🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CNE - Resolución 3218 de 2022

CNE - Consejo Nacional Electoral

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CNE - Resolución 3218 de 2022
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2022

RESOLUCIÓN No. 3218 DE 2022 (16 DE JUNIO) Por medio de la cual se MODIFICA la Resolución No.3024 de 2022, Por medio de la cual se ACREDITAN en cumplimiento de lo dispuesto en las Resoluciones 447 de 1997 y 1707 de 2019 a las organizaciones y/o ciudadanos extranjeros como OBSERVADORES INTERNACIONALES para las elecciones presidenciales (segunda vuelta) que tendrán lugar el 19 de junio de 2022. EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, y CONSIDERANDO Que, al tenor de lo dispuesto en el artículo 265 de la Constitución Política, numeral 6, modificado por el artículo 12 del Acto Legislativo 01 de 2009, corresponde al Consejo Nacional Electoral, entre otras atribuciones especiales, ejercer la suprema inspección y vigilancia de la organización electoral. Que el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, dispone que las Organizaciones de Observación Electoral reconocidas por el Consejo Nacional Electoral, podrán ejercer vigilancia de los procesos de votación y escrutinio. Que, la reglamentación referente a la acreditación de observadores internacionales se realizó mediante la Resolución No. 447 del 23 de septiembre de 1997, y posteriormente se incluyó una disposición en tal sentido en la Resolución No. 1707 del 8 de mayo de 2019, por la cual se reglamenta la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral.

Así las cosas, las misiones de observación electoral realizarán sus actividades conforme a lo establecido en la Resolución No. 0447 del 23 de septiembre de 1997, bajo los principios de imparcialidad, neutralidad y transparencia. Que el artículo décimo tercero de la Resolución No. 1707 de 2019, por la cual se reglamenta la actividad de los testigos electorales y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral, expedida por el Consejo nacional Electoral, dispuso que las organizaciones de carácter nacional o internacional especializadas en la observación de elecciones, podrán constituirse, para cada certamen electoral como Organización de Observación Electoral, caso en el cual deberán obtener el correspondiente reconocimiento del Consejo Nacional Electoral, presentando solicitud a más tardar un mes antes de la correspondiente elección, acompañada de lo siguiente: RESOLUCIÓN No.3218 de 2022 Por medio de la cual se MODIFICA la Resolución No. 3024 de 2022, por la cual se ACREDITAN, en cumplimiento de lo dispuesto en las Resoluciones 447 de 1997 y 1707 de 2019 a las organizaciones y/o ciudadanos extranjeros como OBSERVADORES INTERNACIONALES para las elecciones presidenciales (segunda vuelta) que tendrán lugar el 19 de junio de 2022.

1. Certificado de existencia y representación legal, o su equivalente, en el que conste que se trata de una organización no partidista, sin ánimo de lucro, especializada en la observación electoral.

2. Dirección y domicilio, teléfonos, correo electrónico, página web si la tuvieren.

3. Nombre del representante legal o su equivalente, y de los miembros que integran sus

órganos de dirección.

4. Estatutos o su equivalente. Manifestación de voluntad de acatamiento a las normas y principios que orientan la observación electoral.

5. Determinación del ámbito geográfico en el que pretenden ejercer la observación.

6. Determinación de las etapas del proceso electoral en las que cumplirán la observación.

7. Informe del origen o fuente de financiación de los recursos que invertirá en la actividad de observación electoral.

Que, por mandato del artículo décimo cuarto de la Resolución No. 1707 de 2019, las organizaciones de observación electoral debidamente reconocidas podrán estar representadas en el proceso electoral por ciudadanos que estos postulen, quienes se denominarán observadores electorales. Que, el proceso de acreditación se encuentra en cabeza del presidente del Consejo Nacional Electoral o en quien éste delegue. Que, con el fin de garantizar funcionamiento del proceso electoral, el Consejo Nacional Electoral, determinará el número de observadores internacionales y su acreditación ante las autoridades colombianas. Que la observación de los procesos electorales constituye una actividad a ser desarrollada por personas y/o instituciones de manera imparcial e independiente, con el objeto de constatar el proceso de votación y los resultados divulgados por la Registraduría Nacional del Estado Civil, contribuyendo con ello a coadyuvar la transparencia del proceso electoral. Que a través de la Resolución No. 3024 del 08 de junio de la presente anualidad, esta Corporación reconoció como Organizaciones de Observación Electoral a 18 personas jurídicas, tanto de derecho público como privado, a nivel internacional, y acreditó un total de 285 observadores internacionales, postulados por las organizaciones reconocidas. Que por un error involuntario, en el acto administrativo en mención no se incluyeron las

siguientes personas, cuya solicitud de acreditación fue allegada en término por la organización postulante: Fundación Lazos de Dignidad Estados

