🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CNE - Resolución 6370 de 2024

CNE - Consejo Nacional Electoral

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CNE - Resolución 6370 de 2024
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2024

ZapSign b2cf7331-e03b-4ee8-bed5-e048bb0767aa

RESOLUCIÓN No. 06370 de 2024 (22 de noviembre)

Por la cual se acreditan a los testigos electorales de ALCALDÍA MUNICIPAL DE PUERTO TEJADA - CAUCA, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las consultas populares de áreas metropolitanas que se realizarán el 24 de noviembre de 2024 , en el municipio de PUERTO TEJADA, CAUCA.

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 d e la Ley 1475 de 2011, el artículo 5 de la Resolución No. 04049 de 2024 y,

CONSIDERANDO

Que el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 estableció que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a cargos o corporacio nes de elección popular o promuevan el voto en blanco podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación, quienes vigilarán el proceso de las votaciones, podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades.

Que el parágrafo del citado artículo facultó al Consejo Nacional Electoral para reglamentar las formas y los procedimientos de acreditación e identificación de testigos electorales y auditores.

Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 04049 de 2024, en la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el

auditores.

Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 04049 de 2024, en la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral.

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales que hayan inscrito candidatos a cargos o corporaciones públicas o promuevan el voto en blanco, así como los comités independientes de promotores del mismo, tienen derecho a estar representados durante los procesos de votación, a razón de un testigo por cada mesa de votación, de igual forma, establece que las coaliciones tend rán derecho a un testigo por cada mesa.

Que, adicional a lo mencionado, el parágrafo del artículo primero de Resolución en cita establece que el testigo electoral podrá acreditarse para vigilar más de una mesa, pero en todo caso, en ninguna mesa de votaci ón podrá actuar más de un testigo electoral por organización política, coalición o promoción del voto en blanco.Resolución No. 06370 de 2024 Página 2 de 6 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del ALCALDÍA MUNICIPAL DE PUERTO TEJADA - CAUCA, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las consultas populares de áreas metropolitanas que se realizarán el 24 de noviembre de 2024, en el municipio de PUERTO TEJADA, CAUCA. ZapSign b2cf7331-e03b-4ee8-bed5-e048bb0767aa

noviembre de 2024, en el municipio de PUERTO TEJADA, CAUCA. ZapSign b2cf7331-e03b-4ee8-bed5-e048bb0767aa

Que el artículo segundo del mencionado acto administrativo definió que la postulación de los testigos se deberá realizar mediante la herramienta tecnológica dispuesta por el Consejo Nacional Electoral para tal fin, presentando la relación de los ciudad anos postulados como testigos electorales, a más tardar a las cinco de la tarde (5:00 p.m.) del viernes anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación.

Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 04049 de 2024, expedida por esta Corporación, estableció que se podrán postular de la siguiente manera:

1. En los puestos de votación de menos de diez (1 0) mesas, las organizaciones políticas con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos, comités promotores del voto en blanco, y coaliciones, podrán tener hasta un (1) testigo electoral remanente o adicional.

2. En los puestos de votación de más de diez (10) mesas, hasta un diez por ciento (10%) de testigos electorales remanentes o adicionales. En caso de que el porcentaje arroje un resultado decimal, se aproxima al entero siguiente.

Que la acreditación de los testigos que actuarán en las mes as de votación corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión.

un resultado decimal, se aproxima al entero siguiente.

Que la acreditación de los testigos que actuarán en las mes as de votación corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión.

Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verif icación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de IdentificaciónANI, y procederá a la correspondiente acreditación mediante la publicación de Acto Administrativo suscrito por la Presidencia del Consejo Nacional Electoral, el cual deberá contener el listado de los testigos electorales con la siguiente información: nombres completos, documento de identidad, organización política que representa, mesa(s) para la(s) que ha sido autorizado, o si es remanente.

Que el artículo 6 de la Resolución en cuestión especifica la manera en la que se identificarán los testigos electorales acreditados, que será con la presentación de la cédula o el documento que permita validar que esta se encuentra en trámite, adicionalmente deberá portar una credencial que, como mínimo, debe contener los nombres del ciudadano acreditado, el documento de identidad, agrupación política a la que representa, la(s) mesa(s) o la(s) comisión(es) en las q ue actuará, al igual que el código de verificación QR o similares que genere la herramienta tecnológica dispuesta para este fin. Las credenciales generadasResolución No. 06370 de 2024 Página 3 de 6

Por la cual se acreditan a los testigos electorales del ALCALDÍA MUNICIPAL DE PUERTO TEJADA - CAUCA, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las consultas populares de áreas metropolitanas que se realizarán el 24 de noviembre de 2024, en el municipio de PUERTO TEJADA, CAUCA. ZapSign b2cf7331-e03b-4ee8-bed5-e048bb0767aa

podrán presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital.

