CNO - Acuerdo 2038 de 2025
CNO - Consejo Nacional de Operación
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Detalles
- Título
- CNO - Acuerdo 2038 de 2025
- Autor
- CNO - Consejo Nacional de Operación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2025
Que según lo previsto en el artículo 13 del Acuerdo 1586 de 2022 “Por el cual se actualiza el procedimiento para la realización de las pruebas de potencia reactiva de unidades de generación sincrónicas despachadas centralmente" se prevé lo siguiente: "PROCEDIMIENTO DE CAMBIO DE PARÁMETROS: Si como resultado de la realización de las pruebas de potencia reactiva de las unidades de generación despachadas centralmente, el agente generador encuentra que los límites de generación o absorción de potencia reactiva difieren de los declarados ante el CND, deberá solicitar el cambio de parámetros correspondiente. En este caso, en el Acuerdo que se expida se incluirá la curva de carga auditada (nueva curva de referencia) y la tabla con los valores de potencia reactiva anteriores y nuevos." Que siguiendo el procedimiento para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación del Acuerdo 1898 de 2024, EPM E.S.P. envió al CND mediante comunicación con número de
radicado XM 202544020469-3 del 01 de septiembre de 2025 la solicitud y los soportes técnicos correspondientes para modificar los límites de generación y absorción de potencia reactiva y curva de cargabilidad de las unidades 5, 6, 7 y 8 de la central Guatapé. Que XM S.A. E.S.P. mediante comunicación 202544017808-1 del 11 de septiembre de 2025 dio concepto favorable a la solicitud de modificación de los límites de generación y absorción de potencia reactiva de las unidades 5, 6, 7 y 8 de la central Guatapé, porque cumple con los procedimientos establecidos en la reglamentación vigente. Que el Subcomité de Controles en la reunión 321 del 16 de septiembre de 2025 dio concepto favorable a la solicitud de modificación de los límites de generación y absorción de potencia reactiva de las unidades 5, 6, 7 y 8 de la central Guatapé y las respectivas curvas de carga.
Que el Comité de Operación en la reunión 479 del 30 de septiembre de 2025 recomendó la expedición del presente Acuerdo. Aprobar la declaración de una nueva curva operativa de carga de las unidades 5, 6, 7 y 8 de la central Guatapé, en las que se define la capacidad para entrega y absorción de potencia reactiva de las unidades en función de la potencia activa generada, como se presenta a continuación: Acuerdo 2038 Por el cual se aprueba la incorporación del cambio en los límites de generación y absorción de potencia reactiva de las unidades 5, 6, 7 y 8 de la central Guatapé
Acuerdo Número: 2038
Fecha de expedición: 2
Octubre, 2025
Fecha de entrada en vigencia: 8
Octubre, 2025
Acuerdos relacionados: Acuerdo 1586 Por el cual se actualiza el procedimiento para la realización de las pruebas de potencia reactiva de unidades de generación sincrónicas despachadas centralmente
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Acuerdo 1898 Por el cual se aprueba la actualización de los procedimientos para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación, activos de uso del STN,
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El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 812 del 2 de octubre de 2025 y,
CONSIDERANDO
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ACUERDA:
1NUEVA CURVA DE CARGA El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 7 de octubre de 2025 para la operación del 8 de octubre de 2025. Presidente - German Caicedo Secretario Técnico - Alberto Olarte Aguirre 2