CNE - Resolución 2598 de 2026
Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 2598 de 2026
- Autor
- Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN ACREDITACIÓN No. 2598 de 2026 (17 de junio) Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política Grupo Significativo de Ciudadanos Defensores de la Patria, que actuarán ante la comisión escrutadora general con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo 5 de la Resolución No. 09458 de 2025 del Consejo Nacional Electoral y, CONSIDERANDO Que, el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 estableció que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco, podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación, quienes vigilarán el proceso de las votaciones, podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades. Que, el parágrafo del citado artículo facultó al Consejo Nacional Electoral para reglamentar las formas y los procedimientos de acreditación e identificación de testigos electorales y auditores. Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 09458 de 2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral.
Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 09458 de 2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales que hayan inscrito candidatos a cargos o corporaciones públicas o promuevan el voto en blanco, así como los comités independientes de promotores del mismo, tienen derecho a estar representados durante los escrutinios, a razón de un testigo por cada comisión escrutadora general, de igual forma, establece que las coaliciones tendrán derecho a un testigo por comisión escrutadora. Que, adicional a lo mencionado, el parágrafo del artículo primero de Resolución en cita establece que el testigo electoral podrá acreditarse para vigilar más de una mesa o comisión escrutadora, pero en todo caso, en ninguna comisión escrutadora podrá actuar más de un testigo electoral por organización política, coalición o promoción del voto en blanco. Que, el artículo segundo del mencionado acto administrativo definió que la postulación de los testigos se deberá realizar mediante la herramienta tecnológica dispuesta por el Consejo Nacional Electoral para tal fin, presentando la relación de los ciudadanos postulados como testigos electorales, a más tardar a las veintitrés horas con cincuenta y nueve minutos (23:59) del domingo anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos,
electorales, a más tardar a las veintitrés horas con cincuenta y nueve minutos (23:59) del domingo anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, comisión(es) para la(s) que se hace la postulación. Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 09458 ZapSign - c5f69ffd-4743-451e-8b82-d539fa1401af | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 2 Resolución No. 2598 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política Grupo Significativo de Ciudadanos Defensores de la Patria, que actuarán ante la comision escrutadora general con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. de 2025, expedida por esta Corporación, estableció que se podrán postular de la siguiente manera: “(…) 3. En la comisión escrutadora, las organizaciones políticas con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos, comités promotores del voto en blanco, y coaliciones, podrán tener hasta un (1) testigo electoral remanente o adicional (…)” Que, la acreditación de los testigos que actuarán en la comisión escrutadora corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el acto administrativo en alusión. Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales,
Qué mediante resolución 2836 de 2026, la sala plena del Consejo Nacional Electoral legitimó para la segunda vuelta presidencial, la postulación de dos testigos electorales, tanto de mesa como para comisiones escrutadoras por parte de las campañas presidenciales. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Testigos Electorales de la agrupación política Grupo Significativo de Ciudadanos Defensores de la Patria, ante la comision escrutadora general con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026, a los siguientes ciudadanos:
CÉDULA DE
CIUDADANÍA
NOMBRES Y
APELLIDOS
DEPARTAME
NTO
TIPO DE
TESTIGO
COMISIÓN(ES)
ESCRUTADORA
(S)
31943898 MARIA CRISTINA GOMEZ
ALVAREZ
AMAZONAS PRINCIPAL Comisión General
80737230 WILDER ORLANDO COLONIA
ORTIZ AMAZONAS PRINCIPAL Comisión General
1116773306 EDITH MARVELY ZAPATA
CARVAJAL ARAUCA PRINCIPAL Comisión General ZapSign - c5f69ffd-4743-451e-8b82-d539fa1401af | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 3 Resolución No. 2598 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política Grupo Significativo de Ciudadanos Defensores de la Patria, que actuarán ante la comision escrutadora general con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.
Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de Identificación - ANI, y procederá a la correspondiente acreditación mediante Acto Administrativo suscrito por el Presidente del CNE, el cual deberá contener el listado de los testigos electorales con la siguiente información: nombres completos, documento de identidad, organización política que representa, comisión(es) para la(s) que ha sido autorizado, o si es remanente. Que, el artículo 6 de la Resolución en cuestión, específica la manera en la que se identificarán los testigos electorales acreditados, que será con la presentación de la cédula o el documento que permita validar que esta se encuentra en trámite, adicionalmente deberá portar una credencial que, como mínimo, debe contener los nombres del ciudadano acreditado, el documento de identidad, agrupación política a la que representa, la(s) mesa(s) o la(s) comisión(es) en las que actuará, al igual que el código de verificación QR o similares que genere la herramienta tecnológica dispuesta para este fin. Las credenciales generadas podrán presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. Qué mediante resolución 2836 de 2026, la sala plena del Consejo Nacional Electoral legitimó para la segunda vuelta presidencial, la postulación de dos testigos electorales, tanto de mesa como para comisiones escrutadoras por parte de las campañas presidenciales.
Patria, que actuarán ante la comision escrutadora general con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.
