CNO - Acuerdo 354 de 2006
CNO - Consejo Nacional de Operación
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CNO - Acuerdo 354 de 2006
- Autor
- CNO - Consejo Nacional de Operación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2006
CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN CNO o
ACUERDO No. 354
Febrero 23 de 2006 r el cual se aprueba un procedimiento alterno para realizar la prueba de SiÑEmá en las unidades y plantas d del Sistema D 0 ca 13 053-del 2. de febrero de 1995 del Mi el Anexo general Minas Y a, lo definido en la reunión No. 232 del 23 1995 y s de 2006
- < ll
Fr (O 3 7
CONSIDERANDO
1. Que en cumplimiento de la Resolución CREG 023 de 1
(Parágrafo del articulo Tercero) todas las plantas y unidades despachadas centralmente deberán efectuar una prueba de los parámetros relacionados con el servicio de regulación primaria de frecuencia. Que de acuerdo con esta resolución se debe efectuar ! prueba de estatismo descrita en el Código de Operación con la periodicidad y procedimientos establecidos por el CNO,
3. Que dentro de los proyectos de reposición, adaptación y modernización de los equipos en las unidades y plantas del sistema, los agentes han invertido en nuevas tecnologías para sus reguladores de velocidad, lo cual posibilita la realización de la prueba de estatismo sin necesidad de desconectar las unidades de la red y conmutando a una señal independiente el dispositivo de medición de velocidad. 4, Que la norma IEC 308/70 recomienda una prueba para la medición del estatismo permanente, la cual permite su realización tomando una señal alterna de referencia para el regulador de velocidad, sin necesidad de desconectar la máquina del sistema.
ACUERDOS 54
1Consejo Nacional de Operación CNO
realización tomando una señal alterna de referencia para el regulador de velocidad, sin necesidad de desconectar la máquina del sistema.
ACUERDOS 54
1Consejo Nacional de Operación CNO 5 Que el Subcomité de Estudios Eléctricos analizó Un procedimiento basado en la norma y encontró que es una alternativa técnica válida para realizar la prueba en unidades hidráulicas y térmicas, reduciendo el impacto sobre los equipos y el sistema de potencia
0. Que ej Comité de Operación analizó el procedimiento propuesto, en su reunión 145 del 16 de febrero de 2006 y recomendó su aprobación mediante concepto CO-62, ACUERDA: PRIMERO.- Aprobar el procedimiento anexo, basado en la Norma IEC 308/70, como una opción alterna a los procedimientos ya aprobados por el CNO para la obtención del valor del estatismo de las unidades y plantas del sistema SEGUNDO.- El agente generador al momento de solicitar la pr para la obtención del parámetro de estatismo, informará al CND el procedimiento a utilizar para la misma. En el informe ael resultado de la prueba al CNO, se especificará de manera explícita procedimiento utilizado.
TERCERO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición. El Presidente, El Secretario Técnico, | AE A A % a. a Pa f A á ( Pq] A P : EE Se (an Qe eS a /
MAR SERRANO RUEDA AYBERTO ÓLARTE AGUIRRECONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN
CNO ANEXO PRUEBA DE ESTATISMO PERMAMENTE 1, OBJETO Documentar el procedimiento general para la verificación del
MAR SERRANO RUEDA AYBERTO ÓLARTE AGUIRRECONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN
CNO ANEXO PRUEBA DE ESTATISMO PERMAMENTE 1, OBJETO Documentar el procedimiento general para la verificación del parámetro de estatismo permanente de las unidades de generación de energía.
2. ALCANCE Este procedimiento se realizara en las unidades de generación del Sistema Interconectado Nacional que puedan medir la señal de velocidad por intermedio de los PT Ús.
3. DEFINICIONES Curva característica de regulación de velocidad: Cur indica la relación entre el valor de frecuencia y el valor de potencia de salida del generador.
Estatismo permanente: Pendiente de la curva característica de regulación de velocidad en el punto considerado.
4, GENERALIDADES 4.1 Antecedentes La realización de esta prueba en unidades de generación donde el aumento o disminución de potencia se realiza solo aumentando o disminuyendo” el Setpoint de potencia requiere que se realicen modificaciones en el software o en el cableado de los reguladores de turbina lo que hace la prueba algo compleja.
ACUERDO 334
1CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN CNO La IEC 308/70 International code for testing of Speed governing systems for hydraulic turbines, recomienda una prueba para la medición del estatismo permanente que se adapta mejor al tipo de reguladores turbina realimentados por PT's da 4.2 Procedimiento La prueba recomendada por la IEC 308/70, en general, consiste en:
1. Conectar la unidad generadora al SIN
2. Conmutar a una señal independiente, equivalente de velocidad (para conmutar sin oscilaciones), el
4.2 Procedimiento La prueba recomendada por la IEC 308/70, en general, consiste en:
1. Conectar la unidad generadora al SIN
2. Conmutar a una señal independiente, equivalente de velocidad (para conmutar sin oscilaciones), el dispositivo de medición de velocidad (Generador externo). | ¡o Frec. REGULADOR
| SIN TURBINA
L Medición 2 Velocidad SUICHE SEÑAL a independiente
3. Realizar la curva característica de regulación de velocidad.
ACUERDO 354
ZCONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN CNO Se deben obtener minimo 5 registros de frecuencia inyectada contra potencia de salida dei generador, luego que se establecen condiciones de equilibrio para cada cambio de frecuencia. En lo posible se debe cubrir el rango de operación de potencia de la unidad. La siguiente gráfica ilustra una curva Característica obtenida en una prueba realizada en una unidad generadora de una potencia nominal de 45 MW y un estatismo permanente del 5%. Frecuencia ys Potencia 50 + Frecuencia Potencia op + 59,25 11.2 .> - 59 15,1 4.81 3 585? 58.5 22,4 5,14 E - 58 29.7 5.14 = 7 A 33.7 4.69 a. + 57 44.8 5.07 bn 207 Estatismo Permanente 4,97 5756,5 - : : 0 10 20 30 46 Potencia
5. EQUIPO REQUERIDO Generador de frecuencia externo (preferiblemente equipo patrón de buenas características).
Estatismo Permanente 4,97 5756,5 - : : 0 10 20 30 46 Potencia
5. EQUIPO REQUERIDO Generador de frecuencia externo (preferiblemente equipo patrón de buenas características).
ACUERDO 354 2
Eo]