CNE - Resolución 2565 de 2026
Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 2565 de 2026
- Autor
- Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN ACREDITACIÓN No. 2565 de 2026 (11 de junio) Por la cual se acreditan observadores electorales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE) con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo décimo séptimo de la Resolución No. 09458 de 2025 del Consejo Nacional Electoral y, CONSIDERANDO Que, los numerales 1° y 6° del artículo 265 de la Constitución Política confieren al Consejo Nacional Electoral competencias para ejercer la suprema inspección, vigilancia y control de la organización electoral y velar por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías. Que el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 dispone que las organizaciones de observación electoral reconocidas por el Consejo Nacional Electoral podrán ejercer vigilancia de los procesos de votación y escrutinio. Que, mediante la Resolución No. 5857 de 2026, la Registraduría Nacional del Estado Civil dio continuidad a la Resolución 2580 de 2025 y fijó el calendario electoral para la elección de Presidente y Vicepresidente de la República en segunda vuelta, programada para el 21 de junio de 2026. Que, el artículo décimo séptimo de la Resolución No. 09458 de 2025, expedida por esta Corporación, respecto de la postulación y acreditación de observadores electorales, preceptúa:
Que, el artículo décimo séptimo de la Resolución No. 09458 de 2025, expedida por esta Corporación, respecto de la postulación y acreditación de observadores electorales, preceptúa: Las organizaciones de observación electoral debidamente reconocidas podrán estar representadas en el proceso electoral por ciudadanos que estos postulen, quienes se denominarán observadores electorales. El listado de ciudadanos que postularán como observadores electorales, deberá ser remitido al Consejo Nacional Electoral, a más tardar quince (15) días calendario antes de la elección, indicando el ámbito geográfico en el que se pretende que actúen. El Presidente del Consejo Nacional Electoral acreditará a los observadores electorales dentro de los diez (10) días calendario siguientes al vencimiento del término de postulación, realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de Identificación (ANI), y procederá a la correspondiente acreditación mediante la publicación del Acto Administrativo respectivo. Las credenciales de identificación como observador electoral serán expedidas por la Corporación, en formato digital, y en esta se indicará: nombre completo y documento de identidad del observador, Organización de Observación Electoral a la que pertenece, acto administrativo de acreditación y código QR de validación. En ningún caso podrán otorgarse credenciales en blanco. Que la Corporación Misión de Observación Electoral (MOE) fue reconocida mediante la Resolución administrativa No. 0098 de 2026 del Consejo Nacional Electoral como una organización de observación electoral para la vigencia 2026.
Que la Corporación Misión de Observación Electoral (MOE) fue reconocida mediante la Resolución administrativa No. 0098 de 2026 del Consejo Nacional Electoral como una organización de observación electoral para la vigencia 2026. Que, la Corporación Misión de Observación Electoral (MOE) postulo a los siguientes ciudadanos como observadores electorales para que ejerzan funciones en el marco de las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta de 2026. ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 2 de 11 Resolución No. 2565 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE), con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. No. Nombres y Apellidos Documento de identidad Departamento
1. YENNY TATIANA
RENTERÍA POTES
1192757972 CHOCO
2. LEIDY YANET
PALACIOS PALACIOS
1077998832 CHOCO
3. LIZETH YULIANA
GONZALEZ MANTILLA
1116779998 ARAUCA
4. YEIDI YURLEY
URBANO LOZANO
1006944238 META
5. FREDIS MENDOZA
MONTAÑO
84104394 LA GUAJIRA
6. WILLIAM AUGUSTO
GUTIERREZ
RODRIGUEZ
13493533 NORTE DE SAN
7. JUAN PABLO
FERREIRA
BALLESTEROS
1005062040 NORTE DE SAN
MONTAÑO
84104394 LA GUAJIRA
6. WILLIAM AUGUSTO
GUTIERREZ
RODRIGUEZ
13493533 NORTE DE SAN
7. JUAN PABLO
FERREIRA
BALLESTEROS
1005062040 NORTE DE SAN
8. CINDY YULIETH SUAZA
LOTERO
1214715845 ANTIOQUIA
9. YECSENIA LONDOÑO
MEJÍA
40439432 META
10. KAREN AMPARO
PADILLA GARCIA
1065907861 CESAR
11. GERALDINE ANDREA
ENRIQUEZ SEGURA
1004608308 NARIÑO
12. DEISY JOHANA LUNA
GOMAJOA
1004192515 NARIÑO
13. ERICK DAVID
CALDERON
CUASANCHIR
1080048829 NARIÑO
14. STEFANNIA
ALEXANDRA VALLEJO
NARVAEZ
1085337213 NARIÑO
15. ABRAHAM ELIAS
GUTIERREZ PARDO
1100080292 SUCRE
16. YALIDTH YOHAN
LOZADA FERNÁNDEZ 1127384780 VICHADA ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 3 de 11 Resolución No. 2565 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE), con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.