1136879588 KAREN YARENA CAMPO
VILLEGAS
ARAUCA PRINCIPAL Comisión General
73192868 JOSE FELIX OSPINO PINEDO BOLIVAR PRINCIPAL Comisión General
46383383 MERY NELCY VELANDIA
LAGOS BOYACA PRINCIPAL Comisión General
9859754 DIEGO ROLANDO TORO
LOPEZ CALDAS PRINCIPAL Comisión General
10263306 JUAN CARLOS ZULUAGA
CARDONA
CALDAS PRINCIPAL Comisión General
40612511 LINA MARCELA MORENO
CUELLAR
CAQUETA PRINCIPAL Comisión General
7366119 JORGE NELSON MARTINEZ
BRITTO
CASANARE PRINCIPAL Comisión General
74858573 ALVARO EDUARDO REYES
HERNANDEZ
CASANARE PRINCIPAL Comisión General
77020239 IVAN JOSE MAYA PABON CESAR PRINCIPAL Comisión General
1065575174 DAVID ARMANDO CAMACHO
CARVAJAL
CESAR PRINCIPAL Comisión General
11802233 HENRY ALBERTO RIVERA
AGUILAR
CHOCO PRINCIPAL Comisión General
6891698 IVAN ALBERTO DE LA
ESPRIELLA VERGARA
CORDOBA PRINCIPAL Comisión General
1071988362 FABIO RAUL VIANCHA
ESCOBAR
CUNDINAMARCA PRINCIPAL Comisión General
1006792988 NICOLAS CASTAÑO
GONZALEZ
GUAINIA PRINCIPAL Comisión General
79781324 LEONARDO GALEANO
BAUTISTA
GUAVIARE PRINCIPAL Comisión General
16357074 MANUEL DE JESUS
1006792988 NICOLAS CASTAÑO
GONZALEZ
GUAINIA PRINCIPAL Comisión General
79781324 LEONARDO GALEANO
BAUTISTA
GUAVIARE PRINCIPAL Comisión General
16357074 MANUEL DE JESUS
GIRALDO ANGEL
HUILA PRINCIPAL Comisión General
40916284 CARMEN REMEDIOS FRIAS
ARISMENDY
LA GUAJIRA PRINCIPAL Comisión General
1118818157 YARITZA JANETH PIMIENTA
BRITO LA GUAJIRA PRINCIPAL Comisión General
26671766 YURIMETH KAROLA COTES
GOMEZ MAGDALENA PRINCIPAL Comisión General
86075307 OMAR JAVIER MARTINEZ
MACHADO
META PRINCIPAL Comisión General
1121932476 JUAN CAMILO MOLINA DAZA META PRINCIPAL Comisión General
37080184 CARMEN ELENA DELGADO
VIVEROS
NARIÑO PRINCIPAL Comisión General
13275305 JORGE FERNANDO
ROBERTO GARCIA
CACERES
NORTE DE SAN PRINCIPAL Comisión General
88130107 JOSE JOVANY CASTRO
CERON NORTE DE SAN PRINCIPAL Comisión General
18125499 ALBERTO GUILLERMO
MELO HERNANDEZ
PUTUMAYO PRINCIPAL Comisión General
1123209047 MANUEL ALEJANDRO
ERASO CUATINDIOY
PUTUMAYO PRINCIPAL Comisión General
7554049 SILVIO LEON CASTAÑO QUINDIO PRINCIPAL Comisión General
79924828 JOSE DAVID CORDOBA
PEDREROS
QUINDIO PRINCIPAL Comisión General
42027644 LINA MARCELA OTALVARO
JARAMILLO
RISARALDA PRINCIPAL Comisión General
42059510 MARTHA LUCIA LOPEZ
LOPEZ
PEDREROS
QUINDIO PRINCIPAL Comisión General
42027644 LINA MARCELA OTALVARO
JARAMILLO
RISARALDA PRINCIPAL Comisión General
42059510 MARTHA LUCIA LOPEZ
LOPEZ RISARALDA PRINCIPAL Comisión General
1094272679 CARLOS FABIAN RIVERA
MERCHAN
SANTANDER PRINCIPAL Comisión General
1102823303 MARCELA PATRICIA
BLANCO ATENCIA
SUCRE PRINCIPAL Comisión General
1193213690 VANESSA ANDREA GOMEZ
BERTEL
SUCRE PRINCIPAL Comisión General 93372576 JAIME ALBERTO LEIVA TOLIMA PRINCIPAL Comisión General ZapSign - c5f69ffd-4743-451e-8b82-d539fa1401af | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 4 Resolución No. 2598 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política Grupo Significativo de Ciudadanos Defensores de la Patria, que actuarán ante la comision escrutadora general con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.
1110580573 EDWIN ALEXANDER
HERNANDEZ ARTEAGA
TOLIMA PRINCIPAL Comisión General
5884452 CARLOS ALBERTO
GRANOBLES GARZON
VICHADA PRINCIPAL Comisión General
1127385104 FIDEL ORLANDO
FERNANDEZ HERNANDEZ VICHADA PRINCIPAL Comisión General ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a la siguiente agrupación política acreditada en el presente acto administrativo:
NO. ORGANIZACIÓN
ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a la siguiente agrupación política acreditada en el
presente acto administrativo:
NO. ORGANIZACIÓN
POLÍTICA
DIRECCIÓN SEDE CIUDAD SEDE MAIL 1 Grupo Significativo de Ciudadanos Defensores de la Patria BOGOTÁ D.C. BOGOTÁ D.C. gerenciaelectoral@defe nsoresdelapatria.com ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Delegado en lo Electoral, al correo electrónico regdelenloelectoral@registraduria.gov.co, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.
ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado Civil y a la Policía Nacional, para su conocimiento y lo de su competencia.
ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el presente acto administrativo, en la página web del Consejo
Nacional Electoral, www.cne.gov.co.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los diecisiete (17) días del mes de junio de dos mil veintiseis (2026).
CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO
Presidente
Vo.Bo. Presidencia Vo.Bo. José Antonio Parra Fandiño – Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario Firmado digitalmente vía ZapSign por Cristian Ricardo Quiroz Romero Fecha 17/06/2026 16:04:31.975 (UTC-0500) ZapSign - c5f69ffd-4743-451e-8b82-d539fa1401af | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.