Delegado JAMES PATRICK JORDAN II

Unidos Estados

Delegado CARLOS DANIEL TORREALBA

Unidos Estados Delegado AMINTA REGINA ZEA Unidos Estados Delegado URSULA ROZUM Unidos 2

RESOLUCIÓN No.3218 de 2022

Por medio de la cual se MODIFICA la Resolución No. 3024 de 2022, por la cual se ACREDITAN, en cumplimiento de lo dispuesto en las Resoluciones 447 de 1997 y 1707 de 2019 a las organizaciones y/o ciudadanos extranjeros como OBSERVADORES INTERNACIONALES para las elecciones presidenciales (segunda vuelta) que tendrán lugar el 19 de junio de 2022. Estados

Delegado RAQUEL CRISTINA MOGOLLON

Unidos Delegado NINA LENDAL Dinamarca Delegado BJOERN MILAN DAU SCHMIDT Alemania

Delegado CHANTELLE ANASTASIA MCMASTER Canadá

Estados Delegado ALEXIS NOEL SMAY Unidos Estados

Delegado TIMOTHY PETER ANDERSON

Unidos Delegado KEANU ASHTARANY Alemania Delegado NILS HEIDENREICH Alemania Delegado FREDERIK JOHANNES TOMASCHEWSKI Alemania Delegado CRISTINA NYANGAI MASABAH SIIGER Dinamarca Que una vez revisado el cumplimiento de los requisitos establecidos en las Resoluciones 447 de 1997 y No. 1707 del 8 de mayo de 2019, para la obtención del reconocimiento como

Organismos de Observación y teniendo en cuenta que nos acompañaron en la primera vuelta de las elecciones presidenciales del 29 de mayo de la presente anualidad, la participación de estas personas, en calidad de observadores internacionales, ha sido aprobada por cumplir con los mismos. Que por lo anteriormente expuesto, se modificará la Resolución No. 3024 del 08 de junio de la presente anualidad, en el sentido de incluir el reconocimiento de estas organizaciones de observación electoral y acreditar a las personas enunciadas como observadores para el proceso electoral que se llevará a cabo el próximo 19 de junio. En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER como Organizaciones de Observación Electoral y/u observadores electorales para las elecciones presidenciales a realizarse el 19 de junio de 2022, a las siguientes organizaciones internacionales: Comité Ecuatoriano de Derechos Humanos CEDHUS, Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto Argentino, Confederación Latinoamericana y del Caribe de Trabajadores Estatales – CLATE, Observatorio de la Democracia del Parlamento del Mercosur (PARLASUR), Asamblea Nacional del Ecuador, Observatorio Electoral de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Federación Interamericana de Abogados (FIA), Colegio de Internacionalistas de Venezuela (CODEIV), Parlamento Andino, Grupo Interparlamentario por la Paz en Colombia, Disenso Fundación, Academia Colombiana de Derecho Internacional, Fundación Transform! Europe, Secretaria de Mexicanos en el Exterior y Política Internacional Comité Ejecutivo Nacional Morena, Folipo, Copppal, Parlamento Centroamericano (PARLACEN), France Insoumise y

Fundación Lazos de Dignidad. 3

RESOLUCIÓN No.3218 de 2022

Por medio de la cual se MODIFICA la Resolución No. 3024 de 2022, por la cual se ACREDITAN, en cumplimiento de lo dispuesto en las Resoluciones 447 de 1997 y 1707 de 2019 a las organizaciones y/o ciudadanos extranjeros como OBSERVADORES INTERNACIONALES para las elecciones presidenciales (segunda vuelta) que tendrán lugar el 19 de junio de 2022.

