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CNO - Acuerdo 410 de 2007

CNO - Consejo Nacional de Operación

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Detalles

Título
CNO - Acuerdo 410 de 2007
Autor
CNO - Consejo Nacional de Operación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2007

CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN

CNO

ACUERDO N410

Octubre 12 de 2007 Por medio del cual se aprueba un plazo para realizar pruebas de eficiencia y de capacidad efectiva neta a la unidad TERMOYOPAL 2 El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, la Resolución 8-0103 del 2 de febrero de 1995 del Ministerio de Minas y Energía, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su reglamento interno y según lo aprobado en la reunión CNO no presencial 258 del 12 de octubre de 2007, y CONSIDERANDO 1.- Que TERMOYOPAL GENERACIÓN 2 S.A. E.S.P. tenía programada la realización de las pruebas de eficiencia de la unidad TERMOYOPAL 2 a comienzos de octubre de 2007. 2.- Que mediante comunicación del 5 de octubre de 2007, TERMOYOPAL GENERACIÓN 2 S.A. E.S.P. informó al Consejo Nacional de Operación que por razones de indisponibilidad técnica de la unidad no es posible realizar las pruebas como estaban programadas. 3.- Que mediante comunicación de fecha 10 de octubre de 2007, TERMOYOPAL GENERACIÓN 2 S.A. E.S.P. amplió la descripción de las causas por las cuales no pudo realizar la prueba de consumo térmico especifico y capacidad efectiva neta que estaba previsto que la realizara la empresa LEE INFANTE LTDA. el día 11 de octubre de 2007. 4.- Que de conformidad con el acuerdo 311 del 30 de octubre de 2004, el agente generador térmico solicitó al Consejo Nacional de

realizara la empresa LEE INFANTE LTDA. el día 11 de octubre de 2007. 4.- Que de conformidad con el acuerdo 311 del 30 de octubre de 2004, el agente generador térmico solicitó al Consejo Nacional de Operación un plazo máximo de un año para realizar la prueba correspondiente.

ACUERDA ARTICULO PRIMERO: Conceder el plazo máximo de un año a TERMOYOPAL GENERACION 2 S.A. E.S.P. para realizar la prueba de eficiencia de la unidad TERMOYOPAL 2.

ACUERDO 410

1CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN CNO ARTICULO SEGUNDO: El plazo de un año se inicia a partir de la fecha de vigencia de este acuerdo. Dado en Bogotá D.C. a los 12 días del mes de octubre de 2007. El Presidente, El Secretario Técnico,

FERNANDO GUTIERREZ MEDINA

ACUERDO 410

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