17. NAIDA MIREYA
SÁNCHEZ RAMÍREZ
47426975 VICHADA
18. BELKIS PERTUZ VIDES 36623324 CESAR
19. DIANA LUZ COTRAY
LOZANO
1006944238 META
5. FREDIS MENDOZA
MONTAÑO
84104394 LA GUAJIRA
6. WILLIAM AUGUSTO
GUTIERREZ
RODRIGUEZ
13493533 NORTE DE SAN
7. JUAN PABLO
FERREIRA 1005062040 NORTE DE SAN ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 7 de 11 Resolución No. 2565 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE), con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.
BALLESTEROS
8. CINDY YULIETH SUAZA
LOTERO
1214715845 ANTIOQUIA
9. YECSENIA LONDOÑO
MEJÍA
40439432 META
10. KAREN AMPARO
PADILLA GARCIA
1065907861 CESAR
11. GERALDINE ANDREA
ENRIQUEZ SEGURA
1004608308 NARIÑO
12. DEISY JOHANA LUNA
GOMAJOA
1004192515 NARIÑO
13. ERICK DAVID
CALDERON
CUASANCHIR
1080048829 NARIÑO
14. STEFANNIA
ALEXANDRA VALLEJO
NARVAEZ
1085337213 NARIÑO
15. ABRAHAM ELIAS
GUTIERREZ PARDO
1100080292 SUCRE
16. YALIDTH YOHAN
LOZADA FERNÁNDEZ
1127384780 VICHADA
17. NAIDA MIREYA
SÁNCHEZ RAMÍREZ
47426975 VICHADA
GUTIERREZ PARDO
1100080292 SUCRE
16. YALIDTH YOHAN
LOZADA FERNÁNDEZ
1127384780 VICHADA
17. NAIDA MIREYA
SÁNCHEZ RAMÍREZ
47426975 VICHADA
18. BELKIS PERTUZ VIDES 36623324 CESAR
19. DIANA LUZ COTRAY DE
ÁVILA
1043434509 CESAR
20. GABRIELA EGAS
VARGAS
1013266809 CESAR
21. JOSE LUIS ARIZA
ECHAVEZ
1067593103 CESAR
22. NORELKIS RAMIREZ
LARA
1067819708 CESAR
23. KAREN LIZANA
GARCÉS ASPRILLA
1077632395 CHOCO
24. ENGLY AMPARO
ALVAREZ ROA
60292801 NORTE DE SAN
25. SANDRA DELFINA
LUNA GUERRERO
60438349 NORTE DE SAN
26. DILAN ESTIBEN
CABALLERO VANEGAS
1010037438 BOGOTA D.C.
27. LAURA STEFANIA
LATORRE MORA
1003908719 CUNDINAMARCA
28. EDINSON DAVID
ZUÑIGA QUEBRADA 1081392279 HUILA ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 8 de 11 Resolución No. 2565 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE), con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.
