÍTICO
1 PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO
2 PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO
3 PARTIDO CAMBIO RADICAL
4 PARTIDO ALIANZA VERDE
5 MOVIMIENTO AUTORIDADES INDÍGENAS DE COLOMBIA "AICO”
6 PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE "ASI" 7 PARTIDO POLÍTICO MIRA 8 PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE - PARTIDO DE LA “U”
9 PARTIDO POLO DEMOCRÁTICO ALTERNATIVO
10 PARTIDO UNIÓN PATRIÓTICA "UP”
11 PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO
12 MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL "MAIS"
13 PARTIDO COMUNES
14 PARTIDO COLOMBIA JUSTA LIBRES
15 PARTIDO COLOMBIA RENACIENTE
16 MOVIMIENTO ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA “A.D.A”
17 PARTIDO POLÍTICO DIGNIDAD
18 MOVIMIENTO POLÍTICO COLOMBIA HUMANA
19 PARTIDO NUEVO LIBERALISMO
20 MOVIMIENTO DE SALVACIÓN NACIONAL
21 PARTIDO VERDE OXIGENO
22 PARTIDO COMUNISTA COLOMBIANO
23 PARTIDO LIGA DE GOBERNANTES ANTICORRUPCIÓN - LIGA
24 PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO
25 PARTIDO ECOLOGISTA COLOMBIANO
26 PARTIDO POLÍTICO LA FUERZA DE LA PAZ
27 MOVIMIENTO FUERZA CIUDADANA
28 AGRUPACIÓN POLÍTICA EN MARCHA
29 MOVIMIENTO NUEVA FUERZA DEMOCRÁTICA
30 MOVIMIENTO ESPERANZA, PAZ Y LIBERTAD1
31 AGRUPACIÓN POLÍTICA INDEPENDIENTES2 1 La Resolución No. 1544 de 2023 otorga personería jurídica. Su inscripción en el Registro Único de Partidos y Movimientos Políticos se encuentra condicionada al cumplimiento de los requisitos establecidos en la precitada Resolución. 2 La Resolución No. 1545 de 2023 otorga personería jurídica. Su inscripción en el Registro Único de Partidos y Movimientos Políticos se encuentra condicionada al cumplimiento de los requisitos establecidos en la precitada Resolución. Resolución No. 2241 de 2023 Página 4 de 15 Por la cual se asigna el número y duración de los espacios institucionales de divulgación política de los partidos y movimientos políticos, con personería jurídica vigente, en los servicios de Televisión del Estado para el periodo comprendido entre el 1° de abril de 2023 y el 31 de mayo de 2023, se ordena sortear su emisión y se reglamenta su utilización.
II. DISTRIBUCIÓN DE LOS SEGMENTOS DE ESPACIOS INSTITUCIONALES DE DIVULGACIÓN POLÍTICA EN TELEVISIÓN: PERÍODO 1° DE ABRIL DE 2023 AL
