CNE - Resolución 2331 de 2026
Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 2331 de 2026
- Autor
- Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN ACREDITACIÓN No. 2331 de 2026 (28 de mayo) Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política MOVIMIENTO POLÍTICO PACTO HISTÓRICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo quinto de la Resolución No. 09458 de 2025 del Consejo Nacional electoral, y CONSIDERANDO Que, el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 estableció que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco, podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación, quienes vigilarán el proceso de las votaciones, podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades. Que, el parágrafo del citado artículo facultó al Consejo Nacional Electoral para reglamentar las formas y los procedimientos de acreditación e identificación de testigos electorales y auditores. Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 09458 de 2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral.
Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 09458 de 2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales que hayan inscrito candidatos a cargos o corporaciones públicas o promuevan el voto en blanco, así como los comités independientes de promotores del mismo, tienen derecho a estar representados durante los procesos de votación, a razón de un testigo por cada mesa de votación, de igual forma, establece que las coaliciones tendrán derecho a un testigo por cada mesa. Que, adicional a lo mencionado, el parágrafo del artículo primero de Resolución en cita establece que el testigo electoral podrá acreditarse para vigilar más de una mesa, pero en todo caso, en ninguna mesa de votación podrá actuar más de un testigo electoral por organización política, coalición o promoción del voto en blanco. Que, el artículo segundo del mencionado acto administrativo definió que la postulación de los testigos se deberá realizar mediante la herramienta tecnológica dispuesta por el Consejo Nacional Electoral para tal fin, presentando la relación de los ciudadanos postulados como testigos electorales, hasta las veintitrés con cincuenta y nueve (23:59) del domingo anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación. ZapSign
MOVIMIENTO
POLÍTICO PACTO
HISTÓRICO
Bogotá D.C. Bogotá D.C. secretaria.pactohistorico@gm ail.com ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Delegado en lo Electoral y a la Delegación Departamental de SAN ANDRES , al correo electrónico regdelenloelectoral@registraduria.gov.co, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.
ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado Civil, a la Policía Nacional, a las Organizaciones de Observación Electoral debidamente acreditadas, y al Ministerio Público, para su conocimiento y lo de su competencia.
ZapSign 68a675af-619a-47a3-84c4-9aee715a39f0Página 7 de 7 Resolución Acreditación No. 2331 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política MOVIMIENTO POLÍTICO PACTO HISTÓRICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026.
ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el presente acto administrativo, en la página web del Consejo
Nacional Electoral, www.cne.gov.co. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en SAN ANDRES, a los veintiocho (28) días del mes de mayo de dos mil veintiseis (2026).
CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO
fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación. ZapSign 68a675af-619a-47a3-84c4-9aee715a39f0Página 2 de 7 Resolución Acreditación No. 2331 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política MOVIMIENTO POLÍTICO PACTO HISTÓRICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 09458 de 2025, expedida por esta Corporación, estableció que se podrán postular de la siguiente manera: “(…)1. En los puestos de votación de menos de diez (10) mesas, las organizaciones políticas con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos, comités promotores del voto en blanco, y coaliciones, podrán tener hasta un (1) testigo electoral remanente o adicional.
2. En los puestos de votación de más de diez (10) mesas, hasta un diez por ciento (10%) de testigos electorales remanentes o adicionales. En caso de que el porcentaje arroje un resultado decimal, se aproxima al entero siguiente. (…)” Que, la acreditación de los testigos que actuarán en las mesas de votación y escrutinio corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión.
Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral
corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión. Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de Identificación - ANI, y procederá a la correspondiente acreditación mediante la publicación de Acto Administrativo suscrito por el Presidente del Consejo Nacional Electoral, el cual deberá contener el listado de los testigos electorales con la siguiente información: nombres completos, documento de identidad, organización política que representa, mesa(s) para la(s) que ha sido autorizado, o si es remanente. Que, el artículo sexto de la Resolución en cuestión, específica la manera en la que se identificarán los testigos electorales acreditados, que será con la presentación de la cédula o el documento que permita validar que esta se encuentra en trámite, adicionalmente deberá portar una credencial que, como mínimo, debe contener los nombres del ciudadano acreditado, el documento de identidad, agrupación política a la que representa, la(s) mesa(s) o la(s) comisión(es) en las que actuará, al igual que el código de verificación QR o similares que genere la herramienta tecnológica dispuesta para este fin. Las credenciales generadas podrán presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral,
presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Testigos Electorales de la agrupación política MOVIMIENTO POLÍTICO PACTO HISTÓRICO, ante las mesas de votación que se instalarán en el departamento SAN ANDRES para las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026 a los siguientes ciudadanos: No.
