CNO - Acuerdo 427 de 2008
CNO - Consejo Nacional de Operación
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Detalles
- Título
- CNO - Acuerdo 427 de 2008
- Autor
- CNO - Consejo Nacional de Operación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2008
CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN
CNO ACUERDO N 427 27 de marzo de 2008 Por el cual se define el Procedimiento para la Estimación del Factor de Conversión de las Plantas Hidráulicas Nuevas o Especiales El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, la Resolución 8-0103 del 2 de febrero de 1995 del Ministerio de Minas y Energía, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y según lo decidido en la reunión No. 268 del 27 de marzo de 2008, y CONSIDERANDO: 1.Que la Resolución CREG 71 del 3 de octubre de 2006 en su artículo 2 definió las Plantas y/o Unidades de Generación Nuevas y las Plantas y/o Unidades de Generación Especiales. 2.Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG, en su comunicación 2008-000508 del 27 de Febrero de 2008 solicitó al CNO la definición del procedimiento para la estimación del “Factor de Conversión” de plantas hidráulicas nuevas O di aji que carecen de información histórica diaria del embalse. ; 3.Que mediante el Acuerdo 360 de mayo 25 de 2006 se aprobó el “PROTOCOLO PARÁ LA ESTIMACIÓN DEL FACTOR DE CONVERSION DE PLANTAS HIDRÁULICAS”. 4.Que el Subcomité Hidrológico y de Plantas Hidráulicas en sus reuniones ordinarias 172 y 176 revisó el protocolo vigente para la estimación del factor de conversión de plantas hidráulicas.
4.Que el Subcomité Hidrológico y de Plantas Hidráulicas en sus reuniones ordinarias 172 y 176 revisó el protocolo vigente para la estimación del factor de conversión de plantas hidráulicas. 5.Que el Consejo Nacional de Operación en la reunión 268 aprobó expedir el siguiente Acuerdo.
ACUERDO 427
1CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN
CNO ACUERDA: PRIMERO,- El procedimiento previsto en el numeral 7 y en el Anexo 2 del "PROTOCOLO PARA LA ESTIMACION DEL FACTOR DE CONVERSION DE PLANTAS HIDRAULICAS” del Acuerdo 360 de mayo 25 de 2006 para plantas que se encuentren en proceso de reincorporación al Mercado Mayorista, aplica a las plantas hidráulicas nuevas o especiales.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición. El Presidente, El Secretario Fécnico, Ya] 15 De 7Á
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ACUERDO 427
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