ARTÍCULO SEGUNDO: El artículo segundo de la Resolución No.3024 del 08 de junio de 2022,

quedará así: ACREDITACIÓN. Acreditar como Observadores Electorales Internacionales para las elecciones a realizarse el 19 de junio de 2022 a las siguientes personas, postuladas por las organizaciones descritas en el artículo primero de este proveído

1. Comité Ecuatoriano de Derechos Humanos y Sindicales CEDHUS

No CARGO NOMBRE PAIS

FRANCISCO DIÓGENES ZAMBRANO

1 Presidente Ecuador

CAMPUZANO

Directora

2 TANNIA PATRICIA ZAMBRANO BRIONES Ecuador

Departamento Jurídico Alto comisionado de 3 relaciones STALIN RENÉ SACOTO ZAMBRANO Ecuador internacionales 4 Secretaria Ejecutiva LUCY DEL PILAR PAREDES GARCÍA Ecuador Alto comisionado 5 coordinador del JUAN CARLOS MIRANDA GONZÁLEZ Ecuador CEDHUS Alto comisionado 6 coordinador del GARY STEVEN ALTAMIRANO DUARTE Ecuador

CEDHUS

7 Miembro CEDHUS RICHARD KEVIN RAMÍREZ BAZOLA Ecuador

8 Alto Comisionado LUIGI FRANCISCO GARCÍA CANO Ecuador

9 Miembro CEDHUS JIPSON CONTRERAS APARICIO Ecuador

10 Miembro CEDHUS JORGE SALOMÓN YANEZ BECERRA Ecuador

11 Miembro CEDHUS FAUSTO RODRIGO LUPERA MARTINEZ Ecuador

12 Miembro CEDHUS JORGE ENRIQUE MÁRMOL PALACIOS Ecuador

13 Miembro CEDHUS JORGE GUILLERMO CEDEÑO LEÓN Ecuador

14 Miembro CEDHUS CARLOS ALBERO GUILCAPI CATILLO Ecuador

15 Miembro CEDHUS VICENTE RENE IÑIGUEZ RAMOS Ecuador

16 Miembro CEDHUS JHONNY FIRMAT Ecuador

2. Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto de

Argentina Jefe de Gabinete del 17 LUCIANA TITO Argentina Ministerio Director de Relaciones Institucionales y

18 EDUARDO FRANCISCO RAMÓN LUCERO Argentina

Asuntos Electorales en el Exterior

3. Confederación Latinoamericana y del Caribe de Trabajadores Estatales –

CLATE 19 Presidente JULIO DURVAL FUENTES Argentina 4

RESOLUCIÓN No.3218 de 2022

Por medio de la cual se MODIFICA la Resolución No. 3024 de 2022, por la cual se ACREDITAN, en cumplimiento de lo dispuesto en las Resoluciones 447 de 1997 y 1707 de 2019 a las organizaciones y/o ciudadanos extranjeros como OBSERVADORES INTERNACIONALES para las elecciones presidenciales (segunda vuelta) que tendrán lugar el 19 de junio de 2022.

4. Parlamento del Mercosur – PARLASUR Presidente del

20 Parlamento de TOMAS ENRIQUE BITTAR NAVARRO Paraguay Mercosur

Director del 21 Observatorio de la ALEXANDRE ANDREATTA Brasil Democracia 22 Parlamentario JOSE TORRES Paraguay 23 Parlamentario DANIEL PEÑA FERNÁNDEZ Uruguay 24 Parlamentario ATILIO PENAYO Paraguay 25 Parlamentaria RUBEN BACIGALUPE Uruguay 26 Parlamentario PEDRO MILCIADES DURÉ ARGÜELLO Paraguay Responsable

27 MARÍA JULIA ANDRADE CARVALHO Brasil

Comunicación 28 Parlamentario JAIME RIVAS MONJE Bolivia 29 Parlamentario CECILIA BRITO Argentina 30 Parlamentario NICOLÁS VIERA DÍAZ Uruguay 31 Parlamentario OMAR RODRIGUEZ Uruguay

5. Asamblea Nacional del Ecuador

32 Asambleísta JANETH PAOLA CABEZAS CASTILLO Ecuador

6. Federación Interamericana de Abogados (FIA)

Estados 33 Secretaria General LOURDES ESCAFFI VENES Unidos Consejero y Ex 34 RAÚL LOZANO Perú presidente 35 Consejero WALTER DEL ÁGUILA Perú

