CNO - Acuerdo 1296 de 2020
CNO - Consejo Nacional de Operación
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Detalles
- Título
- CNO - Acuerdo 1296 de 2020
- Autor
- CNO - Consejo Nacional de Operación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2020
Que en el numeral 5.3 del Acuerdo 917 del 2 de febrero de 2017 se prevé que (...) "el agente representante de una planta hidráulica con serie hidrológica inicial o histórica cuya metodología ya haya sido aprobada por el SH, según lo previsto en los numerales 5.1 y 5.2 del presente documento, debe actualizar su serie anualmente, a más tardar el 31 de marzo de cada año, siguiendo el procedimiento descrito en el presente numeral." Que en el numeral 5.3.2. del Acuerdo 917 de 2016 se prevé que "Cuando un agente no tenga la información hidrológica inicial e histórica actualizada dentro del plazo aquí indicado, debe solicitar al Secretario Técnico del CNO hasta el 31 de marzo de cada año, el aplazamiento de la entrega de la información con la debida justificación. El Secretario Técnico remitirá la anterior solicitud al Presidente y al Coordinador Técnico del SH para que el tema sea incluido en la agenda de la reunión ordinaria del mes siguiente. Una vez el tema haya sido incluido en la agenda de reunión, el agente recibirá la citación a la reunión para presentar para aprobación del SH la solicitud de ampliación del plazo para la entrega de la
actualización de la información. El agente presentará en la reunión del SH la justificación de la solicitud de ampliación, indicando la nueva fecha en la cual se compromete a entregar la información y el borrador del acuerdo. Si el SH está de acuerdo con la solicitud, dará su concepto técnico favorable a la expedición de un acuerdo por el cual se apruebe la ampliación del plazo para la actualización de la información hidrológica inicial y lo remitirá al CO, para que este dé o no su recomendación al CNO de expedición del acuerdo correspondiente." Que EPM E.S.P. mediante comunicación 20200130038441 del 19 de marzo, solicitó el aplazamiento hasta el 31 de mayo de 2020 de la entrega de las series mensuales de las series río Cauca (Serie Cauca CP (Ituango), teniendo en cuenta que durante el año 2019 se presentaron algunos datos diarios faltantes en las estaciones Olaya y G-8 Palmichal, con las cuales se estiman respectivamente estas series y por lo tanto se está trabajando en metodologías alternas para completar esta información, las cuales se espera proponer al SURER y una vez se tenga su concepto favorable poder estimar estas series de caudales
medios mensuales. Que el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables - SURER en la reunión 389 del 19 de marzo de 2020 dio concepto favorable a la solicitud de ampliación de plazo de la actualización de las series hidrológicas río Cauca (Serie Cauca CP (Ituango) del año 2019, hasta el 31 de mayo de 2020. Que el Comité de Operación en la reunión 339 del 26 de marzo de 2020 recomendó al CNO la expedición del presente acuerdo. Aprobar la ampliación del plazo de entrega de la información hidrológica de las series hidrológicas río Acuerdo 1296 Por el cual se aprueba una ampliación del plazo para la entrega de la actualización de las series hidrológicas Cauca CP y Guadalupe del año 2019
Acuerdo Número: 1296
Fecha de expedición: 2
Abril, 2020
Fecha de entrada en vigencia: 7
Abril, 2020
Acuerdos relacionados: Acuerdo 917 Por el cual se aprueban los procedimientos para la oficialización, modificación, actualización y reporte de la información hidrológica de los ríos del SIN
- 01/12/2016
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de
la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 586 del 2 de abril de 2020 y,
CONSIDERANDO
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ACUERDA:
1Cauca (Serie Cauca CP (Ituango) y Guadalupe del año 2019, hasta el 31 de mayo de 2020. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición. Presidente - Diego González Secretario Técnico - Alberto Olarte Aguirre 2