En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Testigos Electorales del ALCALDÍA MUNICIPAL DE PUERTO TEJADA - CAUCA, ante las mesas de votación que se instalarán para las consultas populares de áreas metropolit anas que se realizarán el 24 de noviembre de 2024, en el municipio de PUERTO TEJADA, CAUCA, a los siguientes ciudadanos:

CÉDULA DE CIUDADANÍA

NOMBRES Y APELLIDOS

ZONA

NOMBRE DEL PUESTO

MESA (S)

25619472 VIVIANA ESCOBAR 01 COLEGIO NACIONAL

JOSE HILARIO LOPEZ

7

25622095 YENI EULALIA RIVAS AMBUILA 01 COLEGIO NACIONAL

JOSE HILARIO LOPEZ

1

34372592 ZULEIMA PAZ ALEGRIA 01 COLEGIO NACIONAL

JOSE HILARIO LOPEZ

5

34373077 MAUSELEM CORTES 01 COLEGIO NACIONAL

JOSE HILARIO LOPEZ

1

34372592 ZULEIMA PAZ ALEGRIA 01 COLEGIO NACIONAL

JOSE HILARIO LOPEZ

5

34373077 MAUSELEM CORTES 01 COLEGIO NACIONAL

JOSE HILARIO LOPEZ

4

67005678 FRANCIA PEREZ PEREA 01 COLEGIO NACIONAL

JOSE HILARIO LOPEZ

3

1059983132 NATALIA CARVAJAL 01 COLEGIO NACIONAL

JOSE HILARIO LOPEZ

6

1059987148 ANYELA PAOLA NARVAEZ 01 COLEGIO NACIONAL

JOSE HILARIO LOPEZ

2

1112038257 NICOL DAYANA MOSQUERA CAÑADAS 01 COLEGIO NACIONAL

JOSE HILARIO LOPEZ

9

1112485557 DANY VANESSA MINA CELORIO 01 COLEGIO NACIONAL

JOSE HILARIO LOPEZ

8

1144089747 CHRISTIAN ANDRES ARENAS FILIGRANA 01 COLEGIO NACIONAL

JOSE HILARIO LOPEZ

10

25618999 LUZ CENAY MACHADO ROMERO 01 INST. EDUC.

SAGRADO CORAZON

4

25619282 NIDIA AMPARO VIAFARA COLLAZOS 01 INST. EDUC.

SAGRADO CORAZON

7Resolución No. 06370 de 2024 Página 4 de 6 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del ALCALDÍA MUNICIPAL DE PUERTO TEJADA - CAUCA, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las consultas populares de áreas metropolitanas que se realizarán el 24 de noviembre de 2024, en el municipio de PUERTO TEJADA, CAUCA.

ante las mesas de votación con ocasión a las consultas populares de áreas metropolitanas que se realizarán el 24 de noviembre de 2024, en el municipio de PUERTO TEJADA, CAUCA. ZapSign b2cf7331-e03b-4ee8-bed5-e048bb0767aa