36 Consejero MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ MACKAY Perú

37 Consejero LEONARDO SPINSANTI Argentina Estados 38 Miembro Individual PHILIP ALTHAUS Unidos 39 Miembro Individual CARLOS AYÓN LACALLO Consejera y Miembro

40 MABEL SOLANO

del Comité Ejecutivo

7. Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Subcoordinador de 41 FABIÁN ATTANASIO Argentina derechos políticos

8. Colegio de Internacionalistas de Venezuela (CODEIV) Coordinador de la

42 LUIS DANIEL ÁLVAREZ VANEGAS Venezuela

Misión 43 Miembro JUAN JOSÉ CABRERA PEREIRA Venezuela

44 Miembro MANUEL ALEJANDRO ROJAS PÉREZ Venezuela 45 Miembro ARIANA MARÍA GAMBOA HERNÁNDEZ Venezuela 46 Miembro EVELYN ADRIANA PINTO DÍAZ Venezuela 47 Miembro HAMID JOSEPH RAMOS DUQUE Venezuela 5

RESOLUCIÓN No.3218 de 2022

Por medio de la cual se MODIFICA la Resolución No. 3024 de 2022, por la cual se ACREDITAN, en cumplimiento de lo dispuesto en las Resoluciones 447 de 1997 y 1707 de 2019 a las organizaciones y/o ciudadanos extranjeros como OBSERVADORES INTERNACIONALES para las elecciones presidenciales (segunda vuelta) que tendrán lugar el 19 de junio de 2022.

MARYSABEL VALENTINA CENTENO

48 Miembro Venezuela

LINARES

GUILLERMO JOSÉ MIGUELENA

49 Miembro Venezuela

PALACIOS

JUAN FRANCISCO CONTRERAS

50 Miembro Venezuela

ARRIECHE

9. Parlamento Andino

Presidente Parlamento

51 FIDEL ESPINOZA Chile

Andino Parlamentario Andino y

52 SERGIO GAHONA Chile

Senador de Chile Vicepresidente 53 Parlamento Andino - JAVIER FERNANDO ARCE Perú Perú Parlamentario Andino54 JUAN CARLOS RAMÍREZ Perú Perú Parlamentario Andino55 GUSTAVO PACHECO Perú Perú Parlamento Andino56 SARA KATTYA CONDORI Bolivia Bolivia Parlamentaria Andina57 FAUSTINO OLLISCO Bolivia Bolivia Parlamentario Andino58 ADOLFO MENDOZA Bolivia Bolivia

Parlamentario Andino59 MATEO TORRES Bolivia Bolivia Parlamentaria Andina60 RUBÉN CERVANTES Bolivia Bolivia Vicepresidente 61 Parlamento Andino – PAUL DESAMBLANC Ecuador Ecuador Parlamentaria Andina62 CRISTINA REYES Ecuador Ecuador Parlamentario Andino63 VIRGILIO HERNÁNDEZ Ecuador Ecuador Parlamentario Andino64 JUAN PABLO MERA Ecuador Ecuador Secretario general –

65 EDUARDO CHILIQUINGA MAZÒN Ecuador

Ecuador Asesora Vicepresidente

66 PAOLA ALFARO MORÍ Perú

  • Perú

Asesor Vicepresidente67 JIM ALI MAMANI Perú Perú Asesor Vicepresidente68 JOEL MARTÍN OYARCE Perú Perú 69 Asesora Perú MARIANNE MOLINA LUJAN Perú 70 Asesora Perú DIANA MASAMOTO RIVAS Perú 71 Asesora Perú JENNIFER CASTILLO PAULINO Perú 6

RESOLUCIÓN No.3218 de 2022

Por medio de la cual se MODIFICA la Resolución No. 3024 de 2022, por la cual se ACREDITAN, en cumplimiento de lo dispuesto en las Resoluciones 447 de 1997 y 1707 de 2019 a las organizaciones y/o ciudadanos extranjeros como OBSERVADORES INTERNACIONALES para las elecciones presidenciales (segunda vuelta) que tendrán lugar el 19 de junio de 2022.

