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CNO - Acuerdo 319 de 2005

CNO - Consejo Nacional de Operación

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Detalles

Título
CNO - Acuerdo 319 de 2005
Autor
CNO - Consejo Nacional de Operación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2005

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CONSEJO NACIONAL DE OPERACION CNO /\CUERDO No, 319

Febrero 24 de 2OOS Por el cual se acurerda el procedimiento para el reporte de informac¡ón del Esquema de Deslastre Automático de Carga y la realización de pruebas a dicho Esquema El consejo Naclonal de rlperac¡ón en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, la Resolución B-0103 del :l de febrero de 1995 del M¡n¡sterio de N4¡nas y Energía, el Anexo genL'ral de la resoluc¡ón CREG 025 de 1995, su Reglamento interno y según lo acordado en su reunión No 216 del 24 de febrero de 2005 y,

CONSIDERANDO

1Que según se establece en la Resolución 061 de 1996 "Med¡ante estud¡os de estab¡l¡dad d¡námíca y apl¡cando los cr¡ter¡os definídos en este Cód¡go, el CND determ¡nará para cada área operatíva el número de etapas a ¡mplementar, el porcentaie de demanda total a desconectar en cada etapa y la tempor¡zac¡ón correspond¡ente. El esquema será somet¡do a cons¡derac¡ón de las empresas a f¡nales de abr¡l de cada año. El CND rev¡sará la propuesta ten¡endo en cuenta los comentar¡os de lás empresas y colocará a su d¡spos¡ción el informe del esquema def¡n¡tivo antes del 31 de mayo de cada año.

Las emDresas deberán tener ¡mplantado el esquema antes del 30 de jun¡o del m¡smo año". 2Que en el año 2OCr2 el CND propuso la ¡mplementación de un mecanismo de verificar:ión del esquema instalado por parte de cada uno de los oDeradores de red 3Que d¡cha propuesta se plasmó en el Acuerdo CNO 278 de d¡ciembre 18 del 2003. 4Que en el cumplimlento de lo establecido en dicho Acuerdo, los operadores de red cons¡deraron conven¡ente hacer algunos ajustes al mtsmo. 5Que el Comité de operac¡ón en su reunión 130 del 17 de febrero de 2oo5 analizó la propuesta de acuerdo estructurada por el

ACUERDO 3I9

1lo CONSEJO N,{CIONAL DE OPERACION CNO Subcom¡té de Estudios Eléctricos y el Com¡té de D¡stribución, y d¡o concepto favorable, CO-46, ACUERDA PRIMERO.- cada operador de red deberá reportar la ¡nformación referente a su esquema EDAC, para efectos de la realizac¡ón de los estudios eléctr¡cos del mismo por parte del CND, a más tardar en febrero de cada año. La información se deberá reportar en los formatos de las tablas 1, 2 y 3 del Anexo 1 del presente Acuerdo.

PARÁGRAFO: Para el prlmer año, la información debe ser reportada a más tardar el 15 de marzo de 2005, SEGUNDO.- El Subcorn¡té de Estud¡os Eléctricos en abril de cada

año, una vez Dresentado en este Subcom¡té el ¡nforme de la actuac¡ón del esquema en el año precedente, defin¡rá las etapas a las cuales se les harán las pruebas del esquema. TERCERo.- cada operador de red realizará pruebas al número de c¡rcu¡tos del esquema que corresponda por lo menos al 50o/o de la demanda en cada una de las etapas prev¡amente selecc¡onadas para las pruebas, no implicando que haya desconexión de los c¡rcu¡tos, min¡m¡zando el riesgo de apertura desconectando los d¡sparos por baja frecuencia, inyecti¡ndo los reles y bajo cons¡gnación con riesgo de dlsparo, según lo d€rf¡nido en numeral anter¡or' El resultado de las pruebas al esquema se reportará según los formatos del Anexo 2 del presente Acuerdo.

