CNO - Acuerdo 405 de 2007
CNO - Consejo Nacional de Operación
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Detalles
- Título
- CNO - Acuerdo 405 de 2007
- Autor
- CNO - Consejo Nacional de Operación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2007
CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN
CNO
ACUERDO No. 405
Agosto 30 de 2007 Por el cual se presenta la lista de firmas preseleccionadas para practicar auditorias para la construcción de plantas o unidades de generación nuevas o especiales y las instaladas que vayan a ser repotenciadas. El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, la Resolución 8-0103 del 2 de febrero de 1995 del Ministerio de Minas y Energía, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento interno y según lo aprobado en la reunión No. 256 del 30 de agosto de 2007 y, CONSIDERANDO 1.Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, expidió la resolución 06í de 2007 ta cual en su artículo 10 expresa: “Artículo 10. Firmas auditoras. Las firmas que van a practicar las auditorias para la construcción de plantas o unidades de generación nuevas o especiales, a las que hace referencia la Resolución CREG 071 de 2006 o aquellas normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan y el Reglamento de Garantías, deberán ser seleccionadas de la lista de firmas de ingeniería con experiencia en construcción o interventoría de proyectos de generación de energía eléctrica, que adopte el Consejo Nacional de Operación -CNOmediante Acuerdo, que deberá ser expedido a más tardar un mes después de la entrada en vigencia de esta resolución. El CNO podrá mediante Acuerdos posteriores modificar el listado de firmas auditoras autorizadas
Operación -CNOmediante Acuerdo, que deberá ser expedido a más tardar un mes después de la entrada en vigencia de esta resolución. El CNO podrá mediante Acuerdos posteriores modificar el listado de firmas auditoras autorizadas El ASIC podrá sugerir firmas de ingeniería que cumplan los requisitos mencionados, para que el CNO las considere al elaborar la lista.” (subrayado nuestro)
2. El Consejo Nacional de Operación basado en el anterior articulo de la resolución 061 de 2007 decidió expedir el presente acuerdo con fundamento en el concepto del Comité de Operación ,CO-93, emitido en su reunión No 165 del 23 de agosto de 2007
ACUERDO 405
111CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN
CNO ACUERDA: PRIMERO: ¡La preselección de las firmas elegibles para practicar las auditorias para la construcción de plantas o unidades de generación nuevas o especiales, y las instaladas que vayan a ser repotenciadas, a las que hace referencia la Resolución CREG 071 de 2006 o aquellas normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan y el Reglamento de Garantías, corresponde a la siguiente lista:
Integral Ingetec Compañía Colombiana de Consultores Estudios Técnicos Consultores Unidos Aene S.A. HMV Ingenieros Ltda. Sedic Inelectra
10. Gómez Cajiao
11. Ponce León
12. Lee € Infante SEGUNDO: Conforme a la Resolución CREG 061 de 2007, el CNO podrá mediante Acuerdos posteriores modificar el listado de preselección de firmas elegibles para practicar las auditorias para la construcción de plantas o unidades de generación nuevas O
SEGUNDO: Conforme a la Resolución CREG 061 de 2007, el CNO podrá mediante Acuerdos posteriores modificar el listado de preselección de firmas elegibles para practicar las auditorias para la construcción de plantas o unidades de generación nuevas O especiales, y las instaladas que vayan a ser repotenciadas.
TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
El Presidente, El Secretario Técnico, TES