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CNE - Resolución 2592 de 2026

Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 2592 de 2026
Autor
Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2026

RESOLUCIÓN ACREDITACIÓN No. 2592 de 2026 (17 de junio) Por la cual se acreditan observadores electorales Escuela de Veeduría Ciudadana Electoral de Colombia "ESVECOL" con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo décimo séptimo de la Resolución No. 09458 de 2025 del Consejo Nacional Electoral y, CONSIDERANDO Que, los numerales 1° y 6° del artículo 265 de la Constitución Política confieren al Consejo Nacional Electoral competencias para ejercer la suprema inspección, vigilancia y control de la organización electoral y velar por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías. Que el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 dispone que las organizaciones de observación electoral reconocidas por el Consejo Nacional Electoral podrán ejercer vigilancia de los procesos de votación y escrutinio. Que, mediante la Resolución No. 5857 de 2026, la Registraduría Nacional del Estado Civil dio continuidad a la Resolución 2580 de 2025 y fijó el calendario electoral para la elección de Presidente y Vicepresidente de la República en segunda vuelta, programada para el 21 de junio de 2026. Que, el artículo décimo séptimo de la Resolución No. 09458 de 2025, expedida por esta Corporación, respecto de la postulación y acreditación de observadores electorales, preceptúa:

Que, el artículo décimo séptimo de la Resolución No. 09458 de 2025, expedida por esta Corporación, respecto de la postulación y acreditación de observadores electorales, preceptúa: Las organizaciones de observación electoral debidamente reconocidas podrán estar representadas en el proceso electoral por ciudadanos que estos postulen, quienes se denominarán observadores electorales. El listado de ciudadanos que postularán como observadores electorales, deberá ser remitido al Consejo Nacional Electoral, a más tardar quince (15) días calendario antes de la elección, indicando el ámbito geográfico en el que se pretende que actúen. El Presidente del Consejo Nacional Electoral acreditará a los observadores electorales dentro de los diez (10) días calendario siguientes al vencimiento del término de postulación, realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de Identificación (ANI), y procederá a la correspondiente acreditación mediante la publicación del Acto Administrativo respectivo. Las credenciales de identificación como observador electoral serán expedidas por la Corporación, en formato digital, y en esta se indicará: nombre completo y documento de identidad del observador, Organización de Observación Electoral a la que pertenece, acto administrativo de acreditación y código QR de validación. En ningún caso podrán otorgarse credenciales en blanco. Que la Escuela de Veeduría Ciudadana Electoral de Colombia "ESVECOL" fue reconocida mediante la Resolución administrativa No. 0097 de 2026 del Consejo Nacional Electoral como una organización de observación electoral para la vigencia 2026.

credenciales en blanco. Que la Escuela de Veeduría Ciudadana Electoral de Colombia "ESVECOL" fue reconocida mediante la Resolución administrativa No. 0097 de 2026 del Consejo Nacional Electoral como una organización de observación electoral para la vigencia 2026. Que, la Escuela de Veeduría Ciudadana Electoral de Colombia "ESVECOL" postulo a los siguientes ciudadanos como observadores electorales para que ejerzan funciones en el marco de las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta de 2026. ZapSign - ed104aed-5928-4375-a239-c78a8913cb0b | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 2 de 11 Resolución No. 2592 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Escuela de Veeduría Ciudadana Electoral de Colombia "ESVECOL", con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. No. Nombres y Apellidos Documento de identidad Departamento

1. Leidy Cristina Bello Nerio 1073998572 CORDOBA

2. LEIDY DEL PORTULLO 1001084147 BOGOTA D.C.

3. Juan Carlos Lozano

Vergara

71771407 CORDOBA

4. Edel Sanchez Rivera 77151104 CORDOBA

5. Maria Glenis Ruiz Lora 26.229.81 CORDOBA

6. Carlos Arturo Cogollo

Lara

78705631 CORDOBA

7. HOLLMAN ENRIQUE

GALEANO CUCAITA

1020764132 BOGOTA D.C.

8. JUAN PABLO PINCHAO

MAGA

1013610761 BOGOTA D.C.

9. KAREN DEL PORTILLO 1020795168 BOGOTA D.C.

10. NICOL ANDREA

PINCHAO MAGA

1020764132 BOGOTA D.C.

8. JUAN PABLO PINCHAO

MAGA

1013610761 BOGOTA D.C.

9. KAREN DEL PORTILLO 1020795168 BOGOTA D.C.

10. NICOL ANDREA

PINCHAO MAGA

1013672499 BOGOTA D.C.

11. Nestor Moreno Arrieta 6844368 CORDOBA

12. LUISA DEL PORTILLO 1020781406 BOGOTA D.C.

13. Rafael Eduardo Pastrana

Hernandez

71260170 CORDOBA

14. Ana Milena Jimenez Ortiz 1073969471 CORDOBA

15. Carmelo Amaury Pinto

Cogollo 78475038 CORDOBA ZapSign - ed104aed-5928-4375-a239-c78a8913cb0b | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 3 de 11 Resolución No. 2592 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Escuela de Veeduría Ciudadana Electoral de Colombia "ESVECOL", con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.