PARÁGRAFO: En el caso en el cual el Subcomité de Estudios Eléctricos determine realizar pruebas a las etapas 1 y 2, éstas se harán sobre la totalidacl del esquema en estas etapas.

CUARTO.- Las pruebas real¡zadas por cada operador de red se cons¡derarán exitosas ciuando se obtengan resultados de desv¡ac¡ones máximas en frecuenc¡ia de +/- 0,03 hz. del umbral de frecuenc¡a correspondiente a la respectiva etapa y resultados de desviac¡ones máximas en temporización de +/- 50 ms del retardo de tiempo correspond¡ente a la respectiva etapa. QUINTO.- Cuando ocurra un evento en el SIN que involucre

actuac¡ón del EDAC, el cND hará la evaluación del comportamiento del esquema y en aquellas áreas donde el operador de red no reporte los resultados de su actuación y/o se verlf¡que la inadecuada

ACUERDO 3I9

2CONSEJO NI\CIONAL DE OPERACION CNO part¡c¡pación en el m¡snto, el CND env¡ará comunicación al CNO, con cop¡a al operador de red respectivo. En caso de encontrarse ¡nadecuada la part¡cipación del esquema EDAC, el operador de red quedará obligado a real¡zar las pruebas a los c¡rcu¡tos no actuados o que hayan estado en rnanten¡m¡ento en el momento del evento e informar al CND del re:;ultado de las mismas dentro de los 60 días calendar¡o siguientes a la ocurrenc¡a del evento. SEXTO.- El CND presentaré el resultado de las pruebas del EDAC del SIN en la reunión del CNO posterior al 30 de Nov¡embre de cada año. SÉPTIMO,- El presente Acuerdo rige a part¡r de la fecha y deroga y sust¡tuye el Acuerdo 27tl del CNO. Dado en Bogotá D.C. a los 24 días del mes de febrero de 2005. El Secretario Técn¡co, ///'/" ( ,T"

OLARTEAGU

.!'

ACUERDO 3I9

3 El Preside

¡4AR SERMNO RUCONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN

CNO

ANEXO 1

TABLAS PARA REPORTE DE INFORMAC¡ON DEL ESQUEMA

EDAC Tabla L Caracterbtlcas de lo3 .€l& do bal.l¡€cu€ncla Lo I

ACUERDO 319

4

S/E MRRAJE

RELE FRECUENCIA TEIVPORIZACION OBSERVACIONES

TIPO RANGO PASO RANGO PASO

Sübestaclón 1 Sube6tación 2oó ) :t:t ¿ ú. o óz o ó o t:l-l-l" aa E9 .E .É o 5 o I o F o A I e É .g P Éo ózo o Éo F o s p .Y 9 ! o 5 E P UJ o o Éo F z o É .s .E o o ó o o F o o :q ó :9 3 :9 ñ f F E 'a o 3 E fi z r\ n 3Z z a zo f ? j E' bsF E € d ¿ a6 adt S;> É-€ j E 3,,4E iñ I d ü E E Aq €8 -ñE ¿ts Es t5 d I 3fr t:l El t.$l g a z ¿3 (J z ^3 0 z Q ,! g a E E E6 n 9E gt ;E

!PCONSEJO NACIONAL DE OPERACION

CNO ^r

ANEXO 2

FORIIATO PARA EL REPORTE DE RESULTADOS DE PRUEBAS AL

ESQUEfiIA EDAC

ACUER-DO 3I9

7oo 3Z =v z a z H P E I 5 6 f B I 6 s 5 6 e ü == túi I og 9 e3 I ó e 3 e ¡ () 5 F o á f t P o s 9 t I E P 6 e UJ g É I ¡ l H I 3 9 3 l 6 I 5 P g ñ I o 6 3 6 o 3 ñ É I 6 e ñ ñ e g o I E 9 I ñ 6 E e ó E E I c H P ó t" 3 R E I I e N ! I E e I I 6 É 0 \

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