CNO - Acuerdo 177 de 2001
CNO - Consejo Nacional de Operación
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Detalles
- Título
- CNO - Acuerdo 177 de 2001
- Autor
- CNO - Consejo Nacional de Operación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2001
CONSEJO NACIONAL DE OPERACION
CNO
ACUERDO No. 177
Octubre 19 de 2001 Por el cual se modifica el Acuerdo 49 respecto a la ¡nformac¡ón operativa El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las confer¡das en elArtículo 36 de la Ley 143 de 1994. la Resoluc¡ón 8-0103 del 2 de febrero de 1995 del Ministerio de Minas y Energía, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, y según Io acordado en la reunión No 162 del C.N.O. celebrada el 17 de octubre de 2001 Que los resultados del proceso de auditoría de los parámetros del Cargo por Capac¡dad no han sido publicados. Que los agentes consideran necesario compatibilizar la ¡nformación a usar en los diferentes procesos.
ACUERDA: PRIMERO: La información operat¡va para el planeám¡onto operativo energético será la últ¡ma información d¡sponible en el CND y aprobada por parte de la CREG para el cálculo del Cargo por Capac¡dad.
SEGUNDO: La información a la que se ref¡ere ol artículo anterior, es la
sigu¡ente: .tH . Ef¡ciencias térm¡cas (UCOM/MWh) . Factores de conversión (MWm3/s) . Capaddad arcos de descarga (m3/s) . Capacidad arcos de generación (m3/s). Niveles mínimo y máximo técn¡co de embalse (MM3) . N¡veles de espera de embalses (Mirl3). Demanda de Acueducto y Rjego (m3/s)
. Factores de recuperación de acueducto y riego . Curvas guías de embalse sin mínimos operativos (M[¡3) TERCERO: El CND tendrá c¡nco días hábiles a partir de la aprobac¡ón por parte de la CREG de la información de Cargo por Capac¡dad para actualizar sus bases de datos. iAcuERpo rr7 ICONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN cNo CUARTO: Esta información será utilizada para el élculo de los Niveles Mínimos Operativos de acuerdo con lo establecido en el numera¡ 2.1 delCódigo de Operación, Resotución CREG 025 de 1995, la Resoluc¡ón 1OO de1997 y aquellas que las mod¡f¡quen, sust¡tuyan o complementen.Adicionalmente, para este cálculo se usarán los costos térmicos, lascapacidades netas de las plantas despachadas centralmente y la generacióndetermín¡stica de plantas menores correspond¡ente a Ia últ¡ma ¡nformac¡ónd¡spon¡ble en el CND y aprobada por parte de la CREG para el cálculo delCargo por Capacidad QUINTO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición. Dado en Bogotá a los 19 dÍas de¡
GERMAN CORREDOR A.
ÁcuERpo ld 2