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CNE - Resolución 2565 de 2026

Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 2565 de 2026
Autor
Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2026

RESOLUCIÓN ACREDITACIÓN No. 2565 de 2026 (11 de junio) Por la cual se acreditan observadores electorales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE) con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo décimo séptimo de la Resolución No. 09458 de 2025 del Consejo Nacional Electoral y, CONSIDERANDO Que, los numerales 1° y 6° del artículo 265 de la Constitución Política confieren al Consejo Nacional Electoral competencias para ejercer la suprema inspección, vigilancia y control de la organización electoral y velar por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías. Que el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 dispone que las organizaciones de observación electoral reconocidas por el Consejo Nacional Electoral podrán ejercer vigilancia de los procesos de votación y escrutinio. Que, mediante la Resolución No. 5857 de 2026, la Registraduría Nacional del Estado Civil dio continuidad a la Resolución 2580 de 2025 y fijó el calendario electoral para la elección de Presidente y Vicepresidente de la República en segunda vuelta, programada para el 21 de junio de 2026. Que, el artículo décimo séptimo de la Resolución No. 09458 de 2025, expedida por esta Corporación, respecto de la postulación y acreditación de observadores electorales, preceptúa:

Que, el artículo décimo séptimo de la Resolución No. 09458 de 2025, expedida por esta Corporación, respecto de la postulación y acreditación de observadores electorales, preceptúa: Las organizaciones de observación electoral debidamente reconocidas podrán estar representadas en el proceso electoral por ciudadanos que estos postulen, quienes se denominarán observadores electorales. El listado de ciudadanos que postularán como observadores electorales, deberá ser remitido al Consejo Nacional Electoral, a más tardar quince (15) días calendario antes de la elección, indicando el ámbito geográfico en el que se pretende que actúen. El Presidente del Consejo Nacional Electoral acreditará a los observadores electorales dentro de los diez (10) días calendario siguientes al vencimiento del término de postulación, realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de Identificación (ANI), y procederá a la correspondiente acreditación mediante la publicación del Acto Administrativo respectivo. Las credenciales de identificación como observador electoral serán expedidas por la Corporación, en formato digital, y en esta se indicará: nombre completo y documento de identidad del observador, Organización de Observación Electoral a la que pertenece, acto administrativo de acreditación y código QR de validación. En ningún caso podrán otorgarse credenciales en blanco. Que la Corporación Misión de Observación Electoral (MOE) fue reconocida mediante la Resolución administrativa No. 0098 de 2026 del Consejo Nacional Electoral como una organización de observación electoral para la vigencia 2026.

Que la Corporación Misión de Observación Electoral (MOE) fue reconocida mediante la Resolución administrativa No. 0098 de 2026 del Consejo Nacional Electoral como una organización de observación electoral para la vigencia 2026. Que, la Corporación Misión de Observación Electoral (MOE) postulo a los siguientes ciudadanos como observadores electorales para que ejerzan funciones en el marco de las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta de 2026. ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 2 de 11 Resolución No. 2565 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE), con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. No. Nombres y Apellidos Documento de identidad Departamento

1. YENNY TATIANA

RENTERÍA POTES

1192757972 CHOCO

2. LEIDY YANET

PALACIOS PALACIOS

1077998832 CHOCO

3. LIZETH YULIANA

GONZALEZ MANTILLA

1116779998 ARAUCA

4. YEIDI YURLEY

URBANO LOZANO

1006944238 META

5. FREDIS MENDOZA

MONTAÑO

84104394 LA GUAJIRA

6. WILLIAM AUGUSTO

GUTIERREZ

RODRIGUEZ

13493533 NORTE DE SAN

7. JUAN PABLO

FERREIRA

BALLESTEROS

1005062040 NORTE DE SAN

MONTAÑO

84104394 LA GUAJIRA

6. WILLIAM AUGUSTO

GUTIERREZ

RODRIGUEZ

13493533 NORTE DE SAN

7. JUAN PABLO

FERREIRA

BALLESTEROS

1005062040 NORTE DE SAN

8. CINDY YULIETH SUAZA

LOTERO

1214715845 ANTIOQUIA

9. YECSENIA LONDOÑO

MEJÍA

40439432 META

10. KAREN AMPARO

PADILLA GARCIA

1065907861 CESAR

11. GERALDINE ANDREA

ENRIQUEZ SEGURA

1004608308 NARIÑO

12. DEISY JOHANA LUNA

GOMAJOA

1004192515 NARIÑO

13. ERICK DAVID

CALDERON

CUASANCHIR

1080048829 NARIÑO

14. STEFANNIA

ALEXANDRA VALLEJO

NARVAEZ

1085337213 NARIÑO

15. ABRAHAM ELIAS

GUTIERREZ PARDO

1100080292 SUCRE

16. YALIDTH YOHAN

LOZADA FERNÁNDEZ 1127384780 VICHADA ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 3 de 11 Resolución No. 2565 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE), con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.