CÉDULA
DE
CIUDADAN
ÍA
NOMBRES Y
APELLIDOS
DEPARTAM
ENTO MUNICIPIO ZONA
NOMBRE
DEL
PUESTO
TIPO DE
TESTIG
O
MESA (S)
1. 3777345
MARCIAL
FONTALVO
MARRIAGA
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 01
COLEGI
O
NATANI
PRINCI
PAL 1 ZapSign 68a675af-619a-47a3-84c4-9aee715a39f0Página 3 de 7 Resolución Acreditación No. 2331 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política MOVIMIENTO POLÍTICO PACTO HISTÓRICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. A
2. 5055311
AUGUSTO
RAFAEL
FONTALVO
OROZCO
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL
PRINCI
PAL 1
COLEGI
O BROOK
S HILL
PRINCI
PAL 4
21. 45441110
LUZMILA
DEL
CARMEN
MARTINEZ
MARIMON
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 01
COLEGI
O
NATANI
A
PRINCI
PAL 9
22. 45458811
NIRIS MARIA
VILLALOBO
S HOYOS
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL PRINCI PAL 14, 15
23. 72012564
CARLOS
ARTURO
PEREZ
ACOSTA
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 01
COLEGI
O
NATANI
A
PRINCI
PAL 10
24. 72162532
ALEXANDE
R
EDUARDO
RADA MEZA SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL
PRINCI
PAL 17 ZapSign 68a675af-619a-47a3-84c4-9aee715a39f0Página 5 de 7 Resolución Acreditación No. 2331 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política MOVIMIENTO POLÍTICO PACTO HISTÓRICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026.
25. 73093310
LUIS
BLANQUIC
ETT LOPEZ
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL
PRINCI
PAL 16
26. 73123711
ERMEN
MANUEL
SIERRA
A
2. 5055311
AUGUSTO
RAFAEL
FONTALVO
OROZCO
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL
PRINCI
PAL 1
3. 9309851
ALBERTO
DE JESUS
MENDEZ
MEDINA
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 01
COLEGI
O
NATANI
A
PRINCI
PAL 3
4. 9314291
JOSE ADAN
GAMARRA
VITAL SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL
PRINCI
PAL 8
5. 11790537
JOSE
FIDARDO
TORRES
CASTILLO
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL
PRINCI
PAL 3
6. 15241157
CARMELO
JESUS PEREZ
MARIMON
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 01
COLEGI
O
NATANI
A
PRINCI
PAL 2
7. 15242158
MIGUEL
TORRES
LUNA SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 01
COLEGI
O
NATANI
A PRINCI PAL 11, 12
8. 15243845
ROBERTO
TRESPALA
CIOS
TOLOZA
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 01
COLEGI
O
NATANI
A
PRINCI
PAL 7
9. 18000165
MANUEL
GREGORIO
MORALES
MC NISH
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL
PRINCI
PAL 2
A
PRINCI
PAL 7
9. 18000165
MANUEL
GREGORIO
MORALES
MC NISH
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL
PRINCI
PAL 2
10. 18000407
WILSON
WILCHES
DIAZ SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL
PRINCI
PAL 4
11. 18004790
RAFAEL
ALFONSO
CABRERA
MENDOZA
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 01
COLEGI
O
NATANI
A
PRINCI
PAL 5
12. 18011388
LUIS
ALBERTO
CONTRERA
S GENES
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 01
COLEGI
O
NATANI
A
PRINCI
PAL 4
13. 23139570
ARACELLY
S
VALENCIA
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 01
COLEGI
O
NATANI
PRINCI
PAL 6 ZapSign 68a675af-619a-47a3-84c4-9aee715a39f0Página 4 de 7 Resolución Acreditación No. 2331 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política MOVIMIENTO POLÍTICO PACTO HISTÓRICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026.
NUNEZ A
14. 31933878
NANCY
AMPARO
DELGADO
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
el 31 de mayo de 2026.
