CNO - Acuerdo 323 de 2005
CNO - Consejo Nacional de Operación
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Detalles
- Título
- CNO - Acuerdo 323 de 2005
- Autor
- CNO - Consejo Nacional de Operación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2005
CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN
CNO
ACUERDO 323
Mayo 04 de 2005 Por el cual se reglamenta la elección del Presidente del Comité Legal del CONSEJO NACIONAL DE OPERACION =l Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades, en ospecía! las conferidas por los Ácuerdos 157 y 199 de agosto de 2001 y según lo aprobado en la reunión No, 218 del 28 ge abril de 2005, ACUERDA: ARTICULO PRIMEROS De conformidad con 16 cispuesto en 10S Acuerdos 157 y 169 de 2001, el Comité Legal deberá es Y concepto sobre los temas iurídicos que sean sometidos a consideración por el Consejo Naciona! de Operadcione los demás temes legates relacionados con il Consejo.
ARTICULO SEGUNDO: El Comite Lega! contará con un Presidente elegido de su seno, por ia mayoría de Jos rilembros, el cual desempeñará dicha función por periodos de un año y podrá ser reelegido para el período siguiente. Mientras no se lleve a cabo la elección de un nuevo Presidente, se entenderá para todos los efectos que el periodo del Presidente en ejercicio se extiende hasta la elección y aceptación del sucesor. El Presidente tendrá un suplente quien lo reemplazara en sus ausencias temporales 0 absolutas; su designación se hará al mismo tiempo que ja del Presidente y su periodo iniciara y terminara en las mismas fechas que el Presidente. Las funciones del Presidente serán las de presidir las reuniones del Comité, coordinar junto con el Secretario del mismo, las convocatorias y el temario de las retiniones y velar por el cumplimiento del programa de trabajo que se establezca y el
que el Presidente. Las funciones del Presidente serán las de presidir las reuniones del Comité, coordinar junto con el Secretario del mismo, las convocatorias y el temario de las retiniones y velar por el cumplimiento del programa de trabajo que se establezca y el seguimiento de las tareas del Comité, suscribir con el Secretario las actas del Comite, y las demás funciones que le sean asionadas. La Secretería del Comité estara a cargo del Asesor Legal de! Consejo Nacional de Operación — CNO, ACUERDO 325Consejo Nacional de Operación CNO El Presidente y Secretario serán responsables ante el Secretario Técnico del buen desarrollo del plan de trabajo del Comité y deberán mantenerlo debidamente informado sobre las decisiones, propuestas y avance de los estudios que realice el Comité Legal.
ARTICULO TERCERO: En todo lo demás, el funcionamiento del Comité Legal del CNO esta sujeto a lo dispuesto en los Acuerdos 157 y 199 de 2001.
ARTICULO CUARTO: El presente acuerdo deroga los Acuerdos 157 y 199 de 2001 en la que les sean contrarios.
ARTICULO QUINTO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Dado en Bogotá D. €., alos 04 días del mes de mayo de 2005, El Presidente. EE BA El Secretario Técnico, A EE o an ma E MS pt E
“SHRAR SERRANO RUEDA ALBERTO OLARTE AGUIRRE
ACUERDO 523
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