34511149 ALBA NURI GONZALEZ FORI 01 INST. EDUC.

SAGRADO CORAZON

6

66827067 DERLI YANET SILVA COLORADO 01 INST. EDUC.

SAGRADO CORAZON

9

1007758897 LISBETH DAHIANA DIAZ CHARA 01 INST. EDUC.

SAGRADO CORAZON

1

1059983132 NATALIA CARVAJAL 01 INST. EDUC.

SAGRADO CORAZON

5

1112485557 DANY VANESSA MINA CELORIO 01 INST. EDUC.

SAGRADO CORAZON

2

1116449686 LUISA GIRALDO MOSCOSO 01 INST. EDUC.

SAGRADO CORAZON

8

1130946557 NELLY YOHANNA ALEGRIA HURTADO 01 INST. EDUC.

SAGRADO CORAZON

3

1144090924 DEBI MARCELA PALACIOS VERGARA 01 INST. EDUC.

SAGRADO CORAZON

10

4763281 NICOLAS PLACIDES CAMBINDO 02 COLEGIO FIDELINA

ECHEVERRI

8

34508108 URFANIA MONTAÑO ZAPATA 02 COLEGIO FIDELINA

ECHEVERRI

6

34510997 PETRONILA CARABALI PAZ 02 COLEGIO FIDELINA

ECHEVERRI

5

1007380452 MAIRA ALEJANDRA ROMERO VIAFARA 02 COLEGIO FIDELINA

ECHEVERRI

1

6

34510997 PETRONILA CARABALI PAZ 02 COLEGIO FIDELINA

ECHEVERRI

5

1007380452 MAIRA ALEJANDRA ROMERO VIAFARA 02 COLEGIO FIDELINA

ECHEVERRI

1

1007758892 LINA MARCELA LEMUS HURTADO 02 COLEGIO FIDELINA

ECHEVERRI

2

1059984779 PAOLA ANDREA RIVERA LONDOÑO 02 COLEGIO FIDELINA

ECHEVERRI

7

1111663303 SANTIAGO GONZALEZ RENTERIA 02 COLEGIO FIDELINA

ECHEVERRI

4

1114877502 BRENCY JENNIFER GUERRERO PASTAS 02 COLEGIO FIDELINA

ECHEVERRI

3

34508586 OTILIA VILLEGAS 02 ESCUELA URBANA DE

NIÑAS 1

34511902 DORA CELI BRICHES SANCHEZ 02 ESCUELA URBANA DE

NIÑAS 5

34516282 ALBA ENID ZUÑIGA 02 ESCUELA URBANA DE

NIÑAS 3Resolución No. 06370 de 2024 Página 5 de 6 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del ALCALDÍA MUNICIPAL DE PUERTO TEJADA - CAUCA, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las consultas populares de áreas metropolitanas que se realizarán el 24 de noviembre de 2024, en el municipio de PUERTO TEJADA, CAUCA. ZapSign b2cf7331-e03b-4ee8-bed5-e048bb0767aa

34610686 LINA JOHANNA VALENCIA RAQUIRA 02 ESCUELA URBANA DE

NIÑAS 4

ZapSign b2cf7331-e03b-4ee8-bed5-e048bb0767aa

34610686 LINA JOHANNA VALENCIA RAQUIRA 02 ESCUELA URBANA DE

NIÑAS 4

1007758836 LIDA MARCELA BALANTA ROJAS 02 ESCUELA URBANA DE

NIÑAS 2

41906272 LUZ MIRYAM OSORIO 02 CIUDAD DEL SUR 1

34370898 DIOSELINA MEJIA MINA 90 COLEGIO SAN PEDRO

CLAVER

1

34373012 EMILCEN PALACIOS SANCHEZ 90 COLEGIO SAN PEDRO

CLAVER

6

34374669 MARTHA LUCIA URRUTIA 90 COLEGIO SAN PEDRO

CLAVER

4

34374992 DIANA MILENA RENTERIA BALANTA 90 COLEGIO SAN PEDRO

CLAVER

2

34516579 CARMEN ELISA ZUÑIGA PATIÑO 90 COLEGIO SAN PEDRO

CLAVER 3 1059990998 BRENDA IBARGUEN LASSO 98 CARCEL 1

1002987903 KEVIN STIVEN QUEZADA LENIS 99 BOCAS DEL PALO 1

1105927076 ANGIE GONZALEZ LUCUMI 99 LAS BRISAS 1

1193097733 MARIA CAMILA HURTADO MARTINEZ 99 LOS BANCOS 1 34512915 BLANCA LILIA ROJAS MATA 99 PERICONEGRO 1 34604894 MARITZA MACHADO GONZALEZ 99 PERICONEGRO 2

25620628 OFIR PAZ DOMINGUEZ 99 SAN CARLOS 1

ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a los siguientes Partidos y

25620628 OFIR PAZ DOMINGUEZ 99 SAN CARLOS 1

ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a los siguientes Partidos y Movimientos Políticos con Personería Jurídica, acreditados en el presente acto

administrativo:

NO.

ORGANIZACIÓN POLÍTICA

DIRECCIÓN SEDE

CIUDAD SEDE

MAILResolución No. 06370 de 2024 Página 6 de 6 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del ALCALDÍA MUNICIPAL DE PUERTO TEJADA - CAUCA, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a las consultas populares de áreas metropolitanas que se realizarán el 24 de noviembre de 2024, en el municipio de PUERTO TEJADA, CAUCA. ZapSign b2cf7331-e03b-4ee8-bed5-e048bb0767aa

1 ALCALDÍA MUNICIPAL DE

PUERTO TEJADA - CAUCA

S/I PALMIRAVALLE DEL

CAUCA planeacion@puertotejada.gov.c o

ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Municipal de PUERTO TEJADA, CAUCA, al correo electrónico, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.

ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado

Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.

ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado Civil, a la Policía Nacional, a las Organizaciones de Observación Electoral debidamente acreditadas, y al Ministerio Público, para su conocimiento y lo de su competencia.

ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el presente acto administrativo, en la página web del

Consejo Nacional Electoral, www.cne.gov.co.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los (22) días del mes de noviembre de dos mil veinticuatro (2024).

Firmado digitalmente en ZapSign por

CESAR AUGUSTO LORDUY MALDONADO Fecha: 23/11/2024 01:31:16.304 (UTC-0300)

CESAR AUGUSTO LORDUY MALDONADO

Presidente

Vo.Bo. Adriana Milena Charari Olmos – Secretaria Técnica de Sala Revisó: Michell Galán García – Técnico Operativo Revisó y aprobó: José Antonio Parra Fandiño – Director de Vigilancia e Inspección Electoral Gustavo Alberto Lozano Ferro – Jefe Oficina de Tecnologías de la Información

Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Especializado

Daniel Leonardo Quintero Castillo – Profesional Universitario

Consultar sobre este documento ...