17. NAIDA MIREYA

SÁNCHEZ RAMÍREZ

47426975 VICHADA

18. BELKIS PERTUZ VIDES 36623324 CESAR

19. DIANA LUZ COTRAY

LOZANO

1006944238 META

5. FREDIS MENDOZA

MONTAÑO

84104394 LA GUAJIRA

6. WILLIAM AUGUSTO

GUTIERREZ

RODRIGUEZ

13493533 NORTE DE SAN

7. JUAN PABLO

FERREIRA 1005062040 NORTE DE SAN ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 7 de 11 Resolución No. 2565 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE), con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.

BALLESTEROS

8. CINDY YULIETH SUAZA

LOTERO

1214715845 ANTIOQUIA

9. YECSENIA LONDOÑO

MEJÍA

40439432 META

10. KAREN AMPARO

PADILLA GARCIA

1065907861 CESAR

11. GERALDINE ANDREA

ENRIQUEZ SEGURA

1004608308 NARIÑO

12. DEISY JOHANA LUNA

GOMAJOA

1004192515 NARIÑO

13. ERICK DAVID

CALDERON

CUASANCHIR

1080048829 NARIÑO

14. STEFANNIA

ALEXANDRA VALLEJO

NARVAEZ

1085337213 NARIÑO

15. ABRAHAM ELIAS

GUTIERREZ PARDO

1100080292 SUCRE

16. YALIDTH YOHAN

LOZADA FERNÁNDEZ

1127384780 VICHADA

17. NAIDA MIREYA

SÁNCHEZ RAMÍREZ

47426975 VICHADA

GUTIERREZ PARDO

1100080292 SUCRE

16. YALIDTH YOHAN

LOZADA FERNÁNDEZ

1127384780 VICHADA

17. NAIDA MIREYA

SÁNCHEZ RAMÍREZ

47426975 VICHADA

18. BELKIS PERTUZ VIDES 36623324 CESAR

19. DIANA LUZ COTRAY DE

ÁVILA

1043434509 CESAR

20. GABRIELA EGAS

VARGAS

1013266809 CESAR

21. JOSE LUIS ARIZA

ECHAVEZ

1067593103 CESAR

22. NORELKIS RAMIREZ

LARA

1067819708 CESAR

23. KAREN LIZANA

GARCÉS ASPRILLA

1077632395 CHOCO

24. ENGLY AMPARO

ALVAREZ ROA

60292801 NORTE DE SAN

25. SANDRA DELFINA

LUNA GUERRERO

60438349 NORTE DE SAN

26. DILAN ESTIBEN

CABALLERO VANEGAS

1010037438 BOGOTA D.C.

27. LAURA STEFANIA

LATORRE MORA

1003908719 CUNDINAMARCA

28. EDINSON DAVID

ZUÑIGA QUEBRADA 1081392279 HUILA ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 8 de 11 Resolución No. 2565 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE), con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.