31 DE MAYO DE 2023.
Que la presente resolución regulará la distribución del primer segmento de espacios institucionales de divulgación política, para el periodo comprendido entre el 1° de abril de 2023 y el 31 de mayo de 2023, equivalente a 39 días hábiles y a 312 espacios, según la asignación que previó en su momento la Comisión Nacional de Televisión, y hoy en funciones, el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones. En consecuencia:
a. Distribución del 40% de los espacios: Que todos los partidos y movimientos políticos con personería jurídica tienen derecho al 40% de dichos espacios que corresponde a 124, con lo cual el número de intervenciones correspondientes a ese porcentaje es el siguiente: 40 %
No. MOVIMIENTO O PARTIDO POLÍTICO
Automático
1 PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO 4
2 PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO 4
3 PARTIDO CAMBIO RADICAL 4
4 PARTIDO ALIANZA VERDE 4 5 MOVIMIENTO AUTORIDADES INDÍGENAS DE COLOMBIA "AICO” 4 6 PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE "ASI" 4 7 PARTIDO POLÍTICO MIRA 4 8 PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE - PARTIDO DE LA U 4 9 PARTIDO POLO DEMOCRÁTICO ALTERNATIVO 4 10 PARTIDO UNIÓN PATRIÓTICA "UP” 4
11 PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO 4 12 MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL "MAIS" 4 13 PARTIDO COMUNES 4
14 PARTIDO COLOMBIA JUSTA LIBRES 4 15 PARTIDO COLOMBIA RENACIENTE 4 16 MOVIMIENTO ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA “A.D.A” 4
17 PARTIDO POLÍTICO DIGNIDAD 4
18 MOVIMIENTO POLÍTICO COLOMBIA HUMANA 4
19 PARTIDO NUEVO LIBERALISMO 4
20 MOVIMIENTO DE SALVACIÓN NACIONAL 4
21 PARTIDO VERDE OXIGENO 4
22 PARTIDO COMUNISTA COLOMBIANO 4
23 PARTIDO LIGA DE GOBERNANTES ANTICORRUPCIÓN - LIGA 4
24 PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO 4
25 PARTIDO ECOLOGISTA COLOMBIANO 4
26 PARTIDO POLÍTICO LA FUERZA DE LA PAZ 4
27 MOVIMIENTO FUERZA CIUDADANA 4
28 AGRUPACIÓN POLÍTICA EN MARCHA 4
29 MOVIMIENTO NUEVA FUERZA DEMOCRÁTICA 4
30 MOVIMIENTO ESPERANZA, PAZ Y LIBERTAD 4
31 AGRUPACIÓN POLÍTICA INDEPENDIENTES 4
Resolución No. 2241 de 2023 Página 5 de 15 Por la cual se asigna el número y duración de los espacios institucionales de divulgación política de los partidos y movimientos políticos, con personería jurídica vigente, en los servicios de Televisión del Estado para el periodo comprendido entre el 1° de abril de 2023 y el 31 de mayo de 2023, se ordena sortear su emisión y se reglamenta su utilización. 40 %
No. MOVIMIENTO O PARTIDO POLÍTICO
Automático
SUBTOTAL 124
RESIDUO ASIGNACIÓN MANUAL 0
TOTAL, GENERAL 124
Que los espacios adicionales que no pueden ser repartidos en proporción exacta entre los anteriores partidos, deberán ser sorteados al azar manualmente, entre los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica vigente. b. Distribución del 60% de los espacios: Que para la distribución del 60% restante, que corresponde a 187 espacios, se tuvo en consideración la representación que tienen los partidos o movimientos con personería jurídica, en la Cámara de Representantes periodo 2022-2026, conforme a lo previsto en los artículos
108 de la Constitución Política y 25 de la Ley 130 de 1994, cuya distribución es la siguiente: 60 %
No. MOVIMIENTO O PARTIDO POLÍTICO
Automático
1 PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO 36
2 PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO 29
3 PARTIDO CAMBIO RADICAL 20
4 PARTIDO ALIANZA VERDE 16 5 MOVIMIENTO AUTORIDADES INDÍGENAS DE COLOMBIA "AICO” 0 6 PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE "ASI" 0 7 PARTIDO POLÍTICO MIRA 1 8 PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE - PARTIDO DE LA U 16 9 PARTIDO POLO DEMOCRÁTICO ALTERNATIVO 12 10 PARTIDO UNIÓN PATRIÓTICA "UP” 1
11 PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO 16 12 MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL "MAIS" 4 13 PARTIDO COMUNES 5
