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CNO - Acuerdo 10 de 1999

CNO - Consejo Nacional de Operación

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Detalles

Título
CNO - Acuerdo 10 de 1999
Autor
CNO - Consejo Nacional de Operación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
1999

Consejo Nacional de Operación CNO

ACUERDO No. 1 O ENERO 29 DE 1999

Por el cual se determinan unos plazos para envío de información sobre hidrologías El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994 y la Resolución 8-0103 del 2 de febrero de 1995 del Ministerio de Minas y Energía y según lo aprobado en su reunión Número 86, ACUERDA: PRIMERO: Todos los agentes hidráulicos deben enviar al CND, a más tardar el tercer mes de cada año, las series hidrológicas de caudales históricos oficiales (medias mensuales afluentes a los embalses) actualizadas a diciembre del año inmediatamente anterior. Esta actualización deberá estar acompañada de un informe de soporte. Esta información será almacenada en la base de datos del CND como información HISTORICA.

SEGUNDO: Dentro de los primeros siete (7) días calendario de cada mes los agentes hidráulicos acordarán con el CND cuál es la serie diaria de caudales operativos afluentes a sus embalses y la de volúmenes diarios de los embalses, correspondientes al mes inmediatamente anterior. Esta información será almacenada en la base de datos del CND como información OPERATIVA.

TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha

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