CNO - Acuerdo 306 de 2004
CNO - Consejo Nacional de Operación
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Detalles
- Título
- CNO - Acuerdo 306 de 2004
- Autor
- CNO - Consejo Nacional de Operación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2004
1. ONSEJO NACIONAL DE OPERACION cNo ACUERDO NO. 306 septiembre 30 de 2oo4 r el cual se mod¡fican los artículos primero, sexto y Noveno del Acuerdo 270 del 2003 Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley t43 de 7994, Resoluc¡ón 8-0103 del 2 de febrero de 1995 del Minister¡o de Mifras y energía, el Anexo General de la Resolución CREG 025 de tdgs y según lo aprobado en su reun¡ón No. 210 del 30 de bre de 2004 y CONSIDERANDO Que en el Acuerdo 270 del Consejo Nacional de Operación se espec¡ficó la metodología y el procedimiento para la determinación de los valores numéricos del modelo lineal de las rampas aplicables al aumento y disminución de la generación de los recursos térm¡cos. según lo establecido en la Resolución CREG 009 de 2003. Que en el Acuerdo 270 se definieron los Despachos Alternativos y la aplicación de los valores UR'y DR'para d¡chos despachos' Que según lo definido en el Acuerdo 270, el Subcomité de Plantas Térm¡cas conjuntamente con el CND, real¡zan verificaciones de los resultados de la aplicac¡ón de los modelos de rampas en el despacho con base en las experienc¡as operativas de los agentes térm¡cos, Como resultado de estas verificaciones, se ha encontrado que se presentan despachos en los cuales los recursos térmicos se ven muy ex¡gidos
técnicamente ocasionando Dosibles desviac¡ones. Que el Com¡té de Operación en su reunión 125 del 23 de seDtiembre de 2OO4 d¡o concepto favorable para efectuar PImod¡f¡caciones de los artículos primero y sexto del acuerdo C.N.O. 270 mediante concepto CO-035.
5. Que al interior de la reun¡ón número 208 de julio 29 de 2004 del Consejo Nac¡onal de Operación se solicitó estud¡ar la posibil¡dad de agilizar los proced¡mientos de cambios de parámetros incfuidos en el Acuerdo 27o paft casos espec¡ales;
6. Que el Subcomité de Plantas Térm¡cas en su reuniÓn 88 del 16 de sept¡embre de 2004, recomendó elaborar un proyecto de Acuerdo que agilice el cambio de parámetros de rampas y demás valores numéricos contenidos en el Acuerdo 270 de 2003, por el cual "se espec,frta la metodología y el procedim¡ento para la determ¡nac¡ón de los valores numér¡cos de I modelo l¡neal de las rampas de aumento Y disminución de los generadores térm¡cos, según lo establec¡do en la Resoluc¡ón CREG 009 de 2003".
7. Que el Comité de Operac¡ón en su reunión No 125 del 23 de septiembre d¡o concepto favorable mediante concepto CO-037 para hacer efect¡vo la agil¡zac¡ón de cambios de parámetros asociados con el artículo noveno del Acuerdo 270 de 2003.