14 PARTIDO COLOMBIA JUSTA LIBRES 0 15 PARTIDO COLOMBIA RENACIENTE 1 16 MOVIMIENTO ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA “A.D.A” 0
17 PARTIDO POLÍTICO DIGNIDAD 1
18 MOVIMIENTO POLÍTICO COLOMBIA HUMANA 12
19 PARTIDO NUEVO LIBERALISMO 2
20 MOVIMIENTO DE SALVACIÓN NACIONAL 0
21 PARTIDO VERDE OXIGENO 1
22 PARTIDO COMUNISTA COLOMBIANO 0
23 PARTIDO LIGA DE GOBERNANTES ANTICORRUPCIÓN - LIGA 3
24 PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO 1
25 PARTIDO ECOLOGISTA COLOMBIANO 1
26 PARTIDO POLÍTICO LA FUERZA DE LA PAZ 1
27 MOVIMIENTO FUERZA CIUDADANA 1
28 AGRUPACIÓN POLÍTICA EN MARCHA 0
29 MOVIMIENTO NUEVA FUERZA DEMOCRÁTICA 0
30 MOVIMIENTO ESPERANZA, PAZ Y LIBERTAD 0
31 AGRUPACIÓN POLÍTICA INDEPENDIENTES 1
Resolución No. 2241 de 2023 Página 6 de 15 Por la cual se asigna el número y duración de los espacios institucionales de divulgación política de los partidos y movimientos políticos, con personería jurídica vigente, en los servicios de Televisión del Estado para el periodo comprendido entre el 1° de abril de 2023 y el 31 de mayo de 2023, se ordena sortear su emisión y se reglamenta su utilización. 60 %
No. MOVIMIENTO O PARTIDO POLÍTICO
Automático
SUBTOTAL 181
RESIDUO ASIGNACIÓN MANUAL 6
TOTAL, GENERAL 187
9. Que dentro de las curules que se tuvieron en cuenta para realizar esta distribución de espacios institucionales para la divulgación política de los partidos y agrupaciones, se tuvieron en cuenta las 11 coaliciones que certificaron tanto la Registraduría Nacional del Estado CivilGestión Electoralcomo la Secretaria General de la Cámara de Representantes del Congreso de la República, así: Organizaciones con Representación en la Cámara de Número de Representantes curules
1. PACTO HISTÓRICO (COLOMBIA HUMANA, UNION PATRIÓTICA, 28
POLO DEMOCRÁTICO ALTERNATIVO - MOVIMIENTO
ALTERNATIVO, INDÍGNA Y SOCIAL, ALIANZA DEMOCRÁTICA
AMPLIA)
2. PACTO HISTÓRICO - PARTIDO ALIANZA VERDE 2
3. PARTIDO ALTERNATIVOS (ALIANZA VERDE) 2
4. CENTRO ESPERANZA (DIGNIDAD – PARTIDO VERDE OXIGENO) 2
5. PARTIDO CAMBIO RADICAL – PARTIDO POLÍTICO MIRA 1
6. PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO – PARTIDO CENTRO 1
DEMOCRÁTICO
7. PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO – PARTIDO DE LA U 1
8. PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO - COLOMBIA JUSTA LIBRES 1
9. PARTIDO CAMBIO RADICAL - COLOMBIA JUSTA LIBRES - 1
PARTIDO POLITICO MIRA
10.PARTIDO POLITICO MIRA - COLOMBIA JUSTA LIBRES 1
11.PARTIDO COALICIÓN JUNTOS POR CALDAS (PARTIDO NUEVO 1
LIBERALISMO)
10. Qué para el caso de la Coalición de Pacto Histórico, se detallan cada uno de los congresistas especificando el partido o movimiento al que pertenecen, conforme a lo certificado por la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil: Nombre Partido o movimiento político Circunscripción
Argote Calderón Etna Tamara POLO DEMOCRÁTICO ALTERNATIVO Bogotá D.C. Arizabaleta Corral Gloria MOVIMIENTO ALIANZA DEMOCRATICA Valle
Elena AMPLIA "ADA"
Bastidas Rosero Jorge MOVIMIENTO POLÍTICO COLOMBIA Cauca Hernán HUMANA Becerra Yáñez Gabriel UNIÓN PATRIOTICA “UP” Bogotá D.C. Caicedo Angulo Cristóbal POLO DEMOCRATICO ALTERNATIVO Valle
Cancimance López Jorge MOVIMIENTO POLÍTICO COLOMBIA Putumayo Andrés HUMANA Carrascal Rojas María MOVIMIENTO POLÍTICO COLOMBIA Bogotá D.C. Fernanda HUMANA
MOVIMIENTO POLÍTICO COLOMBIA
Escaf Tijerino Agmeth José Atlántico
HUMANA
MOVIMIENTO POLÍTICO COLOMBIA
Gómez Castaño Susana Antioquia HUMANA Resolución No. 2241 de 2023 Página 7 de 15 Por la cual se asigna el número y duración de los espacios institucionales de divulgación política de los partidos y movimientos políticos, con personería jurídica vigente, en los servicios de Televisión del Estado para el periodo comprendido entre el 1° de abril de 2023 y el 31 de mayo de 2023, se ordena sortear su emisión y se reglamenta su utilización. Nombre Partido o movimiento político Circunscripción Hernández Palomino Dorina POLO DEMOCRATICO ALTERNATIVO Bolívar
MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA
Landinez Suárez Heráclito Bogotá D.C.