16. Yan Carlos Zabala

Acosta

1073978054 CORDOBA

17. Rafael Guillermo Mass

Negrete

1073980116 CORDOBA

18. Isboset Gomez Donado 1074006826 CORDOBA

19. Leon Jaime Londoño

Fajardo

78742069 CORDOBA

20. Arney Anaya Arteaga 1028016719 CORDOBA

21. Bernard Batista Bustos

Mercado

15725535 CORDOBA

22. Day Diaz Cueto 50975779 CORDOBA

23. Andres Mauricio Villegas

Pereira

1067929629 CORDOBA

24. Ciara Vanessa Banda

Peñata

1003393412 CORDOBA

25. Carlos Alberto Rodriguez

Electoral de Colombia "ESVECOL" con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. No. Nombres y Apellidos Documento de identidad Departamento

1. Leidy Cristina Bello Nerio 1073998572 CORDOBA ZapSign - ed104aed-5928-4375-a239-c78a8913cb0b | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 7 de 11

Resolución No. 2592 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Escuela de Veeduría Ciudadana Electoral de Colombia "ESVECOL", con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.

2. LEIDY DEL PORTULLO 1001084147 BOGOTA D.C.

3. Juan Carlos Lozano

Vergara

71771407 CORDOBA

4. Edel Sanchez Rivera 77151104 CORDOBA

5. Maria Glenis Ruiz Lora 26.229.81 CORDOBA

6. Carlos Arturo Cogollo

Lara

78705631 CORDOBA

7. HOLLMAN ENRIQUE

GALEANO CUCAITA

1020764132 BOGOTA D.C.

8. JUAN PABLO PINCHAO

MAGA

1013610761 BOGOTA D.C.

9. KAREN DEL PORTILLO 1020795168 BOGOTA D.C.

10. NICOL ANDREA

PINCHAO MAGA

1013672499 BOGOTA D.C.

11. Nestor Moreno Arrieta 6844368 CORDOBA

12. LUISA DEL PORTILLO 1020781406 BOGOTA D.C.

13. Rafael Eduardo Pastrana

Hernandez

71260170 CORDOBA

14. Ana Milena Jimenez Ortiz 1073969471 CORDOBA

27. Mayra Andrea Ortega

Enciso

1019101106 CORDOBA

28. Victor Roamir Galvan

Muñoz

78764797 CORDOBA

29. Fabio Leonardo Otero

Avilez

10768748 CORDOBA

30. Yolima Martinez

Hernandez

1073994452 CORDOBA

31. Conrado Alberto Lopez 8415249 CORDOBA

32. Carlos Jose Hernandez

Jimenez

78717000 CORDOBA

33. Arnold Augusto Alvarez

Teran

15611484 CORDOBA

34. David Santiago Diaz

Calderin

1016013124 CORDOBA

35. Yisel Cordoba Mendez 1071430911 CORDOBA

36. Maria Jose Murillo

Jaramillo

1074010957 CORDOBA

37. Claudia Marcela Ibañez

Meza

1102828523 CORDOBA

38. José Antonio Romero

Sarria

14949555 ANTIOQUIA

39. Marco Fidel León Erazo 13060557 QUINDIO

40. Yulianys Yulieth Cordoba

Lucas

1073976937 CORDOBA

41. Bladimir Ricardo Martinez 71252720 CORDOBA

42. Vicente Raccini Rivera 78764230 CORDOBA

43. Nicolle Henriquez Suarez 1073980093 CORDOBA ZapSign - ed104aed-5928-4375-a239-c78a8913cb0b | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 9 de 11

Resolución No. 2592 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Escuela de Veeduría Ciudadana Electoral de Colombia "ESVECOL", con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.

