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CNO - Acuerdo 345 de 2005

CNO - Consejo Nacional de Operación

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Detalles

Título
CNO - Acuerdo 345 de 2005
Autor
CNO - Consejo Nacional de Operación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2005

A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A

CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN

CNO

ACUERDO N 345

Diciembre 27 de 2005 Por el cual se define el orden de elegibilidad de los candidatos al cargo de Asesor Legal del Consejo Nacional de Operación El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, la Resolución 8-0103 del 2 de febrero de 1995 del Ministerio de Minas y Energía, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 ,su reglamento interno, según lo aprobado en su sesión no presencial N 230 celebrada el 21 de diciembre de 2005 y, CONSIDERANDO 1. - Que el CNO en su sesión 223 del 25 de agosto de 2005, nombró una Comisión integrada por los representantes de TASAJERO, EMGESA, CODENSA, XM-CND, el Secretario Técnico del CNO y la Presidente del Comité Legal, con el objetivo de definir y llevar a cabo el procedimiento de selección del Asesor Legal del Consejo Nacional de Operación y formular una recomendación acerca del candidato a ocupar dicho cargo. - 2. - Que ta Comisión siguió el procedimiento definido en sus etapas de: análisis de las hojas de vida de los candidatos, a partir de los cuales realizó una preselección de los mismos considerando unos requisitos mínimos de experiencia profesional y específica en el sector energético. A los candidatos preseleccionados se solicitó un ensayo jurídico sobre la naturaleza jurídica del CNO. Los tres candidatos que presentaron los mejores ensayos a juicio de la Comisión fueron examinados bajo

A los candidatos preseleccionados se solicitó un ensayo jurídico sobre la naturaleza jurídica del CNO. Los tres candidatos que presentaron los mejores ensayos a juicio de la Comisión fueron examinados bajo pruebas psicotécnicas. 3. - Que una vez conocidos los resultados de las pruebas psicotécnicas, la Comisión considero que tenía los elementos suficientes para dar una recomendación al CNO y que era necesario solicitar autorización para negociar el salario final con el candidato propuesto. ACUERDA ACUERDO 345 lConsejo Nacional de Operación CNO ARTICULO PRIMERO: Aprobar la recomendación de la Comisión respecto a los candidatos al cargo de Asesor Legal de Consejo con el siguiente orden de elegibilidad:

1. RICARDO LEON RESTREPO JARAMILLO

2. JAVIER ORTIZ MUNOZ 3, CLAUDIA ANGELA NAVARRO ACEVEDO ARTICULO SEGUNDO: Autorizar a la misma Comisión para negociar las | condiciones económicas con el candidato seleccionado bajo los parámetros derivados del presupuesto del CNO aprobado para el año

2006. En caso de no llegar a un acuerdo económico con el primer candidato, seguir estrictamente el orden de elegibilidad con los siguientes candidatos.

ARTICULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todos los que le sean contrarios.

Dado en Bogotá D.C, a los 27 días del mes de diciembre de 2005, El Presidesité;” El Secretario Técnico, Mb > rf:

OMAR SERRANO RUEDA ERTO RTE AGUIRRE .

ACUERDO 345 2 b

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