Y SOCIAL "MAIS"
Mondragón Garzón Alfredo POLO DEMOCRATICO ALTERNATIVO Valle Munera Medina Luz María POLO DEMOCRATICO ALTERNATIVO Antioquia Ocampo Giraldo Jorge
POLO DEMOCRATICO ALTERNATIVO Valle
Alejandro Parrado Durán Gabriel
POLO DEMOCRATICO ALTERNATIVO Meta
Ernesto Perdomo Gutiérrez Mary MOVIMIENTO POLÍTICO COLOMBIA Santander Anne Andrea HUMANA
MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA
Pete Vivas Ermes Evelio Cauca
Y SOCIAL "MAIS"
MOVIMIENTO POLÍTICO COLOMBIA
Pizarro García María del Mar Bogotá D.C.
HUMANA
Racero Mayorca David MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Bogotá D.C. Ricardo Y SOCIAL "MAIS" Ramírez Boscán Carmen MOVIMIENTO POLÍTICO COLOMBIA Internacional Felisa HUMANA Rincón Trujillo Leyla Marleny POLO DEMOCRATICO ALTERNATIVO Huila Sarmiento Hidalgo Eduard
POLO DEMOCRATICO ALTERNATIVO Cundinamarca
Giovanny
MOVIMIENTO POLÍTICO COLOMBIA
Suárez Vacca Pedro José Boyacá
HUMANA
Tejada Echeverri José MOVIMIENTO POLÍTICO COLOMBIA Valle Alberto HUMANA Toro Ramírez David MOVIMIENTO POLÍTICO COLOMBIA Antioquia Alejandro HUMANA Uribe Muñoz Alirio POLO DEMOCRATICO ALTERNATIVO Bogotá D.C. Vásquez Ochoa Leider MOVIMIENTO POLÍTICO COLOMBIA Cundinamarca Alexandra HUMANA Velasco Burbano Erick Adrian POLO DEMOCRATICO ALTERNATIVO Nariño
11. Que para el caso de la Coalición de Pacto Histórico – Partido Alianza Verde, se detallan cada uno de los congresistas especificando el partido o movimiento al que pertenecen, conforme a lo certificado por la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil: Nombre Partido o movimiento político Circunscripción
Jurado Alfonso Martha Lisbeth PARTIDO ALIANZA VERDE Tolima Osorio Marín Santiago PARTIDO ALIANZA VERDE Caldas
12. Que para el caso de la Coalición Partido Alternativos – Risaralda, se detallan cada uno de los congresistas especificando el partido o movimiento al que pertenecen, conforme a lo certificado por la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil: Nombre Partido o movimiento político Circunscripción
García Ríos Alejandro PARTIDO ALIANZA VERDE Risaralda Giraldo Botero Carolina PARTIDO ALIANZA VERDE Risaralda
13. Que para el caso de la Coalición de Centro Esperanza – Bogotá, se detallan cada uno de los congresistas especificando el partido o movimiento al que pertenecen, conforme a lo certificado por la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil: Resolución No. 2241 de 2023 Página 8 de 15
Por la cual se asigna el número y duración de los espacios institucionales de divulgación política de los partidos y movimientos políticos, con personería jurídica vigente, en los servicios de Televisión del Estado para el periodo comprendido entre el 1° de abril de 2023 y el 31 de mayo de 2023, se ordena sortear su emisión y se reglamenta su utilización. Nombre Partido o movimiento político Circunscripción Pedraza Sandoval Jennifer Dalley PARTIDO DIGNIDAD Bogotá D.C.