29. ERMIDES RIVAS LAVAO 4913989 HUILA
30. ANYI DANIELA
VILLALOBOS CLAROS
17. NAIDA MIREYA
SÁNCHEZ RAMÍREZ
47426975 VICHADA
18. BELKIS PERTUZ VIDES 36623324 CESAR
19. DIANA LUZ COTRAY
DE ÁVILA
1043434509 CESAR
20. GABRIELA EGAS
VARGAS
1013266809 CESAR
21. JOSE LUIS ARIZA
ECHAVEZ
1067593103 CESAR
22. NORELKIS RAMIREZ
LARA
1067819708 CESAR
23. KAREN LIZANA
GARCÉS ASPRILLA
1077632395 CHOCO
24. ENGLY AMPARO
ALVAREZ ROA
60292801 NORTE DE SAN
25. SANDRA DELFINA
LUNA GUERRERO
60438349 NORTE DE SAN
26. DILAN ESTIBEN
CABALLERO VANEGAS
1010037438 BOGOTA D.C.
27. LAURA STEFANIA
LATORRE MORA
1003908719 CUNDINAMARCA
28. EDINSON DAVID
ZUÑIGA QUEBRADA
1081392279 HUILA
29. ERMIDES RIVAS
LAVAO
4913989 HUILA
30. ANYI DANIELA
VILLALOBOS CLAROS
1003800876 HUILA
31. HECTOR CHARRY
LASSO
83168013 HUILA
32. CAROLINA REINA
TOVAR
26560366 HUILA
33. FRANCY LILIANA
VARGAS DIAZ
26427920 HUILA
34. ANYELO GIOVANNY 79891991 CUNDINAMARCA ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 4 de 11
Resolución No. 2565 de 2026
CALLE LONDOÑO
22210781 ANTIOQUIA
45. LUIS EDUARDO
TRUJILLO HERNANDEZ
71729096 ANTIOQUIA
46. LUZ MARINA HENAO
URIBE
43075524 ANTIOQUIA
47. PABLO DE SILVESTRO
GAVIRIA
1193217449 ANTIOQUIA
48. LOREN CAMILA
VARGAS LIZCANO
1006457637 ARAUCA
49. MARIA JOSE ZUÑIGA
THERAN
1143225048 ATLANTICO
50. MARTHA CECILIA 23561629 BOGOTA D.C.
ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 9 de 11 Resolución No. 2565 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE), con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.
MORA MORA
51. LUZ AMANDA ESPITIA 51661387 BOGOTA D.C.
52. GERARDO ANTONIO
BENABIDES
79142453 BOGOTA D.C.
53. ESLEIN XIOMARA
PINEDA
1000835569 BOGOTA D.C.
54. ZHARICK NICOLLE
CABAL
1024468857 BOGOTA D.C.
55. HORAMAICA LEMOS
MOSQUERA
35545333 CHOCO
56. JHON HADER
HINESTROZA
MOSQUERA
1030440305 CHOCO
57. ELES MARÍA SUÁREZ
SÁNCHEZ
27706133 NORTE DE SAN
58. JHON GEINER
HERRERA MÁRQUEZ
88283629 NORTE DE SAN
ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 4 de 11 Resolución No. 2565 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE), con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.
MORENO FORERO
35. DELIO IVAN DONCELY
RAMIREZ
74180755 CUNDINAMARCA
36. ANGELA MARCELA
SIMBAQUEBA
GALINDO
1016077476 CUNDINAMARCA
37. JOHN JAIRO SUAREZ
GONZALEZ
80139007 CUNDINAMARCA
38. MARIA LILIANA DE LOS
ANGELES GOMEZ RUIZ
1072423446 CUNDINAMARCA
39. ROSA MILENA
CHICUASUQUE CARO
52514809 CUNDINAMARCA
40. ANDERSON CAMILO
MORA YEPES
1077113403 CUNDINAMARCA
41. ANA CRISTINA
CARRANZA
52444662 CUNDINAMARCA
42. FARID RICARDO
CUERVO GARCÍA
1121219356 AMAZONAS
43. JUAN GABRIEL
VALENCIA
1128420158 ANTIOQUIA
44. MARÍA MAGDALENA
CALLE LONDOÑO
22210781 ANTIOQUIA
45. LUIS EDUARDO
TRUJILLO
HERNANDEZ
71729096 ANTIOQUIA
46. LUZ MARINA HENAO
URIBE
43075524 ANTIOQUIA
47. PABLO DE SILVESTRO
GAVIRIA
1193217449 ANTIOQUIA
48. LOREN CAMILA
HERNANDEZ
71729096 ANTIOQUIA
46. LUZ MARINA HENAO
URIBE
43075524 ANTIOQUIA
47. PABLO DE SILVESTRO
GAVIRIA
1193217449 ANTIOQUIA
48. LOREN CAMILA
VARGAS LIZCANO
1006457637 ARAUCA
49. MARIA JOSE ZUÑIGA
THERAN
1143225048 ATLANTICO
50. MARTHA CECILIA
MORA MORA
23561629 BOGOTA D.C.
51. LUZ AMANDA ESPITIA 51661387 BOGOTA D.C.
ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 5 de 11 Resolución No. 2565 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE), con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.