ACUERDA
PRIMEROI Modificar la def¡nición de Despachos Alternativos dada en el artículo PRIMERO del Acuerdo 270 del CNO de julio 18 de 2Q03 por el siguiente texto. CONSEJO NACIONAL DE OPERACION cNo Son despachos o redespachos gramados de recursos de generac¡ón térmica que en tres ríodos consecutivos, presentan un cambio de aumentoinución o d¡sm¡nución-aumento, y, adicionalmente, el rama del segundo período (de los tres analizados) no es ni el nimo técnico del recurso (MT), ni su disponibilidad declarada. Acuerdo 306 2 p o p Giáficamente este tipo de despachos y la aplicaciÓn de los valores UR'v DR'se muestran en el Anexo único del presente Acuerdo.CONSEJO NACIONAL DE OPERACION CNO SEGUNDO: el aftículo SEXTO del Acuerdo 270 del CNO quedará así: SEXTo: Para el cumplim¡ento de lo dispuesto en el articulo QUINTO del Acuerdo 270 del CNO, el Centro Nacional de Despacho (CND) deberá aplicar los valores UR'y DR' en el despacho y redespacho cuando se presenten despachos alternat¡vos. Los valores UR'o DR'se aplicarán en el tercer Periodo (de los tres analizados) salvo que por razones de calidad o seguridad del SIN el valor de generación de ese período no se pueda modif¡car. En dicho caso el cND determinará en que per¡odos es necesar¡o programar los valores UR'o DR', cumpl¡endo las restricc¡ones técnicas cons¡deradas en el despacho o
redespacho así como el criterio económico. Para efectos de la ¡dent¡flcación de los despachos alternativos y la aplicación de los valores UR'y DR', el CND determ¡nará los períodos consecutivos en el orden cronológico de los períodos considerados en el horizonte del desDacho o redespacho respect¡vo.
TERCERO: Para la mod¡f¡cación de los valores numéricos de las rampas de aumento y disminuc¡ón de los generadores térm¡cos establec¡dos en el Acuerdo CNO 270, los agentes se regirán por el Drocedimiento descrito a cont¡nuac¡ón: - Presentar la solicitud de cambio de los valores numéricos de sus rampas ante el CND con cop¡a al Secretario Técn¡co del C.N.O. - La solicitud debe ser Dor escrito, estableciendo claramente cuáles parámetros solic¡ta cambiar, ¡nd¡cando sus respectivos
fCONSEJO NACIONAL DE OPERACION CNO valores y los soportes técnicos necesarios para cada uno de ellos. - El CND dentro de un (1) día hábil s¡guiente, contado a partir del dÍa hábil s¡gu¡ente a la fecha de recepc¡Ón en el cND de la sol¡citud del agente, emitirá su concepto y lo rem¡tirá junto con los cambios solicitados y el soporte técn¡co al Secretar¡o Técnico del C.N.O v a los miembros del Subcomité de Plantas Térmicas. - Dentro de un (1) día háb¡l siguiente, contado a partir del d¡a háb¡l siguiente a la fecha de recepción en las empresas de la
solicitud del agente, los m¡embros del Subcom¡té de Plantas Térm¡cas, enviarán por escrito al Secretar¡o Técnico del C'N.O. con copia al presidente del com¡té de Operación. sus comentar¡os sustentando su recomendación de aprobación o rechazo a la solic¡tud. S¡ dentro del plazo mencionado algún agente miembro del Subcomité de Plantas Térmicas no presenta sus comentarios, se entenderá que no t¡ene objeciones a la sol¡citud. - El Secretario Técnico del C.N.O, con base en la posic¡Ón mayor¡taria de los agentes, procederá a la elaboraciÓn del respect¡vo Acuerdo y convocará a un CNO no presencial para la aDrobación del mismo. Adicionalmente, informará por escrito al cND sobre los camb¡os aprobados el m¡smo día de la aprobaciÓn, y en todo caso la puesta en operación de d¡chos cambios se realizará en el período 1 del tercer día después de la aprobac¡Ón, contado a partir del día siguiente a la misma.
PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de que no exista un acuerdo mayoritario dentro de los agentes del SPT sobre la recomendación de aprobac¡ón a la solic¡tud de camb¡o presentada por un agente térm¡co, la solic¡tud será anal¡zada en la s¡gu¡ente reun¡ón del Comité de Operación, quien presentará la recomendación final al c.N.o. f ._-\ar\ ll
Acuerdo l0óCONSEJO NACIONAL DE OPERACION
cNo PARÁGRAFo sEGuNDo. En caso de que la solicitud no sea clara, no se indiquen los nuevos valores, éstos no cumplan con lo establecido en la Resolución CREG 009 de 2003 o en el Acuerdo CNO 270, o no se presenten los respectivos soportes técnicos, el cND solic¡taré al agente una nueva solicitud indicando los motivos por los cuales considera que no cumple con lo establecido' El cND enviará copia al CNO de este requer¡miento' Para efectos de la aplicac¡ón del presente proced¡m¡ento, la fecha de ¡n¡cio del mismo será aquella en la cual el agente presente una solicitud que cumpla con lo establec¡do en el presente Acuerdo.