14. Que para el caso de la Coalición de Centro Esperanza – Antioquia, se detallan cada uno de los congresistas especificando el partido o movimiento al que pertenecen, conforme a lo certificado por la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil: Nombre Partido o movimiento político Circunscripción
Carvalho Mejía Daniel PARTIDO VERDE OXIGENO Antioquia
15. Que para el caso de la Coalición Partido Cambio Radical – Partido Político Mira, se detallan cada uno de los congresistas especificando el partido o movimiento al que pertenecen, conforme a lo certificado por la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil: Nombre Partido o movimiento político Circunscripción
Campo Hurtado Oscar Rodrigo PARTIDO CAMBIO RADICAL Cauca
16. Que para el caso de la Coalición Partido Conservador Colombiano – Partido Centro Democrático, se detallan cada uno de los congresistas especificando el partido o movimiento al que pertenecen, conforme a lo certificado por la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil: Nombre Partido o movimiento político Circunscripción
Suárez Chadid Luis David PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO Sucre
17. Que para el caso de la Coalición Partido Conservador Colombiano – Partido de la U, se detallan cada uno de los congresistas especificando el partido o movimiento al que pertenecen, conforme a lo certificado por la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil: Nombre Partido o movimiento político Circunscripción
Wills Ospina Juan Carlos PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO Bogotá
18. Que para el caso de la Coalición de Partido Liberal Colombiano - Colombia Justa Libres, se detallan cada uno de los congresistas especificando el partido o movimiento al que pertenecen, conforme a lo certificado por la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil: Nombre Partido o movimiento político Circunscripción
Quintero Ovalle Carlos Felipe PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO Cesar
19. Que para el caso de la Coalición de Partido Cambio Radical Colombia Justa LibresPartido Político Mira, se detallan cada uno de los congresistas especificando el partido o movimiento al que pertenecen, conforme a lo certificado por la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil: Nombre Partido o movimiento político Circunscripción Parodi Díaz Mauricio PARTIDO CAMBIO RADICAL Antioquia Resolución No. 2241 de 2023 Página 9 de 15
Por la cual se asigna el número y duración de los espacios institucionales de divulgación política de los partidos y movimientos políticos, con personería jurídica vigente, en los servicios de Televisión del Estado para el periodo comprendido entre el 1° de abril de 2023 y el 31 de mayo de 2023, se ordena sortear su emisión y se reglamenta su utilización.
