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CNO - Acuerdo 2042 de 2025

CNO - Consejo Nacional de Operación

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Detalles

Título
CNO - Acuerdo 2042 de 2025
Autor
CNO - Consejo Nacional de Operación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2025

Que mediante el Acuerdo 105 de 2000 se aprobó la realización de pruebas de batimetría en los embalses del Sistema Interconectado Nacional, el cual fue complementado por el Acuerdo 249 de 2002 y mediante el Acuerdo 237 de 2002 se estableció un procedimiento para el aplazamiento de las batimetrías. Que el 2 de febrero de 2012 se expidió el Acuerdo 565 por el cual se aprobó el procedimiento para la realización de las mediciones de batimetría de los embalses utilizados directa o indirectamente para la generación de energía eléctrica. Que en el artículo 4 de la Resolución CREG 030 de 2019 "Por la cual se define adelantar la auditoría de los parámetros declarados para participar en la subasta del Cargo por Confiabilidad para el período 20222023" se adicionaron los procedimientos de verificación de los parámetros mínimo técnico de embalses y máximo técnico de embalses, entre otros. Y los documentos base de la verificación de estos son el Acuerdo

512 de 2010 o aquel que lo modifique o sustituya y batimetrías. Que mediante el Acuerdo 512 de 2010 se ratificó la aprobación de los protocolos de pruebas o procedimientos para la estimación de las siguientes variables asociadas a Centrales Hidráulicas: Capacidad Efectiva Neta, Volumen Mínimo Técnico, Volumen Máximo Técnico, Volumen de Espera, Curva Guía Mínima, Curva Guía Máxima, Arcos de Generación, Arcos de Descarga, Arcos de Bombeo, Demanda de Acueducto y Riego, Factor de Retorno de Acueducto y Riego, Factores de Serie Menor, Volumen Útil y Volumen Muerto y se actualizaron las definiciones de los mismos, el cual fue sustituido por el Acuerdo 1321 de 2020. Que el Acuerdo 1321 de 2020 fue sustituido por el Acuerdo 1852 de 2024, en el que se eliminó el procedimiento de definición de la capacidad efectiva neta de las plantas hidráulicas. El procedimiento de

definición de la capacidad efectiva fue adoptado mediante el Acuerdo 1851 de 2024. Y mediante los Acuerdos 1853 y 1861 de 2024 se actualizó el procedimiento de solicitud de aplazamiento de la realización de las pruebas de batimetría. Mediante el Acuerdo 1884 se incluyó la ampliación de plazos para batimetrías de embalses nuevos, se ajustó el ámbito de aplicación del acuerdo, se incluyó un capítulo para definir el procedimiento de obtención de los volúmenes, se ajustaron las definiciones de algunos parámetros y se ajustó el criterio para la definición de la incertidumbre máxima en embalses con profundidad máxima mayor a 100 mts. Acuerdo 2042 Por el cual se aprueba la actualización del procedimiento para la realización de las mediciones de batimetría en los embalses de las plantas despachadas centralmente

Acuerdo Número: 2042

Fecha de expedición: 2

Octubre, 2025

Fecha de entrada en vigencia: 2

Octubre, 2025

Sustituye Acuerdo: 31/10/2024 Acuerdo 1884 Por el cual se aprueba la actualización del procedimiento para la realización de las

2 Octubre, 2025

Sustituye Acuerdo: 31/10/2024 Acuerdo 1884 Por el cual se aprueba la actualización del procedimiento para la realización de las mediciones de batimetría en los embalses de las plantas despachadas centralmente Acuerdos relacionados: Acuerdo 1898 Por el cual se aprueba la actualización de los procedimientos para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación, activos de uso del STN, activos de conexión al STN y sistemas de almacenamiento de energía con baterías SAEB

  • 14/11/2024

El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo acordado en la reunión No. 812 del 2 de octubre de 2025 y,

CONSIDERANDO

1 2 3 4 5 6Que el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables en la reunión 559 del 11 de agosto de 2025 dio

concepto favorable al ajuste del procedimiento de solicitud de ampliación del plazo de realización de las barimetrías en los embalses nuevos. Que el Comité de Operación en la reunión 479 del 30 de septiembre de 2025 recomendó la expedición del presente Acuerdo. Aprobar la actualización del documento "Procedimiento para la realización de batimetrías", que se adjunta al presente Acuerdo como Anexo que hace parte integral del mismo. La vigencia de los resultados de la batimetría de los embalses, realizada bajo el procedimiento previsto en el Acuerdo 565 de 2012, será de 5 años contados a partir de la fecha de finalización de los trabajos de campo. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y sustituye el Acuerdo 1884 de 2024. Presidente - German Caicedo Secretario Técnico - Alberto Olarte Aguirre 7

ACUERDA:

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