44. Nelson Torres Hernandez 1071432123 CORDOBA

45. Julio Alfonso Jacome

Alvarez

10774050 CORDOBA

15725535 CORDOBA

22. Day Diaz Cueto 50975779 CORDOBA

23. Andres Mauricio Villegas

Pereira

1067929629 CORDOBA

24. Ciara Vanessa Banda

Peñata

1003393412 CORDOBA

25. Carlos Alberto Rodriguez

Hoyos

1073994463 CORDOBA

26. Eleidys Hoyos Lara 50976482 CORDOBA

27. Mayra Andrea Ortega

Enciso

1019101106 CORDOBA

28. Victor Roamir Galvan

Muñoz

78764797 CORDOBA

29. Fabio Leonardo Otero

Avilez

10768748 CORDOBA

30. Yolima Martinez

Hernandez

1073994452 CORDOBA

31. Conrado Alberto Lopez 8415249 CORDOBA

32. Carlos Jose Hernandez

Jimenez

78717000 CORDOBA

33. Arnold Augusto Alvarez 15611484 CORDOBA ZapSign - ed104aed-5928-4375-a239-c78a8913cb0b | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 4 de 11

Resolución No. 2592 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Escuela de Veeduría Ciudadana Electoral de Colombia "ESVECOL", con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. Teran

34. David Santiago Diaz

Calderin

1016013124 CORDOBA

35. Yisel Cordoba Mendez 1071430911 CORDOBA

36. Maria Jose Murillo

Jaramillo

1074010957 CORDOBA

37. Claudia Marcela Ibañez

Meza

1102828523 CORDOBA

38. José Antonio Romero

Sarria

14949555 ANTIOQUIA

39. Marco Fidel León Erazo 13060557 QUINDIO

12. LUISA DEL PORTILLO 1020781406 BOGOTA D.C.

13. Rafael Eduardo Pastrana

Hernandez

71260170 CORDOBA

14. Ana Milena Jimenez Ortiz 1073969471 CORDOBA

15. Carmelo Amaury Pinto

Cogollo

78475038 CORDOBA

16. Yan Carlos Zabala

Acosta

1073978054 CORDOBA

17. Rafael Guillermo Mass

Negrete

1073980116 CORDOBA

18. Isboset Gomez Donado 1074006826 CORDOBA

19. Leon Jaime Londoño

Fajardo

78742069 CORDOBA

20. Arney Anaya Arteaga 1028016719 CORDOBA

21. Bernard Batista Bustos

Mercado

15725535 CORDOBA

22. Day Diaz Cueto 50975779 CORDOBA

23. Andres Mauricio Villegas 1067929629 CORDOBA ZapSign - ed104aed-5928-4375-a239-c78a8913cb0b | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 8 de 11

Resolución No. 2592 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Escuela de Veeduría Ciudadana Electoral de Colombia "ESVECOL", con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. Pereira

24. Ciara Vanessa Banda

Peñata

1003393412 CORDOBA

25. Carlos Alberto Rodriguez

Hoyos

1073994463 CORDOBA

26. Eleidys Hoyos Lara 50976482 CORDOBA

27. Mayra Andrea Ortega

Enciso

1019101106 CORDOBA

28. Victor Roamir Galvan

Muñoz

78764797 CORDOBA

29. Fabio Leonardo Otero

Avilez

10768748 CORDOBA

30. Yolima Martinez

Jaramillo

1074010957 CORDOBA

37. Claudia Marcela Ibañez

Meza

1102828523 CORDOBA

38. José Antonio Romero

Sarria

14949555 ANTIOQUIA

39. Marco Fidel León Erazo 13060557 QUINDIO

40. Yulianys Yulieth Cordoba

Lucas

1073976937 CORDOBA

41. Bladimir Ricardo

Martinez

71252720 CORDOBA

42. Vicente Raccini Rivera 78764230 CORDOBA

43. Nicolle Henriquez Suarez 1073980093 CORDOBA

44. Nelson Torres Hernandez 1071432123 CORDOBA

45. Julio Alfonso Jacome

Alvarez

10774050 CORDOBA

46. Boris Enrique Pacheco

Vargas

15608361 CORDOBA

47. Eric Montes Jaramillo 78768374 CORDOBA

48. Monica Maria Ramos

Pastrana

1073977852 CORDOBA

49. Jose Suarez Atencia 15612055 CORDOBA ZapSign - ed104aed-5928-4375-a239-c78a8913cb0b | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 5 de 11

Resolución No. 2592 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Escuela de Veeduría Ciudadana Electoral de Colombia "ESVECOL", con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.

50. Tulio Jose Cogollo Araujo 15612129 CORDOBA

51. Ana Banda Reyes 32710138 CORDOBA

52. Amaury Pinto Londoño 1047412098 CORDOBA

53. Daberlis Elias Arrieta

Cardenas

72236745 CORDOBA

54. Solvey Milena Hernández

Orrego

1073998133 CORDOBA

55. Victor Miguel Monsalve

2026.

