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CNO - Acuerdo 326 de 2005

CNO - Consejo Nacional de Operación

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Detalles

Título
CNO - Acuerdo 326 de 2005
Autor
CNO - Consejo Nacional de Operación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2005

A o — e . 18 rn NS a os TOS

CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN

CNO

ACUERDO No. 326

Junio 30 de 2005 Por el cual se aprueba el retiro de los parámetros de la operación con combustible sustituto de las unidades Cartagena 1, 2 y 3 El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Articulo 36 de la Ley 143 de 1994, la Resolución 8-0103 del 2 de febrero de 1995 del Ministerio de Minas y energía, el Anexo General de la Resolución CREG 025 de 1995 y según lo aprobado en su reunión No. 220 del 30 de junio y, 1 CONSIDERANDO Que TFRMOCARTAGENA SA ESP en Reestructuración, mediante comunicación radicada en ISA bajo el número 012109-3 del 3 de junio de 2005 dirigida al Centro Nacional de Despacho, CND, solicitó el retiro de los parámetros de la operación con combustible sustituto de las unidades Cartagena 1,2 y 3, Que el CND siguiendo el procedimiento aprobado por el CNO en el Acuerdo No 84 del / de septiembre de 2000, puso a consideración del Subcomité de Plantas Térmicas, SPT, la solicitud de

TERMOCARTAGENA.

El Subcomité de Plantas Térmicas en su reunión 98 del 10 de junio de 2005, acepto llevar al CNO la solicitud de retiro de las unidades Cartagena 1, 2 y 3 como elegibles para la sustitución de generación de energía eléctrica con Gas Natural por FUEL OIL No6, luego de la presentación de los siguientes argumentos por parte de

TERMOCARTAGENA:

Cartagena 1, 2 y 3 como elegibles para la sustitución de generación de energía eléctrica con Gas Natural por FUEL OIL No6, luego de la presentación de los siguientes argumentos por parte de TERMOCARTAGENA: »= Que la regulación actual no obliga a tener un sistema sustituto de combustible para la generación “ Que la regulación actual no reconoce los costos asociados al manlenimento de la infraestructura necesaria para tener disponible los sistemas para generación con combustible sustituto. . Que debido a esta falta de incentivos y a la situación económica de la empresa, no se han llevado a cabo durante los últimos años las inversiones necesarias para tener operativo el sistema de combustible sustituto ACUERDO 326 |ri a Pa, 1330 AAA mijo q ya Fr A A A AQ Consejo Nacional de Operación CNO 3 Que el Comité 6c Operación en su reunión No 135 del 16 de junio de 2005, dio concepto favorable para aceptar lo solicitado por TERMOCARTAGENA, mediante Concepto CO-50, y recomendo al CNO su aprobación, ACUERDA PRIMERO, Aceptar el retiro de los parámetros de las unidades Cartagena 1, 2 y 3 para operar con combustible sustituto solicitada al CND, SEGUNDO: El presente Acuerdo se aplicará a partir del despacho del 6 de ¡jullo de 2005, que se realizará el día 5 del mismo mes. El Presidente ad-hoc El Secretario Técnico 0 Obs Úeoill Me ASIA

OLCGÍA CECILIA PEREZ alserioo OLART

ACLILRIDO 396

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