29. ERMIDES RIVAS LAVAO 4913989 HUILA

30. ANYI DANIELA

VILLALOBOS CLAROS

17. NAIDA MIREYA

SÁNCHEZ RAMÍREZ

47426975 VICHADA

18. BELKIS PERTUZ VIDES 36623324 CESAR

19. DIANA LUZ COTRAY

DE ÁVILA

1043434509 CESAR

20. GABRIELA EGAS

VARGAS

1013266809 CESAR

21. JOSE LUIS ARIZA

ECHAVEZ

1067593103 CESAR

22. NORELKIS RAMIREZ

LARA

1067819708 CESAR

23. KAREN LIZANA

GARCÉS ASPRILLA

1077632395 CHOCO

24. ENGLY AMPARO

ALVAREZ ROA

60292801 NORTE DE SAN

25. SANDRA DELFINA

LUNA GUERRERO

60438349 NORTE DE SAN

26. DILAN ESTIBEN

CABALLERO VANEGAS

1010037438 BOGOTA D.C.

27. LAURA STEFANIA

LATORRE MORA

1003908719 CUNDINAMARCA

28. EDINSON DAVID

ZUÑIGA QUEBRADA

1081392279 HUILA

29. ERMIDES RIVAS

LAVAO

4913989 HUILA

30. ANYI DANIELA

VILLALOBOS CLAROS

1003800876 HUILA

31. HECTOR CHARRY

LASSO

83168013 HUILA

32. CAROLINA REINA

TOVAR

26560366 HUILA

33. FRANCY LILIANA

VARGAS DIAZ

26427920 HUILA

34. ANYELO GIOVANNY 79891991 CUNDINAMARCA ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 4 de 11

Resolución No. 2565 de 2026

CALLE LONDOÑO

22210781 ANTIOQUIA

45. LUIS EDUARDO

TRUJILLO HERNANDEZ

71729096 ANTIOQUIA

46. LUZ MARINA HENAO

URIBE

43075524 ANTIOQUIA

47. PABLO DE SILVESTRO

GAVIRIA

1193217449 ANTIOQUIA

48. LOREN CAMILA

VARGAS LIZCANO

1006457637 ARAUCA

49. MARIA JOSE ZUÑIGA

THERAN

1143225048 ATLANTICO

50. MARTHA CECILIA 23561629 BOGOTA D.C.

ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 9 de 11 Resolución No. 2565 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE), con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.

MORA MORA

51. LUZ AMANDA ESPITIA 51661387 BOGOTA D.C.

52. GERARDO ANTONIO

BENABIDES

79142453 BOGOTA D.C.

53. ESLEIN XIOMARA

PINEDA

1000835569 BOGOTA D.C.

54. ZHARICK NICOLLE

CABAL

1024468857 BOGOTA D.C.

55. HORAMAICA LEMOS

MOSQUERA

35545333 CHOCO

56. JHON HADER

HINESTROZA

MOSQUERA

1030440305 CHOCO

57. ELES MARÍA SUÁREZ

SÁNCHEZ

27706133 NORTE DE SAN

58. JHON GEINER

HERRERA MÁRQUEZ

88283629 NORTE DE SAN

ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 4 de 11 Resolución No. 2565 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE), con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.

MORENO FORERO

35. DELIO IVAN DONCELY

RAMIREZ

74180755 CUNDINAMARCA

36. ANGELA MARCELA

SIMBAQUEBA

GALINDO

1016077476 CUNDINAMARCA

37. JOHN JAIRO SUAREZ

GONZALEZ

80139007 CUNDINAMARCA

38. MARIA LILIANA DE LOS

ANGELES GOMEZ RUIZ

1072423446 CUNDINAMARCA

39. ROSA MILENA

CHICUASUQUE CARO

52514809 CUNDINAMARCA

40. ANDERSON CAMILO

MORA YEPES

1077113403 CUNDINAMARCA

41. ANA CRISTINA

CARRANZA

52444662 CUNDINAMARCA

42. FARID RICARDO

CUERVO GARCÍA

1121219356 AMAZONAS

43. JUAN GABRIEL

VALENCIA

1128420158 ANTIOQUIA

44. MARÍA MAGDALENA

CALLE LONDOÑO

22210781 ANTIOQUIA

45. LUIS EDUARDO

TRUJILLO

HERNANDEZ

71729096 ANTIOQUIA

46. LUZ MARINA HENAO

URIBE

43075524 ANTIOQUIA

47. PABLO DE SILVESTRO

GAVIRIA

1193217449 ANTIOQUIA

48. LOREN CAMILA

HERNANDEZ

71729096 ANTIOQUIA

46. LUZ MARINA HENAO

URIBE

43075524 ANTIOQUIA

47. PABLO DE SILVESTRO

GAVIRIA

1193217449 ANTIOQUIA

48. LOREN CAMILA

VARGAS LIZCANO

1006457637 ARAUCA

49. MARIA JOSE ZUÑIGA

THERAN

1143225048 ATLANTICO

50. MARTHA CECILIA

MORA MORA

23561629 BOGOTA D.C.

51. LUZ AMANDA ESPITIA 51661387 BOGOTA D.C.

ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 5 de 11 Resolución No. 2565 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE), con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.

