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CNO - Acuerdo 428 de 2008

CNO - Consejo Nacional de Operación

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Detalles

Título
CNO - Acuerdo 428 de 2008
Autor
CNO - Consejo Nacional de Operación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2008

CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN

CNO

ACUERDO No 428

Marzo 27 de 2008 Por el cual se aprueba el cambio de Mínimo Técnico de las unidades de la Central Hidroeléctrica Miel 1 El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, la Resolución 8-0103 del 2 de febrero de 1995 del Ministerio de Minas y Energía, el Anexo genera] de Ja Resolución CREG 025 de 1995 y según lo aprobado en su reunión No 268 del 27 de marzo de 2008 y,

CONSIDERANDO:

1. Que dando cumplimiento a lo exigido por el Acuerdo CNO No. 084 del 7 de septiembre de 2000, ISAGEN mediante oficio 17147566 del 4 de marzo de 2008 presentó solicitud de concepto al Centro Nacional de Despacho, con radicado en XM 0023571-3 del 4 de marzo de 2008, quien mediante comunicación 002273-1 de marzo 5 de 2008, emitió concepto favorable, habiéndolo informado respectivamente a ISAGEN, a los demás agentes y al Subcomité Hidrológico y de plantas Hidráulicas; este último para su respectivo análisis, 2, Que ISAGEN S.A E.S.P. solucionó algunos problemas técnicos de vibración en las unidades a carga parcial para ampliar el rango de operación de las unidades.

3. Que la empresa ISAGEN S.A E.S.P. hizo la presentación técnica donde sustenta este cambio de mínimo técnico por unidad para las unidades de la central hidroeléctrica Miel I, ante el Subcomité

operación de las unidades.

3. Que la empresa ISAGEN S.A E.S.P. hizo la presentación técnica donde sustenta este cambio de mínimo técnico por unidad para las unidades de la central hidroeléctrica Miel I, ante el Subcomité Hidrológico y de Plantas Hidráulicas, en la reunión No.176 del 10 de marzo de 2008.

4. Que el Subcomité Hidrológico y de Plantas Hidráulicas emitió concepto favorable y recomendó la aprobación de la modificación del mínimo técnico de las unidades de la central Miel I. 5, Que el Comité de Operación en su sesión No. 172 del 14 de marzo de 2008 emitió concepto favorable CO-99, para la aprobación de la

“ACUERDO 428

1CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN CNO modificación del mínimo técnico de las unidades de la central Miel I y recomendó al CNO el cambio de dicho parámetro técnico.

ACUERDA: PRIMERO: Aprobar la modificación del parámetro de mínimo técnico de las unidades de la central Miel 1 a 20 MW por unidad.

SEGUNDO: El CND actualizará los valores correspondientes del mínimo técnico indicado en el anterior numeraál, a partir del despacho del 1 de abril de 2008, que se elabora el 31 de marzo de 2008.

El Presidente, El Secretario Técnico,

HE BERTÓ OLARTE AGUIRRE — 7 ACUERDO 428

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