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CNE - Resolución 2598 de 2026

Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 2598 de 2026
Autor
Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2026

RESOLUCIÓN ACREDITACIÓN No. 2598 de 2026 (17 de junio) Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política Grupo Significativo de Ciudadanos Defensores de la Patria, que actuarán ante la comisión escrutadora general con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo 5 de la Resolución No. 09458 de 2025 del Consejo Nacional Electoral y, CONSIDERANDO Que, el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 estableció que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco, podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación, quienes vigilarán el proceso de las votaciones, podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades. Que, el parágrafo del citado artículo facultó al Consejo Nacional Electoral para reglamentar las formas y los procedimientos de acreditación e identificación de testigos electorales y auditores. Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 09458 de 2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral.

Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 09458 de 2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales que hayan inscrito candidatos a cargos o corporaciones públicas o promuevan el voto en blanco, así como los comités independientes de promotores del mismo, tienen derecho a estar representados durante los escrutinios, a razón de un testigo por cada comisión escrutadora general, de igual forma, establece que las coaliciones tendrán derecho a un testigo por comisión escrutadora. Que, adicional a lo mencionado, el parágrafo del artículo primero de Resolución en cita establece que el testigo electoral podrá acreditarse para vigilar más de una mesa o comisión escrutadora, pero en todo caso, en ninguna comisión escrutadora podrá actuar más de un testigo electoral por organización política, coalición o promoción del voto en blanco. Que, el artículo segundo del mencionado acto administrativo definió que la postulación de los testigos se deberá realizar mediante la herramienta tecnológica dispuesta por el Consejo Nacional Electoral para tal fin, presentando la relación de los ciudadanos postulados como testigos electorales, a más tardar a las veintitrés horas con cincuenta y nueve minutos (23:59) del domingo anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos,

electorales, a más tardar a las veintitrés horas con cincuenta y nueve minutos (23:59) del domingo anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, comisión(es) para la(s) que se hace la postulación. Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 09458 ZapSign - c5f69ffd-4743-451e-8b82-d539fa1401af | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 2 Resolución No. 2598 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política Grupo Significativo de Ciudadanos Defensores de la Patria, que actuarán ante la comision escrutadora general con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026. de 2025, expedida por esta Corporación, estableció que se podrán postular de la siguiente manera: “(…) 3. En la comisión escrutadora, las organizaciones políticas con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos, comités promotores del voto en blanco, y coaliciones, podrán tener hasta un (1) testigo electoral remanente o adicional (…)” Que, la acreditación de los testigos que actuarán en la comisión escrutadora corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el acto administrativo en alusión. Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales,

Qué mediante resolución 2836 de 2026, la sala plena del Consejo Nacional Electoral legitimó para la segunda vuelta presidencial, la postulación de dos testigos electorales, tanto de mesa como para comisiones escrutadoras por parte de las campañas presidenciales. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Testigos Electorales de la agrupación política Grupo Significativo de Ciudadanos Defensores de la Patria, ante la comision escrutadora general con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026, a los siguientes ciudadanos:

CÉDULA DE

CIUDADANÍA

NOMBRES Y

APELLIDOS

DEPARTAME

NTO

TIPO DE

TESTIGO

COMISIÓN(ES)

ESCRUTADORA

(S)

31943898 MARIA CRISTINA GOMEZ

ALVAREZ

AMAZONAS PRINCIPAL Comisión General

80737230 WILDER ORLANDO COLONIA

ORTIZ AMAZONAS PRINCIPAL Comisión General

1116773306 EDITH MARVELY ZAPATA

CARVAJAL ARAUCA PRINCIPAL Comisión General ZapSign - c5f69ffd-4743-451e-8b82-d539fa1401af | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 3 Resolución No. 2598 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política Grupo Significativo de Ciudadanos Defensores de la Patria, que actuarán ante la comision escrutadora general con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.

Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de Identificación - ANI, y procederá a la correspondiente acreditación mediante Acto Administrativo suscrito por el Presidente del CNE, el cual deberá contener el listado de los testigos electorales con la siguiente información: nombres completos, documento de identidad, organización política que representa, comisión(es) para la(s) que ha sido autorizado, o si es remanente. Que, el artículo 6 de la Resolución en cuestión, específica la manera en la que se identificarán los testigos electorales acreditados, que será con la presentación de la cédula o el documento que permita validar que esta se encuentra en trámite, adicionalmente deberá portar una credencial que, como mínimo, debe contener los nombres del ciudadano acreditado, el documento de identidad, agrupación política a la que representa, la(s) mesa(s) o la(s) comisión(es) en las que actuará, al igual que el código de verificación QR o similares que genere la herramienta tecnológica dispuesta para este fin. Las credenciales generadas podrán presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. Qué mediante resolución 2836 de 2026, la sala plena del Consejo Nacional Electoral legitimó para la segunda vuelta presidencial, la postulación de dos testigos electorales, tanto de mesa como para comisiones escrutadoras por parte de las campañas presidenciales.

Patria, que actuarán ante la comision escrutadora general con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.