20. Que para el caso de la Coalición Partido Político Mira - Colombia Justa Libres, se detallan cada uno de los congresistas especificando el partido o movimiento al que pertenecen, conforme a lo certificado por la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil: Nombre Partido o movimiento político Circunscripción
Herrera Rodríguez Irma Luz PARTIDO POLÍTICO MIRA Bogotá
21. Que, para el caso de la Coalición Partido Coalición Juntos Por Caldas, se detallan cada uno de los congresistas especificando el partido o movimiento al que pertenecen, conforme a lo certificado por la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil: Nombre Partido o movimiento político Circunscripción
Gómez González Juan Sebastián PARTIDO NUEVO LIBERALISMO Caldas
22. Que, para establecer cuántos espacios corresponden a cada partido o movimiento político con personería jurídica en razón de este 60%, se obtendrá el porcentaje de curules que logró cada uno de estos en relación con el total de escaños obtenidos por estas agrupaciones políticas, a las que se le asignará el número de espacios equivalentes a este mismo porcentaje respecto del total a repartir por este concepto, de acuerdo a las siguientes operaciones
matemáticas: No. MOVIMIENTO O PARTIDO TOTAL, TOTAL, % CURULES POLÍTICO REPRESENTES CURULES POR PARTIDO 1 PARTIDO LIBERAL 33 170 19,4117647% COLOMBIANO 2 PARTIDO CONSERVADOR 27 170 15,8823529% COLOMBIANO 3 PARTIDO CAMBIO RADICAL 19 170 11,1764706% 4 PARTIDO ALIANZA VERDE 15 170 8,8235294% 5 MOVIMIENTO AUTORIDADES 0 170 0,0000000%
INDÍGENAS DE COLOMBIA "AICO" 6 PARTIDO ALIANZA SOCIAL 0 170 0,0000000% INDEPENDIENTE "ASI" 7 PARTIDO POLÍTICO MIRA 1 170 0,5882353%
8 PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA 15 170 8,8235294% GENTE - PARTIDO DE LA U 9 PARTIDO POLO DEMOCRÁTICO 11 170 6,4705882% ALTERNATIVO 10 PARTIDO UNIÓN PATRIÓTICA 1 170 0,5882353% "UP" 11 PARTIDO CENTRO 15 170 8,8235294%
DEMOCRÁTICO 12 MOVIMIENTO ALTERNATIVO 4 170 2,3529412% INDÍGENA Y SOCIAL "MAIS" 13 PARTIDO COMUNES 5 170 2,9411765% 14 PARTIDO COLOMBIA JUSTA 0 170 0,0000000% LIBRES 15 PARTIDO COLOMBIA 1 170 0,5882353% RENACIENTE Resolución No. 2241 de 2023 Página 10 de 15 Por la cual se asigna el número y duración de los espacios institucionales de divulgación política de los partidos y movimientos políticos, con personería jurídica vigente, en los servicios de Televisión del Estado para el periodo comprendido entre el 1° de abril de 2023 y el 31 de mayo de 2023, se ordena sortear su emisión y se reglamenta su utilización. 16 MOVIMIENTO ALIANZA 0 170 0,0000000% DEMOCRÁTICA AMPLIA 17 PARTIDO POLÍTICO DIGNIDAD 1 170 0,5882353% 18 MOVIMIENTO POLÍTICO 11 170 6,4705882% COLOMBIA HUMANA 19 PARTIDO NUEVO LIBERALISMO 2 170 1,1764706% 20 MOVIMIENTO SALVACIÓN 0 170 0,0000000% NACIONAL 21 PARTIDO VERDE OXÍGENO 1 170 0,5882353% 22 PARTIDO COMUNISTA 0 170 0,0000000% COLOMBIANO PARTIDO LIGA DE 3 170 1,7647059%
23 GOBERNANTES
ANTICORRUPCIÓN - LIGA
24 PARTIDO DEMÓCRATA 1 170 0,5882353% COLOMBIANO 25 PARTIDO ECOLOGISTA 1 170 0,5882353% COLOMBIANO 26 PARTIDO POLÍTICO LA FUERZA 1 170 0,5882353% DE LA PAZ 27 MOVIMIENTO FUERZA 1 170 0,5882353% CIUDADANA 28 AGRUPACIÓN POLÍTICA EN 0 170 0,0000000% MARCHA 29 MOVIMIENTO NUEVA FUERZA 0 170 0,0000000% DEMOCRÁTICA 30 MOVIMIENTO ESPERANZA, PAZ 0 170 0,0000000% Y LIBERTAD 31 AGRUPACIÓN POLÍTICA 1 170 0,5882353%
INDEPENDIENTES
23. Que, de otra parte, para efectos de esta distribución, se tendrá en cuenta la curul de Ana Rogelia Monsalve Álvarez, obtenida por Consejo Comunitario Palenque de la Vereda las Trescientas y del Municipio de Galapa, que posteriormente, se convirtió en el Partido
Demócrata Colombiano.
24. Que, asimismo, para efectos de esta distribución, se tendrá en cuenta la curul de Miguel Abraham Polo Polo, obtenida por Consejo Comunitario “Fernando Ríos Hidalgo – ELEGUA”, que posteriormente, se convirtió en el Partido Ecologista Colombiano.
