CNO - Acuerdo 284 de 2004
CNO - Consejo Nacional de Operación
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Detalles
- Título
- CNO - Acuerdo 284 de 2004
- Autor
- CNO - Consejo Nacional de Operación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2004
I
CONSEJO NACIONAL DE OPERACION cNo
ACUERDO NO 284
Enero 30 de 2004 Por el cual se aprueban algunos camb¡os para el envío d€ la oferta de generación a través del CNDNET. El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en elArtículo 36 de la Ley 143 de 1994, la Resoluc¡ón 8{103 del 2 de febrero de 1995 del Ministerio de M¡nas y Energia, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su reglamento ¡nterno y según lo acordado en la Reun¡ón No. 202 del C.N.O. celebráda el 29 de enero de 2004 y
CONSIDERANDO
1. Que el envío de la oferta de precio y declaración de d¡sponib¡lidad de los generadores se encuentra regulado 6n la Resoluciones CREG 025 de'1995 - Código de Operac¡ón .
2. Que el Centro Nacional de Despacho ha puesto a disposic¡ón de los agentes gBneradores al programa d€nominado CNDNET como medio principal para el envío de su oferta de prec¡o y declaración de disponibilidad, €n los términos establecidos en la regulac¡ón v¡gente.
3. Qu€ el Com¡té de Operac¡ón reoomendó adoptar ostos cambios a través de su concepto 021.
ACUERDA PRIMERO: lmplemontar en el programa CNDNET del CND, la opción de enviar ¡nd¡vidualmente la siguiente información: . Número de un¡dades en ciclo combinado
. Mín¡mos obl¡gatorios . Declarac¡ón de pruebas.
SEGUNDO: Adic¡onar nuevos ¡dentif¡cadores de tipo de los valores de oferta
asociados al Recurso, los cuales son:
ACUER¡O 284
IConsejo Nacionat de Operación Tlpo Descripción ucci lndica la Oferta del número de Unidades C¡clo Comb¡nado t¡po ipara el Recurso. MO Indica la Oferta de ¡ilinimo Obligatorio para el Recurso. T Indica el códioo de la prueba para el Recurso CNA lndica la descrioción de la prueba cuando esta es no autoñzada )' Donde: . La oferta de las unidades en ciclo combinado (UCC¡), mínimos obl¡gatorios (MO) e ¡dentificador del cód¡go de pruebas (T) debe estar compuesto por 24 valores; es decir, se ¡ngresa un valor consspond¡ente por cada período. . l\4O, son los mínimos de gensración horarios declamdos en la oferta de las plantas SALVAJINA, ALBAN y MIEL, o de aquellos recursos para los cuales eICNO aDruebe la dsclaración de estos mínimos en la oferla. . Las causas de pruebas autorizadas que hacen parte de los cód¡gos de prusbas (T) cor¡esponde a la lista establecida por el CNO en los respectivos acuerdos en que se haco referenc¡a a ellas. . Las causas de pruebas no autor¡zadas (CNA) serán sólo informativos, ya que dicha opción se utilizaÉ sólo para la descripción de la prueba no
autor¡zada a rcalizar y cualqu¡er información que se ingrese en esto espacio, se entenderá como identificación de prueba no autor¡zada.
TERCERO: La informac¡ón conocida como comentarios seÉ el¡minada del envio de Ia oferta. Por tanto, una línaa iniciada con un punto y coma (;) no seÉ tenida en cuenta por el Sistema CNDNET y no hará parte de la oferta.
CUARTO: En el caso de que un agente generador no envíe en la oferta, la informac¡ón conespondiente a lss un¡dades en ciclo combinado y/o mínimos obligatoios, se tomará la últ¡ma inlormación válida de los 24 per¡odos.
QUINTO: El identmcador T - Código de Prueba para el Recurso -, PodÉ
tener los siguientes valores:
ACItFIDO 284
2Coosejo Nacional de Operación cNo 0 1 2 3 4 5 6 7 8 l0 11 12 13't4 15 16't7 99 No hay Pruebas V¡bración y Balanceo Cargabilidad Em¡siones Rechazo de carga Verificac¡ón de Regulador de Turbina Estat¡smo y Toma de Carga PSS Después de un Overhaul Después de Repotenciac¡ón de Un¡dades Pruebas ln¡ciales con Combustible Altemo Potencia lnversa y Subexc¡tación Sumjn¡stro y Transporte d6 Combustible Heat Raté y/o Capac¡dad Efectiva Neta de plantas térmicas Modomización o Camb¡os de Eouioos de Control
Factor de Convers¡ón Black Start Prueba No Autorizada Parágrafo 1. Para la decláración de pruebas no autorizadas, sólo se tendÉ en cuenta el ident¡ficador CNA si al menos uno de los 24 valor€s del identit¡cador T es 99. Parágrafo 2. Los agentes podrán enviar la oferta 6n archivos planos los cuales deben seguir el mismo formato que se establece en este acueÍdo.
SEPTIMO: El presente acuerdo rige a partir de la oferta que se efectúe por parte de los agentes generadores el día 2 de marzo de 2004, las cuales seÉn consideradas para el DesDacho Económico del día 3 de mazo de 2004, y deroga cualqu¡er acue¡do que le sea contrario.
Dado en Bogotá a los 30 días del mes de enero de 2004. El Secretario Técnico,