44. Nelson Torres Hernandez 1071432123 CORDOBA

45. Julio Alfonso Jacome

Alvarez

10774050 CORDOBA

46. Boris Enrique Pacheco

Vargas

15608361 CORDOBA

47. Eric Montes Jaramillo 78768374 CORDOBA

48. Monica Maria Ramos

Pastrana

1073977852 CORDOBA

49. Jose Suarez Atencia 15612055 CORDOBA

50. Tulio Jose Cogollo Araujo 15612129 CORDOBA

51. Ana Banda Reyes 32710138 CORDOBA

52. Amaury Pinto Londoño 1047412098 CORDOBA

53. Daberlis Elias Arrieta

Cardenas

72236745 CORDOBA

54. Solvey Milena Hernández

Orrego

1073998133 CORDOBA

55. Victor Miguel Monsalve

Milanes

98761833 CORDOBA

56. Luis Fernando Melendez

Torres

1073978159 CORDOBA

57. Maryoris Enith Ramos

Orrego

1073978651 CORDOBA

58. Beatriz Elena Acosta

Guzmán

50974704 CORDOBA

59. Adrian Jose Urruchurtu

Figueroa

1002321936 CORDOBA

60. Natalia Andrea Avila

Martínez

1003191466 CORDOBA

61. Glen Janith Mercado

Triana

78768095 CORDOBA

62. Cristian Andrés Arrieta

Benítez

1005684502 CORDOBA

63. Roque Jacinto Batista

Ruiz

15665902 CORDOBA

64. Alvaro Augusto Cabrales

Tordecilla 10781289 CORDOBA ZapSign - ed104aed-5928-4375-a239-c78a8913cb0b | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 10 de 11 Resolución No. 2592 de 2026

52. Amaury Pinto Londoño 1047412098 CORDOBA

53. Daberlis Elias Arrieta

Cardenas

72236745 CORDOBA

54. Solvey Milena Hernández

Orrego

1073998133 CORDOBA

55. Victor Miguel Monsalve

Milanes

98761833 CORDOBA

56. Luis Fernando Melendez

Torres

1073978159 CORDOBA

57. Maryoris Enith Ramos

Orrego

1073978651 CORDOBA

58. Beatriz Elena Acosta

Guzmán

50974704 CORDOBA

59. Adrian Jose Urruchurtu

Figueroa

1002321936 CORDOBA

60. Natalia Andrea Avila

Martínez

1003191466 CORDOBA

61. Glen Janith Mercado

Triana

78768095 CORDOBA

62. Cristian Andrés Arrieta

Benítez

1005684502 CORDOBA

63. Roque Jacinto Batista

Ruiz

15665902 CORDOBA

64. Alvaro Augusto Cabrales

Tordecilla

10781289 CORDOBA

65. Luis Eduardo Bello Avila 1067949930 CORDOBA

66. Manuel Francisco Lozano

Luna

71933352 CORDOBA

67. Miguel Dario Guzman 78768344 CORDOBA ZapSign - ed104aed-5928-4375-a239-c78a8913cb0b | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 6 de 11

Resolución No. 2592 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Escuela de Veeduría Ciudadana Electoral de Colombia "ESVECOL", con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. Dikson

68. Christian camilo Martínez

Villalobos

1033680567 BOGOTA D.C.

con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. Dikson

68. Christian camilo Martínez

Villalobos

1033680567 BOGOTA D.C.

69. Luisa Alejandra Soacha

Serna

1013601447 BOGOTA D.C.

70. Diego Alejandro rojas

García

79818390 BOGOTA D.C.

71. Juan David Bello Montes 72346539 CORDOBA

72. Ligia María Pérez Urango 26229876 CORDOBA

73. Iginio Simon Fabra

Yanez

71252004 CORDOBA

74. WILLIAM HUGO

PINCHAO GUERRERO

16700243 BOGOTA D.C.

75. ZOILA ROSA MANGA

PLAZA

26174609 BOGOTA D.C.

76. WILMER ANTONIO

BAUTISTA

78028994 BOGOTA D.C.

Que, de acuerdo con la verificación realizada con el Archivo Nacional de Identificación -ANI-, de los números de identificación registrados en la solicitud allegada por la Escuela de Veeduría Ciudadana Electoral de Colombia "ESVECOL" no se encontraron inconsistencias con la información suministrada, por lo cual, el Consejo Nacional Electoral procederá a acreditar como observadores Electorales a los ciudadanos postulados. En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. ACREDITAR como Observadores Electorales a los ciudadanos que a continuación se relacionan, de acuerdo con la solicitud realizada por la Escuela de Veeduría Ciudadana Electoral de Colombia "ESVECOL" con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. No. Nombres y Apellidos Documento de identidad Departamento

Tordecilla 10781289 CORDOBA ZapSign - ed104aed-5928-4375-a239-c78a8913cb0b | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 10 de 11 Resolución No. 2592 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Escuela de Veeduría Ciudadana Electoral de Colombia "ESVECOL", con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.

