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CNE - Resolución 689 de 2022

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 689 de 2022
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2022

RESOLUCIÓN No. 689 de 2022 (19 de Enero) Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO frente al Gobierno municipal de Mocoa – Putumayo. EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con la Ley 1909 de 2018. CONSIDERANDO A través de la Resolución No. 0959 de 2020, el Consejo Nacional Electoral ordenó inscribir en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, las declaraciones emitidas por el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, frente algunos gobiernos locales, entre los cuales se encuentra la declaración política de independencia, frente al Gobierno municipal de Mocoa – Putumayo. El artículo sexto de la Ley 1909 de 2018 estableció que “Las organizaciones políticas podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el periodo de gobierno”. Mediante correo electrónico de fecha 01 de diciembre de 2021, se recibió solicitud con numero de radicados CNE-E-2021-024960 y CNE-E-2021-025424, por parte de la Doctora NUBIA STELLA MARTINEZ en su calidad de Directora Nacional del PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO – de modificación de la declaración política inscrita por el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, de parte del concejal ANGEL ANTONIO PIZO URREA, frente al

Gobierno municipal de Mocoa Departamento del Putumayo, así: Resolución No. 689 de 2022 Página 2 de 4 Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO frente al Gobierno municipal de Mocoa – Putumayo.

DECLARACIÓN SENTIDO DE LA

FECHA DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN INICIAL MODIFICACIÓN 01/12/2021 Putumayo Mocoa Municipal Independencia Oposición Por lo anterior y de acuerdo con lo previsto en el artículo 9° del Estatuto de la Oposición, le corresponde al Consejo Nacional Electoral, pronunciarse sobre la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de las declaraciones políticas que emitan las organizaciones políticas frente a los gobiernos departamentales, distritales y municipales, según corresponda, previa verificación de los requisitos formales, referidos al cumplimiento de lo previsto en los estatutos de cada partido o movimiento político con personería jurídica, en relación con la autoridad competente, el procedimiento para efectuar tal declaración política, y a la oportunidad conforme a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 1909 de 2018. Que una vez realizada la revisión fáctica y jurídica de la solicitud allegada por el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, se observa que el oficio allegado, fue adoptado y presentado conforme a lo dispuesto en el artículo 40 de los estatutos de esa organización política, en el cual se lee:

“ARTÍCULO 40.- funciones. Son funciones y deberes de la Dirección Nacional:

1. (...)

5. Definir los lineamientos políticos y programáticos del partido

21. Reglamentar, en concordancia con la normatividad vigente, las situaciones ordenadas en el presente Estatuto o, que no estando contempladas, sean necesarias para el buen funcionamiento y alcance de los objetivos del partido.

(..)

30. Las demás que le encomiende la ley y este Estatuto”.

De igual manera, se observa que la solicitud de modificación política sigue lo estipulado en el Memorando N°. 073 del 20 de diciembre de 2019 del PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, en el cual se lee: “(…) las bancadas de diputados y concejales electos del Centro Democrático antes de formalizar y dar a conocer a la autoridad electoral (CNE), la postura frente al gobierno local de turno, deberán informar (…) a la Dirección Nacional su decisión de declaración al correo electrónico secretariageneral@centrodemocratico.com (…)”. Resolución No. 689 de 2022 Página 3 de 4 Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO frente al Gobierno municipal de Mocoa – Putumayo. Con base en lo anterior, y que la solicitud cumple con los requicitos anteriormente mencionados, es decir, la Declaracion Politica fue comunicada a la Dirección Nacional del PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, se procederá a la inscripción en el Registro Único de

Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de la modificación de la declaración política, adoptada de acuerdo a lo previsto en sus estatutos y suscrita por la autoridad estatutariamente habilitada por el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO para tales fines. En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA, emitida por el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, frente al Gobierno municipal de Jamundí – Valle del Cauca, la cual quedará así: CARGO

DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARACIÓN DECLARANTE

DECLARANTE

Angel Antonio Putumayo Mocoa Municipal Oposición Concejal Pizo Urrea ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICACIÓN. El presente acto se entenderá notificado una vez se efectúe la correspondiente modificación y anotación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, lo anterior en los términos del artículo 70 de la ley 1437 de 2011. ARTÍCULO TERCERO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación, al PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, en la siguiente dirección: Calle 66 No. 7-59 Quinta Camacho, en la ciudad de Bogotá D.C., y en el correo electrónico secretariageneral@centrodemocratico.com. ARTÍCULO CUARTO. RECURSOS. Contra el presente acto administrativo no proceden recursos.

ARTÍCULO QUINTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación a la Asesoría de Inspección y Vigilancia mediante el correo electrónico inspeccionyvigilancia@cne.gov.co, para lo de su competencia. ARTÍCULO SEXTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación a la Procuraduría General de la Nación mediante el correo electrónico notificaciones.cne@procuraduria.gov.co. Resolución No. 689 de 2022 Página 4 de 4 Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO frente al Gobierno municipal de Mocoa – Putumayo. ARTÍCULO SÉPTIMO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación, al alcalde municipal deJamundí – Valle del Cauca, así como al concejo municipal. ARTÍCULO OCTAVO. PUBLÍQUESE el presente acto administrativo en el Diario Oficial y en la página web del Consejo Nacional Electoral.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los diecinueve (19) días del mes de enero de dos mil veintidos (2022).

DORIS RUTH MÉNDEZ CUBILLOS

Presidenta VIRGILIO ALMANZA OCAMPO Vicepresidente Ponencia: Proyectada por la Asesoría de Inspección y Vigilancia CNE., conforme Inc. 8, del artículo 2, Resolución No. 3134/18 modificado

por el artículo 1° de la Resolución No. 3941/19.

Proyectó: FDMQ.

Revisó: JAPF.

Aprobó: JAPF

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