CNO - Acuerdo 2165 de 2026
CNO - Consejo Nacional de Operaciones
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Detalles
- Título
- CNO - Acuerdo 2165 de 2026
- Autor
- CNO - Consejo Nacional de Operaciones
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios_Publicos
- Año
- 2026
Que en la Resolución CREG 15 de 2018 se prevé la definición del Mercado de Comercialización así: "Mercado de comercialización: conjunto de usuarios regulados y no regulados conectados a un mismo STR y/o SDL, servido por un mismo OR. También hacen parte del mercado de comercialización los usuarios conectados directamente al STN del área de influencia del respectivo OR, así como los usuarios conectados a activos de un TR dentro de esta misma área." Que mediante el Acuerdo 1303 de 2020 se actualizaron los procedimientos para la gestión integral de la demanda. Que en los seguimientos realizados por el Centro Nacional de Despacho (CND) al comportamiento de la demanda de energía, se evidenció la necesidad de actualizar y fortalecer los procedimientos asociados a la gestión integral de la demanda, establecidos en el Acuerdo CNO 1303, con el fin de garantizar su adecuada aplicación y alineación con las condiciones actuales del Sistema Interconectado Nacional. Que en las reuniones mensuales del Grupo de Trabajo de Demanda Operativa, realizadas entre septiembre de 2025 y mayo de 2026, se revisaron y analizaron los ajustes propuestos al procedimiento de gestión integral de la demanda, establecidos en el Acuerdo CNO 1303, con el propósito de evaluar su pertinencia y
asegurar su adecuada implementación. Dichos ajustes incluyeron la incorporación del seguimiento por MC a nivel horario y la definición de criterios aplicables cuando se presenten desviaciones horarias superiores al 5% por MC; la fijación de la fecha para el reporte de circuitos aislables conforme a lo dispuesto en la Resolución CREG 119 de 1998; la ampliación del alcance en relación con la actualización de la ecuación de demanda y la creación de cargas equivalentes por MC; así como la extensión de las responsabilidades de los OR y RF respecto al seguimiento del desempeño de sus pronósticos, con base en los parámetros, indicadores y seguimientos establecidos por el CND, entre otros aspectos. Que el Grupo de Trabajo de Demandas Operativas en la reunión del 20 de mayo de 2026 dio su concepto favorable a la actualización del Acuerdo 1303. Que el Comité de Distribución en la reunión 339 del 26 de mayo de 2026 recomendó la expedición del presente Acuerdo. Aprobar los procedimientos para la gestión integral de la demanda que se encuentran en los Anexos del Acuerdo 2165 Por el cual se actualizan los procedimientos para la gestión integral de la demanda
Acuerdo Número: 2165
Fecha de expedición: 4
Junio, 2026
Fecha de entrada en vigencia: 4
Junio, 2026
Sustituye Acuerdo:
Acuerdo Número: 2165
Fecha de expedición: 4
Junio, 2026
Fecha de entrada en vigencia: 4
Junio, 2026
Sustituye Acuerdo: 05/04/2020 Acuerdo 1303 Por el cual se actualizan los procedimientos para la gestión integral de la demanda El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 834 del 4 de junio de 2026 y,
CONSIDERANDO
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ACUERDA: 1presente Acuerdo que hacen parte integral del mismo.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y sustituye el Acuerdo 1303 de 2020. Presidente - German Caicedo Secretario Técnico - Alberto Olarte 2