52. GERARDO ANTONIO
BENABIDES
79142453 BOGOTA D.C.
53. ESLEIN XIOMARA
PINEDA
1000835569 BOGOTA D.C.
54. ZHARICK NICOLLE
CABAL
1024468857 BOGOTA D.C.
55. HORAMAICA LEMOS
MOSQUERA
35545333 CHOCO
56. JHON HADER
HINESTROZA
MOSQUERA
1030440305 CHOCO
57. ELES MARÍA SUÁREZ
SÁNCHEZ
27706133 NORTE DE SAN
58. JHON GEINER
HERRERA MÁRQUEZ
88283629 NORTE DE SAN
59. HERNEY REYES
GUTIERREZ DE
PIÑEREZ
1093293417 NORTE DE SAN
HINESTROZA
MOSQUERA
1030440305 CHOCO
57. ELES MARÍA SUÁREZ
SÁNCHEZ
27706133 NORTE DE SAN
58. JHON GEINER
HERRERA MÁRQUEZ
88283629 NORTE DE SAN
59. HERNEY REYES
GUTIERREZ DE
PIÑEREZ
1093293417 NORTE DE SAN
60. ANYI ZULEIMA
SANGUINO FLOREZ
1093764145 NORTE DE SAN
61. MAIRA PEREZ 1005584859 SUCRE
62. TATIANA MAIRUTH
ZAMBRANO BRAVO
1049565479 SUCRE
63. KEYS CARRASCAL 1100623067 SUCRE
64. MAIRY YEPES 1108766119 SUCRE
65. ERIK ELIAN OBREGON
CASTRO
1192908722 VALLE
66. DIANA CAROLINA
GUTIERREZ SALAS
1006860601 VICHADA
67. DRAYKOOL DRAYAN
TONCEL GUERRA
1118801411 LA GUAJIRA
68. MARIA ROSA RIVERA 1085327866 NARIÑO
69. MARIANA GOMEZ 1001386854 ANTIOQUIA
70. MAILYN JOHANA
VALENCIA LEMUS
1111748891 CHOCO
71. YARLEYDIS
MOSQUERA RIOS 1193424208 CHOCO ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 10 de 11 Resolución No. 2565 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE), con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.
SÁNCHEZ
27706133 NORTE DE SAN
58. JHON GEINER
HERRERA MÁRQUEZ
88283629 NORTE DE SAN
59. HERNEY REYES
GUTIERREZ DE
PIÑEREZ
1093293417 NORTE DE SAN
60. ANYI ZULEIMA
SANGUINO FLOREZ
1093764145 NORTE DE SAN
61. MAIRA PEREZ 1005584859 SUCRE
62. TATIANA MAIRUTH
ZAMBRANO BRAVO
1049565479 SUCRE
63. KEYS CARRASCAL 1100623067 SUCRE
64. MAIRY YEPES 1108766119 SUCRE
65. ERIK ELIAN OBREGON
CASTRO
1192908722 VALLE
66. DIANA CAROLINA
GUTIERREZ SALAS
1006860601 VICHADA
67. DRAYKOOL DRAYAN
TONCEL GUERRA
1118801411 LA GUAJIRA
68. MARIA ROSA RIVERA 1085327866 NARIÑO ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 6 de 11
Resolución No. 2565 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE), con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.
69. MARIANA GOMEZ 1001386854 ANTIOQUIA
70. MAILYN JOHANA
VALENCIA LEMUS
1111748891 CHOCO
71. YARLEYDIS
MOSQUERA RIOS
1193424208 CHOCO
72. MARCELINO ABRIL 80452444 BOGOTA D.C.
73. BIVIAN VICTORIA
VALENCIA LEMUS
1111748891 CHOCO
71. YARLEYDIS
MOSQUERA RIOS
1193424208 CHOCO
72. MARCELINO ABRIL 80452444 BOGOTA D.C.
73. BIVIAN VICTORIA
RIVAS CÓRDOBA 1076817694 CHOCO Que, de acuerdo con la verificación realizada con el Archivo Nacional de Identificación -ANI-, de los números de identificación registrados en la solicitud allegada por la Corporación Misión de Observación Electoral (MOE) no se encontraron inconsistencias con la información suministrada, por lo cual, el Consejo Nacional Electoral procederá a acreditar como observadores Electorales a los ciudadanos postulados. En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. ACREDITAR como Observadores Electorales a los ciudadanos que a continuación se relacionan, de acuerdo con la solicitud realizada por la Corporación Misión de Observación Electoral (MOE) con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la RepúblicaSegunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. No. Nombres y Apellidos Documento de identidad Departamento
1. YENNY TATIANA
RENTERÍA POTES
1192757972 CHOCO
2. LEIDY YANET
PALACIOS PALACIOS
1077998832 CHOCO
3. LIZETH YULIANA
GONZALEZ MANTILLA
1116779998 ARAUCA
4. YEIDI YURLEY URBANO
LOZANO
1006944238 META
5. FREDIS MENDOZA
MONTAÑO
84104394 LA GUAJIRA
6. WILLIAM AUGUSTO
GUTIERREZ
RODRIGUEZ
13493533 NORTE DE SAN
la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.