65. Luis Eduardo Bello Avila 1067949930 CORDOBA

66. Manuel Francisco Lozano

Luna

71933352 CORDOBA

67. Miguel Dario Guzman

Dikson

78768344 CORDOBA

68. Christian camilo Martínez

Villalobos

1033680567 BOGOTA D.C.

69. Luisa Alejandra Soacha

Serna

1013601447 BOGOTA D.C.

70. Diego Alejandro rojas

García

79818390 BOGOTA D.C.

71. Juan David Bello Montes 72346539 CORDOBA

72. Ligia María Pérez Urango 26229876 CORDOBA

73. Iginio Simon Fabra Yanez 71252004 CORDOBA

74. WILLIAM HUGO

PINCHAO GUERRERO

16700243 BOGOTA D.C.

75. ZOILA ROSA MANGA

PLAZA

26174609 BOGOTA D.C.

76. WILMER ANTONIO

BAUTISTA

78028994 BOGOTA D.C.

ARTÍCULO SEGUNDO. AUTORIZAR a los Observadores Electorales aquí acreditados, para realizar su labor de Observación Electoral en las etapas Pre-electoral, Electoral y Postelectoral en los municipios para los cuales fueron acreditados, con ocasión a la elección de Presidente y

su labor de Observación Electoral en las etapas Pre-electoral, Electoral y Postelectoral en los municipios para los cuales fueron acreditados, con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. ARTÍCULO TERCERO. FUNCIONES. Los Observadores Electorales podrán estar presentes y observar el desarrollo de las diferentes etapas del proceso electoral, así mismo podrán solicitar a las autoridades electorales y gubernamentales la información de este. ARTÍCULO CUARTO. PROHIBICIONES. A los Observadores Electorales aquí acreditados les está expresamente prohibido:

1. Reemplazar u obstaculizar a las autoridades en el ejercicio de sus funciones.

2. Interferir con el normal desarrollo del proceso electoral.

3. Hacer campaña electoral a favor de partidos o movimientos políticos, sociales o grupos significativos de ciudadanos, promotores del voto en blanco o candidatos; o portar indumentarias o distintivos que los identifiquen con éstos.

4. Expresar cualquier ofensa, difamación o calumnia en contra de las instituciones, autoridades electorales, partidos políticos o candidatos.

ZapSign - ed104aed-5928-4375-a239-c78a8913cb0b | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 11 de 11 Resolución No. 2592 de 2026 Por la cual se acreditan a los Observadores Nacionales Escuela de Veeduría Ciudadana Electoral de Colombia "ESVECOL", con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.

5. Actuar de guía electoral o realizar orientaciones a los ciudadanos.

con ocasión a la elección de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.

5. Actuar de guía electoral o realizar orientaciones a los ciudadanos.

6. Formular reclamaciones electorales en el desarrollo de los escrutinios.

ARTÍCULO QUINTO. NOTIFICAR a través del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, el contenido de la presente Resolución al Representante Legal de Escuela de Veeduría Ciudadana Electoral de Colombia "ESVECOL" a los siguientes correos electrónicos: director@esvecol.org.co, lo anterior, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 66 a 69 del Código de Procedimiento Administrativo y lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO SEXTO. COMUNICAR a través del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental a la Registraduría Nacional del Estado Civil. ARTÍCULO SÉPTIMO. PUBLÍQUESE el presente acto administrativo en la página web del Consejo Nacional Electoral. ARTÍCULO OCTAVO. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de su notificación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C, a los diecisiete (17) días del mes de junio de dos mil veintiséis (2026).

CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO

Presidente Vo.Bo.Presidencia Vo.Bo.José Antonio Parra Fandiño – Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario Firmado digitalmente vía ZapSign por Cristian Ricardo Quiroz Romero

Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario Firmado digitalmente vía ZapSign por Cristian Ricardo Quiroz Romero Fecha 17/06/2026 09:58:03.521 (UTC-0500) ZapSign - ed104aed-5928-4375-a239-c78a8913cb0b | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.

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