CNO - Acuerdo 35 de 1999
CNO - Consejo Nacional de Operación
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Detalles
- Título
- CNO - Acuerdo 35 de 1999
- Autor
- CNO - Consejo Nacional de Operación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 1999
CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN
CNO
ACUERDO No. 35
Octubre 4 de 1999 Por el cual se define el tratamiento de la disponibilidad de plantas en pruebas El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, la Resolución 8-0103 del 2 de febrero de 1995 del Ministerio de Minas y Energía, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, según lo aprobado en su reunión No 106 del 4 de octubre de 1999 y teniendo en cuenta la recomendación del Comité de Planeamiento Operativo EnergéticoCPOE-.
ACUERDA: PRIMERO: Las unidades en pruebas serán consideradas como plantas en operación normal, es decir sus horas de operación serán consideradas como horas disponibles y las horas bajo falla como horas indisponibles.
SEGUNDO: EI presente Acuerdo rige a partir de su firma
El Presidente, ALBE