29. ERMIDES RIVAS LAVAO 4913989 HUILA
30. ANYI DANIELA
VILLALOBOS CLAROS
1003800876 HUILA
31. HECTOR CHARRY
LASSO
83168013 HUILA
32. CAROLINA REINA
TOVAR
26560366 HUILA
33. FRANCY LILIANA
VARGAS DIAZ
26427920 HUILA
34. ANYELO GIOVANNY
MORENO FORERO
79891991 CUNDINAMARCA
35. DELIO IVAN DONCELY
RAMIREZ
74180755 CUNDINAMARCA
36. ANGELA MARCELA
SIMBAQUEBA
GALINDO
1016077476 CUNDINAMARCA
37. JOHN JAIRO SUAREZ
GONZALEZ
80139007 CUNDINAMARCA
38. MARIA LILIANA DE LOS
ANGELES GOMEZ RUIZ
1072423446 CUNDINAMARCA
39. ROSA MILENA
CHICUASUQUE CARO
52514809 CUNDINAMARCA
40. ANDERSON CAMILO
MORA YEPES
1077113403 CUNDINAMARCA
41. ANA CRISTINA
CARRANZA
52444662 CUNDINAMARCA
42. FARID RICARDO
CUERVO GARCÍA
1121219356 AMAZONAS
43. JUAN GABRIEL
VALENCIA
1128420158 ANTIOQUIA
44. MARÍA MAGDALENA
CALLE LONDOÑO
22210781 ANTIOQUIA
45. LUIS EDUARDO
TRUJILLO HERNANDEZ
71729096 ANTIOQUIA
46. LUZ MARINA HENAO
URIBE
43075524 ANTIOQUIA
Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE), con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.
72. MARCELINO ABRIL 80452444 BOGOTA D.C.
73. BIVIAN VICTORIA
RIVAS CÓRDOBA 1076817694 CHOCO ARTÍCULO SEGUNDO. AUTORIZAR a los Observadores Electorales aquí acreditados, para realizar su labor de Observación Electoral en las etapas Pre-electoral, Electoral y Postelectoral en los municipios para los cuales fueron acreditados, con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. ARTÍCULO TERCERO. FUNCIONES. Los Observadores Electorales podrán estar presentes y observar el desarrollo de las diferentes etapas del proceso electoral, así mismo podrán solicitar a las autoridades electorales y gubernamentales la información de este. ARTÍCULO CUARTO. PROHIBICIONES. A los Observadores Electorales aquí acreditados les está expresamente prohibido:
1. Reemplazar u obstaculizar a las autoridades en el ejercicio de sus funciones.
2. Interferir con el normal desarrollo del proceso electoral.
3. Hacer campaña electoral a favor de partidos o movimientos políticos, sociales o grupos significativos de ciudadanos, promotores del voto en blanco o candidatos; o portar indumentarias o distintivos que los identifiquen con éstos.
4. Expresar cualquier ofensa, difamación o calumnia en contra de las instituciones, autoridades electorales, partidos políticos o candidatos.
indumentarias o distintivos que los identifiquen con éstos.
4. Expresar cualquier ofensa, difamación o calumnia en contra de las instituciones, autoridades electorales, partidos políticos o candidatos.
5. Actuar de guía electoral o realizar orientaciones a los ciudadanos.
6. Formular reclamaciones electorales en el desarrollo de los escrutinios.
ARTÍCULO QUINTO. NOTIFICAR a través del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, el contenido de la presente Resolución al Representante Legal de Corporación Misión de Observación Electoral (MOE) a los siguientes correos electrónicos: calidadelecciones@moe.org.co, lo anterior, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 66 a 69 del Código de Procedimiento Administrativo y lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO SEXTO. COMUNICAR a través del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental a la Registraduría Nacional del Estado Civil. ARTÍCULO SÉPTIMO. PUBLÍQUESE el presente acto administrativo en la página web del Consejo Nacional Electoral. ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 11 de 11 Resolución No. 2565 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE), con ocasión a
la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. ARTÍCULO OCTAVO. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de su notificación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C, a los once (11) días del mes de junio de dos mil veintiséis (2026).
CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO
Presidente Vo.Bo.Presidencia Vo.Bo.José Antonio Parra Fandiño – Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario Firmado digitalmente vía ZapSign por Cristian Ricardo Quiroz Romero Fecha 11/06/2026 15:40:48.316 (UTC-0500) ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.