NUNEZ A
14. 31933878
NANCY
AMPARO
DELGADO
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL
PRINCI
PAL 7
15. 39153801
JACQUELIN
E
SANTANA
ZAPATA
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL
PRINCI
PAL 6
16. 39154244
TARCILA
MARIA
ALVAREZ
CHAMORR
O SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL
PRINCI
PAL 5
17. 40986749
RUBY
CORPAS
FONSECA
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
COLEGI
O BROOK
S HILL
PRINCI
PAL 7
18. 40986865
LUISA
FERNANDA
FLOREZ
BAQUERO
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL REMA
NENTE 0
19. 40987865
MARTHA
ELENA
CABEZA
SALGUEDO
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL
PRINCI
PAL 10
20. 40993033
SUXET
JOHNSON
DAVIS SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
COLEGI
O BROOK
S HILL
PRINCI
PAL 4
21. 45441110
LUZMILA
DEL
CARMEN
MARTINEZ
MARIMON
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 01
COLEGI
PAL 17
32. 11236232
02
KERLENYEI
NS
PALACIO
CASQUETE
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 01
COLEGI
O
NATANI
A
PRINCI
PAL 16
33. 11236235
84 KAROL
VANESA
TATIS
GONZALEZ
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL REMA
NENTE 0
34. 11236265
45
CRISTIAN
ALFONSO
MARTINEZ
MARTINEZ
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 01
COLEGI
O
NATANI
A
PRINCI
PAL 18
35. 11236272
97
JESSICA
PATRICIA
MERCADO
HOYOS SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL
PRINCI PAL 23 36. 11236283 ALEXIS SAN SAN 01 COLEGI PRINCI 19
ZapSign 68a675af-619a-47a3-84c4-9aee715a39f0Página 6 de 7 Resolución Acreditación No. 2331 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política MOVIMIENTO POLÍTICO PACTO HISTÓRICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026.
98 ARRIETA
LONDOÑO ANDRES ANDRES
O
NATANI
A PAL
37. 11236351
58 ALDA
YINETH
CONEO
MENDOZA
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 01
COLEGI
O
LUIS
BLANQUIC
ETT LOPEZ
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL
PRINCI
PAL 16
26. 73123711
ERMEN
MANUEL
SIERRA
MARTINEZ
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL PRINCI PAL 12, 13
27. 73149083
FERMIN
JULIANO
BOWIE
FORBES
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL
PRINCI
PAL 19
28. 73162602
WILMER
CEDRON
AHUMADA
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL
PRINCI
PAL 18
29. 73571910
EDGAR
MORENO
JIMENEZ
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL PRINCI PAL 20, 21
30. 10474623
91 JORDY
DAVID DIAZ
MENDEZ
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL
PRINCI
PAL 22
31. 11236231
82 WENDY
LILIAN
VASQUEZ
TATIS SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 01
COLEGI
O
NATANI
A
PRINCI
PAL 17
32. 11236232
02
KERLENYEI
NS
PALACIO
CASQUETE
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 01
COLEGI
O
NATANI
A
PRINCI
PAL 16
33. 11236235
LONDOÑO ANDRES ANDRES
O
NATANI
A PAL
37. 11236351
58 ALDA
YINETH
CONEO
MENDOZA
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 01
COLEGI
O
NATANI
A
PRINCI
PAL 22
38. 11236369
20 NOGA MARIA DIAZ
BURGOS
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL
PRINCI
PAL 11
39. 11236389
10
ANTONY
ELIAS PEREZ
CUENTAS
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 01
COLEGI
O
NATANI
A PRINCI PAL 24, 25
40. 11238910
62
VALENTINA
CONTRERA
S CUEVAS
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 01
COLEGI
O
NATANI
A
PRINCI
PAL 23
41. 11433498
24 JESUS DAVID
BALLESTA
S CASTRO
SAN
ANDRES
SAN
ANDRES 02
IE
TECNIC
O
INDUST
RIAL
PRINCI
PAL 24
ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a la siguiente agrupación política, acreditada
en el presente acto administrativo:
NO. ORGANIZACIÓN
POLÍTICA DIRECCIÓN SEDE CIUDAD SEDE MAIL
1
MOVIMIENTO
POLÍTICO PACTO
HISTÓRICO
Bogotá D.C. Bogotá D.C. secretaria.pactohistorico@gm ail.com ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en SAN ANDRES, a los veintiocho (28) días del mes de mayo de dos mil veintiseis (2026).
CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO
Presidente Vo.Bo. Presidencia Vo.Bo. José Antonio Parra Fandiño – Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información
Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario ZapSign 68a675af-619a-47a3-84c4-9aee715a39f0
Firmado digitalmente en ZapSign por Cristian Ricardo Quiroz Romero Fecha: 28/05/2026 14:19:42.938 (UTC-0500)