52. GERARDO ANTONIO

BENABIDES

79142453 BOGOTA D.C.

53. ESLEIN XIOMARA

PINEDA

1000835569 BOGOTA D.C.

54. ZHARICK NICOLLE

CABAL

1024468857 BOGOTA D.C.

55. HORAMAICA LEMOS

MOSQUERA

35545333 CHOCO

56. JHON HADER

HINESTROZA

MOSQUERA

1030440305 CHOCO

57. ELES MARÍA SUÁREZ

SÁNCHEZ

27706133 NORTE DE SAN

58. JHON GEINER

HERRERA MÁRQUEZ

88283629 NORTE DE SAN

59. HERNEY REYES

GUTIERREZ DE

PIÑEREZ

1093293417 NORTE DE SAN

HINESTROZA

MOSQUERA

1030440305 CHOCO

57. ELES MARÍA SUÁREZ

SÁNCHEZ

27706133 NORTE DE SAN

58. JHON GEINER

HERRERA MÁRQUEZ

88283629 NORTE DE SAN

59. HERNEY REYES

GUTIERREZ DE

PIÑEREZ

1093293417 NORTE DE SAN

60. ANYI ZULEIMA

SANGUINO FLOREZ

1093764145 NORTE DE SAN

61. MAIRA PEREZ 1005584859 SUCRE

62. TATIANA MAIRUTH

ZAMBRANO BRAVO

1049565479 SUCRE

63. KEYS CARRASCAL 1100623067 SUCRE

64. MAIRY YEPES 1108766119 SUCRE

65. ERIK ELIAN OBREGON

CASTRO

1192908722 VALLE

66. DIANA CAROLINA

GUTIERREZ SALAS

1006860601 VICHADA

67. DRAYKOOL DRAYAN

TONCEL GUERRA

1118801411 LA GUAJIRA

68. MARIA ROSA RIVERA 1085327866 NARIÑO

69. MARIANA GOMEZ 1001386854 ANTIOQUIA

70. MAILYN JOHANA

VALENCIA LEMUS

1111748891 CHOCO

71. YARLEYDIS

MOSQUERA RIOS 1193424208 CHOCO ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 10 de 11 Resolución No. 2565 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE), con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.

SÁNCHEZ

27706133 NORTE DE SAN

58. JHON GEINER

HERRERA MÁRQUEZ

88283629 NORTE DE SAN

59. HERNEY REYES

GUTIERREZ DE

PIÑEREZ

1093293417 NORTE DE SAN

60. ANYI ZULEIMA

SANGUINO FLOREZ

1093764145 NORTE DE SAN

61. MAIRA PEREZ 1005584859 SUCRE

62. TATIANA MAIRUTH

ZAMBRANO BRAVO

1049565479 SUCRE

63. KEYS CARRASCAL 1100623067 SUCRE

64. MAIRY YEPES 1108766119 SUCRE

65. ERIK ELIAN OBREGON

CASTRO

1192908722 VALLE

66. DIANA CAROLINA

GUTIERREZ SALAS

1006860601 VICHADA

67. DRAYKOOL DRAYAN

TONCEL GUERRA

1118801411 LA GUAJIRA

68. MARIA ROSA RIVERA 1085327866 NARIÑO ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 6 de 11

Resolución No. 2565 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE), con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.

69. MARIANA GOMEZ 1001386854 ANTIOQUIA

70. MAILYN JOHANA

VALENCIA LEMUS

1111748891 CHOCO

71. YARLEYDIS

MOSQUERA RIOS

1193424208 CHOCO

72. MARCELINO ABRIL 80452444 BOGOTA D.C.

73. BIVIAN VICTORIA

VALENCIA LEMUS

1111748891 CHOCO

71. YARLEYDIS

MOSQUERA RIOS

1193424208 CHOCO

72. MARCELINO ABRIL 80452444 BOGOTA D.C.

73. BIVIAN VICTORIA

RIVAS CÓRDOBA 1076817694 CHOCO Que, de acuerdo con la verificación realizada con el Archivo Nacional de Identificación -ANI-, de los números de identificación registrados en la solicitud allegada por la Corporación Misión de Observación Electoral (MOE) no se encontraron inconsistencias con la información suministrada, por lo cual, el Consejo Nacional Electoral procederá a acreditar como observadores Electorales a los ciudadanos postulados. En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. ACREDITAR como Observadores Electorales a los ciudadanos que a continuación se relacionan, de acuerdo con la solicitud realizada por la Corporación Misión de Observación Electoral (MOE) con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la RepúblicaSegunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. No. Nombres y Apellidos Documento de identidad Departamento

1. YENNY TATIANA

RENTERÍA POTES

1192757972 CHOCO

2. LEIDY YANET

PALACIOS PALACIOS

1077998832 CHOCO

3. LIZETH YULIANA

GONZALEZ MANTILLA

1116779998 ARAUCA

4. YEIDI YURLEY URBANO

LOZANO

1006944238 META

5. FREDIS MENDOZA

MONTAÑO

84104394 LA GUAJIRA

6. WILLIAM AUGUSTO

GUTIERREZ

RODRIGUEZ

13493533 NORTE DE SAN

la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.