10. Grupo Interparlamentario Por La Paz En Colombia Diputado del

72 IÑIGO DE ITURRATE IBARRA España

Parlamento Vasco Diputado del

73 OIHANA ECHEVARRIETA LEGRAND España

Parlamento Vasco Diputado del

74 CARMELO BARRIO BAROJA España

Parlamento Vasco 75 ESTHER MIRANDA España Diputado de la 76 SERIGNE MBAYÉ España Asamblea de Madrid Diputado de la

77 LUCIA MUÑOZ DALDA España

Asamblea de Madrid Diputado del

78 ANA MARIA MIRANDA PAZ España

Parlamento Vasco

11. Fundación Disenso

79 Director JORGE MARTÍN FRÍAS España 80 Director de Foro Madrid EDUARDO CADER España Jefe de Estudios de

81 EDUARDO FERNÁNDEZ LUIÑA España

Fundación Disenso Coordinadora de 82 EDMALY MAUCÓ TORO Venezuela Proyectos Foro Madrid 83 Comunicaciones ALEJANDRO POLES España

12. Academia Colombiana de Derecho Internacional

84 Secretario General JUAN CARLOS CAITA MORENO

13. Fundación Transform! Europe

85 Miembro MARTA MARTÍN MORÁN España 86 Miembro PAUL-EMILE DUPRET Bélgica

HADRIEN GABRIEL DE KERCHOVE

87 Miembro Bélgica

DÒUSSELGHEM

14. Secretaría de Mexicanos en el Exterior y Política Internacional Comité Ejecutivo

Nacional Morena. Secretaria de Mexicanos en el 88 Exterior y Política MARTHA GARCÍA ALVARADO México Internacional del CEN de MORENA Secretario Técnico de la Secretaría de 89 DIEGO ALFREDO TORRES ROSSETTE México Mexicanos en el Exterior y Política 7

RESOLUCIÓN No.3218 de 2022

Por medio de la cual se MODIFICA la Resolución No. 3024 de 2022, por la cual se ACREDITAN, en cumplimiento de lo dispuesto en las Resoluciones 447 de 1997 y 1707 de 2019 a las organizaciones y/o ciudadanos extranjeros como OBSERVADORES INTERNACIONALES para las elecciones presidenciales (segunda vuelta) que tendrán lugar el 19 de junio de 2022. Internacional del CEN de MORENA Asesora de Juventudes 90 y Política Internacional ELSY DAMARIS HOYOS OLIVAN México de la SMEPI Asesora de Juventudes 91 y Política Internacional XADENI MÉNDEZ MÁRQUEZ México de la SMEPI

15. Formadores de Líderes Políticos (FOLIPO)

92 Presidente DANIEL ZAVALETA Honduras

16. COPPPAL

República

93 Miembro JULIO CÉSAR VALENTÍN

Dominicana República

94 Miembro ELIC FERNÁNDEZ

Dominicana

95 Miembro VÍCTOR VALDEMAR SUÁREZ DÍAZ

96 Miembro ROSARIO GRACIANO DE LOS SANTOS

97 Miembro HERBERT NÉSTOR MENJIVAR AMAYA

República

98 Miembro TOMMY ALBERO GALÁN

Dominicana República

99 Miembro MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ

Dominicana República 100 Miembro FÉLIX GARCÍA Dominicana 101 Miembro DOLORES GANDULFO Argentina 102 Miembro JORGE GARCÍA CÓRDOVA México 103 Miembro ALBERTO GRILLÓN Paraguay República

104 Miembro RAÍZA DE JESÚS CUEVAS CARVAJAL

Dominicana

105 Miembro LEONEL FALCÓN GUERRA Perú República

106 Miembro MANUEL ECHENIQUE FERRERAS

Dominicana 107 Miembro HÉCTOR ALEMÁN Panamá 108 Miembro SAMUEL BUITRAGO Panamá

109 Miembro RICARDO POLANCO

República

110 Miembro VÍCTOR JOEL APONTE COLON

Dominicana 111 Miembro SAMUEL GENAO 112 Miembro CARLOS MOTA 113 Miembro LUSTAY FRANCO Venezuela 114 Miembro CARLOS PROSPERI Venezuela 115 Miembro GUILLERMO MIGUELENA Venezuela República