1136879588 KAREN YARENA CAMPO

VILLEGAS

ARAUCA PRINCIPAL Comisión General

73192868 JOSE FELIX OSPINO PINEDO BOLIVAR PRINCIPAL Comisión General

46383383 MERY NELCY VELANDIA

LAGOS BOYACA PRINCIPAL Comisión General

9859754 DIEGO ROLANDO TORO

LOPEZ CALDAS PRINCIPAL Comisión General

10263306 JUAN CARLOS ZULUAGA

CARDONA

CALDAS PRINCIPAL Comisión General

40612511 LINA MARCELA MORENO

CUELLAR

CAQUETA PRINCIPAL Comisión General

7366119 JORGE NELSON MARTINEZ

BRITTO

CASANARE PRINCIPAL Comisión General

74858573 ALVARO EDUARDO REYES

HERNANDEZ

CASANARE PRINCIPAL Comisión General

77020239 IVAN JOSE MAYA PABON CESAR PRINCIPAL Comisión General

1065575174 DAVID ARMANDO CAMACHO

CARVAJAL

CESAR PRINCIPAL Comisión General

11802233 HENRY ALBERTO RIVERA

AGUILAR

CHOCO PRINCIPAL Comisión General

6891698 IVAN ALBERTO DE LA

ESPRIELLA VERGARA

CORDOBA PRINCIPAL Comisión General

1071988362 FABIO RAUL VIANCHA

ESCOBAR

CUNDINAMARCA PRINCIPAL Comisión General

1006792988 NICOLAS CASTAÑO

GONZALEZ

GUAINIA PRINCIPAL Comisión General

79781324 LEONARDO GALEANO

BAUTISTA

GUAVIARE PRINCIPAL Comisión General

16357074 MANUEL DE JESUS

1006792988 NICOLAS CASTAÑO

GONZALEZ

GUAINIA PRINCIPAL Comisión General

79781324 LEONARDO GALEANO

BAUTISTA

GUAVIARE PRINCIPAL Comisión General

16357074 MANUEL DE JESUS

GIRALDO ANGEL

HUILA PRINCIPAL Comisión General

40916284 CARMEN REMEDIOS FRIAS

ARISMENDY

LA GUAJIRA PRINCIPAL Comisión General

1118818157 YARITZA JANETH PIMIENTA

BRITO LA GUAJIRA PRINCIPAL Comisión General

26671766 YURIMETH KAROLA COTES

GOMEZ MAGDALENA PRINCIPAL Comisión General

86075307 OMAR JAVIER MARTINEZ

MACHADO

META PRINCIPAL Comisión General

1121932476 JUAN CAMILO MOLINA DAZA META PRINCIPAL Comisión General

37080184 CARMEN ELENA DELGADO

VIVEROS

NARIÑO PRINCIPAL Comisión General

13275305 JORGE FERNANDO

ROBERTO GARCIA

CACERES

NORTE DE SAN PRINCIPAL Comisión General

88130107 JOSE JOVANY CASTRO

CERON NORTE DE SAN PRINCIPAL Comisión General

18125499 ALBERTO GUILLERMO

MELO HERNANDEZ

PUTUMAYO PRINCIPAL Comisión General

1123209047 MANUEL ALEJANDRO

ERASO CUATINDIOY

PUTUMAYO PRINCIPAL Comisión General

7554049 SILVIO LEON CASTAÑO QUINDIO PRINCIPAL Comisión General

79924828 JOSE DAVID CORDOBA

PEDREROS

QUINDIO PRINCIPAL Comisión General

42027644 LINA MARCELA OTALVARO

JARAMILLO

RISARALDA PRINCIPAL Comisión General

42059510 MARTHA LUCIA LOPEZ

LOPEZ

PEDREROS

QUINDIO PRINCIPAL Comisión General

42027644 LINA MARCELA OTALVARO

JARAMILLO

RISARALDA PRINCIPAL Comisión General

42059510 MARTHA LUCIA LOPEZ

LOPEZ RISARALDA PRINCIPAL Comisión General

1094272679 CARLOS FABIAN RIVERA

MERCHAN

SANTANDER PRINCIPAL Comisión General

1102823303 MARCELA PATRICIA

BLANCO ATENCIA

SUCRE PRINCIPAL Comisión General

1193213690 VANESSA ANDREA GOMEZ

BERTEL

SUCRE PRINCIPAL Comisión General 93372576 JAIME ALBERTO LEIVA TOLIMA PRINCIPAL Comisión General ZapSign - c5f69ffd-4743-451e-8b82-d539fa1401af | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.Página 4 Resolución No. 2598 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la agrupación política Grupo Significativo de Ciudadanos Defensores de la Patria, que actuarán ante la comision escrutadora general con ocasión a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República - Segunda Vuelta a realizarse el 21 de junio de 2026.

1110580573 EDWIN ALEXANDER

HERNANDEZ ARTEAGA

TOLIMA PRINCIPAL Comisión General

5884452 CARLOS ALBERTO

GRANOBLES GARZON

VICHADA PRINCIPAL Comisión General

1127385104 FIDEL ORLANDO

FERNANDEZ HERNANDEZ VICHADA PRINCIPAL Comisión General ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a la siguiente agrupación política acreditada en el presente acto administrativo:

NO. ORGANIZACIÓN

ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a la siguiente agrupación política acreditada en el

presente acto administrativo:

NO. ORGANIZACIÓN

POLÍTICA

DIRECCIÓN SEDE CIUDAD SEDE MAIL 1 Grupo Significativo de Ciudadanos Defensores de la Patria BOGOTÁ D.C. BOGOTÁ D.C. gerenciaelectoral@defe nsoresdelapatria.com ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Delegado en lo Electoral, al correo electrónico regdelenloelectoral@registraduria.gov.co, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.

ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado Civil y a la Policía Nacional, para su conocimiento y lo de su competencia.

ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el presente acto administrativo, en la página web del Consejo

Nacional Electoral, www.cne.gov.co.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los diecisiete (17) días del mes de junio de dos mil veintiseis (2026).

CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO

Presidente

Vo.Bo. Presidencia Vo.Bo. José Antonio Parra Fandiño – Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario Firmado digitalmente vía ZapSign por Cristian Ricardo Quiroz Romero Fecha 17/06/2026 16:04:31.975 (UTC-0500) ZapSign - c5f69ffd-4743-451e-8b82-d539fa1401af | Documento firmado electrónicamente, con validez jurídica.

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