CUARTO: El presente Acuerdo se aplicará a partir del Despacho Económico del 5 de octubre de 2004 que se elabora el 4 de octubre de 2OO4 y deroga todos aquellos acuerdos que le sean contrar¡os.
Dado en Bogotá a los 30 días del mes de septiembre de 2004. El Pres¡dente ad-hoc. El Secretar¡o Técnico, í) J Acuerdo 306
5ONSEJO NACIONAL DE OPERACION cNo
AI\IEXO EJEMPLOS GRJIFICOS DE DESPACHOS ALTERNATIVOS : Son desDachos o redespachos ramados de recursos de generación térmica que en tres odos consecutivos, presentan un cambio de aumentoninuc¡ón o disminución-auniento, Y, adicionalmente, el rama del segundo período (de los tres analizados) no es n¡ el
imo técnico del recurso (MT), ni su disponibilidad declarada. Tipos de Despachos Alternativoa AumerÍcDisminuc¡ón Dism¡nución-Aumento A cont¡nuac¡ón se Dresentan despachos con aumento-d¡sminución dibminución-aumento los cuales NO SON Despachos Alternat¡vos' Despachos NO A lte rn at¡vos di pr mCONSEJO NACIONAL DE OPERACION CNO Los anteriores NO SON Despachos Alternat¡vos, ya que para el cumpl¡m¡ento del despacho en el segundo período, el cual es el MT o la d¡sponibilidad declarada, según el caso, se tuv¡eron que aplicar los valore UR y/o DR en el pr¡mer y/o tercer período haciendo factible dicho despacho. APLICACIóN DE LOS VALORES UR' Y DR' Los valores UR'y DR'se aplicarán en el despacho y redespacho cuando se presenten despachos alternat¡vos. Los valores UR'o DR'se aplicarán en el tercer período (de los tres analizados) salvo que por razones de calidad o segur¡dad del SIN el valor de generación de ese período no se pueda modificar. En dicho caso el CND determinará en que períodos es necesar¡o programar los valores UR'o DR', cumpl¡endo las restricc¡ones técnicas consideradas en el despacho o redespacho así como el cr¡ter¡o económ¡co. Ejemplos Aumento - Disminución utilizando el máx¡mo UR para pasar del pr¡mer Petíodo al segundo, se puede obtener una generac¡ón (en energía)
menor que la potencia final del período. Con este valor de generación del segundo períodor es posible obtencr para el tercero una generación factible con el máximo DR lo cual No cumple Acuerdo 306 '7 dsgr + DISPON.CONSEJO NACIONAL DE OPERACION cNo puede no ser c¡erto al considerar el valor de Potenc¡a finalAplicación del DR' Para solucionar el problema anter¡or se aplicar¡a el DR'para pasar del segundo al tercer período. OISPONIBILIDAO Sl cumple
DISPON.
Disminución - Aumento Utilizando el máximo DR para pasar del Primer Período al segundo, se obt¡ene una generación mayor al mínimo técn¡co del rccurso. Con este valor de generación del segundo período, es posible obtener para el tercero una generación factible con el máxirno UR, pero s¡ al final del segundo período el recurso se encuentra en su mínimo técnico no ¡e será factible cumpl¡r la generación del tercero considerando el máximo UR. s,9\) Acue¡do 306 8OI\$SEJO NA,CIONAL DE OPERACION cNo No cumple soluctonar el pr@báma anter¡or se aplicarÍa el UR' para pasar seguodo al tercer perfodo, Sl cumple Acue¡do 306