29. ERMIDES RIVAS LAVAO 4913989 HUILA

30. ANYI DANIELA

VILLALOBOS CLAROS

1003800876 HUILA

31. HECTOR CHARRY

LASSO

83168013 HUILA

32. CAROLINA REINA

TOVAR

26560366 HUILA

33. FRANCY LILIANA

VARGAS DIAZ

26427920 HUILA

34. ANYELO GIOVANNY

MORENO FORERO

79891991 CUNDINAMARCA

35. DELIO IVAN DONCELY

RAMIREZ

74180755 CUNDINAMARCA

36. ANGELA MARCELA

SIMBAQUEBA

GALINDO

1016077476 CUNDINAMARCA

37. JOHN JAIRO SUAREZ

GONZALEZ

80139007 CUNDINAMARCA

38. MARIA LILIANA DE LOS

ANGELES GOMEZ RUIZ

1072423446 CUNDINAMARCA

39. ROSA MILENA

CHICUASUQUE CARO

52514809 CUNDINAMARCA

40. ANDERSON CAMILO

MORA YEPES

1077113403 CUNDINAMARCA

41. ANA CRISTINA

CARRANZA

52444662 CUNDINAMARCA

42. FARID RICARDO

CUERVO GARCÍA

1121219356 AMAZONAS

43. JUAN GABRIEL

VALENCIA

1128420158 ANTIOQUIA

44. MARÍA MAGDALENA

CALLE LONDOÑO

22210781 ANTIOQUIA

45. LUIS EDUARDO

TRUJILLO HERNANDEZ

71729096 ANTIOQUIA

46. LUZ MARINA HENAO

URIBE

43075524 ANTIOQUIA

Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE), con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.

72. MARCELINO ABRIL 80452444 BOGOTA D.C.

73. BIVIAN VICTORIA

RIVAS CÓRDOBA 1076817694 CHOCO ARTÍCULO SEGUNDO. AUTORIZAR a los Observadores Electorales aquí acreditados, para realizar su labor de Observación Electoral en las etapas Pre-electoral, Electoral y Postelectoral en los municipios para los cuales fueron acreditados, con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. ARTÍCULO TERCERO. FUNCIONES. Los Observadores Electorales podrán estar presentes y observar el desarrollo de las diferentes etapas del proceso electoral, así mismo podrán solicitar a las autoridades electorales y gubernamentales la información de este. ARTÍCULO CUARTO. PROHIBICIONES. A los Observadores Electorales aquí acreditados les está expresamente prohibido:

1. Reemplazar u obstaculizar a las autoridades en el ejercicio de sus funciones.

2. Interferir con el normal desarrollo del proceso electoral.

3. Hacer campaña electoral a favor de partidos o movimientos políticos, sociales o grupos significativos de ciudadanos, promotores del voto en blanco o candidatos; o portar indumentarias o distintivos que los identifiquen con éstos.

4. Expresar cualquier ofensa, difamación o calumnia en contra de las instituciones, autoridades electorales, partidos políticos o candidatos.

indumentarias o distintivos que los identifiquen con éstos.

4. Expresar cualquier ofensa, difamación o calumnia en contra de las instituciones, autoridades electorales, partidos políticos o candidatos.

5. Actuar de guía electoral o realizar orientaciones a los ciudadanos.

6. Formular reclamaciones electorales en el desarrollo de los escrutinios.

ARTÍCULO QUINTO. NOTIFICAR a través del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, el contenido de la presente Resolución al Representante Legal de Corporación Misión de Observación Electoral (MOE) a los siguientes correos electrónicos: calidadelecciones@moe.org.co, lo anterior, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 66 a 69 del Código de Procedimiento Administrativo y lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO SEXTO. COMUNICAR a través del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental a la Registraduría Nacional del Estado Civil. ARTÍCULO SÉPTIMO. PUBLÍQUESE el presente acto administrativo en la página web del Consejo Nacional Electoral. ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 11 de 11 Resolución No. 2565 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Corporación Misión de Observación Electoral (MOE), con ocasión a

la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. ARTÍCULO OCTAVO. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de su notificación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C, a los once (11) días del mes de junio de dos mil veintiséis (2026).

CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO

Presidente Vo.Bo.Presidencia Vo.Bo.José Antonio Parra Fandiño – Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario Firmado digitalmente vía ZapSign por Cristian Ricardo Quiroz Romero Fecha 11/06/2026 15:40:48.316 (UTC-0500) ZapSign - d4310dd5-7de9-40a0-b6b4-146df2cc1b39 | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.

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