116 Miembro JUAN DE DIOS GABRIEL

Dominicana República

117 Miembro RANDY RAFAEL ESTRELLA

Dominicana República 118 Miembro FAUSTO LIZ Dominicana 8

RESOLUCIÓN No.3218 de 2022

Por medio de la cual se MODIFICA la Resolución No. 3024 de 2022, por la cual se ACREDITAN, en cumplimiento de lo dispuesto en las Resoluciones 447 de 1997 y 1707 de 2019 a las organizaciones y/o ciudadanos extranjeros como OBSERVADORES INTERNACIONALES para las elecciones presidenciales (segunda vuelta) que tendrán lugar el 19 de junio de 2022. República 119 Miembro LIDICE LUNA Dominicana

120 Miembro JUAN DIONICIO RODRÍGUEZ RESTITUYO

República

121 Miembro JONNY DE JESÚS MARTÍNEZ

Dominicana

17. Parlamento Centroamericano (PARLACEN)

República

122 Ex - Presidente MANUEL DE JESÚS PICHARDO ARIAS

Dominicana República

123 Asistente EDHOARDA ANDÚJAR BRITO

Dominicana

18. France Insoumise

124 Jefe de Delegación JEAN-CHARLES VESCOVO Francia Experto en Relaciones

125 ESTEBAN LOPEZ

Internacionales 126 Coordinador JOEL DUDIT Francia

19. Fundación Lazos de Dignidad

Estados

127 Delegado JAMES PATRICK JORDAN II

Unidos Estados

128 Delegado CARLOS DANIEL TORREALBA

Unidos Estados 129 Delegado AMINTA REGINA ZEA Unidos Estados 130 Delegado URSULA ROZUM Unidos Estados

131 Delegado RAQUEL CRISTINA MOGOLLON

Unidos 132 Delegado NINA LENDAL Dinamarca 133 Delegado BJOERN MILAN DAU SCHMIDT Alemania

134 Delegado CHANTELLE ANASTASIA MCMASTER Canadá

Estados 135 Delegado ALEXIS NOEL SMAY Unidos Estados

136 Delegado TIMOTHY PETER ANDERSON

Unidos 137 Delegado KEANU ASHTARANY Alemania 138 Delegado NILS HEIDENREICH Alemania 139 Delegado FREDERIK JOHANNES TOMASCHEWSKI Alemania 140 Delegado CRISTINA NYANGAI MASABAH SIIGER Dinamarca PARÁGRAFO PRIMERO: Los gastos de tiquetes aéreos, traslados, transporte interno, hospedaje y alimentación en los que incurran los observadores internacionales acreditados mediante este acto administrativo serán asumidos por cada una de las organizaciones que los postulan.

PARÁGRAFO SEGUNDO: DEBERES DE LOS OBSERVADORES: Los Observadores Internacionales acreditados en el artículo segundo del presente acto administrativo deberán

ajustarse a las disposiciones establecidas en las Resoluciones 447 de 1997 y 1707 de 2019. 9

RESOLUCIÓN No.3218 de 2022

Por medio de la cual se MODIFICA la Resolución No. 3024 de 2022, por la cual se ACREDITAN, en cumplimiento de lo dispuesto en las Resoluciones 447 de 1997 y 1707 de 2019 a las organizaciones y/o ciudadanos extranjeros como OBSERVADORES INTERNACIONALES para las elecciones presidenciales (segunda vuelta) que tendrán lugar el 19 de junio de 2022.

ARTÍCULO TERCERO: ÁMBITO GEOGRÁFICO: Los Observadores Internacionales acreditados podrán desarrollará su proceso de observación en todo el territorio nacional.

ARTÍCULO CUARTO: TEMPORALIDAD. Las acreditaciones otorgadas tendrán vigencia desde el 15 de junio de 2022 hasta las 12:00 del día 20 de junio de 2022.

ARTÍCULO QUINTO: COMUNICAR y PUBLICAR a través de la página web del Consejo Nacional Electoral la presente decisión.

COMUNÍQUESE PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los dieciséis (16) días del mes de junio de dos mil veintidós (2022). CÉSAR AUGUSTO ABREO MÉNDEZ Presidente Reglamentario Aprobada en Sala Plena realizada el día 16 de junio de 2022.

Reviso: secretario general: Rafael Antonio Vargas Gonzalez.

Proyectó: Ana María Villalba A

Revisó: José Antonio Vargas Yuncosa.

10

Consultar sobre este documento ...