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CNO - Acuerdo 323 de 2005

CNO - Consejo Nacional de Operación

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Detalles

Título
CNO - Acuerdo 323 de 2005
Autor
CNO - Consejo Nacional de Operación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2005

CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN

CNO

ACUERDO 323

Mayo 04 de 2005 Por el cual se reglamenta la elección del Presidente del Comité Legal del CONSEJO NACIONAL DE OPERACION =l Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades, en ospecía! las conferidas por los Ácuerdos 157 y 199 de agosto de 2001 y según lo aprobado en la reunión No, 218 del 28 ge abril de 2005, ACUERDA: ARTICULO PRIMEROS De conformidad con 16 cispuesto en 10S Acuerdos 157 y 169 de 2001, el Comité Legal deberá es Y concepto sobre los temas iurídicos que sean sometidos a consideración por el Consejo Naciona! de Operadcione los demás temes legates relacionados con il Consejo.

ARTICULO SEGUNDO: El Comite Lega! contará con un Presidente elegido de su seno, por ia mayoría de Jos rilembros, el cual desempeñará dicha función por periodos de un año y podrá ser reelegido para el período siguiente. Mientras no se lleve a cabo la elección de un nuevo Presidente, se entenderá para todos los efectos que el periodo del Presidente en ejercicio se extiende hasta la elección y aceptación del sucesor. El Presidente tendrá un suplente quien lo reemplazara en sus ausencias temporales 0 absolutas; su designación se hará al mismo tiempo que ja del Presidente y su periodo iniciara y terminara en las mismas fechas que el Presidente. Las funciones del Presidente serán las de presidir las reuniones del Comité, coordinar junto con el Secretario del mismo, las convocatorias y el temario de las retiniones y velar por el cumplimiento del programa de trabajo que se establezca y el

que el Presidente. Las funciones del Presidente serán las de presidir las reuniones del Comité, coordinar junto con el Secretario del mismo, las convocatorias y el temario de las retiniones y velar por el cumplimiento del programa de trabajo que se establezca y el seguimiento de las tareas del Comité, suscribir con el Secretario las actas del Comite, y las demás funciones que le sean asionadas. La Secretería del Comité estara a cargo del Asesor Legal de! Consejo Nacional de Operación — CNO, ACUERDO 325Consejo Nacional de Operación CNO El Presidente y Secretario serán responsables ante el Secretario Técnico del buen desarrollo del plan de trabajo del Comité y deberán mantenerlo debidamente informado sobre las decisiones, propuestas y avance de los estudios que realice el Comité Legal.

ARTICULO TERCERO: En todo lo demás, el funcionamiento del Comité Legal del CNO esta sujeto a lo dispuesto en los Acuerdos 157 y 199 de 2001.

ARTICULO CUARTO: El presente acuerdo deroga los Acuerdos 157 y 199 de 2001 en la que les sean contrarios.

ARTICULO QUINTO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

Dado en Bogotá D. €., alos 04 días del mes de mayo de 2005, El Presidente. EE BA El Secretario Técnico, A EE o an ma E MS pt E

“SHRAR SERRANO RUEDA ALBERTO OLARTE AGUIRRE

ACUERDO 523

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