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CNO - Acuerdo 363 de 2006

CNO - Consejo Nacional de Operación

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Detalles

Título
CNO - Acuerdo 363 de 2006
Autor
CNO - Consejo Nacional de Operación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2006

CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN

CNO

ACUERDO No. 363

Julio 06 de 2006 Por el cual se aprueba el inicio del período de cuatro (4) años para la realización de las pruebas de estatismo y banda muerta efectuadas por las unidades de la Central Hidroeléctrica de Prado y por la unidad 3 de Palenque El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, la Resolución 8-0103 del 2 de febrero de 1995 del Ministerio de Minas y Energía, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su reglamento interno y según lo aprobado en la Reunión No 237 del 6 de julio de 2006 y,

CONSIDERANDO:

1. Que el Acuerdo No 228 de abril 26 de 2002 establece en su articulo primero una periodicidad de cuatro (4) años para la realización de las pruebas de estatismo y que dicho plazo empezará a contar a partir de la fecha del acuerdo mediante el cual el CNO apruebe la última prueba realizada;

2. Que en cumplimiento de la Resolución CREG 023 de 2001 (Parágrafo del articulo Tercero) todas las plantas y unidades despachadas centralmente deberán efectuar una prueba de los parámetros relacionados con el servicio de regulación primaria de frecuencia;

3. Que los agentes han presentado los resultados de las pruebas, los cuales se encuentran debidamente registrados en el informe final de pruebas de estatismo y banda muerta efectuadas a las unidades generadoras del Sistema Interconectado Nacional y contenidos en el acuerdo CNO 362;

cuales se encuentran debidamente registrados en el informe final de pruebas de estatismo y banda muerta efectuadas a las unidades generadoras del Sistema Interconectado Nacional y contenidos en el acuerdo CNO 362; 4, Que en el citado acuerdo CNO 362 se dio plazo a las empresas EGETSA S.A. E.S.P. y ESSA hasta el 30 de junio de 2006 para entregar los resultados de las pruebas de estatismo y banda muerta de las unidades de generación de la Central Hidroeléctrica de Prado y de la unidad 3 de Palenque respectivamente ;

5. Que el Subcomité de Estudios Eléctricos a través de una Comisión nombrada para tal fin, verificó los resultados de las pruebas de cada

ACUERDO 363

1CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN CNO una de las unidades de generación de la Central Hidroeléctrica de Prado y de la unidad 3 de Palenque, con el fin de constatar que se ajustaban a los protocolos aprobados por el CNO para cada una de ellas;

6. Que el Subcomité de Estudios Eléctricos a través de la Comisión nombrada para tal fin, recomienda al CNO expedir el presente acuerdo que certifica las citadas pruebas, ACUERDA: PRIMERO.- El CNO, acogiendo la recomendación dada por Subcomité de Estudios Eléctricos con base en el concepto favorable de la Comisión nombrada para tal fin, certifica que las pruebas de las unidades de generación de la Central Hidroeléctrica de Prado y la unidad 3 de Palenque de que trata el Anexo N“ 1 del presente Acuerdo, fueron realizadas de conformidad con lo dispuesto en los protocolos aprobados por el CNO para cada una de ellas.

generación de la Central Hidroeléctrica de Prado y la unidad 3 de Palenque de que trata el Anexo N“ 1 del presente Acuerdo, fueron realizadas de conformidad con lo dispuesto en los protocolos aprobados por el CNO para cada una de ellas. SEGUNDO.- La vigencia de cuatro (4) años de las pruebas de Estatismo y Banda Muerta de que trata el Anexo N%1 se empezara a contar a partir del día en que entró en vigencia el acuerdo CNO 362 o sea el 24 de junio de 2006. TERCERO.- Los resultados de las pruebas se pondrán a consideración de la CREG, con el fin de solicitar su pronunciamiento respecto al análisis y observaciones realizadas por el SEE respecto de aquellas unidades cuyos resultados de la prueba, están por fuera del rango establecido por la Comisión en la Resolución CREG 023 de 2001. CUARTO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición. El Presidente, El Secretario Técnico, Mario á Ole / RAFAEL PEREZ € pao UT : ACUERDO 363

2CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN

CNO

ANEXO 1

EGETSA Fecha ESTATISMO]| Fecha Prueba BANDA plialidnd Prueba(S) | [4%] (em) [MUERTA (mHz) Noms El documento fue radicado en el , . ¡CND el día 23 de junio de 2006. Prado 1 Junio 22/06 41 Junio 21/06 +/- 30 El análisis de las pruebas pon parte del SEE se realizó el 29 del junio de 2006 Prado 2 Junio 22/06 6.2 Junio 21/06 +/- 30

parte del SEE se realizó el 29 del junio de 2006 Prado 2 Junio 22/06 6.2 Junio 21/06 +/- 30 Prado 3 Junio 22/06 5.1 Junio 21/06 +/- 30 Prado 4 Junio 22/06 43 Junio 21/06 +/- 30 ESSA Fecha ESTATISMO| Fecha Prueba BANDA iria Prueba (S) 14] (Bm) MUERTA (mHz) ia El documento fue radicado en ell s s CND el día 23 de junio de 2006. Termopalenque 3 Junio 20/06 42 Junio 20/06 +/- 30 El análisis de las pruebas por parte del SEE se realizó el 29 d junio de 2006 Ñ

ACUERDO 363

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