CNE - Resolución 2522 de 2026
Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 2522 de 2026
- Autor
- Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN DE ACREDITACIÓN No. 2522 DE 2026 (28 de mayo) Por la cual se revoca la Resolución de Acreditación No. 2036 del 27 de abril de 2026, por la cual se acreditan los Auditores de Sistemas del Grupo Significativo de Ciudadanos Sondra Macollins, la Abogada de Hierro con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026 EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo décimo primero y siguientes de la Resolución No. 09458 de 2025 del Consejo Nacional Electoral y, CONSIDERANDO Que, el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 dispone que “los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos, que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco, así como las organizaciones de observación electoral reconocidas por el Consejo Nacional Electoral, tienen derecho a ejercer vigilancia de los correspondientes procesos de votación y escrutinios, para lo cual podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación y por cada uno de los órganos escrutadores. Cuando se trate de procesos a los que se han incorporado recursos tecnológicos, se podrán acreditar también auditores de sistemas”.
Que, mediante Resolución No. 09458 de 11 de septiembre de 2025, la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral “reglamentó la postulación, acreditación, funciones y garantías de los testigos electorales, auditores de sistemas y Organizaciones de Observación Electoral, en el marco del control ciudadano y transparencia de los procesos electorales, y se dictan otras disposiciones”. Que, mediante Resolución de Acreditación No. 2036 del 27 de abril de 2026, el Presidente del Consejo Nacional Electoral acreditó los Auditores de Sistemas Sondra Macollins, la Abogada de Hierro con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026. Que, el día 28 de mayo de 2026, los representantes legales, del partido político Grupo Significativo de Ciudadanos Sondra Macollins, la Abogada de Hierro, mediante documento remitido vía correo electrónico, solicitó; “Por favor desacreditarme a la Dra Ma Alejandra Trujillo de todas las opciones de auditores electoral ” correspondiente a la siguiente testigo Que, validada la solicitud y verificada la acreditación de Auditores de Sistemas a quien se solicita retirar la acreditación, procede el Consejo Nacional Electoral a Revocar la Resolución No. 2032 del 27 de abril de 2026 y retirar la acreditación de los Auditores de Sistemas. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral,
RESUELVE: ZapSign 96ae7525-9b0c-456d-a703-1aeb1015f4b9Resolución No. 2522 de 2026
Por la cual se revoca la Acreditación de la Resolución No. 2036 de 27 de abril de 2026, por la cual se acreditaron los auditores de sistemas, de la agrupación Sondra Macollins, la Abogada de Hierro que actuarían ante las mesas de votación con ocasión a las elecciones de presidencia de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026.. Página 2 de 2
ARTÍCULO PRIMERO: REVOCAR la Resolución de Acreditación No. 2036 de 27 de abril de 2026, por medio de la cual se acreditan Auditores de Sistema el Grupo Significativo de Ciudadanos Sondra Macollins, la Abogada de Hierro con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse el 31 de mayo de 2026 por los motivos expuestos en este acto administrativo ARTÍCULO SEGUNDO; Lo no modificado expresamente en este acto administrativo seguirá vigente.
ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo por intermedio de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Corporación al Registrador Nacional de Estado Civil y al Registrador Delegado en lo Electoral y a Grupo Significativo de Ciudadanos Sondra Macollins, la Abogada de Hierro ARTÍCULO CUARTO: PUBLICAR el presente acto administrativo a través de la página web
del Consejo Nacional Electoral: www.cne.gov.co.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C. a los veintiocho (28) días del mes de mayo de dos mil veintiséis (2026).
CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO
Presidente Vo.Bo.Presidencia Vo.Bo.José Antonio Parra Fandiño – Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información
Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario ZapSign 96ae7525-9b0c-456d-a703-1aeb1015f4b9
Firmado digitalmente en ZapSign por