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CNO - Acuerdo 373 de 2006

CNO - Consejo Nacional de Operación

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Detalles

Título
CNO - Acuerdo 373 de 2006
Autor
CNO - Consejo Nacional de Operación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2006

CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN

CNO

ACUERDO No. 373

Septiembre de 2006 Por el cual se aprueba el inicio del período de cuatro (4) años para la realización de las pruebas de estatismo y banda muerta efectuadas por la unidad Cartagena 1 El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, la Resolución 8-0103 del 2 de febrero de 1995 del Ministerio de Minas y Energía, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su reglamento interno y según lo aprobado en la Reunión No 242 del 28 de septiembre de 2006 y, CONSIDERANDO: . Que el Acuerdo No 228 de abril 26 de 2002 establece en su artículo primero una periodicidad de cuatro (4) años para la realización de las pruebas de estatismo y que dicho plazo empezará a contar a partir de la fecha del acuerdo mediante el cual el CNO apruebe la última prueba realizada; . Que en cumplimiento de la Resolución CREG 023 de 2001 (Parágrafo del artículo Tercero) todas las plantas y unidades despachadas centralmente deberán efectuar una prueba de los parámetros relacionados con el servicio de regulación primaria de frecuencia; . Que los agentes han presentado los resultados de las pruebas, los cuales se encuentran debidamente registrados en el informe final de pruebas de estatismo y banda muerta efectuadas a las unidades generadoras del Sistema Interconectado Nacional y contenidos en el acuerdo CNO 362; . Que en el citado acuerdo CNO 362 se dio plazo a la empresa EMGESA

pruebas de estatismo y banda muerta efectuadas a las unidades generadoras del Sistema Interconectado Nacional y contenidos en el acuerdo CNO 362; . Que en el citado acuerdo CNO 362 se dio plazo a la empresa EMGESA S.A. E.S.P. hasta el 31 de agosto de 2006 para entregar los resultados de las pruebas de estatismo y banda muerta de la central Termo-Cartagena;

ACUERDO 373

4CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN

CNO

5. Que el Subcomité de Estudios Eléctricos en su reunión 132 de septiembre 12 de 2006, recomienda expedir el presente acuerdo que certifica las citadas pruebas para la unidad 1 de Termo-Cartagena;

6. Que el Comité de Operación en su reunión 153 del 21 de septiembre de 2006, mediante concepto CO-69 recomienda al CNO expedir este acuerdo que certifica las pruebas de estatismo y banda muerta de la unidad 1 de TermoCartagena.

ACUERDA: PRIMERO.- Certificar que las pruebas de la unidad 1 de la Central Termo-Cartagena ,cuyos resultados se presentan en el Anexo N 1 del presente Acuerdo, fueron realizadas de conformidad con lo dispuesto en los protocolos aprobados por el CNO para cada una de ellas.

SEGUNDO.- La vigencia de cuatro (4) años de las pruebas de Estatismo y Banda Muerta de que trata el Anexo N%1 se empezara a contar a partir del día en que entre en vigencia el presente acuerdo. TERCERO.- Los resultados de las pruebas, están dentro de los rangos establecidos por la Comisión en la Resolución CREG 023 de 2001. CUARTO.- —El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su

TERCERO.- Los resultados de las pruebas, están dentro de los rangos establecidos por la Comisión en la Resolución CREG 023 de 2001. CUARTO.- —El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición. El Presidente, El Secretario Técnico, » ñ

Led! MELLA RAFAEL PEREZ CARDON % ERTO OLARTE AGUIRRE

ACUERDO 373CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN

ANEXO 1

Unidad Fecha Prueba | Estatismo (%) | Banda Muerta Termo-Cartagena 1| Agosto 29/06 4.66 +/- 10

ACUERDO 373

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