CNO - Acuerdo 38 de 1999
CNO - Consejo Nacional de Operación
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Detalles
- Título
- CNO - Acuerdo 38 de 1999
- Autor
- CNO - Consejo Nacional de Operación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 1999
CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN
CNO
ACUERDO No. 38
Octubre 27 de 1999 Por el cual se autoriza la operación de Termoyumbo sin el relé de deslizamiento de polos, sin el PSS y sin registrador de fallas y se le da un plazo para la instalación. El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, la Resolución 8-0103 del 2 de febrero de 1995 del Ministerio de Minas y Energía, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, según lo aprobado en su reunión No.108 del 27 de octubre de 1999.
ACUERDA: PRIMERO: Autorizar la reconexión de Termoyumbo sin la instalación del relé de deslizamiento de polos, sin el PSS y sin el registrador de fallas.
SEGUNDO: Termoyumbo deberá instalar el registrador de fallas en un plazo máximo de tres meses a partir del presente acuerdo.
TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha.
El Presidente, v/;i I ALBE TO oZR;E AfiRE