CNO - Acuerdo 228 de 2002
CNO - Consejo Nacional de Operación
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Detalles
- Título
- CNO - Acuerdo 228 de 2002
- Autor
- CNO - Consejo Nacional de Operación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2002
CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN c.N.o.
ACUERDo No 228
Abril 26 de 2002 Por€lcual se establece la pedodicidad con la que se deben real¡zar pruebas deestat¡smo por parte de un¡dades conectadas aislN p"ra 0", Crrpr¡ni¡"nji-aapreslac¡ón de del servic¡o de regulacibn primaria. El Consejo Nac¡onal de Operación en uso de sus facultades legales, en especiar rasconferidas en et Arl¡culo 36 de ta Ley 143 de 1994, ta Á""olriién b_oióá'jJ} o" l"$19"- r_es9^11 Ministerio de Minás y Enersi", "ia;"ó!;;ái oi"lié.ói¡0"vñtr(, uzc oe tvv5, su Regtamento Intemo y según lo acordado en la Reunión 173delC.N.O. cetebrada el 25 de ab¡i¡ de 2OO2 y
CONSIDERANDO:
1. Que el servic¡o de Regulac¡ón pÍmaria de Frecuenc¡a se encuentraregulado en tas Resotuc¡ón CREG O2A de 2OO12. Que de acuerdo con esta reso¡ución : Se debe ets'ld¡uar la uueba deestat¡smo aspeciñcada en et NunÉns,t Z.S.z ue¡a ae estat¡iÁó: an ta - per¡odicidad estabtecida y üoaed¡mientos estabtecidos pot et CNO3. Que €J1 cumptimiento de esia resotuc¡ón et cño, a traiés de-t Subóm é oeEstud¡os Etéctricos y et Com¡té de Operación na "va¡ra¿o ló" isJeiosrecntcos retacionados con las pruebas y produjo el documenlo ,lnforme
F¡nat De Pruebas De Estatismo y Banda lüuéna eiectua¿as n iis uniOáoesGeneÍadoras De¡ Sislema Intsrconectado Nac¡onal, ¿e aO¡l Oe ióOá.
ACUERDA: ARTICULO PRIMERO: Estabtecer una periodic¡dad de cuatro (4) años para Ereal¡zac¡ón de las pruebas de estatismo.PARAGRAFO: Dicho plazo se empezará a contar a partir de la fecha del Acuerdomeoranre et cuat €t CNO apruebe la última prueba realizada.
ARTICULO SEGUNDO: Las pruebas se reatiza€n de acuerdo con tos prolocolosdeb¡d-amente aprobados por elCNO.
PARAGRAFO: Las unidades o plantas nuevas o aquelas que se re¡ncoroorenoeoerán reat¡zar pru€bas antes de enlrar eñ operación comerc¡al. En el ca;o dere¡ntegro de una unidad o ptanta at mercado, el g;nerador podrá so¡¡c¡tar ai C.ñó. enrorma sustentada que se le exima de realizar la orueba.
ARTICULO TERCERO: Et presente acuerdo rige a partir de la fechalos que le sean conlrarios.
El Pres¡den_!e, Et sec y deroga todos '-lr ) +Y Acuerdo 228 1t1La l¡sta anexa contiene las unjdades y fechas en que se realizaron pruebas de banda muerta y estatismo durante el per¡odo 2000_2001. Este anexo será la base con la que el CNO aprobará d¡chas pruebas y emitirá un nuevo acuerdo según lo establecido en el parágrafo del artículo primero del
acuerdo CNO No 228.5.4 30 5.6 eb 12t42 30 30=eb12n2 5.89 .eb 12102 30 5.43 30 4Sl 30 Ene 23k2 30 Feb 25102 424 Feb 25k2 475 455 ne 10/02 30 5.32 4.19 re 11102 30 añe 11¡a2 5.69 30 5t02 l0Paipa I Dáipa ll 6.1 30 30 4.8 30 487 Ene 17102 E^e 17n2 <30 4.97 <30 +¡_roio-t <t0 4.85 ep 2An1 ep 20101 498 < 10 0 5 026 0 Feb 231A2 Feb 23102 <30 .30 4102 2 3 30 :.e 16/02 6n2=eb 25n2 527 30 :ne 3 r/02 432 30 :ne 3ll02 505 30 30 5.04 :ñ¿ 19102 5.17 5.24 507 521 Ene 19/02 5.1 35 535 35 eb 26102 35 4.57 200.eb 24t02 I 455 200 200 200 cbr r2l0ZI En€ 30/02 -.e 2An2 5.97 Eñé-ro2 I 502 :eb 18t02 489 eb 18/02 :ne 16/02 4.969 =ne 16142 54 30 eb 01/02 50 =ne 31102 =ñe 31n2 50