25. Por otra parte, se tendrá en cuenta la curul de Gloria Elena Arizabaleta Corral, obtenida por el Movimiento Alianza Democrática Amplia “A.D.A.”, para el Partido Político LA FUERZA
DE LA PAZ.
Lo anterior, teniendo en cuenta los oficios de comunicación del día 11 de enero de 2023, del doctor PAULINO RIASCOS RIASCOS Representantes Legal del Movimiento Alianza Democrática Amplia “A.D.A.”, y Secretario General del Partido Político LA FUERZA DE LA PAZ, doctor VICTOR HUGO GOLU MONTENEGRO, dentro del marco de la escisión de los mismos. Resolución No. 2241 de 2023 Página 11 de 15 Por la cual se asigna el número y duración de los espacios institucionales de divulgación política de los partidos y movimientos políticos, con personería jurídica vigente, en los servicios de Televisión del Estado para el periodo comprendido entre el 1° de abril de 2023 y el 31 de mayo de 2023, se ordena sortear su emisión y se reglamenta su utilización.
26. Que, igualmente, para efectos de esta distribución, se tendrá en cuenta la curul de David Alejandro Toro Ramírez, obtenida por la coalición Pacto Histórico – Movimiento Colombia
Humana-, para la AGRUPACIÓN POLÍTICA INDEPENDIENTES.
Lo anterior, teniendo en cuenta certificación allegada por el señor Gabriel Becerra Yañez coordinador nacional del Pacto Histórico en la que manifiesta que (…) el Representante a la Cámara DAVID ALEJANDRO TORO RAMÍREZ, hacen parte del Movimiento INDEPENDIENTES y que el mencionado movimiento hace parte de las organizaciones políticas fundadoras de la Coalición.
27. Que, con base en lo anterior, el número de intervenciones correspondientes al 60% es el
siguiente:
TOTAL,
No. MOVIMIENTO O PARTIDO POLÍTICO ESPACIOS 60
%
1 PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO 36
2 PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO 29
3 PARTIDO CAMBIO RADICAL 20
4 PARTIDO ALIANZA VERDE 16 5 MOVIMIENTO AUTORIDADES INDÍGENAS DE COLOMBIA "AICO” 0 6 PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE "ASI" 0 7 PARTIDO POLÍTICO MIRA 1 8 PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE - PARTIDO DE LA U 16 9 PARTIDO POLO DEMOCRÁTICO ALTERNATIVO 12 10 PARTIDO UNIÓN PATRIÓTICA "UP” 1
11 PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO 16 12 MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL "MAIS" 4 13 PARTIDO COMUNES 5
14 PARTIDO COLOMBIA JUSTA LIBRES 0 15 PARTIDO COLOMBIA RENACIENTE 1 16 MOVIMIENTO ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA “A.D.A” 0
17 PARTIDO POLÍTICO DIGNIDAD 1
18 MOVIMIENTO POLÍTICO COLOMBIA HUMANA 12
19 PARTIDO NUEVO LIBERALISMO 2
20 MOVIMIENTO DE SALVACIÓN NACIONAL 0
21 PARTIDO VERDE OXIGENO 1
22 PARTIDO COMUNISTA COLOMBIANO 0
23 PARTIDO LIGA DE GOBERNANTES ANTICORRUPCIÓN - LIGA 3
24 PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO 1
25 PARTIDO ECOLOGISTA COLOMBIANO 1
26 PARTIDO POLÍTICO LA FUERZA DE LA PAZ 1
27 MOVIMIENTO FUERZA CIUDADANA 1
28 AGRUPACIÓN POLÍTICA EN MARCHA 0
29 MOVIMIENTO NUEVA FUERZA DEMOCRÁTICA 0
30 MOVIMIENTO ESPERANZA, PAZ Y LIBERTAD 0
31 AGRUPACIÓN POLÍTICA INDEPEN
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